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jueves, 31 de octubre de 2024

Acercando generaciones: poniendo en valor la apuesta por las experiencias intergeneracionales del Departamento de Políticas Sociales del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz


Acercando  generaciones: poniendo en valor la apuesta por las experiencias intergeneracionales del Departamento de Políticas Sociales del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
. Vitoria-Gasteiz: Ayuntamiento, 2024. 58 p.

Se presentan las bases de las experiencias intergeneracionales analizadas y por otro lado, se identifican las Buenas Prácticas intergeneracionales con el objetivo de fomentar este tipo de experiencias (estas experiencias abarcan desde actividades basadas en la tradición oral y las artes hasta apoyo escolar y eventos lúdico-festivos.) desde una base fundamentada. (Texto extraído del documento)

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Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible



Fuente: BOE número 263 de 31/10/2024


Objeto y finalidad:
La norma tiene como finalidad mejorar la calidad de vida y el acceso a servicios especializados de aquellas personas que padecen Esclerosis Lateral Amiotrófica (en adelante, ELA) y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.
El objeto de la ley es establecer un marco jurídico que refleje el compromiso de la sociedad y, en particular, de las administraciones públicas competentes, de asegurar un trato digno, respetuoso y adecuado para las personas incluidas en su ámbito de aplicación, así como sus familias, teniendo en cuenta, particularmente, los reducidos rangos temporales de supervivencia en el caso de la ELA y otras enfermedades similares.

Ámbito de aplicación:
Esta norma se aplica a las personas diagnosticadas con ELA, desde el momento de su entrada en vigor.
Se aplicará también a las personas que padezcan otras enfermedades o procesos neurológicos irreversibles y de alta complejidad en su cuidado y que cumplan los siguientes criterios: 
a) Tener una condición irreversible y con una reducción significativa de supervivencia.
b) No haber tenido una respuesta significativa al tratamiento, o cuando no existan alternativas terapéuticas que vayan a mejorar el estado funcional o el pronóstico de estas personas.
c) Precisar cuidados sociales y sanitarios complejos, centrados en el ámbito domiciliario y que supongan un alto impacto para el entorno cercano de las personas afectadas. 
d) Tener una rápida progresión en algunos de estos procesos que requiera acelerar procesos administrativos de valoración y reconocimiento del grado de discapacidad o dependencia.
Esta norma también podrá ser aplicada a otros procesos o enfermedades no neurológicas que, en su evolución, cumplan todos los requisitos identificados en el apartado anterior.

Reconocimiento de la situación de discapacidad de las personas con ELA y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible:
Se considerará, a todos los efectos, que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas incluidas en el ámbito de aplicación de esta norma que sean pensionistas de la Seguridad Social y tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y aquellas que sean pensionistas de clases pasivas y tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. 
Se considerará también, a todos los efectos, que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas incluidas en el ámbito de aplicación de esta ley que tengan reconocida la situación de dependencia en cualquiera de sus grados.

Procedimiento de urgencia para la revisión del grado de discapacidad en el caso de personas con ELA y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible:
La revisión del grado de discapacidad podrá solicitarse en cualquier momento a instancia de la persona interesada incluida en el ámbito de aplicación de esta norma. 
En el supuesto al que se refiere el apartado anterior, se establece un plazo máximo de tres meses para la resolución de la revisión del grado de discapacidad.

Procedimiento para la calificación y revisión del grado de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema y para la revisión del programa individual de atención en el caso de personas con ELA y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible:
La resolución de calificación del grado de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema de dependencia otorgará un Grado I desde el diagnóstico de la enfermedad o proceso correspondiente. La resolución de calificación deberá producirse en el plazo máximo de tres meses desde la solicitud.
La revisión del programa individual de atención y la revisión del grado de dependencia deberán producirse en el plazo máximo de tres meses desde la solicitud.

Dotación de recursos necesarios a los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad:
Con el objetivo de posibilitar la resolución de la solicitud de revisión del grado de discapacidad dentro del plazo previsto, todas las administraciones competentes dotarán a los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad de los recursos necesarios para dar cumplimiento a las previsiones establecidas en materia de celeridad de los procedimientos de evaluación de las situaciones de discapacidad y la calificación de su grado, así como en las revisiones de grado.
También se dotarán los recursos precisos para el adecuado funcionamiento de las valoraciones por medios no presenciales o telemáticos, cuando procedan.
En aplicación de lo previsto en el apartado anterior, las administraciones competentes habilitarán protocolos, canales, modelos u otros mecanismos específicos para la recepción y tramitación singularizada de las solicitudes de revisión del grado de discapacidad por parte de las personas incluidas en el ámbito de aplicación de esta norma.

El Gobierno, en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, adoptará las siguientes medidas:
  • Promoverá un acuerdo en el pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para homogeneizar las ayudas por gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento de los pacientes, y en su caso los acompañantes, que sean derivados para recibir asistencia sanitaria a un centro o servicio del Sistema Nacional de Salud de otra comunidad autónoma distinta a la de su lugar de residencia.
  • Actualizará la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de la rehabilitación para incorporar aquellos servicios de fisioterapia, incluyendo la modalidad a domicilio, que puedan beneficiar, entre otras, a personas con enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible, como la ELA.
  • Integrará en el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) una estructura que incluirá programas de investigación en ELA que tenga como objeto el fomento de la investigación, el desarrollo, la innovación y la divulgación y prestación de servicios documentales sobre la propia ELA, así como la coordinación, seguimiento y promoción de avances científicos y sanitarios para la mejora de su diagnóstico y su tratamiento.
  • Creará y regulará el Registro Estatal de Enfermedades Neurodegenerativas con el objetivo de proporcionar información epidemiológica sobre la incidencia, la prevalencia y los factores determinantes asociados a la enfermedad, así como para facilitar información con la que orientar la planificación, la gestión sanitaria y la evaluación de las actividades asistenciales, y para proveer los indicadores básicos que permitan la comparación entre comunidades autónomas y con otros países.
  • Actualizará el documento de Abordaje de la Esclerosis Lateral Amiotrófica de la Estrategia en Enfermedades Neurodegenerativas del Sistema Nacional de Salud, para incorporar nuevos hitos y acciones en la atención de las personas con ELA en el Sistema Nacional de Salud, con especial atención en el desarrollo de un plan de cuidados específico vertebrado en Atención Primaria y en enfermería y unidades específicas, en su caso.
  • Elevará las siguientes propuestas al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia:
    • Adaptar los servicios prestados desde la prestación de asistencia personal y del Servicio de Ayuda a Domicilio a las necesidades de las personas destinatarias de esta ley.
    • Incluir formación específica en los cursos para los cuidadores y cuidadoras profesionales que trabajan en el Sistema de Dependencia, para dotarlos de las herramientas necesarias para atender a personas con enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible como la ELA.
    • Desarrollo de un marco de referencia en coordinación e integración sociosanitaria que, entre otras cuestiones, aborde la atención integrada de cuidados y servicios prestados a los pacientes con enfermedades de alta complejidad como la ELA por parte de los servicios sociales y de los servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud. Dicho marco deberá ser elevado, posteriormente, al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Desarrollo reglamentario para la determinación del ámbito de aplicación de la ley:
En el plazo de un año desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta norma, el Gobierno aprobará un reglamento que definirá los criterios que afectan a las personas que padezcan otras enfermedades o procesos neurológicos irreversibles y de alta complejidad en su cuidado e incorporará un anexo con un listado de enfermedades y procesos a los que resultará aplicable la presente ley.


Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno de 25 de octubre de 2024, por el que se aprueba la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones a entidades para la realización de proyectos de igualdad y atención a la violencia contra la mujer, para el ejercicio 2024



Objeto:
La realización de proyectos o actividades de intervención de igualdad y atención a la violencia hacia las mujeres, que se hayan desarrollado en el ejercicio económico 2024 y cuyos ámbitos de actuación sean:
a) La Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres. 
b) La Prevención de la violencia hacia las mujeres.

Beneficiarias:
Entidades sin ánimo de lucro con establecimiento en el municipio de Murcia, que recojan en sus fines estatutarios la realización de actividades dirigidas a alguno de los ámbitos que son objeto de la presente convocatoria.

Bases reguladoras:
Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, aprobada por acuerdo de Pleno el día 24 de noviembre 2022 (BORM número 36 de 14/02/2023).

Plazo de presentación de solicitudes:
20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

Taller de Competencias Digitales para la empleabilidad


Organiza: Fundación FADE
Fecha: 14 y 15 de noviembre de 2024 de 09:30 a 14:00 h.
Lugar: Centro de Formación La Flota – Fundación FADE (Carril Ruipérez 40, bajo 30007 La Flota, Murcia)
Dirigido a mujeres en búsqueda de empleo

Más información:
Fundación FADE
Teléfonos 868 940 204/ 654 124 994
Correo electrónico aporta@fundacionfade.org

miércoles, 30 de octubre de 2024

Orden de 25 de octubre de 2024 de la Presidenta del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación de proyectos integrales de empleo para colectivos vulnerables con mayores dificultades de inserción laboral




Objeto:
Financiar proyectos que vayan destinados a mejorar la ocupabilidad e impulsar la inserción laboral de las personas destinatarias de este programa, mediante el diseño de itinerarios individuales y personalizados de empleo que podrán combinar acciones de orientación, asistencia, asesoramiento, formación, práctica laboral y, en su caso, movilidad geográfica para la búsqueda de empleo y fortalecimiento de habilidades sociales. 
Se podrán incluir en el itinerario otras acciones y ayudas facilitadoras de la inserción, tales como, en su caso, ayudas para la conciliación de la participación en el proyecto y el cuidado de familiares, ayudas de formación o de transporte y manutención, u otras que se regulen en cada convocatoria. 
A efectos de este programa, se entiende por colectivos vulnerables, aquellos con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo que se determinarán en las convocatorias y, especialmente, se podrá tener en cuenta a las personas desempleadas perceptoras de prestaciones.

Beneficiarias:
  • Entidades locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, los organismos autónomos dependientes de las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales y tengan carácter exclusivamente administrativo.
  • Asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas, con o sin ánimo de lucro, que realicen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y dispongan de delegación o establecimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de la actividad objeto de subvención.

La forma y plazo de presentación de las solicitudes, así como la documentación que el interesado deberá acompañar a las mismas, se establecerán en las correspondientes convocatorias. 

Acuerdos del Consejo de Ministros de 29/10/2024



Fuente: Referencia del Consejo de Ministros


Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030

PROGRAMA DE TERMALISMO DEL IMSERSO PARA EL AÑO 2025

El Consejo de Ministros ha aprobado la contratación del Programa de Termalismo del Imserso (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) para el año 2025. Este programa ofrece más de 190.000 plazas (190.513) para pensionistas en 84 balnearios de toda España. Para ello se ha aumentado en dos millones de euros la inversión para este programa respecto al año pasado, destinando más de 34 millones de euros (34.033.134,36) a este fin. Además, desde el Imserso se señala que la contratación contempla la posibilidad de prórroga por un año adicional para asegurar su viabilidad para los dos próximos años.

La nueva temporada del programa público de termalismo comenzará el 1 de febrero de 2025 y se extenderá hasta el 31 de diciembre del mismo año. Para participar en el programa se requiere ser pensionista por jubilación o incapacidad permanente de la Seguridad Social, o bien, por viudedad con 55 o más años. También para quien sea pensionista por otros conceptos o perciba prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 o más años de edad. Y, así mismo, para las personas aseguradas o beneficiarias de la Seguridad Social, con 65 o más años.

Este programa de termalismo fue creado en 1989 y tiene como finalidad mejorar la calidad de vida de las personas beneficiarias mediante tratamientos termales ayudándoles a acudir a balnearios a precios accesibles. Según indica el Imserso, estos tratamientos son preventivos y rehabilitadores, y tiene también el objetivo de combatir la soledad, especialmente entre las personas mayores, a través de las interacciones que se establecen durante la estancia en los balnearios.

El programa público de termalismo contribuye al envejecimiento activo y a la promoción de una vida activa, al tiempo que, tal y como recogen informes realizados por el Imserso, el programa ha ayudado a reducir la necesidad de tratamientos médicos más invasivos y contribuye a la mejora general del bienestar físico y mental. Por otra parte, este programa favorece la solidaridad intergeneracional y, al mismo tiempo, la solidaridad interterritorial a través de los viajes entre diferentes comunidades autónomas. A esto se suma, resalta también el Imserso, que es un programa que genera empleo y actividad económica. De hecho, para el año 2025 está previsto un impacto económico superior a los 114 millones de euros.

Criterios y orientaciones de intervención socioeducativa con niños, niñas y jóvenes no acompañados


Criterios y orientaciones de intervención socioeducativa con niños, niñas y jóvenes no acompañados. Madrid: Caritas, 2024. 112 p.

Documento de apoyo abierto, con criterios, orientaciones y con lo que hemos denominado pistas metodológicas a manera de propuestas de intervención socioeducativa específicas para cada uno de los apartados que aparecen en el documento. De tal forma que nos facilite el entendimiento de determinadas conductas y contextos, así como la complejidad de las situaciones que arrastran estos niños, niñas, adolescentes y jóvenes no acompañados y, de ahí, la necesidad en ocasiones de tenerles en cuenta de manera diferenciada en nuestras intervenciones.

Un texto que se divide, fundamentalmente, en tres bloques. El primero, “La transición a la vida adulta como clave de nuestro acompañamiento”, plantea la complejidad y relevancia de la adolescencia y juventud como momento vital, por ser un momento crucial para la configuración de la identidad y personalidad de estos chicos y chicas y, por tanto, pone de relevancia la importancia de la edad sobre la nacionalidad en los acompañamientos. Otro segundo bloque referido a “La intervención socioeducativa”, que recoge cuáles son los elementos y ámbitos principales a tener en cuenta desde una intervención socioeducativa integral de acompañamiento a estas personas jóvenes en su tránsito hacía la vida adulta y autónoma. Un bloque en el que se recogen también pistas metodológicas que buscan facilitar el diálogo y la reflexión. La última parte aborda los “Servicios y dispositivos”, ahondando en aspectos que es necesario tomar desde lo que estamos haciendo, y específicamente desde nuestros recursos, agentes, el trabajo en red, y la interlocución con las Administraciones públicas. (Texto extraído del documento)

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martes, 29 de octubre de 2024

Extracto de la Resolución de 23 de octubre de 2024 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria del año 2024 para la concesión de subvenciones para cofinanciar proyectos desarrollados por entidades sin animo de lucro que cuenten con financiación procedente de fondos estructurales de la Unión Europea y que contribuyan a mejorar la empleabilidad y la inserción sociolaboral en la Región de Murcia



Objeto y finalidad:
Aprobar la convocatoria de subvenciones para el año 2024, cuya finalidad es que las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que cuenten con financiación procedente de la Unión Europea puedan acceder a otra fuente de financiación.
La finalidad de estas subvenciones es incrementar los niveles de empleo y la inserción laboral, así como promover la cohesión social en la Región de Murcia.

Entidades beneficiarias:
Entidades sin ánimo de lucro que realicen su actividad y dispongan de delegación o establecimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que reúnan los siguientes requisitos: 
a) Estar legalmente constituidas al menos con dos años de antelación a la fecha de esta convocatoria. 
b) Carecer de fines de lucro. 
c) Tener fines institucionales adecuados y recogidos como tales en sus estatutos propios para la realización de las actividades incluidas en el proyecto financiado.

Bases reguladoras:

Plazo de presentación de solicitudes:
Diez días, a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del extracto de esta convocatoria.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

Escuela de Familias: "Sesión informativa: Taller formativo de ciberseguridad para mayores"


Fecha: 30 de octubre de 19:00 a 20:30 h.
Lugar: Salón de actos de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, Avda. de La Fama, 3, 30003-Murcia

José Luis Ayala Sastre. IT de Ginso. Analista de ciberseguridad. Formación y certificaciones internacionales en el área de la ciberseguridad. Técnico superior en administración de sistemas informáticos en red. Experto en Gestión de centros de operaciones de seguridad (SOC) por la UAM.
Objetivos:
Proporcionar a las personas mayores formación básica en ciberseguridad para proteger su información personal y garantizar su bienestar digital.
La digitalización ha transformado nuestras vidas, ofreciendo numerosos beneficios y comodidades. Sin embargo, esta revolución tecnológica también trae consigo riesgos, especialmente para nuestros mayores, que pueden no estar tan familiarizados con las amenazas cibernéticas. Con el conocimiento adecuado podrán disfrutar de las nuevas tecnologías y de los beneficios de la era digital, manteniendo su información protegida y sin temor a las amenazas cibernéticas.

Más información sobre la Escuela de Familias: 

Guía de comunicaciones para sociedades longevas y multigeneracional


Guía de comunicaciones para sociedades longevas y multigeneracionales
. Conar y Voces Mayores, 2024. 26 p.

La guía tiene como objetivo eliminar, estereotipos, prejuicios y discriminación hacia las personas mayores, destacando su creciente relevancia y aporte en un mundo donde la longevidad se considera un desafío social.

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Próximas sesiones de formación de la Fundación FADE


Fecha: 7 de noviembre de 2024 a las 19:00 h.
Lugar: Centro Municipal García Alix (C. Juan de la Cierva, 1, 30004 Murcia)
Dirigido a: voluntariado con menores, docentes, profesionales del Tercer Sector y personas interesadas




Fecha: 14 de noviembre de 2024 a las 18:00 h.
Lugar: Edificio Rector Sabater - Aula 2.9 (Rda. de Levante 10, 30008 Murcia)
Dirigido a: voluntariado sociosanitario con adultos y menores, profesionales del sector y personas interesadas

Más información:
Fundación FADE    
C/ Madre de Dios 17, Entlo. 30004 Murcia
Teléfono 868 940 204 - 673 029 399

APLAZADO IV Seminario Técnico: "La prevención de la adicción al juego con apuesta en adolescentes y el papel del voluntariado social"


Organiza: CONSUMUR
Fecha: 29 de octubre de 2024 de 09:30 a 13:15 h.
Lugar: Salón de Actos del Centro Municipal García Alix (C/ Juan de la Cierva, 1, Murcia) y online

Más información:
CONSUMUR
C/ Torre de Romo, 74, bajo, 30011, Murcia
Teléfono 968 22 30 82
Correo electrónico administracion@consumur.org
Descargar programación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 5 MB)