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viernes, 31 de agosto de 2018

Convocatorias de subvenciones a colectivos y asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro del término municipal de Cartagena para el año 2018


Fuente: Anuncios nº 5909 y 5414 del BORM nº 201 de 31/08/2018

Objeto:
  • Convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones a Colectivos y Asociaciones de mujeres sin ánimo de lucro del término municipal de Cartagena, que propongan actividades que faciliten el fortalecimiento y la consolidación del movimiento asociativo y la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el municipio de Cartagena.
Actividades y programas subvencionables:
  • Actividades que favorezcan y permitan la participación social igualitaria en los movimientos asociativos y sociales.
  • Actividades orientadas a la ruptura de roles, estereotipos sexistas y empoderamiento de las mujeres.
  • Acciones formativas para generar vías para a consecución de autonomía y empoderamiento de las mujeres y niñas para capacitar en la incidencia, participación y empoderamiento colectivo en cualquiera de los ámbitos de la vida, considerando la intersección de género con otros ejes de desigualdad.
  • Acciones formativas para promover actitudes positivas y activas en la gestión de la salud y la calidad de vida de las mujeres y los jóvenes.
  • Actuaciones formativas dirigidas a sensibilizar y fomentar el pleno ejercicio del derecho de la igualdad de trato y respeto a las personas IGTBI, la protección contra cualquier forma de discriminación, actos o conductas intolerables.
  • Actividades orientadas a la participación igualitaria en la formación cultural y educativa, incluidas las que propongan actuaciones que como objetivo el desarrollo de habilidades de recuperación de las tradiciones y manipulativas.
  • Actividades, viajes culturales, etc. que incentiven las relaciones grupales tendentes a conseguir la motivación,  incrementar la autoestima y el enriquecimiento personal, así como mejorar su calidad de vida.
  • Proyectos de especial interés para la prevención de la violencia ejercida hacia las mujeres (información, asesoramiento y sensibilización).
  • Lo adquisición de los materiales necesarios para la consecución de los objetivos propuestos en el proyecto  (trofeos, folletos publicitarios, ágapes...).
  • Actividades destinadas a la mejora de conciencia de mujeres y/o hombres sobre la igualdad de oportunidades.
  • Actividades destinadas a mejorar la situación y posición de las mujeres en todos los ámbitos.
  • Actividades destinadas a promover la participación política y social de las mujeres en general, y de las mujeres jóvenes y/o migrados en particular.
  • Programas habituales de asociación de mujeres (cursos para socias, formación interna, charlas, servicios de asesoría a mujeres, y otros de características similares que tengan carácter de habitualidad).
  • Programas deportivos que favorezcan lo igualdad entre mujeres y hombres.
  • Actividades de fomento y desarrollo del liderazgo empresarial femenino.
  • Equipamiento: proyectos que requieran realizar una inversión para la mejora de la asociación, así como dotación que favorezca la realización de actividades propias de la entidad.
  • Y en general, todos aquellos proyectos que se encuentren dentro del ámbito de actuación del Servicio de Igualdad del Ayuntamiento de Cartagena.
Plazo de presentación de solicitudes:
  • El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará el 14 de septiembre de 2018. 
Más información:
Descargar Acuerdo de aprobación de la Convocatoria y modelos de solicitud (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 6 MB) 

Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre adicciones en el año 2018


Fuente: Extracto de la Resolución en el BOE nº 211 de 31/08/2018

Objeto:
  • Convocatoria de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre adicciones realizados por entidades públicas o privadas sin fines de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020, en la Acción estratégica en salud orientada a los Retos de la Sociedad del Plan estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, y en la Estrategia Nacional sobre Adicciones 2017-2024 (disponible en la página web de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, http://www.pnsd.mscbs.gob.es/pnsd/estrategiaNacional/home.htm).
  • En base a estas Estrategias, esta convocatoria considera prioritario el enfoque de género en las políticas de investigación sobre adicciones, constituyendo una variable transversal a introducir en el desarrollo de las investigaciones y en la gestión de esta convocatoria
Beneficiarios:
  • Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Resolución los centros españoles de I+D tanto públicos como privados sin ánimo de lucro.
Bases Reguladoras:
  • Orden SCO/2236/2006, de 26 de junio,  por la que se establecen las bases reguladoras de las convocatorias para la concesión de ayudas económicas para el desarrollo de proyectos de investigación sobre drogodependencias (BOE nº 164 de 11/07/2006).
Plazo de presentación de solicitudes:
  • 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el BOE.
Más información:
Página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad http://www.pnsd.mscbs.gob.es/.
Descargar texto completo de la Resolución (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 2 MB)


Resolución de la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, por la que se convoca la concesión de ayudas económicas a entidades privadas sin fines de lucro y de ámbito estatal, con cargo al Fondo de Bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados, para la realización de programas supracomunitarios sobre drogodependencias en el año 2018



Fuente: Extracto de la Resolución en el BOE nº 211 de 31/08/2018

Beneficiarios:
  • Entidades privadas sin fines de lucro de ámbito estatal que estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro nacional, y en cuyos estatutos conste tanto su carácter privado, como su carencia de fines lucrativos, así como el ámbito estatal de su actuación.
Objeto:
  • Convocatoria de ayudas económicas para el desarrollo de programas en el campo de las drogodependencias, que afecten al ámbito territorial de dos o más Comunidades Autónomas.
  • Los programas no podrán consistir en intervenciones en el ámbito individual o de atención directa a usuarios, y deberán tener unos objetivos y actividades que precisen de una planificación, gestión y evaluación centralizada y trasciendan la compartimentación en ámbitos territoriales autonómicos para ser eficaces.
  • No se considerarán susceptibles de ser subvencionados aquellos programas que consistan en actividades cuya eficacia se circunscriba al ámbito de una única Comunidad Autónoma, aunque se realicen en varias de ellas.
Bases Reguladoras:
  • Orden SCO/3670/2007, de 4 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria y la concesión de ayudas económicas a entidades privadas sin fines de lucro de ámbito estatal para la realización de programas supracomunitarios sobre drogodependencias (BOE nº 300 de 15/12/2007).
Plazo de presentación de solicitudes:
  • 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el BOE.
Más información:
Página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad http://www.pnsd.mscbs.gob.es/.
Descargar texto completo de la Resolución (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 3 MB)


martes, 28 de agosto de 2018

Pruebas selectivas para constitución de una bolsa de trabajo temporal de un/a Trabajador/a Social en el Excmo. Ayuntamiento de La Unión





Fuente: BORM nº 198 de 28/08/2018

Objeto:
  • Constitución de una bolsa de trabajo de Trabajador Social, para la contratación laboral temporal, en las situaciones que resulte necesaria la sustitución del Trabajador social por incapacidad temporal, vacaciones o licencias, u otras vacantes por necesidades circunstanciales, así como acumulaciones de tareas u otras situaciones puntuales como son programas o convenios temporales, subvencionados o no, que determinen la necesidad de contratar temporalmente a Trabajadores Sociales.
  • La bolsa de trabajo permanecerá en vigor, en tanto no se apruebe una nueva, o hasta que se estime necesario el mantenimiento de la misma.
Bases de la convocatoria y modelos de solicitud:
Plazo de presentación de solicitudes:
  • 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. 

Orden SCB/896/2018, de 24 de agosto, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de agosto de 2018, por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante del crédito acordado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, y recogido en el Acuerdo del Consejo de Ministros del 29 de junio de 2018, para garantizar el derecho básico de alimentación, ocio y cultura de los menores durante las vacaciones escolares y la conciliación de la vida familiar y laboral, de una cuantía adicional de 5.200.000 euros al crédito de Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Desarrollo de prestaciones básicas de servicios sociales, para el ejercicio 2018


Fuente: BOE nº 208 de 28/08/2018

Objetivos:
  • Ampliar la oferta de recursos de ocio educativo con vocación inclusiva. Se trata de sufragar los costes de incorporar los colectivos excluidos por su incapacidad de hacer frente a matrículas y copagos. Estos recursos deben fomentar el desarrollo de nuevas competencias, el disfrute de actividades de juego y esparcimiento, las experiencias de convivencia con iguales y el apuntalamiento de valores de ciudadanía.
  • Garantizar la cobertura de una alimentación equilibrada, saludable y adecuada a las necesidades nutricionales para la población infantil en período vacacional.
  • Facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral de familias económicamente vulnerables que no tienen recursos para sufragarse servicios de cuidados para sus hijos e hijas.
Proyectos que se podrán financiar:
  • Proyectos dirigidos a la cobertura de necesidades básicas como alimentación saludable, equilibrada y apropiada a su edad.
  • Proyectos de fomento de actividades de ocio, tiempo libre, culturales y educativas.
  • Proyectos que favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral de familias con niños a cargo y en situación de vulnerabilidad.
Otros datos:
  • Se priorizan líneas de financiación para servicios ya existentes que se propongan ampliar su oferta para incluir niños, niñas y adolescentes vulnerables desde un punto de vista socioeconómico.
  • No se exigirá compromiso de cofinanciación de las comunidades autónomas o de las ciudades de Ceuta y de Melilla o de las corporaciones locales, si bien en las fichas de presentación de los proyectos y en las memorias de evaluación de los mismos se consignará la cantidad total asignada a estos programas, desagregando la que corresponde al Ministerio y la aportada con cargo a fondos propios o de terceros.

Distribución:


















lunes, 27 de agosto de 2018

Acuerdos del Consejo de Ministros de 24/08/2018





Fuente: Referencia del Consejo de Ministros

Sanidad, Consumo y Bienestar Social

Medidas contra la Pobreza Infantil

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante de un crédito adicional de 5,2 millones de euros por el que se duplican los fondos destinados a la partida de "Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Desarrollo de prestaciones básicas de servicios sociales" dirigidos a garantizar el derecho básico de alimentación, ocio y cultura de los menores durante las vacaciones escolares y la conciliación de la vida familiar y laboral.
Esta medida fue acordada por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, y recogida en el Acuerdo del Consejo de Ministros del 29 de junio de 2018.
La distribución territorial por Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla es la siguiente:




Estructura Básica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social


El Consejo de Ministros ha aprobado la nueva estructura orgánica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, mediante un Real Decreto que modifica el Real Decreto 595/2018, que establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Entre las principales novedades de este Real Decreto con respecto a la estructura que establecía el Real Decreto 485/2017, de 12 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, que ahora se deroga, cabe señalar las siguientes:
Dependiente de la Secretaría General de Sanidad y Consumo, se crea una nueva Dirección General de Consumo. Esta dirección general asumirá las competencias de consumo, con el fin de dar un nuevo impulso a la actividad dirigida a garantizar un nivel elevado de protección y promoción de los derechos de los consumidores y usuarios, mediante una gestión eficiente y transparente, a través de una unidad de criterio que contribuya a reforzar la confianza de los ciudadanos.
Esta reestructuración obedece a la necesidad de reconocer el ámbito de actuación específico de las cuestiones de consumo, centrado en el mandato del artículo 51 de la Constitución Española, por el que se encomienda a los poderes públicos, garantizar la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo mediante procedimientos eficaces la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos, además de promover la información y la educación de los consumidores y usuarios y fomentar sus organizaciones y oírlas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos en los términos que la ley establezca.
Además, se incluye un mandato para crear el Observatorio de Salud de las Mujeres, como órgano colegiado de los previstos en el artículo 22.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, adscrito al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social a través de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación. Dicho observatorio tendrá como finalidad la mejora del conocimiento de las causas y determinantes de la salud de la mujer así como la difusión de conocimientos que contribuyan a promocionar servicios de calidad adecuados y la promoción de análisis y estudios en colaboración con los agentes sociales implicados para conseguir logros en la salud y en la calidad de vida de las mujeres.
También se amplían las competencias del hasta ahora Consejo Asesor de Sanidad, que pasa a denominarse Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales, y que actuará como órgano consultivo y de asistencia a la ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social en la formulación de la política sanitaria y de bienestar social. Estas nuevas competencias en materia social quedan justificadas por la vinculación existente entre determinadas políticas sanitarias y colectivos que precisan de una mayor protección social como son los enfermos crónicos o las personas con discapacidad.

Más información: BOE nº 206 de 25/08/2018

Apoyo económico a las personas con discapacidad

Acuerdo por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se establecen medidas transitorias de apoyo económico para las personas con discapacidad.


martes, 21 de agosto de 2018

Resolución de 10 de agosto de 2018, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, por la que se convocan subvenciones para la realización de actividades de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas


Fuente: Extracto de la Resolución en el BOE nº 202 de 21/08/2018

Objeto:
  • Serán subvencionables en esta convocatoria, los siguientes programas:
    • Atención a las personas con necesidades de atención integral socio sanitaria.
    • Atención a las personas con necesidades educativas o de inserción laboral.
    • Fomento de la seguridad ciudadana y la prevención de la delincuencia. 
Beneficiarios:
  • Cruz Roja Española y las entidades u organizaciones no gubernamentales del Tercer Sector de Acción Social.
  • No se entenderán incluidas dentro de la tipología de entidades del Tercer Sector de Acción Social los organismos o entidades públicas adscritos o vinculados a una Administración Pública, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales y los sindicatos, y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
Bases reguladoras:
  • Real Decreto 729/2017, de 21 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondientes a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, (BOE nº 174 de 22/07/2017).
Plazo de presentación de solicitudes:
  • 1 mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado".
Más información:

jueves, 16 de agosto de 2018

Publicación del Convenio entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021


"Con fecha 30 de julio de 2018 ha sido suscrito, previa tramitación reglamentaria, el Convenio entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021"

Actuaciones objeto del Convenio:
  • Programa de ayuda al alquiler de vivienda.
  • Programa de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual.
  • Programa de fomento del parque de vivienda en alquiler.
  • Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas.
  • Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.
  • Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural. 
  • Programa de ayuda a los jóvenes.
  • Programa de fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad.
Fuente: BOE nº 198 de 16/08/2018


Orden de 10 de agosto de 2018 de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se convocan subvenciones para la realización de programas de interés general dirigidas a fines de interés social a desarrollar por entidades del Tercer Sector en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas


Fuente: BORM nº 188 de 16/08/2048

Objeto:
  • Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones, para la realización de programas de interés general para atender a fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito territorial de la Región de Murcia.
Finalidad:
  • Realización de actividades de interés general, incluidas las inversiones, para cubrir las necesidades específicas de asistencia social dirigidas a la atención de las personas en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad.
Beneficiarios:
Requisitos:
Bases reguladoras:
  • Orden de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, de fecha 6 de agosto de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de Subvenciones a programas de interés general dirigidas a fines de interés social a desarrollar por Entidades del Tercer Sector en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (BORM n.º 181 de 07/08/de 2018).
Plazo de presentación de solicitudes:
  • 1 mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Más información:
Descargar Orden de la Convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 377 KB) 


martes, 14 de agosto de 2018

Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2018-2019

Fuente: BOE nº 196 de 14 de agosto de 2018

Se convocan las siguientes ayudas:
a) Ayudas directas para el alumnado que requiera por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

Beneficiarios:
Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios.
Para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa.

Solicitudes:
Las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.mecd.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a "Trámites y Servicios".

Plazo de presentación de solicitudes:
Se extenderá hasta el 27 de septiembre de 2018 inclusive.

Componentes de las ayudas y cuantías:

  • Enseñanza: hasta 862,00 euros.
  • Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
  • Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
  • Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
  • Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
  • Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
  • Libros y material didáctico: Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.
  • Reeducación pedagógica o del lenguaje y ayuda asociada a altas capacidades: hasta 913,00 euros para cada una de ellas.

Información sobre la tramitación de la ayuda:
La información sobre el estado de tramitación del procedimiento podrá consultarse a través de la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es.
Asimismo, los interesados podrán dirigirse a la unidad de becas de la provincia correspondiente identificándose como interesados en el expediente con el NIF o NIE correspondiente.

Descargar documento completo de la Resolución (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 564 KB) 
También publicada en http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/ BDNS (Identif.):  411721

lunes, 13 de agosto de 2018

Orden SCB/851/2018, de 3 de agosto, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de agosto de 2018, por el que se formalizan los criterios de distribución y la distribución resultante de los créditos acordados por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que se destinan a la financiación de los planes o programas sociales, para el ejercicio 2018

Fuente: BOE nº 188 de 04/08/2018

El Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en la reunión celebrada el día 26 de julio de 2018, fijó los criterios de la distribución territorial, así como la distribución resultante, para el ejercicio económico de 2018 de los créditos correspondientes a los planes y programas sociales que figuran en el anexo adjunto. 

Información del anexo 

1. Distribución de los créditos destinados a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla para la realización del Programa de Protección a la familia y atención a la pobreza infantil. Con una dotación de 100.000.000 euros. 

Distribución económica:

A) Protección a la familia y atención a la pobreza infantil, por un importe de 60.000.000 euros. Los proyectos, se seleccionarán de común acuerdo entre las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y se enmarcarán en las siguientes tipologías de proyectos:

1. Proyectos dirigidos a paliar y mejorar la situación de vulnerabilidad social de las familias, cubriendo necesidades básicas de alimentación, higiene, ropa, etc., y facilitando el acceso a otros servicios como los de salud, educación (material escolar, ayudas para comedor), vivienda (alquiler y mejora de las condiciones de habitabilidad de la vivienda, suministros, etc.) y de empleo así como el acompañamiento y trabajo social con las familias.

2. Proyectos de apoyo a la conciliación familiar y laboral para familias en procesos de inserción socio-laboral con hijos a cargo tales como gastos de asistencia a escuelas infantiles, la atención de niños y niñas para cubrir necesidades puntuales de conciliación, los servicios de apoyo complementarios de los servicios normalizados educativos u otros que garanticen el derecho de los niños y niñas a una atención y desarrollo adecuados.

3. Servicios de intervención y apoyo familiar, entre los que se encuentran los definidos en el apartado 1.3 del Catálogo de referencia de Servicios Sociales, aprobado el 16 de enero de 2013, por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (intervención y orientación socio-familiar, mediación familiar, puntos de encuentro familiar o atención socioeducativa de menores).

Los gastos que se financiarán con cargo a la dotación del Ministerio serán:
a) Las prestaciones económicas y/o en especie que se proporcionen directamente a las familias. Los gastos en prestaciones económicas no podrán destinarse al pago de impuestos, tasas, cuotas, etc. de las administraciones públicas o de entidades privadas.

b) Servicios proporcionados (diagnóstico de la necesidad, derivación y prestación de servicios). Estos gastos, que podrán consistir en gastos de personal y gastos corrientes de gestión, no podrán superar el 30 % en cada uno de los proyectos de la tipología 1.

La distribución por CCAA y Ciudades de Ceuta y Melilla queda como sigue: 

B) Prestaciones básicas de Servicios Sociales, por un importe de 40.000.000 euros. Con el fin de mantener la Red de servicios sociales de atención primaria gestionada por las corporaciones locales y proporcionar a la ciudadanía servicios sociales adecuados que permitan la cobertura de sus necesidades básicas, se cofinancian proyectos para el desarrollo de las siguientes prestaciones básicas:

  1. Información y orientación.
  2. Ayuda a domicilio y apoyo a la unidad de convivencia.
  3. Alojamiento alternativo.
  4. Prevención e inserción social.

Gastos financiados:
Los proyectos a cofinanciar, seleccionados de común acuerdo por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, tendrán como finalidad la dotación y mantenimiento de cualquiera de los siguientes tipos de equipamientos desde los cuales se desarrollarán las prestaciones básicas: centros de servicios sociales y equipamientos complementarios (servicios de información, comedores, centros de día, pisos tutelados, mini-residencias), albergues y centros de acogida (de mujer, de menores y polivalentes). 

La distribución por CCAA y Ciudades de Ceuta y Melilla queda como sigue:

2. Distribución del crédito para proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del Pueblo gitano, con una dotación de 412.500,00 € en la aplicación 26.16.231F.453.01 (Plan de desarrollo gitano). 

Los proyectos se seleccionarán de común acuerdo por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y por las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla, atendiendo a los siguientes criterios:

a) El carácter integral de los proyectos, de forma que en ellos se realicen actividades simultáneas de intervención social en las áreas de acción social, educación –contemplándose preferentemente las de apoyo y seguimiento escolar–, de formación-empleo, de salud, y de vivienda y hábitat, coordinadas por la institución responsable de llevar a cabo el proyecto.

b) La coordinación entre las propias instituciones y con otras organizaciones de carácter privado sin fin de lucro, evitando crear redes paralelas de atención y duplicación de recursos, con el objetivo de ir facilitando el acceso de la población gitana a los sistemas normalizados de protección social.

3. Crédito para la celebración del Congreso Estatal del Voluntariado con una dotación de 75.000,00 euros en la aplicación presupuestaria 26.16.231F.458 (Plan Estatal del Voluntariado. Congreso Estatal del Voluntariado).
Para el presente ejercicio 2018, se destina la cantidad de 75.000,00 euros para la realización del XX Congreso Estatal de Voluntariado, cantidad que se transferirá a la Comunidad Autónoma de Galicia como organizadora de dicho Congreso. 

5. Los proyectos se aprobarán de común acuerdo entre el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, que deberán remitirlos al Ministerio para la tramitación del último pago del ejercicio junto con la relación certificada de los mismos, de la que se dará publicidad en el BOE. En esta relación certificada se recogerán los siguientes datos: denominación de cada proyecto; entidad gestora/titular; localización desglosada por provincias y municipios; usuarios y usuarias estimados; aportación del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social; de la comunidad autónoma o ciudad y/o de las corporaciones locales, en su caso, y el total de la financiación. Igualmente se remitirá una ficha por cada proyecto de conformidad al modelo acordado por la Comisión Delegada del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

viernes, 10 de agosto de 2018

Orden del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia

Fuente: BORM nº 184 de 10/08/2018

Objeto:
Establecer las bases reguladoras de subvenciones destinadas a fomentar tanto la contratación indefinida, como la contratación mediante el contrato en prácticas, de personas desempleadas por empresas con centros de trabajo en la Región de Murcia, así como la realización de prácticas no laborales.

Financiación.
Las subvenciones que se regulan en la presente Orden serán financiadas con cargo al presupuesto de gastos del Servicio Regional de Empleo y Formación.

Las convocatorias podrán fijar, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles, una cuantía adicional, como consecuencia del aumento del crédito presupuestario derivado de una generación, ampliación o incorporación de crédito, en cuyo caso, la cuantía del crédito adicional quedará condicionada a la efectiva disponibilidad del mismo, que será publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, con carácter previo a la resolución del procedimiento, sin que tal publicidad implique la apertura de un nuevo plazo para la presentación de solicitudes.

Empresas beneficiarias:
Las pequeñas y medianas empresas (incluidos autónomos) cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia.

Hechos subvencionables:
1. Subprograma 1: Serán subvencionables las contrataciones indefinidas realizadas a tiempo completo o a tiempo parcial cuando la jornada pactada sea como mínimo del 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo, de personas desempleadas que con anterioridad al inicio de la relación laboral:

  • a) Se encuentren inscritas como demandantes de empleo en la Oficina de Empleo de la Región de Murcia correspondiente, y puedan ser consideradas desempleadas de larga duración.
  • b) Tengan cumplidos 45 años o más, se encuentren inscritas como demandantes de empleo en la Oficina de Empleo de la Región de Murcia correspondiente, y puedan ser consideradas en situación de desempleo prolongado.
  • c) Hayan obtenido la condición de beneficiarias del Programa de Activación para el Empleo por el Servicio Público de Empleo Estatal, y estén inscritas como demandantes de empleo en la Oficina de Empleo del Servicio Regional de Empleo y Formación de la Región de Murcia.
  • d) Sean consideradas jóvenes beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil residentes en la Región de Murcia.
  • e) No hayan cumplido 30 años de edad, y se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo del Servicio Regional de Empleo y Formación de la Región de Murcia.
  • f) Se encuentren desarrollando prácticas no laborales.
  • g) Se encuentren desempleadas e inscritas en la correspondiente Oficina de Empleo de la Región de Murcia y puedan ser consideradas víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo o personas en situación de riesgo de exclusión social.
  • h) Se trata de mujeres desempleadas e inscritas en la Oficina de Empleo de la Región de Murcia con hijos menores de 3 años.
2. Subprograma 2: Los contratos formativos en prácticas a tiempo completo, regulados por el artículo 11.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que se realicen a jóvenes desempleados, que con anterioridad a la fecha de inicio del contrato de trabajo, se encuentre en algunos de los siguientes colectivos:

  • a) No hayan cumplido 30 años de edad, y se encuentren inscritos como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo del SEF.
  • b) Sean beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y residentes en la Región de Murcia. 
  • c) Beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y residentes en la Región de Murcia que hayan participado y obtenido la calificación de apto en el Proyecto de Formación programado por el Servicio Regional de Empleo y Formación, denominado “Gestores de Innovación y Emprendimiento” y que el perfil de la titulación académica habilitante para la realización del contrato en prácticas es adecuada al proyecto I+D a desarrollar.

3. Subprograma 3: Las prácticas no laborales reguladas en el Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas, que se realicen a jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
4. Subprograma 4: La conversión en indefinidos de los contratos temporales formativos, bien sean a tiempo completo o bien, a tiempo parcial, con una jornada mínima del 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo.

Cuantías individualizadas:
De acuerdo a las características de cada subprograma contiene una cuantía de subvención diferente. Estas se pueden consultar en el documento de las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia.

Número máximo de subvenciones por beneficiario:
Además de los supuestos de incompatibilidad señalados en el artículo 8, una misma empresa no podrá obtener por ejercicio presupuestario más de 5 subvenciones por subprograma ni más de 10 subvenciones con cargo al conjunto de los subprogramas regulados en esta Orden, pudiendo reducirse el número de subvenciones a percibir por una misma empresa en las correspondientes convocatorias.

Procedimiento de concesión:
Régimen aplicable. Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia no competitiva, previa comprobación del cumplimiento por el solicitante de los requisitos establecidos, sin que sea necesario la comparación de las solicitudes, ni la prelación entre las mismas, hasta el límite del crédito presupuestario establecido en la convocatoria, conforme a lo previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
En consecuencia, la concesión de las subvenciones, siempre que los beneficiarios reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en la presente Orden y la correspondiente convocatoria, se realizará según el orden de entrada de las solicitudes, atendiendo a la fecha de registro de entrada o de presentación.
Inicio. El procedimiento se iniciará de oficio, mediante resolución de convocatoria aprobada por el Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, que será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y un extracto de la misma en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Solicitudes de subvención: formalización, requisitos y subsanación:
a) Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo único de instancia elaborado para cada modalidad de subvención e irán dirigidas al Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación.
El Servicio Regional de Empleo y Formación facilitará a través del sitio web http://www.sefcarm.es, a cualquier persona interesada, la aplicación informática diseñada para obtener y cumplimentar los referidos modelos de solicitud.
Con la solicitud se acompañará una declaración responsable del solicitante en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que cumple todos los requisitos exigidos para ser beneficiario de la subvención.
b) Forma de presentación de solicitudes. Las solicitudes de subvención se presentarán:

  • I. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1de octubre, a los efectos de solicitar las subvenciones recogidas en esta Orden, los autónomos (personas físicas) deberán relacionarse con la Administración a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será accesible a través de la página https://sede.carm.es, de la forma prevista en el punto b) III de este artículo.
  • II. En el caso de las personas jurídicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14, apartado 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será accesible a través de la página https://sede.carm.es, de la forma prevista el siguiente subapartado b) III de este artículo.
  • III. Tramitación por medios electrónicos de solicitudes de subvención. En el caso de que no se disponga de formulario electrónico de solicitud de subvención específico, la presentación de la solicitud por medios electrónicos se realizará a través del “Formulario de solicitud genérica”, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será accesible a través de la página https://sede.carm.es.

En el caso de disponer de formulario específico, la presentación de la solicitud por medios electrónicos será a través del mismo, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será accesible a través de la página https://sede.carm.es.

c) Período general y plazo individualizado de presentación de solicitudes. El período para la solicitar las subvenciones reguladas en la presente orden se encontrará abierto desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria, siendo la fecha límite para la presentación de solicitudes la que se indique en la correspondiente convocatoria, sin perjuicio del plazo individualizado al que se encuentra sujeta cada concreta solicitud, determinado en función de la fecha del alta por la que se pretenda solicitar la subvención.
El plazo individualizado de presentación de solicitudes de subvención será de 15 días, contados a partir de la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador contratado, de la conversión de contrato formativo en indefinido (fecha de inicio de la relación laboral subvencionable) o del acuerdo de las practicas no laborales, según el subprograma.
No obstante, las convocatorias podrán establecer con carácter excepcional un plazo, que no podrá ser superior al indicado en el párrafo anterior, para la presentación de solicitudes de contrataciones subvencionables realizadas con anterioridad a la publicación del correspondiente extracto de convocatoria en el mismo año natural de la misma. El plazo de presentación se contará a partir del día siguiente a la publicación del citado extracto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
d) Corrección de errores. El Servicio Regional de Empleo y Formación podrá subsanar los errores materiales en los que incurra el interesado al cumplimentar el impreso de solicitud, cuando se compruebe que éstos contradicen manifiestamente los documentos aportados con la solicitud relativos a las características de la persona que solicita.
e) Documentación. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación requerida para cada uno de los Subprogramas regulados en esta Orden, y será la que se establezca en la correspondiente convocatoria.
f) Subsanación. De acuerdo con lo previsto en el artículo 17.5 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la CARM cuando la solicitud presentada no reúna los requisitos exigidos en esta orden y en la correspondiente convocatoria, la unidad administrativa requerirá al solicitante para que en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud.

Instrucción del procedimiento:
El órgano instructor del procedimiento será la Subdirección General de Empleo, siendo la unidad administrativa instructora la Sección de Fomento Empresarial.

Resolución del procedimiento:
a) Contenido de la resolución. El Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, a propuesta del órgano instructor, dictará resolución motivada por la que se concederá o denegará la subvención solicitada.
b) Plazo para dictar resolución. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud a través de la sede electrónica o del Registro Único de la CARM, o bien, desde su entrada ante el órgano competente para su tramitación, según los casos.
c) Notificación. La resolución será notificada por la unidad administrativa instructora a los interesados, Sustitución de trabajadores:

En los supuestos de extinción del contrato subvencionado por despido declarado o reconocido como improcedente o amortización del puesto de trabajo, prevista en el artículo 52 c) del Estatuto de los Trabajadores, no procederá la sustitución del trabajador. Igualmente, el cese de las prácticas no laborales cuando haya una causa imputable a la empresa no procederá la sustitución del trabajador.

Si durante el periodo del seguimiento del cumplimiento de la obligación del mantenimiento del puesto de trabajo se produjera su extinción del contrato de trabajo o las practicas no laborales por causa distinta a las expresadas en el apartado anterior, o se produjera la suspensión en cualquiera de sus modalidades (cuando no exista para la empresa beneficiaria de la subvención la obligación de reservar el puesto de trabajo, impuesta por Ley o por el convenio colectivo que le sea aplicable), deberá proceder a sustituirlo.

Derogación normativa:
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Orden, y en particular:

  • La Orden de 15 de septiembre de 2016, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación de jóvenes investigadores beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en la Región de Murcia. (BORM de 20 de septiembre).
  • La Orden de 3 de mayo de 2017 del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación por la que se modifica la Orden de 6 de abril de 2015, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia (BORM de 09 de mayo).
  • La Orden de 6 de junio de 2016, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se modifican las Órdenes de bases reguladoras de los programas de subvenciones para el fomento del autoempleo, y para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia (BORM de 21 de junio.
  • La Orden de 6 de abril de 2015, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia. (BORM de 9 de abril).

Entrada en vigor:
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

jueves, 9 de agosto de 2018

Jornada "Violencia hacia la sexualidad de las mujeres: intervención psicológical, social y laboral"


Organiza: Universidad de Murcia y Fundación Cepaim

Fecha: 25 de septiembre de 2018
Hora: De 09:00 a 14:00 h y de 16:00 a 19:00 h. (Total 8h). Se entregará certificado de asistencia si se completa el 80% de la presencia.
Lugar: Universidad de Murcia, Campus la Merced - Hemiciclo de la Facultad de Letras, Calle Santo Cristo, (Murcia).

Destinatarios:
Profesionales, personal técnico y otras /os agentes sociales que desde diferentes ámbitos de competencia y responsabilidad se ocupan de facilitar la integración psicosocial y laboral de las mujeres.
Fecha de inscripción: hasta el 19 de septiembre de 2018.
Inscripción en el siguiente formulario: https://docs.google.com/forms/d/1IbvUz_d7Jd7doFq_TL9OR-wOxjYLZ1ykPAFa_MsX7jk/edit?ts=5b62f93d
Nº de plazas: 50. Estas Jornadas no tienen coste para el alumnado puesto que está financiado públicamente.

Justificación:
En la erradicación de la violencia contra las mujeres, el maltrato hacia el cuerpo y la sexualidad es punto central y origen.  Este se manifiesta en la violencia simbólica que usa el cuerpo femenino como reclamo en el mercado de consumo, en la prostitución y en la trata de personas, en la explotación laboral, así como en el ámbito mal denominado privado, cuando los abusos son ejercidos en la familia en todas las etapas de la vida, incluyendo la relación de pareja y la infancia.

Desde la práctica profesional se observa que esta violencia es una realidad silenciada y afecta a la capacidad de poner límites, pedir ayuda y confiar de forma efectiva en la recuperación de la salud a todos los niveles, así como posiciona el  cuerpo y la imagen femenina como objeto de mirada externa. Todo ello influye en la capacidad de logro, tan necesaria en la inserción social y en el empleo.

Su invisibilidad es tal que no hay datos precisos sobre su magnitud y esta ausencia de representación cuestiona y culpa a las mujeres y afianza la conducta masculina violenta.

Esta jornada está destinada a la mejora de la formación y de los recursos profesionales ante la violencia sexual a distintos niveles.

Objetivos:

  • Reflexionar sobre la intervención ante la violencia hacia la sexualidad y el cuerpo femenino desde la práctica profesional.
  • Analizar sus manifestaciones y cómo afectan a la salud integral de las mujeres.
  • Crear alianzas para erradicar este tipo de violencia que sistemáticamente se ejerce de manera estructural.
  • Mejorar los recursos  profesionales de actuación.
  • Contribuir a favorecer una actitud crítica ante esta violencia desde el ámbito universitario desde una perspectiva comprometida con los Derechos Humanos.

Programa de contenidos:

09:00-09:30h Inscripción y recogida de documentación.
09:30-10:00h Inauguración.
Carmen Sánchez Trigueros. Directora para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Universidad de Murcia.
Pedro López López. Coordinador Autonómico de la Región de Murcia,Fundación Cepaim
10:00–10:30h Presentación: Cuando la calidad de vida de las mujeres depende de una relación.
Carmen Yago Alonso. Unidad de Género. Universidad de Murcia
Ana Carolina Ortiz Asensio. Programa Adelante. Fundación CEPAIM
10:30–11:30h La madre de la justicia nunca tuvo espada (Coloquio 15’).
Bárbara Verzini. Doctora en Filosofía. Universidad de Verona. Italia
11:30–12:00h Descanso
12:00–13:00h Más allá de la experiencia traumática, los tesoros que perduran… (Coloquio 15’).
Anne Campillo Villahoz. Psicóloga Feminista, Sexóloga, Experta en Psicotraumatología
13:00–14:00h Acompañando a mujeres en situación de violencia sexual en sus procesos de cambio y recuperación (Coloq.15’).
Cristina Maseli Martín. Trabajadora Social y Especialista Universitaria en Cultura y Violencia de Género.
14:00–16:00 Descanso
16:00–16:45 Este es mi cuerpo. Lo contemplo, lo amo. Poesía y libertad femenina.
Nieves Muriel García. Profesora de DUODA y Doctora en Estudios de las Mujeres, Prácticas y Discursos de Género.

Intercambio de experiencias profesionales

16:45–17:45 Mesa 1: Red de Recursos Regionales ante la Violencia hacia las Mujeres (coloquio 15’).

  • “Desvelar lo oculto. De la patria a la matria: el cuerpo y la sexualidad sagrada de las mujeres”.Encarna ForcaSánchez. Psicóloga . Red Regional Centros Especializados para mujeres víctima de VG. (CAVI)
  • “Acompañamiento social y orientaciones laborales a mujeres victimas de abuso y/o agresión sexual”María José Garrido Díaz. Trabajadora Social . Centro de Atención Integral CAVAX
  • “Inserción sociolaboralde mujeres víctimas de violencia de género en la Región de Murciadesde el SEF”Mónica Egea Martínez. Orientadora laboral. Servicio Regional de Empleo y Formación SEF

17:45–18:45 Mesa 2: Organizaciones No Gubernamentales (coloquio 15’). 

  • “Los hombres en el ámbito de la intervención social frente a la violencia machista: requisitos previos para la implicación de los hombres como agentes de cambio social con perspectiva de género”José Antonio Ruiz Alba. Fundación CEPAIM
  • “Trauma complejo en mujeres migradas y refugiadassupervivientes de violencia sexual: una perspectiva contextual”Verónica Juanes Vaquero. Psicóloga Protección Internacional. Cruz Roja
  • “Buenas prácticas ante las agresiones sexuales; evitando la victimización secundaria”Miren Itxaso Zulueta Ispizua. Abogada. Asociación ARAS

18:45–19:00 Clausura.
Mª del Carmen Martínez Martínez. Directora de la Unidad de género (SEPA). Universidad de Murcia.

Para más información: http://cepaim.org/th_event/jornada-violencia-hacia-la-sexualidad-de-las-mujeres-intervencion-psicologica-social-y-laboral-en-murcia/
Teléfono: 968 87 53 12
 www.cepaim.org

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Esta formación para profesionales se enmarca dentro del Programa Adelante (convivencia-social/igualdad-de-oportunidades/programa-adelante/). El Programa Adelante está financiado por el Fondo Social Europeo, El FSE invierte en tu futuro, con la cofinanciación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (vía aportaciones IRPF)  y de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Región de Murcia. Este programa combina Medidas Específicas dirigidas a Mujeres en situación de vulnerabilidad para la mejora de su inserción sociolaboral con Medidas de Transversabilidad para la Igualdad de Género. Esta formación se enclava en el Proyecto 3: Formación a Profesionales.