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miércoles, 30 de septiembre de 2020

Acuerdos del Consejo de Ministros de 29/09/2020


Fuente
: Referencia del Consejo de Ministros

 

Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Medidas sociales en defensa del empleo

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley sobre medidas sociales en defensa del empleo:

Arrendamientos

En primer lugar, se incluye la extensión de determinadas medidas de "escudo social" de los arrendatarios de vivienda en situación de vulnerabilidad, que fueron recogidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptaron medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

De esta forma, con la aprobación de este Real Decreto-ley se amplía hasta el 31 de enero de 2021 el plazo máximo de suspensión del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional. Esta medida favorece la posibilidad de actuación de los servicios sociales teniendo en cuenta que persiste una difícil situación para muchos hogares que pueden estar en riesgo de perder su vivienda y, todo ello, en sintonía con la extensión de otras medidas de protección social en el ámbito económico y laboral.

En segundo lugar, se extiende también hasta el 31 de enero de 2021 la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública, en los términos establecidos en el referido Real Decreto-ley 11/2020. Se trata de atender determinadas situaciones de vulnerabilidad que puedan producirse más allá del 30 de septiembre, actual fecha de finalización del referido plazo, y como consecuencia de la situación derivada de la evolución de la pandemia. Es una medida que no afecta a los pequeños propietarios de vivienda.

Además, el nuevo Real Decreto-ley amplía hasta esa misma fecha del 31 de enero de 2021 los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses, en los mismos términos y condiciones del contrato en vigor, siempre que no se hubiese llegado a un acuerdo distinto entre las partes y que el propietario, persona física, no hubiese comunicado la necesidad de la vivienda para sí, en cumplimiento de los plazos y condiciones establecidos en el artículo 9.3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

Resultado del diálogo social en la Comisión de Seguimiento Tripartita Laboral

Se ha alcanzado el III Acuerdo Social en Defensa del Empleo entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social y Migraciones y los representantes de las organizaciones sindicales CCOO y UGT y los representantes de las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME, que permite prorrogar los beneficios de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el próximo 31 de enero de 2021. 

Se mantiene el importe de las prestaciones

La base de cálculo para las prestaciones se mantendrá en el 70% de la base reguladora de la persona trabajadora que no verá disminuidos sus ingresos, tal y como ocurría hasta ahora, al 50% de la base reguladora una vez transcurridos los seis primeros meses.

Este sistema de prestación decreciente estaba vigente desde la aprobación del Real Decreto-ley 3/23012 de 10 de febrero de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral que por primera vez se modificará para mantener el poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras.

ERTE por impedimento o limitación de actividad

Las empresas de cualquier sector o actividad que vean impedido el desarrollo de su actividad como consecuencia de las nuevas restricciones o medidas adoptadas a partir del 1 de octubre de 2020, tanto por autoridades nacionales como extranjeras, podrán acogerse a los beneficios de los ERTE.

En el caso las empresas que vean impedido el desarrollo de su actividad en alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de las medidas sanitarias podrán solicitar un "ERTE por impedimento" cuya duración quedará restringida al de las medidas de impedimento. Estas empresas tendrán una exoneración en sus cotizaciones a la Seguridad Social durante el periodo de cierre y hasta el 31 de enero de 2021, que será del 100% de la aportación empresarial durante el periodo de cierre y hasta el 31 de enero si tienen menos de 50 trabajadores y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.

Las empresas o entidades que vean limitado el desarrollo de su actividad en algunos de sus centros de trabajo como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por autoridades españolas, podrán solicitar a la autoridad laboral un "ERTE por limitaciones".

En este caso, las exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para los trabajadores suspendidos serán decrecientes entre los meses de octubre de 2020 y enero de 2021 en base a los siguientes porcentajes:

            


Empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulación temporal de empleo y una reducida tasa de recuperación de actividad

Se considerarán empresas con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulación temporal de empleo y una reducida tasa de recuperación de actividad las que desarrollen una actividad que se clasifique en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-09) recogidos en el acuerdo.

También podrán incluirse en este apartado las empresas cuya actividad económica dependa mayoritariamente de las empresas cuyos CNAE se recogen en la norma o formen parte de su cadena de valor, es decir, que puedan acreditar que en el año 2019 la mitad de su facturación haya dependido de manera directa de aquellas empresas o bien si dependen de manera indirecta de las empresas incluidas en el listado de códigos CNAE - 09.

El acuerdo establece que las empresas de las dos categorías anteriores, que prorroguen automáticamente el ERTE de fuerza mayor hasta el final de enero de 2021, tendrán exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social de sus trabajadores (tanto reactivados como suspendidos) devengadas en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020 y enero de 2021.

Las exoneraciones serán del 85% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las que tienen 50 trabajadores o más tanto para los trabajadores suspendidos como para los que se reincorporen a sus puestos de trabajo.

Este concepto de empresa resulta de aquellas que, desde el principio de la crisis sanitaria hasta la fecha, no han llegado a recuperar a las personas trabajadoras reguladas en porcentajes significativos (menos del 65 por ciento de personas trabajadoras recuperadas de los expedientes de regulación desempleo) y que además pertenecen a sectores específicos (más del 15 por ciento de personas reguladas del total de afiladas al régimen general en un CNAE concreto).

Estas mismas condiciones se extenderían también a las empresas que formen parte de la cadena de valor de las especialmente afectadas. Estas entidades deberán presentar ante la autoridad laboral correspondiente entre el 5 y el 19 de octubre la solicitud de declaración como empresas dependientes o integrantes de la cadena de valor de otra empresa. 

Se entenderá que son integrantes de la cadena de valor las empresas cuya facturación durante 2019 se haya generado, al menos, en un 50% en operaciones realizadas de forma directa con "empresas especialmente afectadas por la pandemia", así como aquellas compañías cuya actividad real dependa indirectamente de ellas. 

Se mantendrán estas mismas exoneraciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social (85% en el caso de empresas de menos de 50 trabajadores y del 75% en empresas de más de 50 trabajadores) en caso de que las empresas de los CNAE o de la cadena de valor que inicien un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción a tras la finalización de un ERTE de fuerza mayor, una vez entre en vigor el Real Decreto Ley que recoja este acuerdo.

Contador a cero

Las personas trabajadoras afectadas por un ERTE mantendrán el "contador a cero" para aquellas personas que sean afectadas por un despido objetivo, individual o colectivo, u otro basado en cualquier causa, que sea declarado improcedente, durante el año 2021, o si se extingue su contrato temporal dentro de este año.

Por primera vez, las personas afectadas por un ERTE tendrán atención preferente para recibir cursos de formación y se pondrán en marcha acciones específicas para este colectivo.

Salvaguarda del empleo

El III Acuerdo Social en Defensa del Empleo mantiene los compromisos de salvaguarda adquiridos en Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y en el artículo 6 del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio.

Además, se establece un nuevo periodo de 6 meses de salvaguarda del empleo para las empresas que se acojan a un nuevo ERTE exonerado.

En caso de que existiese un compromiso de mantenimiento de empleo anterior vigente, el inicio del nuevo periodo de salvaguarda comenzará cuando haya concluido el del ERTE anterior.

Como en el acuerdo anterior, en las empresas acogidas a ERTE no podrán realizarse horas extraordinarias, establecerse nuevas externalizaciones de la actividad, ni concertarse nuevas contrataciones, sean directas o indirectas salvo por razones de formación, capa u otras razones objetivas y justificadas.

También se mantienen los límites fijados en los anteriores acuerdos sobre el reparto de dividendos y la prohibición de radicarse en paraísos fiscales para las empresas que quieran acogerse a ERTE.

Protección para los fijos discontinuos

Se reconocerá una prestación extraordinaria de desempleo a las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo o que realizan trabajos fijos y periódicos que se repiten en determinadas fechas, que hayan resultado afectadas durante por un ERTE durante el periodo teórico de actividad.

Podrán percibir también esta prestación las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo no afectadas previamente por ERTE que hayan agotado las prestaciones o subsidios a las que tuvieran derecho si así lo solicitan.

Se establecen mejoras en la protección por desempleo para las personas que trabajan a tiempo parcial.

Autónomos

Además, el RD incluye la extensión y ampliación de la cobertura de las ayudas para autónomos hasta el 31 de enero de 2021. Entre las medidas aprobadas está la creación de una nueva prestación extraordinaria por suspensión de la actividad y la prórroga hasta el 31 de enero de 2021 de la prestación por cese compatible con la actividad y para autónomos de temporada.

Para cubrir a aquellos que no cumplen los requisitos para acceder a la prestación compatible con la actividad (por ejemplo, por tener una tarifa plana o no haber cotizado durante los últimos doce meses) se crea una nueva ayuda por bajos ingresos. También se ha completado el paquete de modificaciones del Ingreso Mínimo Vital para facilitar la tramitación de esta prestación.

Acceder al Real Decreto-Ley (BOE nº 259 de 30/09/2020)

 

Real Decreto-Ley para contratar profesionales sanitarios para hacer frente a la COVID-19

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas que permiten a las comunidades autónomas y al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) la contratación excepcional de personal facultativo y no facultativo para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. 

Dicho texto recoge así la posibilidad de que se pueda contratar a aquellos profesionales que, cuentan con el grado, licenciatura o diplomatura correspondiente pero carecen del título de especialista reconocido en España, para realizar funciones propias de una especialidad. Por lo tanto, se podrá contratar, a quienes hayan realizado las pruebas selectivas de formación sanitaria especializada en la convocatoria 2019/2020, que han superado la puntuación mínima pero no han resultado adjudicatarios de plaza.

También se podrá contratar a los profesionales sanitarios que cuenten con un título de especialista obtenido en un Estado no miembro de la Unión Europea, siempre que el Comité de Evaluación haya emitido el informe-propuesta regulado en el artículo art. 8.b), c) o d) del Real Decreto 459/2010, de 16 de abril.

El texto normativo recoge que el contrato que se suscriba permitirá el desempeño de la actividad asistencial y podrá prolongarse hasta doce meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses. Además, cabe destacar que el periodo de servicios prestados será tenido en cuenta para el reconocimiento de efectos profesionales del título de especialista.

Prestación excepcional de servicios

Por otro lado, el Real Decreto-ley establece la prestación excepcional y transitoria de servicios del personal médico y de Enfermería estatutario, laboral y funcionario. Así, indica asimismo que las comunidades autónomas podrán destinar el personal estatutario de Enfermería y médico facultativo especialista de área de cualquier especialidad, dentro de su centro hospitalario, a unidades asistenciales de otra especialidad distinta de la suya cuando el número de profesionales de dichas unidades no sea suficiente, como consecuencia de la pandemia por COVID-19. El objetivo, prestar atención sanitaria a los pacientes de dichas áreas, siempre que quede garantizada la asistencia sanitaria de sus unidades asistenciales de origen.

Además, cada comunidad autónoma podrá acordar que el personal de enfermería y médico especialista estatutario que preste servicios en centros hospitalarios pase a hacerlo en los centros de Atención Primaria de su área de influencia con el objetivo de reforzarla y siempre que, como en el caso anterior, quede garantizada la atención sanitaria en sus unidades de origen.

Las comunidades autónomas también podrán destinar al personal estatutario de la categoría de Enfermería, médico/a o pediatra de Atención Primaria, de forma excepcional y transitoria, a prestar servicios en sus hospitales de referencia o a hospitales de campaña, si las necesidades lo demandan.

Respecto al personal funcionario autonómico o laboral que preste su actividad en establecimientos sanitarios de carácter público podrá ser destinado a cualquier dispositivo asistencial del Sistema Nacional de Salud.

Tramitación electrónica de la FSE

Una de las disposiciones finales del documento establece, por otro lado, que el acceso a la Formación Sanitaria Especializada se efectuará a través de una convocatoria anual de carácter nacional y que las personas que participen en las pruebas selectivas deberán hacer los trámites correspondientes a través de medios electrónicos. Ello incluye la presentación de solicitudes, aportación de documentación y pago de tasas, así como la fase de adjudicación de plaza

En torno a 10.000 profesionales facultativos

El número de profesionales sanitarios facultativos que podrían ser contratados por parte de las comunidades autónomas gracias a esta nueva normativa ascienden a los 10.000. En concreto, en el ámbito de la Medicina son 4.557 los profesionales que realizaron las pruebas selectivas de FSE de la convocatoria 2019/2020 que no tienen plaza. Otras titulaciones que optaban a perfiles facultativos fueron Psicología con 2.802 profesionales, Farmacia con 917 profesionales, Biología con 557, Química con 161 y Física con 93.

Por otro lado, el número de profesionales extracomunitarios que se pueden contratar con esta nueva medida asciende a 234, 153 se encuentran pendientes de realización de prácticas profesionales, 81 pendientes de realización de formación complementaria y 282 pendientes de la superación de una prueba teórico-práctica.

Acceder al Real Decreto-Ley (BOE nº 259 de 30/09/2020)


Medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas

La finalidad es asegurar el normal funcionamiento de las administraciones públicas, impulsando una nueva forma de organización y estructuración del trabajo para el mejor servicio a los intereses generales.

Por otro lado, la imprevisibilidad, magnitud e impacto de esta crisis sanitaria obligan a acometer una serie de medidas excepcionales en materia de recursos humanos con el objetivo de reforzar el Sistema Nacional de Salud en todo el territorio nacional, ampliando las posibilidades de contratación de profesionales por parte de las comunidades autónomas. Se trata de medidas de refuerzo de un Sistema Nacional de Salud que se encuentra sometido en el momento actual a una importante sobrecarga y presión asistencial, por lo que su aprobación es urgente e impostergable.

Teletrabajo en las Administraciones Públicas 

Marco regulador básico para todas las administraciones públicas. El Objetivo es configurar un marco normativo básico suficiente para que todas las administraciones públicas puedan desarrollar sus instrumentos normativos propios reguladores del teletrabajo en sus administraciones públicas y considerando también la competencia estatal sobre la legislación laboral en el caso del personal laboral. 

El Real Decreto-ley que se aprueba modifica el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público para introducir un nuevo artículo 47 bis que regula la prestación del servicio a distancia mediante teletrabajo.

El fin que justifica la legislación de urgencia está delimitado en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional por tratarse de subvenir a una situación concreta, dentro de los objetivos gubernamentales, que por razones difíciles de prever requiere una acción normativa inmediata en un plazo más breve que el requerido para la tramitación parlamentaria de las leyes.

Esta inclusión del nuevo precepto se realiza en su calidad de norma básica aplicable tanto al personal funcionario como al personal laboral al servicio de todas las administraciones públicas. La regulación introducida ha de ser, por tanto, de mínimos, a fin de que no se vacíe de contenido la posible legislación de desarrollo de las CCAA. 

Se aprueba una regulación de consenso, fruto del diálogo, social e institucional, mantenido durante meses entre la Administración General del Estado, las CCAA y la FEMP, así como con las organizaciones sindicales, que permita servir de amparo normativo necesario y suficiente para el desarrollo del teletrabajo en las administraciones públicas dentro de un mínimo marco normativo común de entendimiento.

Las administraciones públicas que deban adaptar su normativa de teletrabajo a lo previsto en este Real Decreto-ley dispondrán de un plazo de seis meses.

Definición y naturaleza jurídica de esta modalidad de prestación de servicios:

  • El contenido competencial del teletrabajo podrá desarrollarse, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, fuera de las dependencias de la Administración, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación. Esta modalidad de trabajo no se considera ordinaria ni absoluta: cada Administración competente determinará la manera combinar presencialidad y teletrabajo en el régimen que se establezca, y se garantice en todo caso la atención directa presencial a la ciudadanía.
  • Ha de servir con objetividad a los intereses generales.
  • El teletrabajo no se conceptualiza como derecho subjetivo, puesto que sin perjuicio de su voluntariedad, su utilización deberá venir supeditada a que se garantice la prestación de los servicios públicos, y en todo caso habrá de asegurarse el cumplimiento de las necesidades del servicio.

Contenido mínimo de las condiciones de la prestación laboral:

  • Las tareas asignadas al puesto deben ser susceptibles de poder ser realizadas mediante teletrabajo.
  • La persona ha de tener competencias digitales necesarias para la prestación del servicio.
  • En todo caso, tendrá carácter voluntario y reversible salvo en supuestos excepcionales debidamente justificados.
  • La prestación del servicio habrá de ser expresamente autorizada, a través de criterios objetivos para el acceso y compatible con la modalidad ordinaria presencial.
  • El teletrabajo no podrá suponer incumplimiento de la jornada y el horario que corresponda en cada caso, ni tampoco de la normativa en materia de protección de datos de carácter personal.
  • El personal que preste servicios mediante esta modalidad tendrá los mismos deberes y derechos que el resto del personal que trabaje presencialmente.
  • La Administración competente debe proporcionar y mantener los medios tecnológicos necesarios para la actividad.
  • El desempeño del teletrabajo se realizará en los términos de las normas de cada Administración pública, siendo objeto de negociación colectiva en cada ámbito.

Impactos de la nueva regulación:

El impacto económico y presupuestario resulta ser neutro: La norma propuesta no produce incremento de gasto presupuestario, al no llevar aparejado ningún coste presupuestario directo en términos de variación de la remuneración o condiciones económicas de las empleadas y empleados públicos.

Los impactos por razón de género, sobre la infancia y la adolescencia y sobre la familia son positivos, ya que puede favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y profesional, y puede ayudar a sostener las rentas disponibles de las familias por ahorro de gastos de transporte y análogos 

La crisis sanitaria ha generado un escenario propicio para la generalización de la práctica del trabajo a distancia. Esta experiencia se ha fundamentado jurídicamente en el sector privado, en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, así como en el recientemente aprobado Real Decreto-Ley 28/2020 sobre Trabajo a Distancia. 

El Real Decreto-ley 28/2020 exceptúa de su aplicación en al personal laboral al servicio de las administraciones públicas, que se regirá en esta materia por su normativa específica. Pues bien, la normativa específica sobre trabajo a distancia para este personal, se encuentra en este Real Decreto-ley que hoy aprueba el Gobierno. 

En el sector público, con anterioridad a la emergencia sanitaria, las distintas administraciones públicas ya contaban con el trabajo a distancia, entendido como una modalidad voluntaria y a tiempo parcial de prestación de servicios públicos.

En el ámbito estatal, el Acuerdo Marco Europeo de Teletrabajo del año 2002, la Orden de 21 de junio de 2006, y el Manual de 2006, para la implantación de programas piloto de teletrabajo en la Administración General del Estado (AGE), permitieron diseñar esta modalidad en sus inicios, como también la Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Con posterioridad, el Acuerdo Gobierno-Sindicatos de 25 de septiembre de 2009, incluyó previsiones vinculadas a la "Modernización y nuevas tecnologías", y el II Plan de 2015 para la Igualdad entre mujeres y hombres en la AGE introdujo medidas sobre trabajo en red y utilización de las nuevas tecnologías, para favorecer la conciliación y una mejor organización y racionalización.

También la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales de 2018 recoge los derechos digitales en la negociación colectiva, el derecho a la intimidad y el uso de dispositivos digitales y el derecho a la desconexión digital.

La implantación del teletrabajo, sin embargo, se ha visto acelerada ante la crisis sanitaria que obligó a configurarlo como preferente, aunque con carácter temporal, en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Posteriormente y ya en el entorno de las medidas para la etapa de nueva normalidad, y como consecuencia del acuerdo adoptado por la Conferencia Sectorial de Administración Pública el pasado 11 de junio, se acordó impulsar la reforma del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público para impulsar el teletrabajo, encargándose a la Comisión de Coordinación del Empleo Público elaborar la propuesta de reforma en dos meses.

Propuesta de reforma negociada asimismo con los agentes sociales, informada por la Conferencia Sectorial de Administración Pública el 21 de septiembre de 2020, y ratificada mediante acuerdo de la Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.


Acceder al Real Decreto-Ley (BOE nº 259 de 30/09/2020)


Asuntos Económicos y Transformación Digital

Programa Educa en Digital en once Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla

El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de doce convenios para poner en marcha el programa Educa en Digital en once comunidades autónomas, además de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Esta autorización supone un paso necesario para la adquisición de equipos informáticos con conectividad, destinados a alumnos de familias en situación de riesgo que estén matriculados en centros educativos sostenidos con fondos públicos. De esta forma, el Gobierno avanza en una actuación destinada a cerrar la brecha digital de acceso a la tecnología que se hizo más evidente tras el cierre de los centros educativos el pasado mes de marzo.

Estos doce convenios suponen activar la movilización de más de 176 millones de euros que son cofinanciados a través de las comunidades y ciudades autónomas, fondos FEDER y Red.es, empresa pública adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

En concreto, se ha autorizado la firma de convenios con Andalucía, Cataluña, Comunidad de Madrid, País Vasco, Castilla-La Mancha, Asturias, Islas Baleares, Región de Murcia, Aragón, La Rioja y Galicia, además de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. Ya se trabaja activamente con el resto de Comunidades Autónomas para poder tramitar los convenios necesarios y poder poner en marcha el programa en todo el territorio nacional a la mayor brevedad. 

Actuación contra la brecha digital

El programa Educa en Digital persigue impulsar la transformación digital de la educación en España en varios ejes. El primero, ya citado, para poner a disposición de estudiantes que lo requieran equipos informáticos conectados, con el fin de que puedan estar disponibles a lo largo del actual curso 2020-2021.

Por otra parte, contempla abordar la capacitación digital del personal docente para adaptar las metodologías de enseñanza a un contexto virtual. También implica la puesta en marcha de plataformas de asistencia a profesorado, alumnado y autoridades educativas mediante la aplicación de la Inteligencia Artificial. Este desarrollo permitirá establecer itinerarios personalizados para los alumnos, un seguimiento más efectivo de sus progresos y un análisis individualizado de su evolución por parte del cuerpo docente.

Con la autorización de estos convenios por parte del Consejo de Ministros, los Consejos de Gobierno de cada Comunidad y Ciudades Autónomas que no lo hayan hecho ello ya han de autorizar su suscripción. Asimismo, el Consejo de Administración de Red.es deberá dar su aprobación a los mismos. Una vez firmados, inscritos y publicados en el BOE y, en su caso, en los Diarios Oficiales autonómicos correspondientes, los convenios permitirán licitar la adquisición del equipamiento requerido.

Aportaciones económicas

Los convenios aprobados recogen que las principales dotaciones presupuestarias correspondan a Andalucía, con 100 millones de euros, Cataluña, con más de 21 millones euros, y la Comunidad de Madrid, con 13,7 millones de euros. El reparto se realiza en función de las necesidades de cada territorio.

 


Decreto n.º 97/2020, de 24 de septiembre, de concesión del “Distintivo de Igualdad de la Región de Murcia”, en relación a la convocatoria correspondiente al año 2019


Fuente: BORM nº 227 de 30/09/2020

 

Este Decreto tiene por objeto la concesión del “Distintivo de Igualdad de la Región de Murcia” correspondiente al año 2019, a las empresas que se relacionan:

 



Validando su realidad: orientaciones para tratar con personas con Alzheimer y otras demencias


Organiza: Fundación FADE.

Fecha: 1 de octubre a las 18:00 h.

Actividad online.

Sesión que se enmarca en el ciclo de formación específica que FADE ha diseñado para los voluntarios del programa SECUNDA Senior, de atención a mayores, enfermos y/o dependientes a través del voluntariado.

En concreto, esta sesión se centra en el trato con personas con Alzheimer y otras demencias.  

Más información e inscripciones:

Fundación FADE

Página web https://fundacionfade.org/voluntariado/formacion-fade

Formulario de inscripción

Guía de evaluación de políticas sociales


Observatorio de la Realidad Social. Guía de evaluación de políticas sociales. Pamplona: Departamento de Derechos Sociales, 2020. 164 p.

L a guía que presentamos está dirigida a todas las personas que deseen poner en marcha procesos de evaluación en sus organizaciones y/o entidades sociales.

Se identifican todos los pasos que una evaluación debe llevar a cabo para realizarla con el máximo rigor posible. Somos conscientes de que las personas o equipos de evaluación no en todas las ocasiones son expertos en la materia, por lo que recomendamos contar con la colaboración de profesionales en aquellas fases y/o etapas donde los protagonistas de la evaluación consideren la oportunidad de incorporarlos.

En todo caso, pretende ser un documento de referencia en el que aclaramos conceptos, definimos los pasos y tareas que se debe emprender a la hora de realizar una evaluación.

El documento se estructura en dos bloques:

  • El primero introduce algunas consideraciones y conceptos básicos sobre la definición de política social, el enfoque que se le da a “lo social” en la Agenda 2030, las características específicas de la evaluación de políticas sociales, así como las funciones y tipos de evaluación según su contenido, momento y agente. También se describe de manera muy resumida diferentes enfoques de evaluación aplicados a las políticas sociales. 
  • El segundo bloque plantea las fases y tareas a realizar para poner en marcha la evaluación de una intervención social. Se definen y proponen las preguntas que toda evaluación debe dar respuesta, desde el proceso de preparación, planificación, ejecución hasta la finalización de la misma en la que se comunican los resultados. De manera muy especial, se presentan medidas que orientan sobre una de las aspiraciones fundamentales de cualquier evaluación: su uso y utilidad ya que, sin duda, debe ser una herramienta de aprendizaje y mejora en la gestión y la toma de decisiones futuras. (Texto extraído del documento)

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martes, 29 de septiembre de 2020

Informe Mundial sobre el Alzheimer 2020. Diseño, dignidad, demencia: diseño relacionado con la demencia y el entorno construido


Fleming, R., et al. World Alzheimer Report 2020. Design, dignity, dementia: dementia-related design and the built environment. Volume I, Volume II (Case studies). Londres, Alzheimer’s Disease International, 2020, 248, 264 p.

El “World Alzheimer Report 2020” ofrece una perspectiva global sobre el diseño relacionado con la demencia que adopta un enfoque intercultural y refleja las diferencias regionales y económicas en los países de ingresos bajos, medios y altos, y en los entornos urbanos y rurales. Destaca el papel de la innovación, el espíritu empresarial y la importancia de la estética. También busca comparar el progreso realizado en el movimiento de las discapacidades físicas y exige que ahora se haga el mismo progreso en el diseño de soluciones para las personas con demencia, pidiendo que las soluciones de diseño se incluyan en las respuestas de los gobiernos nacionales a la demencia, incluso en sus planes nacionales, reconociendo el diseño como una intervención vital.

En el volumen II de este informe, se incluyen 84 estudios de casos, que analizan el diseño en entornos domésticos, atención diurna y residencial, hospitales y edificios y espacios públicos. El informe denuncia que el diseño para la demencia lleva 30 años de retraso en comparación con el movimiento de discapacidades físicas y esto debe cambiar. El diseño de la demencia sigue principios simples, es rentable y mejora drásticamente el disfrute y la seguridad de los entornos construidos para quienes viven con demencia, además de permitir que estas personas permanezcan durante el mayor tiempo posible en sus propios hogares y comunidades. (Fuente del resumen: SiiS - Fundación Eguía-Careaga Fundazioa. Centro de Documentación y Estudios)

Descargar publicación. Vol. I (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 15 MB)

Descargar publicación. Vol. II Estudios de casos (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 22.7 MB)

Plan de la Organización Mundial de la Salud para la Década del Envejecimiento Saludable 2020-2030

Decenio del Envejecimiento Saludable 2020-2030. Organización Mundial de la Salud, 2020. 31 p. 

En el presente documento se expone el plan para el Decenio del Envejecimiento Saludable 2020-2030, que consistirá en diez años de colaboración concertada, catalizadora y sostenida. Las personas mayores serán el eje central del plan, que aunará los esfuerzos de los gobiernos, la sociedad civil, los organismos internacionales, los profesionales, las instituciones académicas, los medios de comunicación y el sector privado en aras de mejorar la vida de estas personas, así como las de sus familias y comunidades. (Texto extraído del documento)

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Web informativa Decenio del Envejecimiento Saludable 2020-2030

https://www.who.int/es/initiatives/ageing/decade-of-healthy-ageing

Estrategias de autocuidado en equipos profesionales que trabajan con población inmigrante. 2ª edición

 


Organiza: Asociación Columbares.
Colabora: Universidad de Murcia.
Fechas: Del 5 al 9 de octubre de 2020.
Curso gratuito online.
 
Objetivos:
  • Gestionar las emociones en contextos de supervisión y apoyo profesional, con el fi?n de prevenir el síndrome del estrés profesional.
  • Fomentar y dotar de recursos y estrategias de autocuidado que favorezcan la mejora de la autoestima y satisfacción personal como requisito para una buena ejecución laboral.
  • Dotar de estrategias de autocuidado a los profesionales que trabajan en la atención a población inmigrante.
Dirigido a:
  • Profesionales del sector público, privado y social que deseen mejorar sus competencias en el ámbito social y sanitario: Trabajo Social, Educación Social, Profesionales de la Salud, Derecho, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y del Estado, etc.
Programación:
5 de octubre
Unidad 1. El desgaste emocional en el ejercicio profesional. 
¿Cómo afecta el ejercicio profesional con el colectivo inmigrante en la salud de los profesionales?
6 de octubre
Unidad 2. Toma de contacto de mis emociones en el ejercicio de mi profesión. 
La inteligencia emocional como habilidad en el ejercicio de mi  profesión.
Ideas irracionales y su conexión con las emociones y la conducta.
7 de octubre
Unidad 3. Acercamiento a las culturas y lenguas mayoritarias.
Población inmigrante: el proceso de construir tu nuevo hogar.
Dinámica de grupos. Autocuidado en equipos profesionales.
8 de octubre
Unidad 4. Técnicas de afrontamiento.
Desde la teoría a la práctica. Resolución de conflictos.
9 de octubre
Unidad 4. Redes de apoyo en el ejercicio profesional.
Inscripciones:
Plazas limitadas a 25 personas.
Fecha límite de inscripción: 1 de octubre.
 
Más información:
Asociación Columbares
Teléfono 608 338 863
Correo electrónico cursos@columbares.org
Página web www.columbares.org
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Descargar díptico del curso (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 253 KB)

lunes, 28 de septiembre de 2020

Resolución de 21 de septiembre de 2020, de la Directora General de Mujer y Diversidad de Género, por la que se convocan las “Distinciones 25 de Noviembre: Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer” año 2020


Fuente: BORM nº 225 de 28/09/2020

 

Modalidades:

a) Una distinción a aquellas personas físicas, instituciones, asociaciones, entidades y demás personas jurídicas que hayan destacado en cualquier ámbito en su lucha contra la violencia hacia las mujeres en la Región de Murcia.
b) Una distinción a aquellas personas físicas, instituciones, asociaciones, entidades y demás personas jurídicas que hayan destacado en cuanto a la detección, coordinación y atención en la lucha contra la violencia hacia las mujeres en el ámbito local en la región de Murcia.
c) Una distinción al colectivo que haya puesto en marcha un proyecto destacado por su importancia y compromiso en su lucha contra la violencia de género en la Región de Murcia.

Candidaturas:

  • Se hará constar si se opta por la modalidad a) o b) y/o c) .
  • En las candidaturas figurarán los siguientes datos: 
    • Nombre y apellidos de la persona o nombre de la Institución que se propone para la distinción, domicilio, teléfonos de contacto, correo electrónico, profesión y/o ocupación así como el teléfono, fax y correo electrónico del lugar de trabajo o institución que representa y, en su caso, domicilio laboral así como un breve resumen del recorrido profesional y personal.
    • Nombre y apellidos de la persona, o nombre de la Institución que propone, teléfonos de contacto y correo electrónico.
    • Personas allegadas de contacto: (nombre y apellidos, teléfono, relación con la persona propuesta, etc.).
    • Actividades destacadas realizadas por la persona o institución propuesta lucha contra la violencia hacia la mujer.
    • Razones que fundamentarían la concesión de la distinción.
    • Enlaces de interés.
    • Otros: (recortes de prensa, fotografías, escritos, méritos reconocidos etc.).

Bases reguladoras:

  • Orden de 27 de octubre de 2016, de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades por la que se establecen las bases reguladoras de las “Distinciones 25 de Noviembre: Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”.

Plazo de presentación de candidaturas:

  • 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BORM.

Más información:

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Nº 36 de Pedagogía Social. Revista Interuniversitaria

 


Pedagogía Social. Revista Interuniversitaria. Universidad de Salamanca. 2020


Nº 36. MONOGRÁFICO
: Educación para una Cultura de la Sostenibilidad: eco-ciudadanía, políticas públicas y participación social

SUMARIO

Editorial

Presentación

Monográfico

Investigación

Reseñas

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Nº 35 de Pedagogía Social. Revista Interuniversitaria

Pedagogía Social. Revista Interuniversitaria. Universidad de Salamanca. 2020


Nº 35. MONOGRÁFICO
: Escuela y vulnerabilidad social

SUMARIO

Editorial

Presentación

Monográfico

Investigación

Reseñas

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viernes, 25 de septiembre de 2020

Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 24/09/2020


Fuente: Referencia del Consejo de Gobierno

 

Universidades

290.000 euros a la UMU y a la UPCT para que estudiantes en riesgo de exclusión económica puedan continuar sus estudios

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades, el Decreto por el que se establece la concesión directa de una subvención a las universidades de Murcia (UMU) y Politécnica de Cartagena (UPCT) para apoyar medidas compensatorias de fomento de la igualdad de oportunidades y evitar que estudiantes en riesgo de exclusión económica abandonen sus estudios.

El importe total de la subvención es de 290.000 euros, de los que 220.000 euros están destinados a la UMU y 70.000 euros para la UPCT. Este año se ha duplicado el importe de las ayudas, ya que el año anterior fue de 145.000 euros.

La distribución se ha realizado teniendo en cuenta el número de alumnos que han solicitado este tipo de ayudas en convocatorias anteriores. El pasado curso se beneficiaron de estas ayudas 605 alumnos, 547 de la UMU y 58 de la UPCT.

Estas medidas compensatorias están destinadas a los estudiantes que por circunstancias especiales o sobrevenidas no disfrutaron de las becas al estudio del Ministerio de Educación y Formación Profesional en el curso 2019/2020, y que se encuentran en riesgo de abandonar sus estudios por no disponer de recursos suficientes para hacer frente a los gastos asociados a sus estudios universitarios.

Entre la Consejería y las universidades se constituyó un grupo de trabajo para analizar estas situaciones y poner en marcha medidas conjuntas. Además, este curso, debido a la incidencia de la pandemia ocasionada por la covid-19, estas ayudas permitirán paliar problemas que hayan podido tener los estudiantes y sus familias.

Buenas prácticas empresariales

Aprobada la concesión de los primeros ‘Distintivos de Igualdad’ a empresas de la Región

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, ha aprobado el decreto de concesión del Distintivo de Igualdad de la Región de Murcia, que se otorgará por primera vez este año, y que reconoce las iniciativas y la labor de nueve empresas de la Región por su trabajo en favor de la igualdad.

El distintivo, que tiene una vigencia de tres años, tiene como objetivo promover la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral, promocionar la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres en la empresa, fomentar el número de empresas adheridas al programa ‘Empresas por una sociedad libre de violencia de género’ y tener un registro e informes detallados de los avances de las empresas murcianas en materia de igualdad.

El jurado, formado por técnicos y expertos en materia de igualdad y empresa, valoró aspectos como la representación de mujeres en la empresa, en su totalidad y por categorías profesionales; programas de acceso al empleo y condiciones de trabajo; responsabilidad social; implantación de programas de garantía y mejora de los derechos de conciliación; teletrabajo o movilidad geográfica, entre otros. También se apreció la aplicación de medidas y criterios de clasificación de personal que permitan eliminar y prevenir situaciones de discriminación directa o indirecta por cuestión de sexo.

Las empresas con este distintivo podrán utilizarlo en sus acciones de comunicación, para acceder a subvenciones públicas en cuyas bases se premie la efectiva consecución de la igualdad o para la difusión institucional por parte de la Comunidad Autónoma, entre otros.

Mujeres y economía: La brecha de género en el ámbito económico y financiero


Mujeres y economía: La brecha de género en el ámbito económico y financiero
. Madrid: Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, 2020. 138 p.

Las autoras analizan la ocupación en el sector financiero con una perspectiva de género para desvelar la incidencia –y más aún como efecto de la crisis financiera– de la feminización de las tareas administrativas en el sector, del techo de cristal y de la concentración de perfiles masculinos en los puestos de mayor responsabilidad de las entidades (efecto sede). El análisis se complementa con la confirmación de que en el ámbito no profesional (esto es, población general) también existe una importante brecha de género en el ámbito de las competencias financieras en España. (Texto extraído del documento)

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jueves, 24 de septiembre de 2020

Estudio sobre estereotipos, roles y relaciones de género en series de televisión de producción nacional: un análisis sociológico


Estudio sobre estereotipos, roles y relaciones de género en series de televisión de producción nacional: un análisis sociológico
. Madrid: Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, 2020. 82 p.

El presente informe se divide en tres partes claramente diferenciadas. Tras un breve capítulo metodológico, en el cual se describen los elementos fundamentales de las técnicas de investigación empleadas, se sigue la primera parte del estudio donde se exponen los resultados cuantitativos derivados de la observación de la estructura ocupacional segregada por sexo. La segunda parte del informe esta dedicada al estudio de las series tv desde la estereotipia de grupos y personajes. La tercera parte del informe se ocupará, finalmente, de dar cuenta de los resultados obtenidos del Análisis de Contenido aplicado a las series tv de la muestra seleccionada. Concluiremos esta investigación sobre los estereotipos, los roles y las relaciones de género en las series tv con un resumen de las principales conclusiones de las tres partes del estudio.

Los objetivos principales de la investigación eran, de un lado, conocer la estructura ocupacional segregada por sexo del elenco de realizadores de las series tv de producción nacional (2018-2019) y, de otro lado, observar los estereotipos y roles contenidos en las series, atendiendo a la medición de los componentes esenciales con los que se construyen esos modelos.

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miércoles, 23 de septiembre de 2020

I Congreso Internacional sobre Trata de Seres Humanos con Fines de Explotación Sexual


Organizan: Programa Oblatas Murcia, APRAMP, ACCEM, Cruz Roja, CATS y Fundación CEPAIM.

Promueve: Dirección General de Mujer y Diversidad de Género de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, junto con la Universidad Politécnica de Cartagena, (UPCT) y el Ayuntamiento de Cartagena.

Fecha: 30 de septiembre y 1 de octubre de 2020.

Actividad online.

Programación:

30 de septiembre

09:45 h. Inauguración. 

Módulo I: Legislación y Políticas Públicas.

10:00 h. Conferencia inaugural.

11:00 h. Pausa café.

11:30 h. Proyecto Corporación Anne Frank.

12:00 h. Taller: Herramientas pedagógicas para la prevención de la trata de personas con fines de explotación sexual.

13:30 h. Mesa redonda (I): El trabajo en red coordinado entre las FCSE del Estado y la Abogacía en la Región de Murcia.

16:00 h. Mesa de experiencias (II): Legislación y Políticas Públicas.

Módulo II: Sensibilización y prevención en la educación.

17:00 h. Las múltiples caras de la trata.

17:45 h. Cambios recientes en la situación de las personas en prostitución: Proceso de deslocalización y ocultación.

18:15 h. Descanso.

18:30 h. ¿Son responsables los hombres que pagan por sexo del delito de trata?

19:15 h. La jurisprudencia del TEDH: El limitado acceso a la justicia de las víctimas de trata.

20:00 h. Conclusiones.

1 de octubre

Módulo III: Intervención con víctimas y acción integral.

16:00 h. Mujeres sobreviviendo a las industrias de la esclavitud. Las estrategias de resistencia y el enfoque de los derechos humanos.

17:00 h. Conversación entre Noelia Laso y Rocío Mora. Recursos y entidades especializadas en la acción integral con víctimas de trata.

17:45 h. Lourdes Perramón conversa con Beatriz Vázquez (ACCEM). Acercamiento a fronteras geográficas, virtuales y existenciales vinculadas con la prostitución.

18:30 h. Pausa café.

19:00 h. Alika Kinan Sánchez.

19:30 h. Antonio Navarro Hernández.

20:00 h. Proyección: "Biografía del cadáver de una mujer".

20:20 h. Cine fórum: "Desnudas de derechos".

21:00 h. Clausura.

Actividades complementarias:

Exposición: "De macarras a proxenetas" (MURAM de Cartagena)

Temporalmente suspendida hasta nuevo aviso por su carácter presencial.

Inscripciones:

Inscripciones limitadas.

Plazo de inscripción hasta el 25 de septiembre.

Formulario de inscripción: : https://forms.gle/NhX4pSLpS7CSRPqXA

Más información y contacto:

Correo electrónico congresos@crees.es

Teléfono 647 417 083

Página web http://cepaim.org/event/i-congreso-internacional-sobre-trata-de-seres-humanos-region-de-murcia-cartagena/

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Acuerdos del Consejo de Ministros de 22/09/2020

Fuente: Referencia del Consejo de Ministros

 

Derechos Sociales y Agenda 2030

Acuerdo por el que se aprueba la cancelación de los programas del Imserso de turismo social para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas para la temporada 2020/2021, y de termalismo para la temporada 2020

El Consejo de Ministros ha acordado la cancelación de los programas del Imserso de turismo social para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas para la temporada 2020/2021, y de termalismo para la temporada 2020.

La situación de emergencia sanitaria derivada de la COVID-19 persiste, siguen produciéndose nuevos rebrotes y hospitalizaciones a diario por su causa y no puede conocerse con certeza la fecha en que finalizará la crisis sanitaria. Por ello, y dado que el colectivo al que van dirigidos los programas de turismo y termalismo social del Imserso es uno de los colectivos más afectados por la pandemia, se hace necesario adoptar la medida excepcional de cancelar dichos programas aprobados para la temporada 2020/2021 y para la temporada 2020, respectivamente.

Esta medida excepcional se acuerda en el ejercicio de la función del Gobierno de adopción de directrices vinculantes para todos los órganos de la Administración General del Estado, recogida en el artículo 5.1.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y teniendo en cuenta la competencia exclusiva de coordinación general de la sanidad que la Constitución Española atribuye al Estado en su artículo 149.1.16ª.

En su virtud, el Consejo de Ministros, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030 y del Ministro de Sanidad, en su reunión del día 22 de septiembre de 2020, acuerda la cancelación del programa de turismo social del Imserso para personas mayores para la temporada 2020/2021, así como la cancelación del programa de termalismo social del Imserso para la temporada 2020.


Acuerdo por el que se aprueba la declaración institucional con motivo del quinto aniversario de la Agenda 2030

El Consejo de Ministros ha aprobado la declaración institucional con motivo del quinto aniversario de la Agenda 2030.

El próximo 25 de septiembre se cumplen cinco años desde que los Estados Miembros de las Naciones Unidas aprobaron, en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Dicha resolución supuso un hito fundamental por el cual el conjunto de la comunidad internacional acordó señalar los grandes desafíos de nuestras sociedades y, sobre todo, se comprometió a trabajar durante los próximos quince años para abordarlos y lograr los grandes objetivos que teníamos por delante. España se comprometió desde dicho momento con la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), cuyo objetivo debía trascender de la declaración y convertirse en el centro de la visión de Estado, del proyecto de país y de la acción de gobierno.

Tras haber transcurrido los cinco primeros años desde su adopción, el Gobierno de España renueva y fortalece su compromiso con la Agenda 2030 y los ODS, señalándolos como el camino indispensable para la reconstrucción de nuestro país y el logro de un mundo y una sociedad más justa, respetuosa con todos y todas y con nuestro planeta.

El lustro transcurrido ha dejado ver el camino que queda por recorrer para lograr la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. A este respecto, el Gobierno de España es plenamente consciente de la necesidad de seguir avanzando, de la mano de todos los actores, en la consecución de cada una de las metas que conforman los ODS en España y en todo el mundo, así como de los recursos y acciones decididas que hacen falta para ello. Es necesario que abordemos con determinación y valentía la transición ecológica que necesita nuestro país y apostemos por un nuevo modelo productivo basado en la sostenibilidad y el trabajo decente como pilares del futuro. Junto a ello, debemos comprometernos a impulsar firmemente la Agenda 2030 como la guía de transformación a escala global que representa, para lograr que los ODS se alcancen universalmente y sin dejar a nadie atrás: erradicando la pobreza, el hambre y la exclusión en todas sus facetas, reduciendo las desigualdades, garantizando el respeto y la protección de los derechos humanos dentro y fuera de nuestras fronteras y asegurando la salud de nuestro planeta.

Igualmente, estos cinco años también han permitido constatar el esfuerzo de múltiples personas y colectivos, desde ámbitos diferentes, por avanzar en el cumplimiento de la Agenda 2030. A este respecto, el Gobierno de España quiere poner en valor y agradecer la inestimable colaboración de las comunidades autónomas, las entidades locales, el sector público y privado, la Academia y, por supuesto, de la sociedad civil que durante muchos años han trabajado por acercar nuestro país al cumplimiento de los ODS.

El quinto aniversario de la Agenda 2030 se produce, además, en una situación trascendental donde la crisis sanitaria, económica y social ha vuelto a demostrar las debilidades del modelo actual y la necesidad de reforzar nuestro compromiso y de seguir avanzando en la protección de las personas y de nuestro entorno. La Agenda 2030 se presenta, más que nunca, como la hoja de ruta necesaria para salir de la crisis, apostando por la justicia social y la sostenibilidad como bases de la reconstrucción tras la pandemia. Esto significa comprometernos con el fortalecimiento y la protección de los servicios públicos, consolidar nuestro sistema de protección social asentándolo en un sistema fiscal basado en la redistribución y la progresividad que nos equilibre al conjunto de la Unión Europea y reforzar nuestro apoyo a los países más desfavorecidos.

A este respecto, el Gobierno de España vuelve a manifestar su compromiso para que la Agenda 2030 sea un principio esencial en todos los ámbitos en los que se trabaje desde el Ejecutivo. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible son y deben ser la piedra angular a partir de la cual articular las políticas internas, tienen que conformarse como un pilar fundamental ineludible en nuestra acción exterior, deben que inspirar el refuerzo de nuestra cooperación para el desarrollo y han de articular el conjunto de nuestras iniciativas, garantizando la coherencia de las políticas con el desarrollo sostenible y la presencia de la Agenda 2030 como hilo conductor en todas las acciones.

A principios del año 2020 la Organización de las Naciones Unidas proclamaba la "Década para la Acción", señalando la necesidad de una voluntad política firme y de acciones decisivas que durante los próximos diez años nos lleven a cumplir estos objetivos en la fecha prevista. El Gobierno se suma decididamente a esta declaración y manifiesta la necesidad de acelerar más aún el trabajo del Ejecutivo para alcanzar el cumplimiento de los ODS, así como de estrechar el diálogo con todos los actores para lograr este avance.

La Agenda 2030 supone el compromiso de nuestro país con sus ciudadanos y ciudadanas para construir un futuro más justo y más sostenible, que sólo se conseguirá con acciones y políticas decididas. Mientras celebramos su quinto aniversario, debemos mirar el tiempo que tenemos por delante y no perder un minuto en seguir poniendo en marcha todas las acciones que nos lleven a convertirla en una realidad dentro y fuera de nuestras fronteras.


Igualdad

Acuerdo por el que se aprueba la declaración institucional con motivo del Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Mujeres, Niñas y Niños

El Consejo de Ministros ha aprobado la Declaración Institucional con motivo del Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Mujeres, Niñas y Niños.

Con motivo de la conmemoración del Día Internacional contra la Explotación Sexual y la trata de Mujeres, Niñas y Niños, instaurado por la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas en coordinación con la Conferencia de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka, Bangladesh, en enero de 1999, el Gobierno de España mediante esta Declaración Institucional, expresa su firme compromiso con la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de la explotación sexual y la trata de seres humanos, y con la puesta en práctica de medidas que, a través de la colaboración y cooperación entre todas las administraciones, instituciones y organizaciones que prestan servicios a las víctimas, promuevan la prevención, la atención y recuperación de las víctimas de trata con fines de explotación sexual con un enfoque centrado en la protección y garantía de sus derechos y dignidad.

El Gobierno de España reitera así su firme compromiso con la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres cuya consecución requiere la erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres, en particular, la explotación sexual y la trata con fines de explotación sexual.

Todo esto cuando se conmemora el vigésimo aniversario de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional y del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños (Protocolo de Palermo), primer instrumento internacional en la materia, que sirve como el punto de partida de la creación y ejecución de las políticas públicas en relación con la lucha contra la trata de seres humanos.

A la vez, que también conmemoramos el vigesimoquinto aniversario de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, cuyo objetivo estratégico insta a los Gobiernos a eliminar la trata de mujeres y prestar asistencia a las víctimas de la violencia derivada de la explotación sexual, prostitución y la trata de mujeres.

Ambos aniversarios nos brindan la ocasión de poner en valor los instrumentos desarrollados por España para mejorar la coordinación y la colaboración interinstitucionales y la participación de las organizaciones de la sociedad civil cumpliendo los compromisos y estándares internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres y de erradicación de la violencia de género, que nos sitúan como referentes internacionales. En este sentido, y como consecuencia de la crisis sanitaria mundial a causa de la COVID-19 y del incremento de la violencia asociado al aislamiento social para prevenir y contener esta pandemia sanitaria, el Gobierno ha aprobado la Ampliación del Plan de Contingencia contra la violencia de genero ante la crisis del COVID-19: medidas adicionales dirigidas a víctimas de trata, explotación sexual y a mujeres en contextos de prostitución.

Con él garantizamos el establecimiento y adaptación de los servicios públicos y los recursos a las circunstancias de máxima vulnerabilidad de las víctimas de trata y explotación sexual, sobre todo, de quienes son migrantes y menores de edad, para atender sus necesidades específicas desde la garantía de los derechos de las víctimas.

 

Trabajo y Economía Social

Real Decreto Ley que regula el trabajo a distancia

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley que regulará el trabajo a distancia, una norma fruto del acuerdo del Diálogo Social, y que sitúa a España en la vanguardia del marco europeo en la regulación de una forma de organización del trabajo cuyo protagonismo se ha revelado esencial durante la crisis económica y social provocada por la pandemia de la Covid 19. El Real Decreto Ley otorga a las personas trabajadoras a distancia los mismos derechos que las que ejercen sus actividades en los locales de la empresa y se fundamenta en la voluntariedad y el acuerdo de personas trabajadoras y personas empleadoras.

Se entenderá como trabajo a distancia regular aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.

El Real Decreto Ley se basa, ha recordado, en la "voluntariedad" para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia, que deberá formalizarse por escrito, registrarse en la oficina de empleo y entregarse a la representación legal de las personas trabajadoras.

La negativa de la persona trabajadora a trabajar a distancia, el ejercicio de la reversibilidad al trabajo presencial y las dificultades para el desarrollo adecuado de la actividad laboral a distancia, que estén exclusivamente relacionadas con el cambio de una prestación presencial a otra que incluya trabajo a distancia, no serán causas justificativas de la extinción de la relación laboral ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

A lo largo de la norma, el papel de la negociación colectiva se refuerza, con remisiones expresas tan importantes como la regulación del ejercicio de la reversibilidad (vuelta al trabajo presencial tras acordar el trabajo a distancia) por las partes, el derecho a la desconexión, la identificación de los puestos de trabajo y funciones susceptibles de ser realizados a través del trabajo a distancia, las condiciones de acceso y desarrollo de la actividad laboral mediante este modelo organizativo, una duración máxima del trabajo a distancia, así como contenidos adicionales en el acuerdo de trabajo a distancia.

El texto del Real Decreto Ley contempla los principales derechos de la trabajadora y del trabajador a distancia, tales como el derecho al abono y compensación de gastos. La persona trabajadora no asumirá ningún gasto relacionado con los equipos, herramientas, medios y consumibles vinculados al desarrollo de su actividad laboral. Además, la persona que desarrolla trabajo a distancia podrá flexibilizar el horario de prestación de servicios en los términos establecidos en el acuerdo de trabajo a distancia y la negociación colectiva. El trabajo a distancia, implantado excepcionalmente por la emergencia sanitaria, también obliga a las empresas a dotar de medios, equipos y herramientas, así como al mantenimiento. La negociación colectiva establecerá la forma de compensación de los gastos derivados de esta forma de trabajo a distancia.

Se regula, así mismo, el derecho al registro horario adecuado, que deberá incluir el momento de inicio y finalización de la jornada; y el derecho a la prevención de riesgos laborales, una evaluación de riesgos que deberá tener en cuenta los riesgos característicos de esta modalidad de trabajo, en especial factores psicosociales, ergonómicos y organizativos.

La utilización de los medios telemáticos y el control de la prestación laboral mediante dispositivos automáticos garantizará derecho a la intimidad y a la protección de datos, así como el derecho a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo.

La ley no será de aplicación al personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, que se regirá por su normativa específica. Hasta que se apruebe esa normativa específica, se mantendrá en vigor para el personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas lo previsto por el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores.

Medidas en materia de Seguridad Social

El RD incluye también medidas en materia de Seguridad Social para agilizar y facilitar a los ciudadanos el acceso al Ingreso Mínimo Vital. Entre las medidas se incluyen la ampliación de los efectos económicos retroactivos a las solicitudes presentadas hasta fin de año, si se cumplen los requisitos, la eliminación del requisito previo de inscribirse en los Servicios Públicos de Empleo para solicitar la prestación (pasa a ser una obligación a posteriori) y se elimina para algunos casos concretos. Además, se ha ampliado el plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes hasta 6 meses.

Otras de las modificaciones están relacionadas con la mejoría de los procedimientos de gestión. Una de ellas permite el cruce de datos de titulares y beneficiarios de las solicitudes con los que obran en el Padrón, para poder obtener la información padronal de forma automática en el caso en que coincida la información entre el Padrón y la solicitud. Y también se facilitará la gestión del Ingreso Mínimo Vital a los beneficiarios de las rentas mínimas de inserción de las comunidades autónomas.

Acceder al Real Decreto Ley (BORM nº 253 de 23/09/2020)