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viernes, 30 de julio de 2021

Corrección de error de la Orden de 27 de julio de 2021 de la Consejería de Salud, por la que se da publicidad al nivel de alerta sanitaria actual por COVID-19 en que se encuentra la Región de Murcia y cada uno de sus municipios



Fuente: BORM número 174 de 30/07/2021

Advertido error material por omisión en la Orden de 27 de julio de 2021 de la Consejería de Salud, se procede a su subsanación:

En el artículo 4, relativo a las medidas aplicables a los sectores regulados en la Orden de 1 de junio de 2021 de la Consejería de Salud, se adiciona el apartado 15 con la siguiente redacción:

“4.15 Con carácter general para toda la Región de Murcia y sin perjuicio de la regulación más restrictiva que puedan establecer los distintos Ayuntamientos, en su caso, queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas entre las 22.00 y las 6.00 horas, con excepción de aquellos establecimientos o servicios que lo tengan permitido para su consumo inmediato dentro del local.

Esta prohibición resultará de aplicación tanto para la venta ambulante como para la venta a distancia o a domicilio de bebidas alcohólicas.”

Orden de 27 de julio de 2021 de la Consejería de Salud, por la que se adoptan, con carácter temporal, medidas de limitación a la permanencia de personas en grupos no reglados para la contención y control de la epidemia ocasionada por el virus del SARS-CoV-2



Fuente: BORM número 173 (Suplemento número 15) de 29/07/2021

Medidas de restricción y limitación autorizadas por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados:

1.Tanto en espacios públicos como privados, la permanencia de grupos de personas en reuniones de carácter informal queda limitada a un máximo de diez personas, salvo que se trate de personas convivientes. En el caso de agrupaciones que incluyan tanto personas convivientes como no convivientes, el número máximo permitido será de diez personas.

2. No obstante, entre las 02:00 y las 06:00 horas, la permanencia de grupos de personas en reuniones no regladas o de carácter informal en locales cerrados o al aire libre, tanto en espacios públicos como privados, se permitirá únicamente para grupos de personas que formen parte del mismo grupo de convivencia.

La limitación establecida en este apartado se exceptúa en los siguientes supuestos y situaciones:

a) Las personas que viven solas, que podrán formar parte de una única unidad de convivencia ampliada. Cada unidad de convivencia puede integrar solamente a una única persona que viva sola.

b) La reunión de personas menores de edad con sus progenitores, en caso de que estos no convivan en el mismo domicilio.

c) La reunión de personas con vínculo matrimonial o de pareja cuando estos vivan en domicilios diferentes.

d) La reunión para el cuidado, la atención o el acompañamiento a personas menores de edad, personas mayores o dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables, cuando resulte necesario para el normal desenvolvimiento de esta persona.

3. Las limitaciones previstas en este artículo no resultarán de aplicación a las actividades laborales e institucionales ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.

Eficacia y entrada en vigor:

1. Desde la entrada en vigor esta Orden, queda sin efecto la Orden de 20 de julio de 2021 de la Consejería de Salud, por la que se adopta, con carácter temporal, la medida de limitación a la permanencia de personas en grupos no reglados para la contención y control de la epidemia ocasionada por el virus del SARS-CoV-2.

2. Previa autorización judicial prevista en el artículo 3, la presente Orden, surtirá efectos, en su caso, a partir de las 00:00 horas del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y mantendrá su eficacia hasta las 23:59 horas del día 27 de agosto de 2021, sin perjuicio de que pueda ser modificada, flexibilizada o dejada sin efecto, total o parcial, en función de la evolución de la situación epidemiológica regional.

Orden de 17 de julio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Digital por la que se convocan la VI y la VII Edición de los Premios a la Innovación y las Buenas Prácticas y el Premio a la Igualdad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia


Fuente:
BORM número 174 de 30/07/2021

Objeto:

La presente Orden tiene por objeto convocar y establecer las bases de los Premios a la Innovación, las Buenas Prácticas y la Igualdad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con la finalidad de reconocer públicamente el esfuerzo realizado en estas materias por las Administraciones públicas.

Ámbito subjetivo de aplicación:

Los Premios a la Innovación y las Buenas Prácticas y el Premio a la Igualdad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia están dirigidos a:

  • La Administración Pública Regional, sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes y sus unidades administrativas.
  • Los Ayuntamientos de la Región de Murcia, sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes y sus unidades administrativas.
  • Las Universidades públicas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Categorías:

1. Los Premios convocados constan de las siguientes categorías:

a) Premio a la Innovación en la Administración, cuyas bases específicas se establecen en el Anexo I. Está destinado a reconocer la implantación de cambios significativos en los proceso de gestión, de comunicación de la información o de la organización con el propósito de mejorar los resultados en la prestación de los servicios públicos, cualquier iniciativa que, en suma, contribuya a la transformación de la correspondiente administración.

b) Premio a las Buenas Prácticas en la Administración, cuyas bases específicas se establecen en el Anexo II. Tiene como objetivo reunir y difundir prácticas y experiencias que se han implementado con resultados positivos, siendo eficaz y útil para la mejora o solución de problemas en la Administración Pública, con el fin de apoyar los esfuerzos de mejora en la prestación de los servicios públicos.

c) Premio a la Igualdad en la Administración, cuyas bases específicas se establecen en el Anexo III. El Premio a la Igualdad en la Administración está destinado a destacar

las buenas prácticas en la aplicación efectiva de las medidas para la igualdad entre mujeres y hombres con el fin de reconocer y estimular las actuaciones, metodologías y herramientas puestas en marcha, así como el compromiso con la igualdad de trato y de oportunidades en las condiciones de trabajo.

Solicitudes electrónicas de participación y plazo de presentación:

1. Quienes deseen participar en la convocatoria deberán formular su candidatura en el modelo de solicitud que figura como Anexo IV, dirigido al titular de la Dirección General de Función Pública, optando tan solo por una de las categorías convocadas, debiendo venir suscritas por la persona responsable de la unidad solicitante o el máximo responsable de la organización.

2. No se admitirá la presentación de candidaturas idénticas a distintas categorías con el mismo proyecto o iniciativa.

3. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» hasta el próximo 30 de septiembre, inclusive.

4. Las solicitudes electrónicas deberán presentarse en el Registro Electrónico Único de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ubicado en la sede electrónica a través del modelo genérico, accesible en la dirección de Internet https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1744&IDTIPO=200&RASTRO=c$m40288, al que se habrá de acompañar como documentación adjunta el modelo de solicitud cumplimentado que figura como Anexo IV y la memoria que opta al premio.

5. La solicitud y las bases de esta convocatoria se pueden encontrar en la Guía de Servicios de la CARM, en la URL: 

https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=2411&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288 y en la web de los Premios de Innovación y Buenas Prácticas de la Región de Murcia, disponible en la dirección de Internet http://premiosinnovacion.carm.es 

6. La participación en esta convocatoria es voluntaria y supone la aceptación íntegra de las presentes bases.

7. No podrán participar en estos Premios los órganos, unidades administrativas, y entidades con los mismos proyectos o iniciativas premiadas en convocatorias anteriores.

Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 29/07/2021


Fuente:
Referencia del Consejo de Gobierno

Atención social

Más de 800.000 euros para la conciliación de la vida laboral y privada

El Consejo de Gobierno ha autorizado, a propuesta de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, la concesión de 804.080 euros en subvenciones destinadas a los ayuntamientos de la Región de Murcia, para la prestación de servicios de conciliación de la vida laboral y la vida privada, cofinanciadas al 80 por ciento por el Fondo Social Europeo, para el ejercicio 2021.

Esta prestación está encaminada a contribuir a paliar los efectos discriminatorios que se derivan de la tradicional asunción por parte de las mujeres de las obligaciones familiares en el cuidado de los niños, de entre 3 y 12 años, que suponen una de las mayores dificultades para su acceso al empleo en condiciones de igualdad. Se dirigirán a la atención de menores de educación infantil y primaria cuyos progenitores estén trabajando o recibiendo formación para el empleo.

La finalidad de estas ayudas es continuar y ampliar la financiación de servicios de conciliación de la vida laboral y la vida privada.

Entre los servicios susceptibles de subvención cabe destacar las escuelas de verano o de Navidad y el servicio de transporte, que incluye tanto el traslado a los comedores escolares desde un centro educativo a otro como el traslado de los servicios de madrugadores a sus respectivas escuelas. También las actividades extraescolares desarrolladas en el propio centro y la ampliación de horarios matinal y vespertino en los centros escolares y otras instalaciones municipales.

5 millones para los centros de Servicios Sociales de Atención Primaria de Cartagena y Murcia

El Consejo de Gobierno ha autorizado, a propuesta de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, la concesión de subvenciones nominativas a los ayuntamientos de Cartagena y Murcia, por un importe global de 5.060.851 euros, para la realización de actuaciones en materia de servicios sociales de atención primaria para el año 2021, lo que supone un aumento de 27 profesionales contratados para estos fines.

Entre los gastos que se subvencionan cabe destacar el coste de los puestos de trabajo que se consideran básicos de estructura del centro, el coste de las prestaciones básicas y los gastos derivados del mantenimiento de los edificios, mobiliario y medios materiales en general.

La subvención que corresponde al Ayuntamiento de Murcia asciende a 3.208.561 euros, de los que 2.503.851 los aporta la Comunidad y 704.709 forman parte de la aportación del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, mientras que para Cartagena la subvención asciende a 1.852.290 euros, de los que la Comunidad aporta 1.432.382 y el resto (419.907 euros) el Ministerio.

jueves, 29 de julio de 2021

Extracto de la Resolución de 23 de julio de 2021 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2021 de subvenciones para el fomento de la inserción en el mercado de trabajo de trabajadores afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

Fuente: BORM número 173 de 29/07/2021

Extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/576820). BDNS (Identif.): 576820

Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta convocatoria:

a) Subprograma 1: Las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que se reincorporen a su actividad.

b) Subprogramas 2 y 3: Las empresas (incluidos autónomos) cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia.

Objeto:

Subprograma 1: La reincorporación de trabajadores por cuenta propia o autónomos que procedieron a darse de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) a partir del 14 de marzo de 2020.

Subprograma 2: La contratación indefinida a tiempo completo o parcial (cuando la jornada pactada sea como mínimo del 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo) de trabajadores que perdieron su puesto de trabajo de carácter indefinido a partir del 14 de marzo de 2020.

Subprograma 3: La conversión de contratos formativos en indefinidos de personas afectadas por suspensión de su contrato formativo por expediente de regulación temporal de empleo a partir del 14 de marzo de 2020.

Bases reguladoras.

Orden de 31 de marzo de 2021 del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de subvenciones para el fomento de la inserción en el mercado de trabajo de trabajadores afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BORM número 90 de 21 de abril).

Cuantía:

Para el subprograma 1: Reincorporación de trabajadores por cuenta propia o autónomos: 2.450.000,00 euros

Para el subprograma 2: De fomento a la contratación indefinida: 2.250.000,00 euros

Para el subprograma 3: Conversión en indefinidos de los contratos formativos: 900.000,00 euros

Las cuantías individuales a conceder son:

Subprograma 1. La ayuda para la reincorporación a la actividad como trabajador Autónomo será de 2.000,00 euros.

Subprogramas 2 y 3. Las cuantías de las subvenciones a conceder por contrato indefinido, en función de la duración de la jornada, serán las siguientes:

- A tiempo completo: 4.000,00 euros.

- A tiempo parcial: 2.000,00 euros.

Solicitudes:

1. Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo único de instancia elaborado para esta modalidad que se encuentra disponible en la página web www.sefcarm.es, en el apartado de “ayudas y subvenciones” (código de procedimiento 3375), e irán dirigidas a la Directora General del SEF y debiendo ser presentadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Plazo:

Los plazos de presentación serán:

a) Subprograma 1. Reincorporación de trabajadores por cuenta propia o autónomos, 15 días siguientes al alta en RETA.

b) Subprograma 2 y 3.- Será de 15 días a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social del trabajador contratado (fecha de inicio de la relación laboral) o de la fecha en la que se produzca la conversión del contrato formativo en indefinido, y con las limitaciones establecidas en el párrafo siguiente de este apartado 2.

Para los tres subprogramas: Para aquellas altas en RETA, contratos o conversiones de contratos formativos en indefinidos, producidas con anterioridad a esta convocatoria, y estas se hayan producido a partir del 1 de enero de 2021, para la presentación de solicitudes de subvención dispondrán de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Para todos subprogramas, además, para su admisión a trámite todas las solicitudes de subvención deberán ser presentadas en el periodo comprendido entre el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria y el 29 de octubre de 2021, siendo éste el último día de presentación de solicitudes.

Decreto número 143/2021, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a los ayuntamientos de la Región de Murcia, para la atención integral a mujeres víctimas de violencia de género en base al Real Decreto-Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del pacto de estado contra la violencia de género


Fuente:
BORM número 173 de 29/07/2021

Objeto de la subvención, finalidad y razones de interés público, social y humanitario que concurren en su concesión:

1. El presente Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones por parte de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social a los Ayuntamientos de la Región de Murcia que se relacionan en el Anexo 1 de este Decreto, para el desarrollo de servicios en materia de asistencia integral a mujeres víctimas de violencia de género.

2. La finalidad de dicha concesión es financiar los gastos de personal derivados de la prestación de servicios y programas en materia de atención a mujeres víctimas de violencia de género en los Centros de Atención Especializada para Mujeres Víctimas de Violencia de Género y en los Puntos de Atención Especializada, así como los gastos de funcionamiento de las Casas de Acogida.

3. La actuación a través del programa para la prestación de servicios en materia de atención a mujeres víctimas de violencia de género resulta de indudable interés público, social y humanitario en la medida en que se pretende que las mujeres víctimas de violencia de género sean capaces de superar las secuelas del maltrato y enfrentarse a su vida de forma independiente, dotándolas de las habilidades sociales y del equilibrio psicológico necesario para ello.

Beneficiarios y criterios de distribución:

Serán beneficiarios de las subvenciones a las que se refiere el presente Decreto los Ayuntamientos de la Región de Murcia que se relacionan en el Anexo 1 y en los que se prestan servicios en materia de atención a víctimas de violencia de género, con las cuantías que se indican en el mismo.

En cuanto a los CAVIS y PAE, los criterios de distribución de la cuantía de subvención se han determinado en base al ámbito de influencia, aumento de la demanda de usuarias y a la población susceptible de intervención.

En cuanto a las casas de acogida los criterios de distribución de la cuantía de la subvención se han determinado en base a la población susceptible de intervención y al ámbito de influencia.

Cuantía de las subvenciones, pago y período de ejecución:

El importe de las actuaciones para los CAVIS y PAE asciende 2.360.225,88 € euros y se imputará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021.

El importe para Casas de Acogida será de 380.000,00 euros, del Presupuesto de Gastos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021.

El periodo de ejecución de las actuaciones objeto de la subvención será el establecido en la correspondiente Orden de concesión, que deberá estar comprendido, en todo caso, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.

miércoles, 28 de julio de 2021

X Edición del curso de lengua de signos nivel A1

Fecha: Del 27 de septiembre al 17 de diciembre de 2021

Modalidad: online. Requisitos necesarios: ordenador, webcam y conexión a internet de alta velocidad. 

Organiza: Centro de Estudios sobre Diversidad Funcional de la Universidad de Murcia (CEDIF) y la Federación de Personas Sordas de la Región de Murcia (FESORMU).

Destinatarios: Cualquier persona interesada en aprender lengua de signos como segunda lengua. Personas Sordas y sus familias. Estudiantes universitarios. Profesionales de entidades pertenecientes al tercer sector.

Tutorizado por: Profesorado nativo signante con acreditada experiencia docente reconocida por la CNSE y su movimiento asociativo con titulación como Especialistas en Lengua de Signos Española.

Número de plazas: Son limitadas por orden de inscripción (mediante el pago del curso).

Plazo de inscripción: hasta el 21 de septiembre

La inscripción se realizará mediante formulario online disponible en: https://www.fesormu.org/formulario-cursos-lse/ donde se adjuntará justificante bancario.

Precio de Matrícula: 195 €, según precio público de la UMU.

Normas de matrícula: Pago único mediante ingreso en cuenta, indicando en concepto: A1 + Apellidos y Nombre. 

Bankia ES94 2038 3053 2660 0000 2443 Titular: Federación de Personas Sordas de la Región de Murcia.

Solicitud de Beca: El alumno/a podrá solicitar beca siempre y cuando acredite el siguiente requisito, el cual deberá remitir a la sede de la FESORMU junto al impreso y justificante de pago de matrícula y persona con discapacidad (mediante fotocopia de Certificado de Valoración del Grado de Discapacidad o Tarjeta de Reconocimiento de Discapacidad).

Certificación por Estudios Propios de la Universidad de Murcia: 100 horas. 4 ECTS.

Reconocimiento de créditos: 2 CRAU.

Información y contacto:

Sede de la FESORMU en C/ Virgen de la Soledad, 17-bajo - Murcia:




Orden de 27 de julio de 2021 de la Consejería de Salud, por la que se da publicidad al nivel de alerta sanitaria actual por COVID-19 en que se encuentra la Región de Murcia y cada uno de sus municipios


Fuente:
BORM número 172 de 28/07/2021

Nivel de alerta sanitario regional:

A fecha 26 de julio de 2021, la Región de Murcia se encuentra en un nivel de alerta sanitario regional 2 medio.

Indicadores epidemiológicos y niveles de alerta municipales






Acuerdos de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Lorca, de 25 de junio de 2021, sobre aprobación de aspectos sustantivos que implementan las bases generales de las convocatorias para proveer plazas correspondientes a los procesos de consolidación y estabilización del Ayuntamiento de Lorca, a incluir, en su caso, en las bases específicas de las convocatorias



Fuente: BORM número 172 de 28/07/2021

En sesión de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Lorca, de fecha 25 de junio de 2021, han sido adoptados los siguientes acuerdos:

Aprobar, la implementación de las Bases Generales (Bases Generales) que regulan los procesos selectivos de estabilización y consolidación de empleo temporal en el Ayuntamiento de Lorca , en los siguientes aspectos, que será incluidos, en su caso, en las Bases Específicas de las convocatorias que se aprueben.

1. Cuestionario tipo test (procesos de estabilización), de las Bases Generales, se aprueba un sistema de preguntas tipo test.

 

2.- El Temario sobre la parte de materias comunes (parte general) que se establecerá en las Bases específicas de cada convocatoria, por grupo y subgrupo de titulación, consta del número de temas y con el contenido.

 

3.La Memoria o Proyecto previsto en las Bases Generales tendrán la siguiente redacción, que se incluirá en las Bases Específicas que proceda: “La Memoria o Proyecto, que en caso de que los contemple las Bases Específicas, se deberá presentar por los aspirantes junto con su solicitud de participación (Bases Generales, Tercera, apartado 1 y 1.4.), no podrá tener una extensión inferior a 10 páginas ni superior a 50, con tipo de letra Times New Roman, tamaño 12, interlineado sencillo y márgenes no inferiores a 3 centímetros; será expuesta y defendida ante el tribunal de selección por el aspirante, pudiendo los miembros del tribunal, al finalizar la exposición formular preguntas sobre su contenido. Tendrá una duración máxima de 15 minutos.”

Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 11 de junio de 2021, sobre prórroga de la lista de espera para contrataciones laborales temporales o nombramientos interinos de puestos de Diplomado/a en Trabajo Social o Trabajador/a Social del Ayuntamiento de Lorca


Fuente:
BORM número 172 de 28/07/2021

En sesión de Junta de Gobierno Local, de 11 de junio de 2021, del Ayuntamiento de Lorca se ha aprobado la prórroga de la vigencia de la lista de espera, para contrataciones laborales temporales o nombramientos interinos de puestos de Diplomado/a en Trabajo social o Trabajador /a Social de este Ayuntamiento.

Lista que tendrá una vigencia de un año, a partir del día 29 de junio de 2021, con la limitación de que podrá quedar sin efecto y anticiparse su finalización si durante este plazo fuese aprobada convocatoria para proveer plaza/s de Diplomado/a en Trabajo social o Trabajador /a Social de este Ayuntamiento, como funcionario/a de carrera o funcionario/a interino/a de este Ayuntamiento, que incluyese lista de espera, o convocatoria únicamente de lista de espera o bolsa de trabajo de dicha categoría, en cuyo caso se extinguiría con la aprobación de la nueva lista derivada de la convocatoria correspondiente.

Acuerdos del Consejo de Ministros de 27/07/2021

Fuente: Referencia del Consejo de Ministros

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

CATÁLOGO DE MEDIDAS URGENTES DEL PLAN DE MEJORA Y MODERNIZACIÓN CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

El Consejo de Ministros ha aprobado el catálogo de medidas urgentes del Plan de Mejora y Modernización contra la Violencia de Género. Este conjunto de busca avanzar hacia la erradicación de las violencias estructurales contra las mujeres con la implicación del conjunto de la sociedad de forma directa.

En este sentido, se proponen un conjunto de medidas encaminadas a la sensibilización de la sociedad, del entorno de las víctimas de violencia machista, buscan también detectar de forma temprana la violencia en servicios públicos de proximidad, apoyar la autonomía de las mujeres para que rompan con la violencia, proteger a los niños y las niñas frente a la violencia y reforzar la protección y la seguridad de las víctimas en riesgo, con y sin denuncia.

15 medidas

El catálogo de medidas urgente del Plan de Mejora y Modernización Contra la Violencia de Género, consta de 15 medidas destinadas a los objetivos antes mencionados:

1.- Elaboración y difusión de campañas a lo largo de todo el año, en el marco de la acción sostenida temporal de las medidas de concienciación y sensibilización para la erradicación de la violencia de género.

2.- Promover acuerdos de colaboración con las grandes proveedoras de servicios en línea para prevenir y actuar frente a los perfiles que fomentan la discriminación y la violencia contra las mujeres. Promover el adecuado tratamiento de las noticias y de la información sobre violencia de género que se ofrece por los distintos medios de comunicación y evitar que la publicidad ofrezca una imagen "cosificadora de la mujer".

3.- Promoción de los programas de rehabilitación de los condenados por violencia de género, en aras a cumplir la finalidad rehabilitadora de la pena y lograr la reinserción social de los penados.

4.- Elaboración de un instrumento validado estandarizado para facilitar la detección de la violencia de género en los servicios de Atención Primaria del Sistema Nacional de Salud que será objeto de una implantación progresiva en todo el territorio del Estado.

5.- Formación específica en la detección precoz, manejo de indicadores de sospecha, valoración del riesgo y desarrollo de destrezas para la entrevista de los equipos profesionales involucrados en la atención integral y recuperación de las víctimas de violencia de género de atención primaria y hospitalaria (Medicina de Familia, Pediatría, Enfermería, Matronas, Trabajo Social, Urgencias, Salud mental y Toco-Ginecología), así como de la red de centros de Servicios Sociales, del ámbito educativo y de la Inspección de Trabajo y de los servicios consulares españoles en el extranjero.

6.- Implantación de una ventanilla única de violencia de género en la red de Servicios Sociales de Base y en colaboración con las administraciones públicas competentes, incluyendo las Oficinas de Asistencia a las Víctimas de Delitos, según los estándares de accesibilidad, adaptabilidad y no discriminación, para centralizar la intervención y el acompañamiento social y garantizar y hacer efectivo el ejercicio de los derechos de las víctimas y supervivientes de violencia de género. Entre ellos la reparación y el acompañamiento a familiares de mujeres asesinadas para informar sobre sus derechos y acompañar en el procedimiento: pensiones y prestaciones de orfandad, apoyo psicológico preferente, becas, duelos; y la canalización de las demandas de las víctimas y supervivientes de violencia de género a las ayudas económicas, de vivienda y en relación a sus derechos laborales.

7.- Elaboración del primer Plan de Actuación y Desarrollo de los derechos de los niños y niñas como víctimas directas de la violencia de género, dirigido al ámbito judicial, de familia, servicios sociales y servicios especializados.

8.- Impulso de la entrada en el sistema VIOGEN de los Servicios Sociales de Base y de los Servicios de Atención especializada, autonómicos y municipales, con el fin de proporcionar una información cercana y actual sobre de la víctima y el entorno fundamental para la eficacia de la valoración y actualización del riesgo.

9.- Elaboración de una Instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad para promover y asegurar la máxima difusión del Protocolo Cero: herramienta dirigida a valorar los testimonios de familiares e integrantes del entorno social de una víctima de maltrato para generar mecanismos policiales de protección adecuados, no condicionados a la interposición de denuncia previa.

10.- Realización de una acción formativa conjunta por los ministerios de Interior e Igualdad, masiva y multidisciplinar, que tenga las características de curso reglado, certificado, obligatorio, dirigido a todas y todos los agentes de los cuerpos policiales que tengan contacto con víctimas de violencia de género, con especial atención a las Unidades de Seguridad Ciudadana.

11.- Potenciación del papel de las Unidades de Coordinación y de Violencia sobre la Mujer de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, como punto focal en los territorios, a través de una circular y de acciones de formación e intercambio entre ellas.

12.- Mejora del Servicio ATENPRO, ampliando las posibilidades actuales de alta sin denuncia en el servicio y dando difusión al mismo entre los diversos agentes sociales como servicios de atención a víctimas de violencia de género, las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, la policía judicial, los juzgados, los centros de atención primaria, hospitales, las oficinas de atención a las víctimas, recursos especializados, ONGs o asociaciones de mujeres.

13.- Introducción en todos los sistemas de gestión procesal utilizados por la Administración de Justicia de la comunicación automatizada de las órdenes de protección, así como de las resoluciones judiciales que las modifiquen, a las Oficinas de Asistencia a las Víctimas.

14.- Elaboración de una Guía para la actualización y mejora de los Protocolos de Coordinación y Actuación Interinstitucional dirigidos a las instituciones y poderes del Estado en base al Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y violencia doméstica (2011) y a la normativa en violencia de género recientemente aprobada.

15.- Refuerzo de la formación especializada para la prevención, detección, actuación y sensibilización en violencia de género, dirigido a los equipos profesionales que están en contacto directo e indirecto con las víctimas y supervivientes de violencia de género, así como con sus hijos e hijas.

Derechos Sociales y Agenda 2030

DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL DE CRÉDITOS PARA LA ATENCIÓN DE MENORES MIGRANTES NO ACOMPAÑADOS

El Consejo de Ministros ha autorizado la propuesta de distribución territorial de un crédito de 22,91 millones destinado a apoyar la atención a los niños y niñas migrantes no acompañados. Por un lado, se financiará la acogida de los niños, niñas y adolescentes llegados a Canarias por parte de otras comunidades autónomas. Por otro, se apoyará a aquellas comunidades y ciudades autónomas que han atendido a un número mayor de niños, niñas y adolescentes durante el segundo semestre de 2020.

PROGRAMA DE TERMALISMO DEL IMSERSO

El Consejo de Ministros ha autorizado al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) la contratación, por procedimiento negociado sin publicidad, para la reserva y ocupación de plazas del Programa de Termalismo del IMSERSO. El IMSERSO iniciará la tramitación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, de 77 contratos de servicios de reserva y ocupación de plazas, que engloban un total de 100 establecimientos termales. Como ejes principales del programa se encuentra la mejora de la calidad de vida de las personas mayores, así como la promoción del envejecimiento activo, la mejora de la salud y la prevención de la dependencia y, en segundo lugar, favorecer la creación y mantenimiento del empleo en este sector, contribuyendo con ello a paliar la estacionalidad.

martes, 27 de julio de 2021

Extracto de la Orden de 23 de julio de 2021, de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social por la que se convocan subvenciones para la realización actividades de interés general consideradas de interés social a desarrollar por entidades del Tercer Sector de Acción Social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto de sociedades


Fuente:
BORM número 171 de 27/07/2021

Extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/576339) BDNS (Identif.): 576339

Beneficiarios:

Las entidades que tengan la consideración de entidades del Tercer Sector en los términos previstos en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social, así como Cruz Roja Española y otras entidades u organizaciones no gubernamentales, que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas al menos con dos años de antelación a la fecha de la convocatoria de subvención.

b) Estar inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (en adelante RCSS) y tener autorización para la realización de las actividades objeto de la subvención, así como los centros donde estas se realicen, de conformidad con el Decreto número 3/2015, de 23 de enero, por el que se regula la autorización, la acreditación, el registro y la inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece la tipología básica de los mismos.

Las actividades objeto de los proyectos presentados y los centros donde estas se realicen, deberán estar autorizadas en dicho Registro con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de la presente subvención.

c) Carecer de fines de lucro.

d) Tener fines institucionales adecuados recogidos como tales en sus estatutos propios para la realización de las actividades consideradas subvencionables.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes.

f) Tener implantación en la Región de Murcia, contando con sede o al menos, delegación permanente en la misma.

Objeto:

1. El objeto de la presente Orden es convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades del Tercer Sector de Acción Social para la realización de actividades de interés general para fines sociales, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades, en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

2. La finalidad de estas subvenciones es la realización de actividades de interés general para fines sociales, incluidas las inversiones, para cubrir las necesidades específicas de asistencia social dirigidas a la atención de las personas y colectivos en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad.

Bases reguladoras:

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se rige por la Orden de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, de fecha 6 de agosto de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de Subvenciones a programas de interés general dirigidas a fines de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, bases reguladoras), publicada en el BORM número 181, de 7 de agosto de 2018.

Cuantía:

1. Estas subvenciones se concederán con cargo a la consignación establecida en las partidas presupuestarias 18.04.00.313R.481.99 (proyecto presupuestario nº 44659) y 18.04.00.313R.781.99, (proyecto presupuestario nº 44660), por un importe de 8.750.000,00 euros y 250.000,00 euros respectivamente, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021, distribuyéndose en función de la naturaleza de los proyectos propuestos para su concesión. Dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto antes de la resolución de la concesión.

Lugar y plazo de presentación de solicitudes:

1. La presentación de la solicitud (Anexo II) que deberá ir firmada por la persona representante de la entidad previa cumplimentación, se realizará en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es), que se haya habilitado a tal fin en la Guía de Procedimientos y Servicios (número de procedimiento 2448).

2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

Descargar orden completa de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 1.89 MB)

Decreto número 144/2021, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinados ayuntamientos, para el desarrollo de programas de atención social integral para el pueblo gitano (Plan Desarrollo Gitano)

Fuente: BORM número 171 de 27/07/2021

Objeto:

Este decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones, a los Ayuntamientos de Águilas, Alcantarilla, Cartagena, Cieza, Las Torres de Cotillas, Lorca, Murcia, Puerto Lumbreras, San Pedro del Pinatar y Totana y Mazarrón, destinados a la realización de proyectos de intervención social integral dirigidos a población gitana.

Finalidad y justificación de la concesión:

1.- La finalidad de las subvenciones es fomentar la promoción, prevención de la exclusión, desarrollo, participación e integración social, favoreciendo la mejora de la cualificación y el acceso al empleo de la población gitana de nuestra Región, entre otros.

2.- Las subvenciones reguladas en este Decreto tienen carácter singular por lo que se autoriza la concesión directa de las mismas por concurrir razones de interés público, social y humanitario. Estas razones se basan en la necesidad de apoyar y financiar las actuaciones que vienen desarrollando determinados municipios de la Región, a través de los Centros de Servicios Sociales de Atención Primaria, en relación a la población gitana y la necesidad de apoyar el desarrollo de proyectos en esos municipios con alta densidad de población gitana o con núcleos de población con alta concentración de la misma, lo que justifica la exclusión de la concurrencia competitiva.

Contenidos y destinatarios de los proyectos:

Los proyectos deberán tener carácter integral, pudiendo contemplar actuaciones en las áreas de inclusión social, educación, cultura, empleo, salud, vivienda, no discriminación y antigitanismo, ciudadanía y participación, contando en todo caso con la participación de la comunidad gitana en la planificación, desarrollo y evaluación de los proyectos.

Los proyectos irán dirigidos de forma prioritaria a población gitana en situación de vulnerabilidad social por lo que será condición imprescindible que se contemplen objetivos y actividades en el área de inclusión social.

Ayuntamientos beneficiarios y distribución del presupuesto:

En aplicación del criterio de continuidad de los proyectos desarrollados en el marco del Plan de Desarrollo Gitano en años anteriores, cuyo impacto/beneficio en el territorio ha sido evaluado positivamente, serán beneficiarios de estas subvenciones en los términos establecidos en este Decreto los Ayuntamientos de Águilas, Alcantarilla, Cartagena, Cieza, Las Torres de Cotillas, Lorca, Murcia, Puerto Lumbreras, San Pedro del Pinatar y Totana.

El incremento de la partida presupuestaria para el presente ejercicio ha permitido incluir adicionalmente al Ayuntamiento de Mazarrón.

Para la distribución del presupuesto se han tenido en cuenta los siguientes criterios:

• Beneficio/impacto generado en la zona/territorio por el desarrollo de proyectos sociales en el marco del Plan de Desarrollo Gitano de forma continuada,

según evaluación del último proyecto realizado por la entidad local.

• Desarrollo simultáneo de actuaciones dentro de un mismo proyecto en al menos dos zonas/barrios del municipio.

• Participación de la población gitana en la planificación, desarrollo y evaluación del proyecto.

• Proyectos de intervención social comunitaria dirigidos al fomento de actividades educativas, culturales y de ocio y tiempo libre.

• Municipios con mayor densidad de población gitana residente, según el Estudio-Mapa de Viviendas de población Gitana de 2015 del entonces Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

• Demanda expresada por parte de la Entidad Local.

La cuantía prevista se distribuirá del modo siguiente:

lunes, 26 de julio de 2021

Anuncio de licitación de: Delegación del Gobierno Contra la Violencia de Género. Objeto: Servicio correspondiente al diseño, elaboración, acompañamiento y seguimiento de la "Estrategia estatal para combatir las violencias machistas". Expediente: 202103PA0002



Fuente: BOE número 176 de 24/07/2021

Poder adjudicador:

Nombre: Delegación del Gobierno Contra la Violencia de Género.

Número de identificación fiscal: S2801446B.

Dirección: C/ Alcalá, 37.

Localidad: Madrid.

Provincia: Madrid.

Código postal: 28071.

País: España.

Código NUTS: ES300.

Teléfono: +34 915243298.

Fax: +34 912090350.

Correo electrónico: secretariadelegacion@igualdad.gob.es

Tipo de poder adjudicador: Administración General del Estado.

Actividad principal ejercida: Servicios de Carácter General.

Descripción de la licitación: Servicio correspondiente al diseño, elaboración, acompañamiento y seguimiento de la "Estrategia estatal para combatir las violencias machistas".

Valor estimado: 235.537,19 euro

Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición: Entre el 15 de octubre de 2021 y el 15 de diciembre de 2025.

Condiciones de participación:

Situación personal:

  • Capacidad de obrar.
  • No prohibición para contratar.
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Situación económica y financiera: Cifra anual de negocio. Nivel o niveles mínimos que pueden exigirse: 56528.92.

Situación técnica y profesional: Trabajos realizados. Nivel o niveles mínimos que pueden exigirse: 39570.24.

Tipo de procedimiento: Abierto acelerado (el Pacto de Estado contra la violencia de género del año 2017 tiene una vigencia inicial prevista hasta 2022.

La Estrategia Nacional es continuación, complemento y refuerzo, tomando en consideración la necesidad de que ésta sea formulada y publicada durante el año 2022).

Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participación: Hasta las 14:00 horas del 30 de julio de 2021.

Lugar de envío de las ofertas o de las solicitudes de participación: Dirección: Delegación del Gobierno Contra la Violencia de Género. C/Alcalá, 37. 28071 Madrid, España.

Información sobre flujos de trabajo electrónicos:

Se aceptará la presentación electrónica de ofertas o de solicitudes de participación.

Se aceptará facturación electrónica.

Orden SND/791/2021, de 23 de julio, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de alto riesgo a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19



Fuente: BOE número 176 de 24/07/2021

Objeto:

Establecer las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas que lleguen en vuelo desde cualquier aeropuerto situado en los países considerados como de alto riesgo, incluidos en el apartado segundo, a cualquier aeropuerto situado en el Reino de España, con o sin escalas intermedias.

Quedan exceptuados de lo previsto en la presente Orden los pasajeros en tránsito que sean residentes, o sean titulares de visados de larga duración de países UE y Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano o San Marino, que se dirijan a ese país. También quedan exceptuado el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo

Países de alto riesgo:

En base a su evolución epidemiológica, se consideran como países de alto riesgo los siguientes:

– República Argentina.

– Estado Plurinacional de Bolivia.

– República de Colombia.

– República de Namibia.

Periodo de cuarentena:

1. Las personas deberán guardar cuarentena durante los diez días siguientes a su llegada, o durante toda su estancia en España si esta fuera inferior a ese plazo.

Este periodo podrá finalizar con anterioridad, si al séptimo día a la persona se le realiza una prueba diagnóstica de infección activa con resultado negativo.

2. Durante el periodo de cuarentena las personas deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, debiendo limitar sus desplazamientos, así como los accesos de terceras personas al domicilio o alojamiento, a los imprescindibles para la realización de las siguientes actividades:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

c) Causas de fuerza mayor o situación de necesidad.

Eficacia:

La presente orden producirá efectos desde las 00:00 horas del 27 de julio de 2021 por un periodo inicial de catorce días naturales, pudiendo ser prorrogada de mantenerse las circunstancias que la motivan.

Corrección de errores de la Orden conjunta de las Consejerías de Salud y de Educación y Cultura, por la que se establece la actividad educativa presencial en el curso 2021-22 en los centros educativos de enseñanzas no universitarias



Fuente: BORM número 169 de 24/07/2021

Detectado error en la correlación numérica de los apartados del Anexo I - Guía para el inicio del curso 2021-2022, de la Orden conjunta de las consejerías de Salud y de Educación y Cultura, por la que se establece la actividad educativa presencial en el curso 2021-22 en los centros educativos de enseñanzas no universitarias, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 153, de 6 de julio de 2021, se procede a la publicación del Anexo I con la numeración corregida.

Corrección de errores en la Adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito el 29 de noviembre de 2019, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Fortuna, para la prestación del servicio de atención residencial para personas con discapacidad intelectual en situación de dependencia en el municipio de Fortuna. (B.O.R.M número 132, de 11 de junio de 2021de junio de 2021)


Fuente:
BORM número 169 de 24/07/2021

Advertido error en la publicación número 4155, aparecida en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”, número 132, de fecha 11 de junio de 2021, se rectifica de oficio en lo siguiente:

Donde dice:

“Convenio de colaboración..."

Debe decir:

“Adenda de modificación del convenio de colaboración"

Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 22/07/2021


Fuente:
Referencia del Consejo de Gobierno

Igualdad

2,7 millones para mejorar la atención a mujeres víctimas de violencia de género en la Región

El Consejo de Gobierno ha autorizado, a propuesta de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, el decreto que regula la concesión directa de 2.740.225 euros en subvenciones, destinadas a 28 ayuntamientos de la Región de Murcia, para la atención integral a mujeres víctimas de violencia de género en base al Real Decreto-Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del pacto de estado contra la violencia de género.

El objetivo es financiar los gastos de personal derivados del servicio que se prestará en los Centros de Atención Especializada para Mujeres Víctimas de Violencia de Género (CAVI) y en los Puntos de Atención Especializada (PAE), así como los gastos de funcionamiento de las Casas de Acogida.

Los ayuntamientos beneficiarios de estas ayudas son Abarán, Águilas, Alcantarilla, Los Alcázares, Alhama de Murcia, Archena, Bullas, Caravaca, Cartagena, Cehegín, Ceutí, Cieza, Fuente Álamo, Fortuna, Jumilla, Las Torres, Lorca, Mazarrón, Molina, Mula, Murcia, Puerto Lumbreras, San Javier, San Pedro del Pinatar, Santomera, Torre Pacheco, Totana y Yecla.

El periodo de ejecución de las actuaciones objeto de la subvención será el establecido en la correspondiente orden de concesión, que deberá estar comprendido, en todo caso, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.

500.000 euros para proyectos de atención social del pueblo gitano en 11 municipios

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, la concesión directa de subvenciones a 11 ayuntamientos de la Región, por un importe global de 500.000 euros, destinadas a la realización de proyectos de intervención social integral dirigidos a la población gitana.

Estas subvenciones tienen el objetivo de prevenir la exclusión social y favorecer la integración, a través de políticas de mejora de la cualificación, acceso al empleo y la vivienda, así como la no discriminación y la participación, además de contemplar actuaciones en otras áreas como inclusión social, educación, cultura o salud.

Serán beneficiarios de estas subvenciones los ayuntamientos de Águilas (40.000 euros), Alcantarilla (40.000), Cartagena (69.000), Cieza (40.000), Las Torres de Cotillas (40.000), Lorca (47.000), Mazarrón (35.000), Murcia (65.000), Puerto Lumbreras (40.000), Totana (44.000) y San Pedro del Pinatar (40.000), municipios elegidos para recibir esta subvención atendiendo a la densidad de población gitana residente o de núcleos de población en los que se aprecia una alta concentración de ésta.

Estas ayudas podrán emplearse en gastos de personal, funciones de coordinación, compra de materiales, alquileres de salas y espacios, becas de alumnos y medidas relacionadas con la conciliación de la vida laboral y familiar, entre otros fines.

De los 500.000 euros con los que cuenta el proyecto, 362.521 proceden de los fondos de la Comunidad y 137.478 del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Ampliado el servicio de ayuda a domicilio para personas dependientes en Molina de Segura

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, ha autorizado prorrogar el convenio suscrito con el Ayuntamiento de Molina de Segura para prestar el servicio de ayuda a domicilio para personas dependientes hasta el próximo 31 de diciembre.

Del total de 126.000 euros que recoge la prórroga del convenio aprobado, la aportación del Instituto Murciano de Acción Social asciende a 102.060 euros.

El Servicio de Ayuda a Domicilio incluye un conjunto de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de las personas en situación de dependencia con el fin de atender sus necesidades de la vida diaria e incrementar su autonomía, posibilitando la permanencia en su casa. Se trata, por ejemplo, de los relacionados con la atención de las necesidades domésticas o del hogar, como limpieza, lavado y cocina, entre otros.

viernes, 23 de julio de 2021

Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 16 de julio de 2021, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de servicios sociales y prevención y promoción de la salud correspondiente al ejercicio 2021


Fuente:
BORM número 168 de 23/07/2021

El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Identif.: 575803 (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/575803)

Beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro con establecimiento en el municipio de Murcia, que recojan en sus fines estatutarios la realización de actividades dirigidas a alguno de los colectivos que son objeto de la convocatoria.

Finalidad:

La realización de proyectos o actividades de intervención en los siguientes sectores de población: Familia, Mayores, Personas con Discapacidad, Infancia y Adolescencia, Mujer, Población Inmigrante, Comunidad Gitana, Movimiento Asociativo y Voluntariado, y Otros Colectivos en situación o Riesgo de Exclusión Social, Prevención y Promoción de la Salud y cualquier otro sector de población que se encuadre dentro del ámbito de competencias de la Concejalía de Mayores, Vivienda y Servicios Sociales.

Bases reguladoras:

Ordenanza General Reguladora de las Subvenciones para Finalidades Culturales, Turísticas, Deportivas, Docentes, Juveniles, Sanitarias, Medio Ambiente, de Cooperación, Participación Vecinal, Consumo, Servicios Sociales y otras del Ayuntamiento de Murcia (BORM 108 12/05/2004).

Cuantía:

El importe máximo de la convocatoria es de 215.000,00 euros.

Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta el 15 de septiembre de 2021.

Otros datos:

La solicitud se presentará en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia en el procedimiento electrónico habilitado para ello junto con la documentación requerida en la convocatoria, en el siguiente enlace: https://sede.murcia.es/ficha-procedimiento?idioma=es&id=902

Orden por la que se aprueba el modelo de acuerdo de concierto social para la prestación del servicio de intervención y supervisión del acogimiento familiar en familia extensa y ajena de personas menores de edad tuteladas y por la que se determina el precio de dicho servicio


Fuente:
BORM número 168 de 23/07/2021

Primero.- Aprobar el modelo de acuerdo de concierto social para la prestación del Servicio de Intervención y Supervisión del Acogimiento Familiar en familia extensa y ajena de personas menores de edad tuteladas, recogido en el anexo de la presente Orden.

Segundo.- Establecer el importe a pagar por la Consejería competente en materia de servicios sociales por la prestación del Servicio de Intervención y Supervisión del Acogimiento Familiar en familia extensa y ajena de personas menores de edad tuteladas que será el recogido en la cláusula octava del modelo de acuerdo, dispuesto en el anexo de la presente Orden.

Resolución de 12 de julio de 2021, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Educación y Cultura y la Asociación de Padres y Protectores de Minusválidos Psíquicos -ASCOPAS-, para la asistencia especializada a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, en centros educativos públicos y privados concertados de la Región de Murcia


Fuente:
BORM número 168 de 23/07/2021

Primero.- Que con fecha 3 de julio de 2017 se suscribe convenio de colaboración con la Asociación de Padres y Protectores de Minusválidos Psíquicos -ASCOPAS- para la asistencia especializada a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, en centros educativos públicos y privados concertados de la Región de Murcia.

Acuerdan:

Declarar expresamente prorrogado por un plazo de cuatro años adicionales, el Convenio de Colaboración mencionado.

Resolución de 8 de julio de 2021, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Educación y Cultura y la Federación Murciana de Asociaciones de familiares y personas con enfermedad mental (FEAFES) Federación de Salud Mental Región de Murcia , para el desarrollo de un programa terapéutico y de apoyo educativo especializado a alumnos con problemas de salud mental, o con riesgo de padecerlo, en centros educativos públicos y privados concertados de la Región de Murcia

Fuente: BORM número 168 de 23/07/2021

Primero.- Que con fecha 7 de julio de 2017 se suscribe Convenio de Colaboración con la Federación Murciana de Asociaciones de familias y personas con enfermedad mental (FEAFES). Federación de Salud Mental Región de Murcia, para el desarrollo de un programa terapéutico y de apoyo educativo especializado a alumnos con problemas de salud mental, o con riesgo de padecerlo, en centros educativos públicos y privados concertados de la Región de Murcia.

Acuerdan:

Declarar expresamente prorrogado por un plazo de cuatro años adicionales, el Convenio de Colaboración mencionado.

jueves, 22 de julio de 2021

Estructuras para la gestión del conocimiento y la garantía de la calidad en materia de atención a la dependencia

Estructuras para la gestión del conocimiento y la garantía de la calidad en materia de atención a la dependencia.  SiiS - Fundación Eguía-Careaga Fundazioa. Centro de Documentación y Estudios y Servicios Sociales de Castilla y León, 2020. 92 p.

Este informe se enmarca en el convenio suscrito en noviembre de 2020 entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y la Fundación Eguía Careaga para el diseño de una estructura organizativa que permita garantizar la calidad de la atención en los centros y servicios para personas con discapacidad o en situación de dependencia, así como mejorar los mecanismos para la gestión del conocimiento en este ámbito. Más concretamente, el objetivo del proceso de trabajo en el que se enmarca este informe es el de elaborar −a partir de la experiencia de los centros señalados y de otros de similares características− una propuesta técnica para la creación en Castilla y León de una plataforma, red u organismo similar a los citados anteriormente y para la adaptación del marco normativo actualmente vigente a las funciones que se atribuyan a ese organismo. Para ello, el resultado final de este proceso de trabajo será la elaboración de un informe en el que se propongan las principales características de este organismo, en lo que se refiere a:

  • Funciones, productos y actividades
  • Instrumentos técnicos necesarios
  • Recursos materiales y personales
  • Personalidad jurídica
  • Agentes implicados en su gestión
  • Posibles cambios normativos asociados a la creación del organismo y/o a sus funciones
  • Fases de desarrollo y proceso de puesta en marcha

La estructura del documento es la siguiente:
  • el segundo capítulo del informe describe las principales referencias internacionales en lo que se refiere a los modelos de gestión de la calidad en el ámbito internacional. Se describen en detalle las experiencias realizadas en media docena de países o regiones (Alemania, Suecia, Francia, Estados Unidos, Holanda y Escocia) y se ofrece además información más específica sobre centros y experiencias desarrollados en otros países o regiones (España, Inglaterra, Ontario, Australia, Portugal, etc.). Para cada uno de los países analizados se describen los elementos generales del sistema, los principales organismos implicados y las herramientas utilizadas
  • el tercer capítulo resume de forma transversal a los diferentes países analizados los modelos, herramientas y organismos analizados, así como las dimensiones e indicadores de calidad más habitualmente utilizados.
  • el cuarto capítulo recoge los principales elementos que es preciso definir de cara al diseño de una plataforma u organismo de estas características en Castilla y León. (Texto extraído del documento)
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