Fuente: Referencia del Consejo de Ministros
Presidencia,
Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Real
Decreto-Ley de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del
trabajo autónomo
Aprobada
la prórroga de los ERTE y de las ayudas a autónomos hasta el 30 de
septiembre
El
Consejo de Ministros ha dado luz verde a nuevas medidas para empresas,
trabajadores por cuenta ajena y autónomos hasta el próximo 30 de septiembre tras
el acuerdo firmado entre el Gobierno y los agentes sociales y el consenso
alcanzando con las asociaciones de autónomos. Se trata del II Acuerdo Social en
Defensa del Empleo firmado entre el Gobierno y los agentes sociales en los
últimos meses. Tanto los ERTE como las medidas de autónomos han tenido gran
impacto durante los meses de pandemia, protegiendo a casi 5 millones de
trabajadores.
Así
mismo, el Real Decreto incluye la creación del Fondo Español de Reserva para
Garantías de Entidades Electrointensivas (FERGEI), para la cobertura por cuenta
del Estado de los riesgos derivados de operaciones de compraventa a medio y
largo plazo del suministro de energía eléctrica (PPA) entre consumidores de
energía eléctrica que tengan la condición de consumidores
electrointensivos.
Acuerdo
con agentes sociales para los ERTE
Para
las empresas y los trabajadores por cuenta ajena, el Consejo de Ministros ha
dado luz verde al acuerdo entre el Gobierno y los agentes sociales para
prorrogar los ERTE hasta el 30 de septiembre con nuevas exoneraciones en las
cotizaciones sociales y el mantenimiento de la protección para las personas
afectadas por ERTE.
Las
personas afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo derivados
del Covid-19, tanto de fuerza mayor total o parcial como basados en causas
productivas o los tramitados en caso de rebrote, gozarán de la protección
reforzada prevista en el anterior acuerdo: se les reconocerá la prestación aun
cuando no acrediten periodo de cotización previo y se les aplicará el contador a
0.
En
primer lugar, para las empresas que aún tengan problemas para reiniciar la
actividad, se crea una nueva figura: el ERTE de transición. En estos casos, en
los que todos los trabajadores de la empresa continúan suspendidos, las
exoneraciones serán decrecientes. Para las empresas con menos de 50
trabajadores, la exoneración será del 70% en julio, del 60% en agosto y del 35%
en septiembre. En el caso de las empresas con 50 trabajadores o más, las
exenciones en las cotizaciones sociales serán del 50%, del 40% y del 25% en
julio, agosto y septiembre, respectivamente.
En
segundo lugar, se prorrogan los ERTE de fuerza mayor (antes parcial) para las
empresas que reincorporen a parte de su plantilla, que se pusieron en marcha a
mediados de mayo y que han contribuido a que más de 1,4 millones de trabajadores
que estaban en ERTE por fuerza mayor se hayan reincorporado a sus puestos de
trabajo. En este sentido, la prórroga mantiene el espíritu actual de bonificar
más a las empresas por los trabajadores activados que a los que se quedan
suspendidos.
Para
las empresas con menos de 50 trabajadores, las exoneraciones serán del 60% para
los trabajadores activados y del 35% para los no activados durante los meses de
julio, agosto y septiembre. Para las empresas con 50 y más trabajadores, las
exoneraciones serán del 40% para los trabajadores activados y del 25% para los
no activados durante los tres próximos meses.
Los
procedimientos de regulación temporal de empleo basados en causas económicas,
técnicas, organizativas y de producción (ETOP) derivadas del Covid-19 iniciados
antes y tras la entrada en vigor del presente real decreto-ley, siempre y
cuando, en este último caso, sean inmediatamente consecutivos a un ERTE de
fuerza mayor, y hasta el 30 de septiembre de 2020 se podrán acoger a las
condiciones en materia de exoneraciones a la cotización de los ERTE por fuerza
mayor.
Además,
en el acuerdo con los agentes sociales se incluye un nuevo tipo de ERTE para
casos excepcionales en los que una empresa tenga que cerrar su centro de trabajo
como consecuencia de un rebrote de la pandemia. En estos casos, que tienen que
ser aprobados por las autoridades laborales, se establece una exoneración en las
cotizaciones a la Seguridad Social del 80% para los trabajadores inactivos, del
60% para los activos en el caso de las empresas de menos de 50 empleados, y del
60% para los inactivos y del 40% para los activos para las empresas de más de 50
empleados.
El
Gobierno y los agentes sociales mantendrán la Comisión tripartita creada en mayo
para valorar las medidas tomadas y se han comprometido a incorporar medidas
tendentes a la creación de empleo a través de las cuatro mesas de diálogo
constituidas con el presidente del Gobierno.
Es
clave la disposición adicional cuarta del Real Decreto Ley que prevé la creación
de una mesa de diálogo en materia de desempleo con los agentes sociales. Esta
mesa abre una nueva dimensión en el diálogo social ya que en ella se tratarán
las cuestiones relacionadas con las prestaciones por desempleo durante la covid
-19. Se trata de estudiar cómo proteger, por ejemplo, a las personas
trabajadoras con varios contratos a tiempo parcial y de dar soluciones al
consumo de prestaciones durante el estado de alarma a las personas que no
pudieron ser incorporadas a los ERTE. Es un nuevo paso del diálogo social que
avanza en la protección de todos los trabajadores para que nadie quede
atrás.
Las
empresas que se acojan a las exoneraciones previstas en caso de ERTE, deberán
mantener el empleo durante un período de seis meses. Durante un ERTE en vigor,
las empresas no podrán efectuar despidos y tampoco podrán repartir dividendos.
Quedan fuera del ámbito de aplicación de estos ERTE las empresas radicadas en
paraísos fiscales.
Las
personas trabajadoras de las empresas que se acojan a estos ERTE no podrán
realizar horas extra. No estará permitido que las empresas concierten nuevas
contrataciones laborales, directas o a través de ETT, ni que establezcan nuevas
externalizaciones, durante la vigencia de los ERTE.
Extensión
de las ayudas autónomos
Además,
el Consejo de Ministros ha aprobado también la prórroga a las ayudas para
trabajadores autónomos, que también han sido consensuada con las principales
asociaciones ATA, UPTA y UATAE. En este sentido, el Gobierno ha establecido
nuevas exoneraciones en las cotizaciones sociales para los más de 1,4 millones
de autónomos beneficiarios de la prestación extraordinaria hasta el 30 de
junio.
En
primer lugar, los beneficiarios de la prestación extraordinaria no tendrán que
pagar las cotizaciones sociales del mes de julio y tendrán una exoneración del
50% en agosto y del 25% en septiembre, lo que supondrá un ahorro mínimo de más
de 500 euros por autónomo durante los próximos tres meses.
Para
aquellos cuya actividad aún siga muy afectada por los efectos de la pandemia,
podrán acceder a la prestación por cese de actividad ordinario si su facturación
en el tercer trimestre es un 75% más baja que la del mismo periodo del año
pasado, siempre y cuando sus rendimientos netos en el periodo no superen la
cuantía equivalente a 1,75 veces el SMI del trimestre. Esta posibilidad, que
será compatible con la actividad, supone un beneficio económico mínimo de 930
euros al mes por trabajador, ya que supone una prestación económica equivalente
al 70% de la base reguladora más la exoneración de las cuotas por contingencias
comunes.
Para
acceder a esta prestación ordinaria compatible con la actividad, no es necesario
esperar a que termine el trimestre. Los trabajadores autónomos que estimen que
pueden ser beneficiarios de la prestación pueden solicitarla en cualquier
momento. Posteriormente se realizará una verificación del cumplimiento de los
requisitos. Los autónomos tienen la posibilidad de renunciar a la prestación
durante esos tres meses si ven recuperada su actividad.
Además,
por primera vez, se establecen ayudas específicas al colectivo de los autónomos
de temporada. En su caso, podrán acceder a la prestación extraordinaria (del 70%
de la base reguladora más la exoneración de las cotizaciones sociales) con
efectos desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre.
Podrán
solicitar estas ayudas los autónomos cuyo único trabajo a lo largo de los
últimos dos años se hubiera desarrollado en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar durante los meses de
marzo a octubre y hayan permanecido en alta en los citados regímenes como
trabajadores autónomos durante al menos cinco meses al año durante ese periodo.
Además, sus ingresos en 2020 no podrán superar las 1,75 veces el SMI (23.275
euros).
Fondo
Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas
(FERGEI)
Con
la creación del fondo se da cumplimiento al compromiso político de apoyo al
sector industrial electrointensivo. Se trata de una medida clave para ayudar a
la gran industria a rebajar su factura energética alcanzando un precio estable,
y a hacerla más competitiva; a la vez, da seguridad y certidumbre para impulsar
las inversiones en las plantas.
El
FERGEI está dotado con 200M€ anuales, para cubrir, como máximo, 600M€ de
inversión en tres años. La administración de la tesorería del Fondo se
encomienda al Consorcio de Compensación de Seguros y se designa como Agente
Gestor a la Compañía Española de Seguros de Crédito para la Exportación (CESCE).
Para que las industrias puedan obtener esas garantías para PPA, deberán
contratar al menos por cinco años un 10% de su consumo anual, una vez que el
fondo haya sido puesto en marcha.
Se
estima en más de seiscientos el número de beneficiarios potenciales, y que el 80
por ciento de los consumidores electrointensivos podría firmar contratos de este
tipo por diez años.
Este
instrumento estará integrado en el Estatuto del Consumidor Electrointensivo, que
se encuentra en la última fase de tramitación, y que se aprobará en las próximas
semanas.