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miércoles, 28 de enero de 2026
Acuerdos del Consejo de Ministros del 27/01/2026
Hacienda
MODIFICACIÓN DE LÍMITES PARA AVALES EN CASO DE IMPAGOS DEL ALQUILER DE VIVIENDAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autorizan los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para posibilitar al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana la financiación de la línea de ayudas para la cobertura en caso de impagos del alquiler de viviendas para jóvenes y colectivos vulnerables en los términos establecidos en el Real Decreto 1135/2025, de 10 de diciembre.
Entre las medidas que en política de vivienda está llevando a cabo el Gobierno destaca el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.
En concreto debe destacarse su artículo 76, donde se establece que para facilitar el acceso al mercado de alquiler y mitigar las dificultades económicas derivadas del acceso a la vivienda, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana establecerá una línea de avales para cubrir los posibles impagos derivados de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual y permanente para jóvenes y familias vulnerables en los términos que reglamentariamente se establezcan.
El aval garantizará el pago de todas las rentas o mensualidades impagadas hasta que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, así como todos los daños causados en la finca por culpa del arrendatario, el coste de los suministros debidos que hayan sido asumidos por la propiedad, y aquellos otros daños y costes que reglamentariamente se establezcan. Estos avales se financiarán por parte del Estado y serán gestionados por las Comunidades y Ciudades Autónomas.
La citada línea de avales, aprobada por el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, ha sido desarrollada reglamentariamente mediante el Real Decreto 1135/2025, de 10 de diciembre, por el que se determinan las condiciones de la línea de ayuda, por cuenta del Estado, para la cobertura en caso de impagos del alquiler de viviendas para jóvenes y colectivos vulnerables. En concreto en el artículo 3 de este último real decreto, se establece la financiación de la cobertura contemplada en el mismo.
Por todo ello, conforme a la Ley General Presupuestaria, se solicita la aprobación del Consejo de Ministros para autorizar los compromisos de gasto con cargo a las anualidades 2027 y 2028.
Igualdad
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO TELEMÁTICO DEL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS EN MATERIA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y SEXUAL
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la contratación del servicio integral del sistema de seguimiento por medios telemáticos del cumplimiento de las medidas cautelares y penas de prohibición de aproximación en materia de violencia de género y de violencia sexual, por un valor estimado de 111.100.438,80 euros.
El contrato, con una duración inicial de 36 meses, cuenta con un presupuesto base de licitación de 71.369.269,41 euros, que podría elevarse hasta los 111.100.438,80 euros (valor estimado del contrato), si se dieran las dos prórrogas anuales que serán posibles y con ellas, la duración máxima será de 60 meses.
Además de lo mencionado, los nuevos pliegos contractuales incluyen diversas mejoras en los dispositivos, en el suministro, mantenimiento y en su almacenamiento. En primer lugar, se incrementa el número de dispositivos a adquirir a lo largo del contrato hasta un total de 17.660; se fija en 2.000 el stock mínimo de dispositivos disponibles para su instalación en cualquier punto del territorio nacional en menos de 24 horas, acompañado de un sistema de información y control de stock a disposición de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género. Se garantiza también el mantenimiento o sustitución de dispositivos en menos de 24 horas y se exige la reparación de cualquiera que se haya manipulado, roto o averiado en un máximo de tres meses. El nuevo contrato introducirá la posibilidad de la compra por separado de los elementos de los que consta un kit de dispositivos (teléfonos móviles, tobillera, cargadores, etc.), para adecuar el volumen de compra a la realidad de pérdidas, manipulaciones y roturas de cada uno de estos elementos según se vayan produciendo.
Se han realizado además ajustes en las características exigidas para asegurar que los dispositivos sean en su mayoría tobilleras, en vez de brazaletes, por su mayor dificultad para ser manipuladas. A ello se suma que se ha previsto la implantación de mecanismos de protección contra la manipulación con material antivandálico, se ha mejorado la resistencia al agua y sensores de movimiento o de temperatura corporal y que tanto la tobillera como el teléfono móvil que completa el sistema del inculpado deberá disponer de una tarjeta electrónica eSIM para que no pueda ser extraída, y contarán con pantallas de cristal reforzado.
Asimismo, se añadirá al mecanismo existente un sistema que genere una alerta adicional a las ya activas de proximidad, basada en detección directa entre el dispositivo electrónico del investigado, inculpado o condenado y la víctima vía bluetooth que se cursará como alerta de proximidad.
Las tobilleras de los nuevos dispositivos contarán con geoposicionamientos de manera autónoma, con lo cual, se tendrá al investigado, inculpado o condenado localizado incluso si deja intencionadamente el teléfono móvil en su domicilio. A esto se unirán baterías recargables de mayor capacidad, la posibilidad de modificar a distancia, a través del teléfono móvil del agresor, los parámetros para reducir los tiempos en los que se manda la geoposición de las tobilleras en caso de ser necesario; o mejoras en la seguridad criptográfica para que los dispositivos de la víctima y el maltratador estén permanentemente relacionados y que no se pueda romper esa relación. Se incorporarán igualmente mecanismos de seguridad para evitar la simulación, el falseamiento o manipulación de los datos que se envían desde los dispositivos al Centro de monitorización y control de la Sala Cometa.
Por otro lado, permitirá medidas de mejora en la operación del Servicio integral de seguimiento, como la exigencia de incorporar a la oferta técnica un plan de transición detallado en respuesta a los requerimientos de la Delegación, del envío de un plan de devolución al final del contrato o nuevas funcionalidades en la plataforma para garantizar que el personal de la Sala Cometa tenga toda la información cómodamente a su alcance. La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género contará además con una aplicación de consulta de datos del servicio en tiempo real a su disposición y se consolidará un sistema de comunicaciones con el Ministerio de Igualdad para garantizar el acceso a otros sistemas como VioGén o Lexnet, entre otros, asegurando la interoperabilidad y la automatización del envío de la información y con ello reforzando la protección a las víctimas.
Los dispositivos, junto a lo ya señalado, contarán con configuración individualizada de idioma y se atenderá a las víctimas, a ser posible, sin la intervención de interpretación automática. El contrato incluye por primera vez un número 900 adicional exclusivo para la comunicación de las víctimas con Cometa, y dos puestos de especialistas en psicología para llamadas de víctimas que requieran una atención especializada.
Mayor control y más medios
Gracias a las mejoras del nuevo contrato, se elaborará un exhaustivo sistema de seguimiento y control de calidad para garantizar el funcionamiento de todos los subservicios que integran el Servicio integral de seguimiento por medios telemáticos, así como un plan de contingencia detallado para el caso en el que se produzcan caídas del cualquiera de los elementos del sistema.
En cuanto a personal, cabe destacarse que se creará la figura del responsable coordinador o coordinadora del Servicio de suministros, gestión y mantenimiento de los dispositivos, que controlará el stock de cada uno de los elementos que conforman los kits de dispositivos. Se pasará de uno a dos responsables coordinadoras o coordinadores de la Sala Cometa, se creará un puesto de responsable del Servicio de desarrollo y mantenimiento de software y otro de responsable del Servicio de infraestructuras, procesamiento de datos y almacenamiento. Junto a lo mencionado, la Sala tendrá un coordinador o coordinadora jurídico, dos asesoras o asesores jurídicos, los dos puestos ya mencionados para atención psicológica y se aumentarán a tres los puestos de coordinación y supervisión de los turnos de Cometa. En definitiva, se pasará de exigir un mínimo de 151 personas en sala.
La adjudicataria, de su lado, deberá mantener el nivel mínimo de stock de cada uno de los elementos que conforman el sistema o kit de dispositivos y remitir los partes de intervención a los órganos judiciales, fiscalías y fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado en un plazo de 24 horas. Se reducirán los tiempos para la notificación y resolución de incidencias técnicas graves, se elevarán los requisitos de disponibilidad del servicio, se incluirán tareas de mantenimiento programado. Además, se clarifican los mecanismos necesarios para que el incumplimiento de estos acuerdos de nivel de servicio dé lugar a las penalidades establecidas en el pliego.
Por último, el nuevo contrato refuerza el modelo de gobierno entre la prestataria y la Delegación del Gobierno para garantizar un adecuado seguimiento, registro de datos y controles de calidad del servicio. Se recogen, por ejemplo, mejoras en los informes que se presenten a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, definiéndose con mayor precisión el contenido y el número; o en medidas relacionadas con los procedimientos de transición y devolución del servicio en caso de que la empresa adjudicataria sea distinta a la actual. En ese sentido, tres meses antes de la finalización del contrato, la empresa saliente tendrá que presentar un plan para la migración de las personas usuarias, la monitorización de estas, la gestión de los dispositivos electrónicos y el intercambio de información y responsabilidades durante el periodo de transición. La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género validará el plan y solicitará los cambios oportunos, en caso de ser necesarios.
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Para la Transformación Digital y de la Función Pública
Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C15, I3). REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para su adaptación a la Adenda al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de Apoyo a la Recuperación y Resiliencia en respuesta a desastres naturales (Programa UNICO - Bono social).
lunes, 29 de diciembre de 2025
Extracto de la Orden de 23 de diciembre de 2025, de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad de la Región de Murcia, por la que se convocan subvenciones a entidades locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la financiación de proyectos que promuevan la integración e inclusión social de personas inmigrantes y la mejora de la convivencia y la cohesión social, en el marco del Programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027, mediante procedimiento de tramitación anticipada
Fuente: BORM número 298 de 27/12/2025
Objeto:
El objeto de la presente Orden es convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de proyectos locales que promuevan la integración e inclusión de personas inmigrantes en la sociedad de acogida, la convivencia intercultural, la gestión de la diversidad cultural y religiosa y combatir la discriminación, el racismo y la xenofobia.
La inclusión y la integración de las personas inmigrantes en nuestra región es un objetivo básico para garantizar una sociedad inclusiva y cohesionada, en aras a cumplir con el pilar europeo de derechos sociales.
Finalidad:
Promover, en los distintos territorios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el desarrollo de actuaciones que contribuyan a la integración e inclusión de personas inmigrantes, mejorando la convivencia intercultural, la gestión de la diversidad y la lucha contra la discriminación, el racismo y la xenofobia. Todo ello, con la aspiración de alcanzar una sociedad más justa, inclusiva y cohesionada.
En el Programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027, estas actuaciones estarán encuadradas en la Prioridad 2, denominada “Inclusión social y lucha contra la pobreza”, más concretamente en el objetivo específico I “OE I: Promover la integración socioeconómica de los nacionales de terceros países, incluidos los inmigrantes”, en el que se contempla la actuación 2.I.1.1 Apoyo a proyectos de las entidades locales de la Región de Murcia en materia de integración de nacionales de terceros países”.
Beneficiarias:
Entidades locales de la Región de Murcia que cumplan los requisitos establecidos.
Bases reguladoras:
Orden de 4 de mayo de 2023 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones financiadas por el FSE+ en materia de servicios sociales impulsadas por la Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector para el cumplimiento de los objetivos específicos i, j, k y l del Programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027, (BORM número 105 de 09/05/2023).
Plazo de presentación de solicitudes:
Comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará el 31 de enero de 2026.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
jueves, 20 de noviembre de 2025
Extracto de la Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a la protección de datos personales de colectivos vulnerables y frente a la violencia digital, para el año 2025
Fuente: BOE número 279 de 20/11/2025
El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/869664) - BDNS (Identif.): 869664
Beneficiarios:
Cualquier persona física, entidad pública o privada que haya desarrollado proyectos, actividades, medidas, productos o servicios relacionados con el objeto de la convocatoria.
Objeto:
Constituye su objeto reconocer el desarrollo de proyectos, actividades, productos, servicios, o medidas, procedentes del ámbito público o privado, que se distingan por su originalidad, creatividad, innovación e impacto social en relación con la protección de datos personales y la garantía de los derechos y libertades de las personas pertenecientes a colectivos en situación de vulnerabilidad, así como en la prevención y lucha contra la violencia digital.
El premio se estructura en dos categorías:
- Modalidad A: Protección frente a la violencia digital de género, que premiará acciones destinadas a combatir el uso ilícito o inadecuado de datos personales en contextos de violencia, control o acoso por razón de género, promoviendo la prevención, la sensibilización y la reparación de las víctimas.
- Modalidad B: Protección de otros colectivos vulnerables: personas mayores, personas con discapacidad, población LGTBIQ+, menores o personas migrantes, que reconozca las iniciativas para prevenir riesgos digitales, garantizar la privacidad, o favorecer el empoderamiento digital seguro.
Bases Reguladoras:
Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, de 17 de noviembre de 2025, publicada en la web www.aepd.es
Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes deberán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de publicación de estas bases en el Boletín Oficial del Estado.
El plazo de presentación de los trabajos concluirá el 31 de enero de 2026.
Premio:
- El premio consistirá en una dotación económica de tres mil euros (3.000,00 €).
- La difusión del premio a través de la página web y en los perfiles de la AEPD en redes sociales.
- La candidatura premiada contará con mención honorífica, mediante diploma concedido al efecto, así como un trofeo acreditativo del premio obtenido.
viernes, 17 de octubre de 2025
Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 16/10/2025
Fuente: Referencia del Consejo de Gobierno
Política social
La Comunidad y el Imserso destinan más de 39 millones a reforzar la atención a la dependencia en la Región
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, ha dado luz verde a un convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y la Comunidad para desarrollar el marco de cooperación dirigido a mejorar la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia, así como para la financiación del nivel de protección acordado para 2025.
En virtud de dicho acuerdo, la Comunidad y el Imserso destinarán 39.254.246 euros para mejorar la atención a las personas en situación de dependencia en la Región de Murcia. De esa cantidad, cada una de las partes aportará el 50 por ciento, es decir, 19.627.123 euros.
Este convenio financiará los gastos de inversión y funcionamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), es decir, el sistema que proporciona atención y protección a personas en situación de dependencia a través de servicios y prestaciones económicas.
El acuerdo permitirá avanzar en una disminución de las listas de espera y una mayor agilidad administrativa, al tiempo que contribuirá a mejorar la calidad de los servicios y las condiciones laborales de las personas trabajadoras que los prestan.
Además, gracias a esta inversión conjunta se pondrán en marcha actuaciones concretas como la contratación de personal para agilizar los procedimientos de dependencia; la mejora de la calidad de los servicios y centros de día para personas con discapacidad y mayores; el apoyo a municipios rurales con servicios de difícil acceso, o la creación de un nuevo recurso especializado en salud mental.
El convenio también permitirá mejorar la calidad de los centros y los servicios prestados de acuerdo con el modelo de atención centrada en la persona, así como la adaptación de soluciones innovadoras en prevención de la institucionalización y para fomentar la modernización de los servicios sociales.
Nuevo recurso ante el Supremo por el reparto de menores migrantes, esta vez contra el Real Decreto que regula la capacidad de acogida
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, ha acordado interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra el Real Decreto 743/2025, de 26 de agosto, por el que se aprueba la capacidad ordinaria del sistema de protección y tutela de personas menores de edad extranjeras no acompañadas de las comunidades autónomas.
En virtud de dicho Real Decreto, el Gobierno central aprueba una capacidad ordinaria de tutela de 517 menores para la Región de Murcia, una cifra que la Comunidad entiende muy alejada de su capacidad real, es decir, de las plazas disponibles para atender a los menores trasladados.
El Ejecutivo regional considera que esta norma estatal vulnera competencias exclusivas de la Comunidad en materia de protección de menores, y que introduce una fórmula de reparto que no tiene en cuenta las circunstancias reales de la Región de Murcia ni los esfuerzos de acogida que ya ha llevado a cabo. Además, tampoco facilita la financiación adecuada para cubrir los gastos derivados de este reparto.
El pasado 2 de octubre, el Gobierno regional ya acordó la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante el Supremo, en este caso contra el Real Decreto 658/2025, de 22 de julio, que regula el reparto de menores migrantes. Lo hizo después de que el Tribunal Constitucional admitiera a trámite el recurso que el Ejecutivo autonómico también interpuso contra el Real Decreto Ley 2/2025, de 18 de marzo, que introdujo un nuevo marco jurídico para la redistribución de menores extranjeros no acompañados en situaciones de contingencia migratoria extraordinaria.
Ahora, el Gobierno regional acuerda presentar este nuevo recurso contra una decisión que, considera, se ha tomado de espaldas a las autonomías, ya que el procedimiento de reubicación y traslado no ha sido objeto de consenso en el órgano de cooperación en esta materia, la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia.
Así, la norma estatal ha fijado unilateralmente los criterios de capacidad de acogida de las comunidades sin atender a la realidad de cada sistema autonómico y sin respetar los principios de lealtad institucional, colaboración, cooperación y coordinación.
Para el Gobierno regional, el reparto que realiza el Ejecutivo central no tiene en cuenta, además, el interés superior de los menores, ya que pretende trasladarlos sin tener garantías de que el destino que les corresponda cuente con instalaciones y recursos humanos y materiales. Además, ha tomado esa decisión sin habilitar una dotación económica para prestarles la atención que precisan.
Vivienda
La Comunidad impulsa el realojo de familias vulnerables que residen en infraviviendas en Jumilla
El Consejo de Gobierno ha acordado la firma de un convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Jumilla para la cesión gratuita de viviendas destinadas al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial prolongada.
Mediante este convenio, la Consejería de Fomento e Infraestructuras cederá al Ayuntamiento las viviendas que adquiera en el municipio, bajo el compromiso de destinarlas al realojo de familias que viven en asentamientos chabolistas o infraviviendas.
Esta acción se enmarca en el Programa de Actuación y Acompañamiento al Realojo de Familias (Pares), y está cofinanciada en un 40 por ciento por la Comunidad y en un 60 por ciento por fondos europeos Feder.
Tras la cesión de las viviendas por parte de la Comunidad, el Consistorio asumirá la titularidad de los inmuebles, se encargará de su mantenimiento y formalizará los contratos de cesión de uso con las familias beneficiarias. Para ello, el Ayuntamiento se compromete a realojar a familias procedentes del censo elaborado por el programa Pares en su término municipal, con indicación de su ubicación geográfica, condiciones físicas y características socioeconómicas.
A su vez, a través de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad y de los Servicios Sociales municipales, se llevará a cabo el acompañamiento de las familias para mejorar sus condiciones de vida y se realizará un seguimiento para garantizar su plena integración social.
La Comunidad ya ha desarrollado en varios municipios este programa para la adquisición y reforma de diferentes viviendas destinadas al realojo de personas en situación de exclusión social. Concretamente, la Administración regional ha adquirido 84 viviendas, por un importe de 8.421.119 euros, en siete municipios de la Región: Alcantarilla, Cieza, Fuente Álamo, Lorca, Murcia, Mazarrón y Puerto Lumbreras.
viernes, 3 de octubre de 2025
Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 02/10/2025
Vivienda
Aprobado el Decreto Ley de Medidas Urgentes en Vivienda y Ordenación Urbanística
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Decreto Ley de Medidas Urgentes en materia de Vivienda y Ordenación Urbanística, con el objetivo de atender de manera inmediata al problema de acceso a la vivienda de los jóvenes y familias.
El texto, que deberá ser convalidado por la Asamblea Regional, introduce una figura innovadora dentro de la modalidad de vivienda protegida, denominada ‘Vivienda asequible de la Región de Murcia’. Se trata de una nueva tipología que moderniza el concepto tradicional de la vivienda protegida, adaptándola a las necesidades actuales de la sociedad.
El decreto recoge una batería de soluciones innovadoras, algunas de ellas pioneras en España, que incluyen medidas tanto coyunturales (con una temporalidad de dos años para solicitarlas y tres más para implantarlas) como estructurales, y que han sido consensuadas a través de un proceso de diálogo y participación con más de una veintena de entidades.
De esta forma, la norma responde a las demandas del sector, con medidas como el incremento de la prima de edificabilidad; el cambio de uso de oficinas a vivienda protegida; la compatibilidad de parcelas de equipamientos vacantes, salvo educativos y sanitarios, o el impulso a nuevas fórmulas residenciales como el ‘coliving’ y ‘cohosuing’.
El decreto ley incluye también un conjunto de iniciativas para simplificar la burocracia y reducir los plazos administrativos, como la declaración de urgencia de todos los trámites administrativos vinculados con el nuevo modelo de vivienda asequible, incluidas las licencias de obra o planeamiento. También se adaptan trámites como la calificación provisional y definitiva, que pasan a ser sustituidos por una declaración responsable.
Política social
Recurso ante el Supremo contra el Decreto que regula el reparto de menores migrantes no acompañados
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, ha acordado interponer ante el Tribunal Supremo un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 658/2025, de 22 de julio, por el que se regula el reparto entre las comunidades autónomas de menores migrantes no acompañados.
Entre los argumentos jurídicos que justifican la interposición de ese recurso, el Gobierno regional expondrá la invasión por parte del Estado de competencias autonómicas en materia de protección de menores, ya que ésta es una competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Además, el Ejecutivo autonómico considera que el Real Decreto vulnera el principio de autonomía financiera de las comunidades autónomas. Así, el Gobierno central no ha asegurado la aportación económica necesaria para atender con garantías a los menores desplazados, ni ha llevado a cabo una previsión económica de lo que supondría esa atención durante el tiempo que dure la acogida.
Otro de los argumentos jurídicos que recogerá el recurso es la vulneración del principio de lealtad institucional, colaboración, cooperación y coordinación, dado que el procedimiento de reubicación y traslado se ha determinado sin consensuarlo con las autonomías en el órgano de cooperación en materia de protección de menores, es decir, la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia. Por tanto, se entiende que el Ejecutivo central ha actuado, una vez más, de espaldas a las comunidades autónomas.
De la misma forma, el Ejecutivo regional estima que la norma vulnera el principio de igualdad y no discriminación. El Real Decreto determina que las autonomías deben remitir al Estado el número de plazas de acogida que disponen para personas menores de edad extranjeras no acompañadas, y aportar la cifra de las que están siendo atendidas por su sistema de protección, pero para la Comunidad, esta petición supone una discriminación directa de los menores migrantes, ya que, según la legislación de protección a la infancia, no pueden ser atendidos de forma distinta en función de su procedencia o nacionalidad.
En la Región de Murcia no hay centros específicos de menores migrantes, ya que la Comunidad apuesta por la integración de estos menores atendiendo a sus necesidades y circunstancias específicas. No existen recursos específicos en función de la nacionalidad de los menores tutelados.
Salud
Convenio de colaboración entre Salud y el Colegio de Trabajo Social
El Consejo de Gobierno ha autorizado la firma de un convenio entre la Consejería de Salud y el Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia para la puesta en marcha de actividades de formación y promoción de la profesión de trabajador social, específicamente en temas relacionados con el ámbito sociosanitario.
En virtud de este acuerdo, la Consejería de Salud pondrá en valor el interés sociosanitario de las iniciativas formativas y divulgativas que organice el Colegio en esta materia, además de facilitar su desarrollo mediante la cesión de aulas, medios técnicos y personal especializado. Asimismo, la Consejería de Salud se compromete a informar periódicamente al Colegio de actividades que sean de interés para los trabajadores sociales, y solicitará la opinión del Colegio en relación con normativas futuras sobre esta materia.
Por su parte, el Colegio Oficial de Trabajo Social se compromete a la organización de actividades de formación de interés para los profesionales sanitarios, a colaborar con la Comunidad en la elaboración de informes y estudios y a poner a su disposición los medios de que dispone para la organización de actividades conjuntas. El convenio tendrá una vigencia de cuatro años y podrá prorrogarse hasta un máximo de cuatro adicionales.
En los últimos cinco años, el Servicio Murciano de Salud (SMS) casi ha duplicado la plantilla de trabajadores sociales. Así, actualmente, 149 profesionales de Trabajo Social forman parte del SMS, de los cuales 65 se encuentran en Atención Primaria y 84 en Atención Hospitalaria.
miércoles, 3 de septiembre de 2025
Acuerdos del Consejo de Ministros de 02/09/2025
Hacienda
TRANSFERENCIA DE CRÉDITO PARA PROGRAMAS DE ATENCIÓN HUMANITARIA Y PROTECCIÓN INTERNACIONAL
El Consejo de Ministros ha autorizado una transferencia de crédito por importe de 190.722.397,5 euros al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para la cobertura de las necesidades de financiación en los programas de atención humanitaria y protección internacional.
Resulta imprescindible cubrir las necesidades presupuestarias correspondientes al período de 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026, con el objeto de mantener abiertas las 53.500 plazas actualmente en funcionamiento hasta fin del periodo, incrementar los servicios de traslados incluidos dentro del programa de atención humanitaria que sirven para sufragar el coste de trasladar a las personas desde las islas Canarias a la Península y reforzar el servicio de atención en costas que incluye todas las actividades de primera atención en la llegada a España (revisión médica y derivación a hospital, provisión de kits de higiene y alimentación básica, traslado a plazas, etc).
Con esta planificación, el coste total de la red de acogida financiado mediante acción concertada, durante el periodo citado, asciende a 1.035.000.000 euros, lo que supone un incremento de 381.444.795 euros respecto a la planificación original. De este último importe, teniendo en cuenta el sistema de pagos establecido para las entidades integrantes de la acción concertada, la mitad, 190.722.397,5 euros, serán imputados al año 2025.
Al no existir crédito disponible para cubrir el incremento mencionado, se ha generado una necesidad de crédito por el citado importe. Por los motivos indicados, y poder dar cobertura a la nueva planificación extraordinaria, el centro gestor considera necesario tramitar el presente expediente de transferencia de crédito.
MODIFICACIÓN DE LÍMITES PARA PROGRAMAS DE ATENCIÓN HUMANITARIA Y CENTROS DE ACOGIDA
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria para posibilitar al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la cobertura de necesidades adicionales de financiación en los programas de atención humanitaria y protección internacional y la tramitación de contratos que cubran el normal funcionamiento de los centros de acogida.
En el ámbito de las actuaciones, prestaciones o servicios del sistema de acogida financiados mediante acción concertada resulta imprescindible cubrir las necesidades presupuestarias correspondientes al período de 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026, con el objeto de mantener abiertas las 53.500 plazas actualmente en funcionamiento hasta fin del periodo, incrementar los servicios de traslados incluidos dentro del programa de atención humanitaria que sirven para sufragar el coste de trasladar a las personas desde Canarias a la Península y reforzar el servicio de atención en costas que incluye todas las actividades de primera atención en la llegada a España (revisión médica y derivación a hospital, provisión de kits de higiene y alimentación básica, traslado a plazas…).
Con esta nueva planificación, el coste total de la red de acogida financiado mediante acción concertada durante el citado periodo se incrementa en 381.444.795 euros respecto al inicialmente previsto, imputándose el 50% de dicho aumento, esto es, 190.722.397,50 euros a la anualidad de 2026.
Adicionalmente, se hace necesario prorrogar hasta el 30 de junio de 2026 un encargo a medio propio con la Empresa de Transformación Agraria S.A., S.M.E. M.P. para la prestación de los servicios de alimentación, seguridad, limpieza y mantenimiento preventivo y correctivo y la actividad técnica de supervisión, control y coordinación en los dispositivos de acogida situados en las Islas Canarias y península gestionados por la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional. El importe que imputar por dicha prórroga en el año 2026 asciende a 96.063.103,30 euros.
Por último, también resulta necesario tramitar una serie de contratos que cubran el normal funcionamiento de los centros de acogida, abarcando entre otros, aspectos tales como, suministro de víveres, productos de limpieza, seguridad y vigilancia, productos farmacéuticos, restauración o vestuario y aseo, cuyo impacto económico en el año 2026 se estima en 8.548.238,67 euros.
En consecuencia, la situación en la aplicación presupuestaria 'Material, suministros y otros", según nivel de vinculación, es la siguiente (importe en euros):
2026 | 2027 | |
Compromisos adquiridos | 535.028.315,51 | 1.597.354,02 |
Compromisos por adquirir | 295.333.739,47 | 1.755.789,43 |
Compromisos totales | 830.362.054,98 | 3.353.143,45 |
Por todo ello, al superarse los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, se requiere la autorización del Consejo de Ministros para elevar el límite para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para el año 2026.
Igualdad
Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C22, I4). REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la modernización y ampliación de los dispositivos de atención y protección a las víctimas de violencia machista en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Real Decreto 774/2025, de 2 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 1042/2021, de 23 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la modernización y ampliación de los dispositivos de atención y protección a las víctimas de violencia machista en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE número 2012 de 03/09/2025)
jueves, 28 de agosto de 2025
Subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas nacionales de terceros países
Fuente: BOE número 207 de 28/08/2025
Objeto:
Realización de proyectos que faciliten a
las personas nacionales de terceros países en situación de vulnerabilidad social y
económica, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países
de procedencia para favorecer su reintegración, viable y sostenible.
Tipos de proyectos:
- Proyecto de retorno voluntario asistido y reintegración: tiene como principal objetivo facilitar, a personas nacionales de terceros países en situación de especial vulnerabilidad, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración.
- Proyecto de retorno voluntario productivo: tiene como principal objetivo facilitar a personas nacionales de terceros países el retorno voluntario a sus países de procedencia y la reintegración sostenible en éstos, a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración que incluyan el apoyo a las habilidades emprendedoras, por medio de actividades de formación en autoempleo y gestión empresarial, así como asistencia técnica y seguimiento de la puesta en marcha de iniciativas empresariales asociadas al retorno, y teniendo en cuenta su vulnerabilidad como criterio prioritario de selección.
Beneficiarias:
Entidades, organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales y
entidades de naturaleza análoga que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los colectivos de inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.
- Carecer de fines de lucro.
- Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
- Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
- No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias.
Bases reguladoras:
Orden ISM/820/2023, de 18 de julio, que establece las bases reguladoras para
la concesión de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones en el área retorno voluntario seguro y digno para migrantes
extracomunitarios en situación de vulnerabilidad social y/o económica.
Plazo de presentación de solicitudes:
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones:
miércoles, 27 de agosto de 2025
Acuerdos del Consejo de Ministros de 26/08/2025
Juventud e Infancia
APROBADA LA CAPACIDAD DE LAS COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS PARA LA ACOGIDA DE NIÑOS Y NIÑAS MIGRANTES NO ACOMPAÑADOS
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se aprueba la capacidad ordinaria del sistema de protección y tutela de personas menores de edad extranjeras no acompañadas en las Comunidades y Ciudades Autónomas.
De esta forma, la capacidad ordinaria de los sistemas de acogida ha quedado cifrada en una ratio de 32,6 plazas para niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados por cada 100.000 habitantes para el conjunto del país, de acuerdo con la fórmula recogida en la norma aprobada.
El real decreto tiene por objeto garantizar un proceso de acogida vinculante, digna y solidaria de la infancia migrante no acompañada que llega a España y establece la base para que comiencen los traslados de acuerdo con el protocolo establecido.
Con este real decreto se da cumplimiento a la disposición adicional undécima introducida en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, introducida tras la aprobación del Real Decreto-ley 2/2025, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias.
Tras la aprobación, aquellas comunidades y ciudades autónomas que multipliquen por tres su capacidad ordinaria serán declaradas en situación de contingencia migratoria extraordinaria, lo que activará el protocolo de traslados.
Real Decreto 743/2025, de 26 de agosto, por el que se aprueba la capacidad
ordinaria del sistema de protección y tutela de personas menores de edad
extranjeras no acompañadas de las comunidades y ciudades autónomas (BOE número 206 de 27/08/2025)
miércoles, 23 de julio de 2025
Acuerdos del Consejo de Ministros de 22/07/2025
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
REAL DECRETO QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA LA ACOGIDA DE LA INFANCIA MIGRANTE NO ACOMPAÑADA
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que establece las actuaciones necesarias para la acogida de niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados, un paso más para dar comienzo a las reubicaciones entre los distintos territorios del país de manera sostenible y solidaria. Se avanza en la protección de niñas, niños y adolescentes que llegan a nuestro país solas y solos, a menudo tras vivir situaciones extremas y perder a quienes les cuidaban. La infancia migrante no acompañada se encuentra en una situación de particular vulnerabilidad y debemos velar por su atención y sus derechos.
Esta normativa, que desarrolla el Real Decreto-ley 2/2025 para la acogida de infancia migrante en situación de desamparo, prioriza su protección mediante un sistema eficaz, coordinado y ágil que involucra a todos los territorios y administraciones, con el apoyo y la financiación del Gobierno central. Se pone en el centro tanto el interés superior de los niños y niñas, así como sus derechos, frente a resistencias partidistas y racistas.
El sistema también apoya a los territorios de llegada que acogen a la mayor parte de la infancia migrante, como es ahora el caso de Canarias, Ceuta y Melilla. es una cuestión de país y como tal debe ser abordada.
El Real Decreto que establece las actuaciones necesarias para la acogida de niñas, impulsado por el Ministerio de Juventud e Infancia, establece las actuaciones que deberán realizar las comunidades y ciudades autónomas de origen y destino para llevar a cabo las reubicaciones de niños y niñas no acompañadas en los plazos establecidos, así como los procedimientos a cargo del Estado central y sus administraciones.
Los primeros traslados están previstos a finales de agosto, una vez el Gobierno de coalición progresista haya aprobado un segundo real decreto que recoge la capacidad ordinaria con la acogida por comunidades autónomas y su financiación.
El real decreto de desarrollo establece la protección del interés superior del menor y los derechos de la infancia migrante que llega sola a territorios declarados en situación de contingencia migratoria extraordinaria. Los niños, niñas y adolescentes que lleguen a territorios que se encuentren en esta situación serán reubicados en otros en un plazo máximo de 15 días naturales desde su inscripción en el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados.
También se priorizará a aquellas personas menores que actualmente ya se encuentran en dispositivos de emergencia.
El plazo máximo para ejecutar estos traslados de los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en la actualidad en territorios declarados en contingencia migratoria de emergencia será de un año desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2025 aprobado el pasado 18 de marzo. Además, el real decreto del que también son proponentes los Ministerios del Interior, Política Territorial y Memoria Democrática, y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aclara las responsabilidades de los distintos poderes estatales y regionales de cara a la declaración de contingencia migratoria extraordinaria, y la definición de los territorios de destino. Incluye también cuestiones relacionadas con la atención, instrucción y la asunción de la tutela y custodia de la infancia no acompañada.
Además, apunta que la ejecución de las reubicaciones corresponderá a la comunidad o ciudad autónoma de origen, con la financiación y el apoyo de la Administración General del Estado. Concreta también los datos que deberán remitir los territorios al Ministerio de Juventud e Infancia antes del 15 de enero de cada año, y sienta la posibilidad de crear mecanismos bilaterales para garantizar la coordinación entre administraciones públicas.
Real Decreto 658/2025, de 22 de julio, por el que se regulan las medidas a adoptar en situaciones de contingencia migratoria extraordinaria para la protección del interés superior de la infancia y la adolescencia migrante no acompañada. (BOE número 176 de 23/07/2025)
Igualdad
ESTRATEGIAS ESTATALES LGTBI Y TRANS
El Consejo de Ministros ha aprobado la primera Estrategia LGTBI y la primera Estrategia Trans estatal. Su puesta en marcha responde a las obligaciones previstas en la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, y supone un avance concreto hacia la igualdad efectiva de estos colectivos.
La Estrategia estatal para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI nace con el objetivo de ser el principal instrumento de colaboración territorial para el impulso y el desarrollo de las políticas recogidas en la Ley 4/2023.
Tendrá carácter cuatrienal y constituye la hoja de ruta a seguir por las diferentes administraciones, con la colaboración del sector privado y la sociedad civil.
El documento incorpora los principios básicos de actuación en materia de no discriminación, así como medidas dirigidas a prevenirla y eliminarla. También contempla iniciativas de información, sensibilización y formación, con especial atención a la prevención de la violencia LGTBIfóbica.
Se trata de la primera estrategia estatal del Gobierno en materia LGTBI+, impulsada por el ministerio, y cuenta con el visto bueno de las comunidades autónomas, más Ceuta y Melilla, dado que obtuvo informe favorable en la Conferencia Sectorial de Igualdad el pasado junio.
De su lado, la Estrategia estatal para la inclusión social de las personas trans supone el primer instrumento estratégico del Gobierno dirigido específicamente a este colectivo y tiene por objeto cumplir con el deber constitucional de remover los obstáculos que dificultan la igualdad efectiva de las personas trans.
Tendrá también carácter cuatrienal y será el instrumento principal para el impulso, desarrollo y coordinación de las políticas incluidas en la Ley 4/2023.
Entre otras acciones, la Estrategia trans recoge medidas de acción positiva y prioritaria en los ámbitos laboral, educativo, sanitario y de vivienda, a la vez que pone el acento en la erradicación de la discriminación y la violencia transfóbica.
Asimismo, contempla mejorar el conocimiento de la situación de las personas trans mediante el desarrollo de análisis y estudios.
Participación y gobernanza
En la elaboración de ambos documentos, se ha seguido un proceso participativo en el que han intervenido 165 representantes de diferentes ministerios, comunidades autónomas, municipios, organizaciones sindicales y empresariales, ONG, universidades y personas expertas. Además, ambas estrategias contemplan la coordinación y colaboración de los departamentos ministeriales y territoriales con competencias en la materia, así como la participación del sector privado y de la sociedad civil.
miércoles, 16 de julio de 2025
Acuerdos del Consejo de Ministros de 15/07/2025
Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
REFORMA DE LAS LEYES DE DEPENDENCIA Y DISCAPACIDAD Y DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL DE CRÉDITOS PARA EL SAAD
El Consejo de Ministros ha aprobado, en segunda vuelta, el proyecto de ley para reformar dos normas: la Ley de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. De esta forma, se inicia la tramitación parlamentaria de esta reforma, que tendrá que ser aprobada ahora en el Congreso de los Diputados.
Este proyecto de ley va a ampliar el catálogo de servicios y prestaciones para las personas en situación de dependencia, destacando dos modificaciones:
- Se suprime el régimen de incompatibilidades en las prestaciones de la dependencia que se introdujo en el año 2012, para permitir una mayor personalización en la atención a cada persona.
- Se elimina el plazo suspensivo máximo de dos años en las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar.
- Se transforma así el Sistema de la Dependencia acometiendo las reformas necesarias para adaptarlo a los desafíos del presente y del futuro, con más prestaciones y servicios, nuevos derechos reconocidos, menos burocracia y más tecnología al servicio del bienestar de las personas.
La reforma pretende actuar ante el reto demográfico al que se enfrenta nuestro país, cuando el número de personas mayores se multiplique en los próximos años y aumente, así, el número de personas en situación de dependencia. Asimismo, se reforzará el nuevo modelo de cuidados en base a la Estrategia estatal aprobada en 2024 para ofrecer cuidados de proximidad (en el hogar o entornos comunitarios) a las personas que requieren de prestaciones por dependencia y a las que tienen una discapacidad.
Además, el Consejo de Ministros ha autorizado la distribución territorial de 783,2 millones de euros entre los gobiernos autonómicos para financiar el nivel acordado del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). En este año 2025, este nivel acordado de financiación supondrá una inversión de más de 783 millones de euros (783.197.420 €). Esta cantidad es la más alta que ha tenido este nivel de protección en su historia y será transferida a los gobiernos autonómicos. Con esta partida se complementará la financiación de los servicios de atención a las personas dependientes que hay en cada territorio.
Más servicios en el catálogo y más prestaciones
Esta reforma legislativa incluye nuevos servicios en el catálogo:
- Cuidados y apoyos en viviendas compartidas y también nuevos modelos de convivencia colaborativa.
- Se servirán, mediante préstamo o cesión temporal, productos de apoyo que mejoren la autonomía como sillas de ruedas eléctricas, andadores, camas articuladas o asistentes de voz.
- Se ofrecerán servicios de asistencia personal para aquellas personas que lo deseen y tengan mayores necesidades de apoyo.
- Otra novedad incorporada en el proceso de escucha a la sociedad ha sido el reconocimiento de la extensión de la prestación económica para cuidados familiares hasta el último día del mes en el que se produzca el deceso de la persona dependiente, evitando así situaciones de deber reintegrar prestaciones económicas. Esta medida aporta seguridad jurídica y evita situaciones de incertidumbre o penalización económica a las familias o personas cuidadoras que han sostenido los apoyos hasta el final de la vida.
Al mismo tiempo, se amplía la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, dando reconocimiento a los que prestan las personas allegadas, respondiendo así a las necesidades de las personas que viven solas o con otras convivencias.
El nuevo texto de este proyecto de ley introduce la posibilidad de que una persona en situación de dependencia en grado II o III pueda recibir una prestación transitoria o un servicio transitorio que se adapte a su voluntad, deseos y circunstancias cuando no pueda acceder de inmediato al recurso que ha solicitado y que le corresponde por grado. Por ejemplo, si una persona pide acceder a un centro residencial que está cerca de su casa, pero no hay plazas, durante el tiempo que está en lista de espera tendrá opción a recibir una prestación alternativa acorde con su grado, como podría ser la ayuda en el domicilio. De esta manera, recibirá una prestación transitoria hasta que obtenga plaza en su centro residencial de referencia, en lugar de tener que acudir a otro centro que esté más lejos de su casa y donde la persona tiene menos conexiones sociales, como ocurre actualmente.
Más ayuda en el domicilio
Esta reforma legislativa incluye una extensión del servicio de ayuda en el domicilio a actuaciones que van más allá del ámbito doméstico y de las necesidades de cuidado personal que tenga la persona usuaria. Para ello se ofrece la posibilidad de que la persona cuidadora pueda acompañarla en otras actividades dentro de su entorno comunitario como ir al médico o a hacer la compra. Siguiendo esta línea, la reforma también incluye la asistencia personal como un servicio más del Sistema. De esta manera se ayuda a desplegar y desarrollar este servicio con el que las personas dependientes reciben el apoyo de un profesional que los ayuda a desenvolverse en su día a día para mantener su proyecto vital y participar activamente en su comunidad.
Teleasistencia universal
Este proyecto de ley reconoce la teleasistencia como un derecho universal para todas las personas en situación de dependencia, garantizando su acceso con independencia del territorio en el que residan. Además, se eleva a rango de ley el carácter complementario de la teleasistencia, estableciendo que no puede ser considerada como única prestación, sino que debe combinarse con otros apoyos. También se amplía su ámbito de aplicación más allá del domicilio, permitiendo a personas que viven en residencias recibir este servicio.
Apertura de los centros de día
Otra novedad que incluye el texto aprobado este martes es la consideración de los centros de día como un servicio de proximidad fundamental para la permanencia de las personas en su domicilio. Esto supondrá que estos centros se abrirán para prestar apoyos también fuera de sus instalaciones. Lo harán atendiendo en sus propios domicilios o en espacios de su entorno a aquellas personas usuarias que vivan cerca y lo requieran. Los centros de días también servirán de referencia para personas que no son sus usuarias pero que pueden encontrar en ellos otro tipo de servicios.
El objetivo es que todos los centros de día se integren en su comunidad y se adapten a las necesidades, preferencias y ritmos de vida de las personas que los utilizan. De esta manera la mayor parte de personas de la comunidad podrán acceder a actividades que promuevan su autonomía, su bienestar emocional y su participación social. Esto es especialmente relevante en zonas rurales o con baja densidad de recursos, y supone un nuevo enfoque que convertirá a estos centros en referentes comunitarios de apoyo y relación con el entorno.
Nuevos derechos
El proyecto de ley incluye nuevos derechos para las personas en situación de dependencia. Por ejemplo, se contempla que la persona usuaria tenga derecho a decidir sobre las prestaciones y los servicios que reciba, y que tenga garantizado su derecho a permanecer en el entorno elegido o a recibir una atención libre de sujeciones físicas, mecánicas, químicas o farmacológicas.
Otro derecho importante que recoge esta reforma es el de garantizar una atención sanitaria a personas en situación de dependencia sea cual sea el lugar en el que viva, incluyendo las residencias. Se establecerán las bases para que los gobiernos autonómicos implementen procedimientos de coordinación entre sus servicios sanitarios y sociales. De esta manera, se ofrecerá una atención integral que combine ambas áreas y se podrá evitar lo ocurrido durante la pandemia del COVID-19 en algunas residencias de personas mayores.
Calidad empleo del SAAD
Otra de las novedades que incorpora el proyecto de ley después del proceso de escucha ha sido la incorporación de un artículo específico sobre la calidad en los empleos de los cuidados. El artículo establece que será a través del diálogo con los gobiernos autonómicos en el Consejo Territorial donde se establecerán los criterios de acreditación de calidad y estándares del empleo, como el número adecuado de profesionales según perfil de usuarios, su cualificación y formación continua.
Esta medida se relaciona con el Reto Trabajadoras del SAAD, una iniciativa que subraya la necesidad de valorar el trabajo de las profesionales de la Dependencia. El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 calcula que para 2030 el Sistema de la Dependencia necesitará, al menos, 260.000 trabajadoras más para asegurar su sostenibilidad.
Menos burocracia y más agilidad: pasarela entre dependencia y discapacidad
La reforma de las leyes también contiene medidas destinada a agilizar y acelerar los procesos administrativos vinculados a la dependencia y la discapacidad.
Una de las más importantes es el reconocimiento automático de un 33% de discapacidad a las personas a las que se les asigne un grado I en el Sistema de la Dependencia. Como novedad, en la segunda vuelta, se ha incorporado que las personas que obtengan un grado II o III de dependencia tendrán una pasarela para ser reconocidas con el 65% de discapacidad. Las personas que lo deseen podrán solicitar una valoración individualizada de la discapacidad para obtener un grado de discapacidad superior al previsto automáticamente en estas pasarelas.
Asimismo, esta reforma también agiliza el procedimiento para la revisión del Programa Individual de Atención sustituyendo la burocracia por procedimientos de comunicación más directos con la persona interesada y reforzando el derecho de las personas a participar en la elección de servicios y prestaciones. También se establece un procedimiento de urgencia, de forma que las personas en situación de especial vulnerabilidad puedan acceder a los servicios y prestaciones con mayor prontitud. Cabe destacar que la reforma recoge que el tiempo de espera será el segundo criterio de prioridad en el acceso a servicios del SAAD tras el criterio de capacidad económica.
Compatibilidad entre empleo y prestaciones
La reforma del SAAD incorpora una novedad clave para avanzar en la autonomía de las personas con discapacidad y fomentar su inserción laboral: a partir de ahora dejará expresamente claro que es posible compatibilizar el acceso al empleo con los servicios y prestaciones del sistema.
Hasta la fecha, muchas personas beneficiarias del SAAD se veían obligadas a renunciar a estos apoyos al iniciar una actividad laboral, ya fuera por cuenta ajena o por cuenta propia. Esta situación generaba un desincentivo para el empleo y dificultaba los proyectos de vida autónomos, especialmente en el ámbito de la discapacidad. Una de las consecuencias más frecuentes era la pérdida de plazas en centros ocupacionales, cuya recuperación posterior resultaba compleja.
Con la modificación introducida, cuando una persona reciba una oferta de empleo o unas prácticas formativas, no habrá ninguna duda de que podrá mantener su plaza en el centro durante el tiempo necesario para valorar la continuidad del puesto de trabajo. De este modo, se garantiza una transición segura hacia el empleo y se evita que la aceptación de una oportunidad laboral implique la renuncia a recursos fundamentales para la autonomía personal.
Desarrollo Artículo 49
En materia de discapacidad, el proyecto de ley que ha aprobado el Consejo de Ministros se presenta como un desarrollo normativo del nuevo Artículo 49 de la Constitución Española. De esta forma, la reforma cambiará la Ley de Discapacidad para el reconocimiento de derechos fundamentales como, por ejemplo, la accesibilidad universal. En línea con el artículo 49, el proyecto hace una mención específica a la situación de las mujeres con discapacidad, incidiendo en la importancia de garantizar su salud sexual y reproductiva. Así mismo, se alude a los niños y a las niñas con discapacidad, poniendo el foco en el fomento del desarrollo infantil a través de los servicios de atención temprana.
Accesibilidad universal
En este sentido, la nueva ley estipula la accesibilidad universal como reivindicable ante cualquier instancia, de forma que se puede exigir la accesibilidad en edificios o en servicios que sean públicos. Para ello, se creará un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal que financiará las intervenciones que sean necesarias, como, por ejemplo, instalar rampas para sillas de ruedas, crear QR para audiodescripciones, etc.
En lo referente al ámbito privado, el proyecto incluye una modificación de la Ley de Propiedad Horizontal para obligar a las administraciones competentes a ofrecer ayudas económicas para realizar obras de accesibilidad en edificios de viviendas y para obligar también a la comunidad de vecinos de cada edificio a solicitar estas ayudas si alguna de las personas residentes así lo solicita. Por otra parte, el nuevo texto facilitará los requisitos para acceder a estas ayudas, rebajando del 75% al 70% el porcentaje de financiación de la obra a pagar por la comunidad de vecinos para llevar a cabo la reforma que se precise.
El texto añade como novedad en esta segunda vuelta la obligación de garantizar la accesibilidad en el patrimonio histórico y cultural. Las administraciones competentes deberán adoptar medidas de accesibilidad física y cognitiva (mediante lectura fácil, pictogramas y tecnologías de apoyo) y prevé su desarrollo reglamentario en colaboración con las organizaciones representativas. El desarrollo de la accesibilidad no solo se tiene en cuenta para espacios sino también para servicios públicos. Este es el caso de las Juntas Arbitrales de Consumo que, según el proyecto, asegurarán el acceso universal mediante procedimientos accesibles, reforzando así la protección en el ámbito del consumo.
Tecnología
La reforma contempla también importantes medidas referentes a la tecnología y en las que se reconoce tanto sus potencialidades como sus riesgos. Así, se busca mejorar la calidad de los servicios mediante el desarrollo de nuevas herramientas avanzadas de evaluación, supervisión y control, así como para promover la innovación social.
La ley establece un marco común para garantizar la calidad en los centros y servicios del SAAD, evaluando tanto los procesos de atención como su impacto en la calidad de vida de las personas y de quienes prestan cuidados. Se busca fomentar la innovación social y tecnológica bajo el liderazgo del IMSERSO para desarrollar nuevas herramientas y programas tecnológicos. En esta lógica, se promoverán espacios de exención regulatoria para proyectos piloto que tendrán como finalidad ofrecer nuevas modalidades de cuidados personalizados y comunitarios, con la supervisión de las administraciones. Por último, se establece el compromiso de crear el Centro Estatal de Competencias de Innovación Social en el plazo de 12 meses.
La ley incorpora principios explícitos para que cualquier tecnología aplicada a la atención, desde la teleasistencia hasta el uso de sensores o inteligencia artificial, debe respetar principios esenciales como la autonomía, la privacidad y la integridad personal. En el desarrollo de la IA también se vigilará para eliminar sesgos discriminatorios que puedan afectar a las personas con discapacidad, como puede ocurrir en procesos de selección de profesionales dirigidos automáticamente.
La tecnología también se observa como una oportunidad dentro de la norma, por lo que se designará a las personas con discapacidad como grupo social de interés preferente para el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación y se fomentarán los usos positivos de las nuevas tecnologías y la generación de conocimiento en torno a la ciencia y la tecnología enfocada a personas con discapacidad.
Salud mental
La ley establece un nuevo marco de atención a las personas con problemas de salud mental basado en su autonomía y en la participación. La norma establece que todas las intervenciones deben basarse en el consentimiento libre e informado, priorizando el respeto a la voluntad de la persona y el uso de apoyos en la toma de decisiones. Prohíbe expresamente prácticas coercitivas o involuntarias injustificadas, incluidos internamientos por razón de discapacidad, e impone garantías procesales reforzadas.
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Juventud e Infancia
ATENCIÓN A LA INFANCIA MIGRANTE
El Consejo de Ministros ha aprobado la propuesta de distribución de 22 millones de euros como crédito extraordinario a las Comunidades Autónomas de Isla Canarias y de Illes Balears y a las ciudades de Ceuta y Melilla para el año 2025.
Esta partida tiene como objetivo garantizar el sostenimiento de los sistemas de acogida de dichos territorios. De esta forma, el archipiélago canario recibirá ocho millones y medio de euros, Ceuta siete millones, Melilla cuatro millones y medio y Baleares, que recibirá parte de este crédito por primera vez, dos millones de euros. Destaca el sobreesfuerzo que realizan los territorios de llegada para la atención y el cuidado de los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados que vienen a España, por lo que. Ante esto, se apoya a las comunidades y ciudades autónomas que realizan un esfuerzo material y presupuestario elevado.
Estos recursos aportados por el Gobierno central serán destinados a la atención inmediata y la acogida de los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados, así como todas las actuaciones de información, orientación y apoyo psicosocial, incluida su escolarización, la inserción socio laboral y la inclusión social, entre otros.
Se está impulsando el desarrollo del Real Decreto-ley 2/2025 con el objetivo de dar una acogida solidaria, digna y vinculante a quienes llegan solos y solas a nuestro país y de ayudar a los territorios de llegada. La migración es una cuestión de país y debe abordarse como país.
El Ministerio de Juventud e Infancia ha convocado una nueva Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia donde se planteará la ratificación de la propuesta de distribución.
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Para la Transformación Digital y de la Función Pública
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2025
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de Oferta de Empleo Público (OEP) correspondiente a 2025, con el que se eleva a 36.588 la oferta total de puestos de trabajo en el sector público del Estado, incluidas las plazas ofrecidas en Policía Nacional, Guardia Civil y Fuerzas Armadas. Del total, 27.697 son plazas de nuevo ingreso y 8.891 de promoción interna.
Empleo neto en la Administración del Estado
La oferta en la AGE alcanza las 26.889 plazas de funcionario y personal laboral (20.324 de turno libre y 6.565 de promoción interna) y supone una creación de 5.400 empleos netos. Se profundiza así en el cambio de tendencia logrado en 2021 manteniendo un flujo de entrada de nuevos ingresos en el sistema por encima de la pérdida de efectivos. Durante tres años consecutivos se ha producido una generación de empleo neto, lo que ha permitido frenar y revertir el proceso de envejecimiento de las plantillas.
En los últimos años, la edad media del empleado público ha bajado en dos años, pasando de los 51 a los 49 años actuales gracias a las incorporaciones récord: en 2024 las altas duplicaron a las bajas, con un crecimiento neto de 9.000 efectivos.
Otra de las medidas que está impactando en esa recuperación del empleo público es la agilización de los procesos selectivos. El 93% de los procesos de la OEP de 2024 se han publicado en 2024 y la gran mayoría de los procesos realizan la fase de oposición en menos de un año.
Refuerzo en atención a la ciudadanía
El segundo de los ejes sobre el que se construye la oferta es el refuerzo de la asignación de plazas a cuerpos y escalas de los subgrupos de funcionarios C1 y C2, los estrechamente vinculados a la atención a la ciudadanía. Del total de plazas para personal funcionario en la AGE (13.400), el 64% pertenece a estos subgrupos, seis puntos por encima de la oferta del año pasado. Es la primera vez que la OEP se enfoca en los servicios de atención a la ciudadanía y de tramitación de prestaciones para garantizar una atención ágil, directa, de calidad e inclusiva.
Estas plazas reforzarán las oficinas de asistencia en materia de registros y las oficinas de tramitación y prestaciones, en centros como estos: Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), Seguridad Social, Dirección General de Tráfico (DGT), oficinas de extranjería, gerencias territoriales de justicia, Catastro, Agencia Tributaria, Oficinas de expedición del DNI, homologación de títulos educativos, bibliotecas, archivos y museos estatales y capitanías marítimas.
Cohesión territorial y social
Como ya ocurriera en 2024, la OEP 2025 reserva el 10% de las plazas para personas con discapacidad, en total 2.610 plazas, de las que 538 serán para personas con discapacidad intelectual. La incorporación cada año de estos efectivos sigue contribuyendo a una Administración más diversa e inclusiva, que promueve la integración laboral y el desarrollo profesional sin barreras y que de ese modo sirve mejor a la ciudadanía.
En el último año no sólo se ha aumentado el ritmo de incorporación de personas con discapacidad, sino que se han mejorado los recursos dedicados a su integración laboral, con la constitución de las Unidades de Inclusión en los departamentos ministeriales, cuyas capacidades serán reforzadas a lo largo de 2025.
Asimismo, esta oferta da un paso más en la territorialización de las plazas, para reflejar mejor la presencia de la Administración del Estado en todo el territorio. En las convocatorias se podrá especificar la distribución territorial de las plazas y una previsión orientativa de las provincias en las que se ofertarán destinos. El objetivo es que las personas aspirantes a los procesos selectivos tengan información sobre si existe previsión de ofertas plazas en las distintas provincias, y así atraer talento de todo el territorio.
Plazas en organismos públicos de investigación
En concreto, en las escalas correspondientes al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MICIU) se crean 602 plazas de ingreso libre y 639 plazas por el proceso de promoción interna, lo que supone un 38,4% más de plazas de acceso libre que en 2018, y un 112,3% más plazas de promoción interna: en 2018 se convocaron 435 plazas de acceso libre y 301 de promoción interna. Las plazas irán destinadas a personal científico titular, personal investigador científico, profesorado de investigación, técnicos superiores especializados, tecnólogos, técnicos especializados y ayudantes de investigación.
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