Decreto n.º 192/2023, de 22 de junio, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones a entidades sociales para programas destinados a prevenir y combatir la violencia contra la mujer, así como proyectos de orientación y acompañamiento de mujeres víctimas de violencia de género para el desarrollo de las medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género
Fuente: BORM número 149 de 30/06/2023
Objeto, finalidad y razones de interés público, social y humanitario:
El Decreto tiene por objeto aprobar las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones destinadas a las entidades sociales que se detallan en el anexo I, para la financiación de programas destinados a prevenir y combatir la violencia contra la mujer, así como proyectos de orientación y acompañamiento de mujeres víctimas de violencia de género para desarrollar las medidas del Pacto de Estado contra la violencia de género.
Las subvenciones reguladas en este decreto tienen carácter singular, dado que las entidades beneficiarias llevan a cabo actividades en estos ámbitos que no desarrolla ninguna otra.
La actuación resulta de indudable interés público, social y humanitario como medidas de prevención, sensibilización y actuación con mujeres víctimas de violencia de género.
Asimismo, existen razones que dificultan la convocatoria pública, dado que las entidades propuestas se consideran las adecuadas para la realización de estos programas, tanto por su acreditada experiencia en el desarrollo de actuaciones en el ámbito de la atención a mujeres víctimas de violencia de género en nuestra Región, como, por las características de los proyectos a desarrollar y de los objetivos con ellos perseguidos.
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Decreto n.º 194/2023, de 22 de junio, de concesión del “Distintivo de Igualdad de la Región de Murcia”, en relación a la convocatoria correspondiente al año 2022
Fuente: BORM número 149 de 30/06/2023
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Decreto n.º 195/2023, de 22 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a los Ayuntamientos de la Región de Murcia para el funcionamiento de casas de acogida, en base al Real Decreto-Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la Violencia de Género
Fuente: BORM número 149 de 30/06/2023
El Decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones por parte de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad a los Ayuntamientos de la Región de Murcia que se relacionan en el Anexo I, para el funcionamiento de Casas de Acogida.
La finalidad de dicha concesión es financiar los gastos de personal y los gastos de funcionamiento de Casas de Acogida para mujeres víctimas de violencia de género de los Ayuntamientos relacionados en el Anexo I.
Las Casas de Acogida son recursos especializados destinados a acoger y proporcionar la atención que precisen las mujeres víctimas de violencia de género, y sus hijos/as en su caso, durante un periodo de tiempo determinado, siempre que no puedan alojarse en otro recurso por carecer de los medios económicos y/o apoyo para ello, y estén en una situación de riesgo para su integridad física y/o psicológica, proporcionando un tratamiento integral a las mujeres y sus menores, promoviendo su autonomía personal y facilitándoles los medios para su inserción social y laboral.
La atención a mujeres víctimas de violencia de género resulta de indudable interés público, social y humanitario en la medida en que se pretende que sean capaces de superar las secuelas del maltrato y enfrentarse a su vida de forma independiente, dotándolas de las habilidades sociales y del equilibrio psicológico necesario para ello.
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Objeto de la subvención, finalidad y razones de interés público, social y humanitario que concurren en su concesión:
Decreto n.º 196/2023, de 22 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a entidades del tercer sector acreditadas para desarrollar proyectos destinados a la atención residencial de personas jóvenes extuteladas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del «Programa experimental continu-accion de atención a jóvenes extutelados de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Next Generation EU
Fuente: BORM número 149 de 30/06/2023
Este decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones, mediante Orden de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, con carácter excepcional, por razones de interés público y social, a entidades que desarrollan proyectos destinados a la prestación del servicio de preparación para la vida independiente con atención residencial para jóvenes extutelados y con riesgo de exclusión social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiados por la Unión Europea – NextGenerationEU.
La finalidad de las subvenciones es la financiación de actuaciones dirigidas a sentar las bases para implementar un modelo de prestación de Servicio de preparación para la vida independiente con atención residencial para jóvenes extutelados y con riesgo de exclusión social (personas sin hogar) a través de la construcción, adquisición, reforma y equipamiento de recursos de atención.
Las actuaciones impactarán y permanecerán más allá de su periodo de ejecución, siendo actuaciones destinadas a dotar de infraestructuras adecuadas para la atención residencial de jóvenes extutelados, garantizando la continuidad del Servicio más allá del proyecto piloto, a través de la adquisición o construcción de nuevos inmuebles o de la reforma y equipamiento de los recursos existentes.
Asimismo se fomenta la digitalización y apoyo educativo en recursos de atención a persona jóvenes extuteladas.
Las subvenciones reguladas en este decreto tienen carácter singular por concurrir razones que dificultan su convocatoria pública, en la medida en que las entidades que desarrollan servicios en los que quedan encuadradas personas jóvenes extuteladas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con arreglo a lo recogido en este decreto, cuentan con experiencia, capacidad e implantación suficiente para desarrollar proyectos de estas características en los plazos establecidos por la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Asimismo, todas las entidades beneficiarias son las únicas que actualmente se encuentran prestando el servicio de preparación para la vida independiente y que, por lo tanto, pueden realizar las actuaciones necesarias para el cumplimiento de las orientaciones, objetivos y los hitos previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Asimismo, el interés público y social de este decreto queda acreditado por la necesidad de mejorar la atención a personas jóvenes extuteladas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en línea con compromisos del Gobierno de España con la Unión Europea, pero, además, reforzada por el impacto desproporcionado que la pandemia de la COVID 19 ha tenido en el colectivo sobre el que se pretende incidir con estas actuaciones.
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Objeto de la subvención, finalidad y razones de interés público, social y humanitario que concurren en su concesión:
Decreto n.º 197/2023, de 22 de junio, por el que se aprueban las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones destinadas a entidades sociales para el desarrollo de proyectos de acogida a mujeres víctimas de violencia de género en base al Real Decreto-Ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la Violencia de Género
Fuente: BORM número 149 de 30/06/2023
Este decreto tiene por objeto aprobar las normas especiales reguladoras de la concesión directa de subvenciones destinadas a las entidades sociales que se detallan en el anexo, para continuar la financiación de las actuaciones destinadas a la acogida de mujeres víctimas de violencia de género, contribuyendo a hacer efectivo el apoyo a las víctimas de violencia de género, así como erradicar este tipo de violencia del orden social de la Región de Murcia.
Las subvenciones reguladas en este decreto tienen carácter singular, dado que las entidades sociales beneficiarias, junto con AFESMO, llevan a cabo actividades en estos ámbitos que no desarrolla ninguna otra, y por venir desarrollando esta actividad a lo largo del tiempo.
La idoneidad de estas entidades se fundamenta en la experiencia profesional del equipo técnico en el ámbito de la violencia de género, sus recursos, la infraestructura y la disponibilidad del espacio físico donde mantener el recurso.
La entidad social AFESMO no se incluye en este Decreto puesto que se financia con fondos externos procedentes de la Unión Europea mediante los correspondientes Decretos de concesión directa con cargo a los citados fondos.
El interés público, social y humanitario de esta concesión directa queda acreditado por la necesidad de atender a un colectivo especialmente vulnerable en su proceso de normalización de la vida personal, familiar y social, constituyendo una indudable medida de protección de las mujeres víctimas de violencia de género y de sus hijas e hijos, si los hubiera, y dando una respuesta eficaz a los objetivos marcados en el Pacto de Estado.
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