Fuente: Referencia del Consejo de Ministros
Igualdad
MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA Y DE LA INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO
Por último, se reconoce la gestación por sustitución como una forma de violencia contra las mujeres, prohibiendo la publicidad de las agencias de intermediación y realizando campañas que refuercen la ilegalidad de estas prácticas.
El derecho a la salud sexual y reproductiva forma parte del derecho de todas las personas al más alto nivel posible de salud física y mental y un reclamo histórico y continuo del movimiento feminista mundial. Más concretamente, la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas relaciona la salud sexual y reproductiva de las mujeres con los derechos humanos, incluyendo el derecho a la vida, a la salud, a la intimidad, a la educación y a la prohibición de discriminación.
La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo (LO 2/2010), supuso un auténtico paso hacia adelante al abordar la protección y la garantía de los derechos relacionados con la salud sexual y reproductiva de manera integral y modificar el abordaje de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) de una ley de supuestos a una de plazos, en consonancia con lo establecido por los mandatos internacionales.
Al respecto, la nueva norma se trata de una modificación de la mencionada LO 2/2010. La ley consta de un artículo único y de una parte final compuesta por diez disposiciones finales, que modifican otras normas, como las normas laborales y de la Seguridad Social y la Ley General de Publicidad.
Como principales novedades de la norma, cabe destacar la ampliación del objeto de la ley para incluir las violencias en el ámbito reproductivo, y cumplir así con el mandato del Convenio de Estambul, adaptando nuestra legislación a este marco normativo. Igualmente, se devuelve a las mujeres de 16 a 18 años y a las mujeres con discapacidad la posibilidad de decidir sobre sus propios cuerpos, en coherencia con lo establecido en los estándares internacionales. Con esta reforma no tendrán que pedir el permiso de sus tutores legales para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo.
Asimismo, se elimina el período de reflexión de 3 días y la información obligatoria que se entregaba a las mujeres. Esa información será de carácter optativo, a petición de la mujer que acude a abortar.
Se blinda el acceso al aborto en los centros públicos, haciendo que el recurso de acudir a las clínicas privadas sea la excepción. Con este mismo objetivo, se regula la objeción de conciencia, un derecho fundamental e individual de cada profesional, sin que ello impida el efectivo derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo. Por ello se crea también un registro de objetores, donde se deberá manifestar la voluntad de objetar con carácter previo y por escrito.
De la misma forma, se garantiza el acceso al aborto incorporando la previsión de la proximidad del domicilio. Esto permitirá también que las mujeres de una comunidad autónoma fronteriza con otra puedan acudir al hospital del otro territorio si es más cercano. Además, el Estado ejercerá las competencias de Alta Inspección, que constitucionalmente le corresponden, para reducir las brechas existentes en el acceso al aborto y así garantizarlo en todas las provincias del territorio.
Se incorpora la provisión de asistencia y acompañamiento integral y especializado en los casos de interrupción del embarazo y se incorpora una incapacidad temporal para aquellas mujeres que interrumpan su embarazo, voluntariamente o no, con el objetivo de que se puedan recuperar de la intervención.
Las interrupciones voluntarias del embarazo serán tratadas, en todo caso, como un procedimiento de urgencia.
Por otro lado, se incorpora la previsión de que cada centro cuente con ambos métodos para las interrupciones de los embarazos, tanto el quirúrgico como el farmacológico para que sea la mujer la que libremente decida cuál de ellos quiere. También se incorpora una incapacidad temporal preparto desde la semana 39 de embarazo, que no consumirá ningún día del permiso posterior.
Se establecen servicios públicos de asistencia integral especializada en el ámbito de la salud sexual y reproductiva, contando estos con equipos interdisciplinares y contando además, con servicios adaptados a las necesidades y demandas de la población joven. Además, se creará una línea telefónica especializada en derechos sexuales y reproductivos, que prestará información sobre el derecho a la IVE y el itinerario de prestación en los servicios públicos.
Se apuesta por la anticoncepción de última generación, la corresponsabilidad y la mayor accesibilidad, impulsando el desarrollo de la anticoncepción hormonal masculina y ampliando la financiación pública de los anticonceptivos. Entre los financiables están los métodos reversibles de larga duración. Se garantiza la gratuidad de la píldora del día después a través de su distribución en los centros de salud y en los servicios de salud sexual y reproductiva especializados.
Los centros educativos de Secundaria, en el marco de campañas de sensibilización y prevención de infecciones de transmisión sexual (ITS) y embarazos no deseados, repartirán anticonceptivos de barrera de manera gratuita. También se dispensarán en centros penitenciarios o centros de la red de servicios sociales.
Se refuerza especialmente la educación sexual, en todos los niveles educativos: una educación que reconozca la diversidad sexual, la prevención de embarazos e infecciones de transmisión sexual y el abordaje de la salud menstrual con perspectiva de género. Se incluye la educación sexual en el ámbito no formal, con especial atención a la etapa de climaterio y menopausia y a las personas con discapacidad.
Se refuerza también la formación de los profesionales en materia de interrupción voluntaria del embarazo y salud sexual y reproductiva, incluyendo contenidos en las carreras de ciencias jurídicas, de la salud, de la educación y sociales y en los currículos de las oposiciones vinculadas a estas.
Por primera vez se incluye la salud menstrual como estándar de salud. Esto implica reconocer y actuar contra el conjunto de estereotipos y prejuicios que rodean esta dimensión de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, que hasta ahora permanecía oculto. Porque el cuidado del ciclo menstrual es un indicador de salud, la ley establece la obligación de incluir la educación menstrual en nuestro país.
Unido a lo cual, se establece la distribución gratuita de productos menstruales para personas con menos recursos, luchando así contra la pobreza menstrual, y que se dispensen en centros educativos, en organismos públicos, en centros penitenciarios, centros sociales, etc.
Derivado del reconocimiento de la salud menstrual como estándar de salud, y la visibilización de los impactos de la menstruación en las diferentes esferas de la vida, la ley incluye el derecho a la incapacidad temporal por cuadros médicos que se deriven de reglas incapacitantes (menstruaciones incapacitantes secundarias). Por ejemplo, vinculado a enfermedades como la endometriosis o los ovarios poliquísticos, que padecen numerosas mujeres y que les impide trabajar con normalidad. Esta incapacidad operará, previo informe médico, y permitirá que una mujer pueda quedarse en casa unas horas de su jornada laboral o unos días si el dolor de la regla le impide trabajar. Se trata de regular por ley lo que ya está sucediendo en algunos casos de facto, puesto que los datos del Ministerio de Inclusión nos dicen que ha habido alrededor de 6.000 incapacidades temporales al año por dismenorreas o cuadros de tensión abdominal por la menstruación. Se trata de una incapacidad temporal (IT) que pagará desde el primer día el INSS, que no requiere periodo mínimo de cotización, al contrario que el resto de IT y que será los días que cada mujer, conforme a su cuadro médico, necesite.
Cabe tener en cuenta que la ratificación del Convenio de Estambul nos obliga a dar respuesta a todas las formas de violencia recogidas en este tratado, entre ellas, algunas más ligadas a los derechos reproductivos, como la esterilización forzada, la anticoncepción forzada, el aborto forzado y el embarazo forzado, como formas de violencia contra las mujeres.
Así, esta ley pretende articular la responsabilidad del Estado frente a diferentes formas de violencia en el ámbito gineco-obstétrico. Se refuerza la obligación del personal sanitario de actuar con base en los principios del parto respetado, lo que incluye el consentimiento informado de las mujeres ante intervenciones invasivas, como las episiotomías, tratamientos sin analgesia, eliminación de separaciones innecesarias de los recién nacidos con su madres, etc. Como medida concreta, además de la formación profesional según los principios del parto respetado, la ley obliga a elaborar un Protocolo Común de Actuaciones que sirva de referencia a las comunidades autónomas, que ponga en el centro el derecho de las mujeres al consentimiento informado en todos los procesos gineco-obstétricos.
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DECLARACIÓN INSTITUCIONAL CON MOTIVO DEL 17 DE MAYO, DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA HOMOFOBIA, LA TRANSFOBIA Y LA BIFOBIA
El Gobierno de España, pues, muestra este año una vez más su firme compromiso en la defensa de los derechos de las personas LGTBI, tanto a nivel nacional como internacional, y se compromete a adoptar las medidas necesarias para seguir avanzando en la erradicación de las discriminaciones, ataques y actos de violencia que a día de hoy siguen sufriendo las personas LGTBI."
El 17 de mayo se celebra el Día Internacional contra la LGTBIfobia, fecha que coincide con la de la decisión tomada por la Organización Mundial de la Salud en 1990 de eliminar la homosexualidad del listado de trastornos mentales. Con este motivo, el Consejo de Ministros aprueba la siguiente declaración:
"La sociedad española ha experimentado muchos avances en las últimas décadas en lo referente al respeto a la diversidad sexual, de género y familiar como uno de los valores positivos de una sociedad democrática. Con la aprobación del matrimonio igualitario el 30 de junio de 2005 y su entrada en vigor el 3 de julio de ese mismo año, nuestro país se convirtió en el tercer país del mundo en legalizarlo y en un referente en el reconocimiento de los derechos de las personas LGTBI a nivel internacional. Desde entonces, ya son 14 las Comunidades Autónomas que han aprobado leyes protectoras de los derechos de las personas LGTBI y/o específicas de las personas trans.
Sin embargo, diversas fuentes siguen alertando de los elevados índices de discriminación y de violencia que viven numerosas personas por el simple hecho de ser -o ser percibidas como- lesbianas, gais, bisexuales, trans o intersexuales. Según la macroencuesta realizada en 2019 por la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el 48% de las personas LGTBI no se atreve a coger de la mano en público a su pareja, y un tercio no se atreve a ir a determinados lugares por miedo.
El Informe sobre delitos de odio, confeccionado por la Oficina Nacional de Lucha Contra los Delitos de Odio, y que anualmente presenta el Ministerio del Interior, alerta año tras año sobre el elevado índice de delitos de odio motivados por la orientación sexual y la identidad de género, reales o percibidas, de las víctimas, siendo este motivo, en la actualidad, el segundo más representado en las estadísticas de delitos de odio en nuestro país.
La crisis provocada por la guerra en Ucrania ha puesto sobre la mesa la urgencia de ofrecer protección y recursos a las personas LGTBI que llegan a nuestro país huyendo de los conflictos y que también, en ocasiones, huyen de sus países por su condición de LGTBI. Por ello, el Ministerio de Igualdad ha propuesto medidas urgentes para la atención, asistencia y protección a personas LGTBI en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. Medidas que incluyen la formación especializada en diversidad sexual, de género y familiar del personal profesional que participe en la recepción y acogida de las personas ucranianas beneficiarias de protección temporal y la elaboración de material didáctico y de divulgación culturalmente adaptado para facilitar la información sobre derechos y recursos a las personas LGTBI refugiadas.
El Gobierno de España reafirma su compromiso con la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, tanto dentro como fuera de sus fronteras. Este compromiso se ha visto materializado durante esta legislatura con la elaboración y aprobación de normas que facilitan herramientas para su logro. Por su particular relevancia, cabe destacar la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia; el Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional; y el Anteproyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de derechos de las personas LGTBI, que se encuentra en la fase final de su tramitación antes de ser remitida a las Cortes Generales. Con este texto, el Gobierno se alinea con los países que promueven la despatologización de las identidades trans, tal y como establece la Organización Mundial de la Salud. Asimismo, el Gobierno ha iniciado los trabajos para la elaboración de una Estrategia Estatal para la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y de una Estrategia Estatal para la inclusión social de las personas trans.
Este año, además, el Gobierno de España se compromete a la creación de un servicio de atención gratuita específicamente destinado a atender a las víctimas de delitos de odio o de discriminación por LGTBIfobia, así como para informar y atender cualquier necesidad de las personas LGTBI o allegadas. Un servicio que complementa la atención prestada por las Comunidades Autónomas y las entidades sociales y que comenzará a funcionar en breve.
El Gobierno de España parte del convencimiento de que los poderes públicos deben implementar políticas decididas que, desde el respeto a los estándares internacionales de derechos humanos, promuevan la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI y la lucha contra toda forma de discriminación. Es necesario concienciar al conjunto de la ciudadanía y poner en valor la diversidad sexual, de género y familiar, desde el convencimiento de que las sociedades inclusivas, igualitarias, solidarias y tolerantes son también más fuertes, saludables y resilientes. Por ello, se ha puesto en marcha la primera campaña a nivel estatal que presenta la diversidad sexual y de género como un valor que nos enriquece como sociedad y como país.
Las medidas adoptadas por el Gobierno de España están alineadas con las prioridades establecidas a nivel europeo y permiten avanzar en línea con las recomendaciones establecidas por la Comisión Europea en su primera "Estrategia de Igualdad LGBTIQ 2020-2025". Esta agenda debe partir de un enfoque interseccional y transversal, que permita la inclusión de las políticas LGTBI en todos los ámbitos de la acción gubernamental, como la política de migración y asilo, sanitaria, educativa o laboral, entre otras; la actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; el avance en la recogida de datos estadísticos; la adopción de protocolos y medidas para la prevención y abordaje frente al acoso por orientación sexual, identidad de género, expresión de género y características sexuales; la dotación económica de los planes de igualdad; o la intensificación de la lucha contra los delitos de odio, así como de la atención a las víctimas de los mismos.
A este compromiso firme del Gobierno de España con los derechos de las personas LGTBI y contra la discriminación por orientación sexual, identidad de género, expresión de género y características sexuales no es ajeno el enfoque internacional, con la conciencia de que los derechos de las personas LGTBI son vulnerados en la práctica totalidad de los países del mundo, en algunos de los cuales se mantienen legislaciones punitivas que implican, en algunas ocasiones, la pena de muerte. Por eso, entre las líneas prioritarias que rigen la cooperación internacional y nuestra política exterior, se encuentra el apoyo a los derechos de las personas LGTBI.
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Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
SUBVENCIONES PARA ITINERARIOS DE INCLUSIÓN VINCULADOS AL INGRESO MÍNIMO VITAL
El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un real decreto para impulsar el segundo paquete de proyectos piloto para el despliegue de itinerarios de inclusión vinculados al Ingreso Mínimo Vital. En concreto, esta norma permitirá la firma de 18 nuevos convenios con comunidades autónomas, ayuntamientos y entidades del tercer sector, en los que participarán 130.000 perceptores del Ingreso Mínimo Vital y rentas mínimas autonómicas en todo el territorio nacional.
En concreto, los proyectos piloto se desarrollarán junto a siete comunidades autónomas (Andalucía, Cataluña, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra y Comunidad Valenciana) por un importe conjunto de 42,5 millones de euros; dos ayuntamientos (Santander y Sevilla) por un importe de 6,5 millones; y nueve entidades del tercer sector (Cáritas, CEPAIM, Cruz Roja, EAPN, EAPN Canarias, Fundación La Caixa, Ayuda en Acción, Fundación Bofill y Fundación Esplai) por un total de 53 millones de euros.
Los 18 proyectos se focalizarán en la reducción de las vulnerabilidades de los hogares perceptores del Ingreso Mínimo Vital y otras rentas sociales incidiendo en diversos aspectos como la educación, la digitalización, el empleo, el acompañamiento social o la salud. Los 18 convenios permitirán llegar a beneficiarios de todo el territorio nacional y cubrir todos los ámbitos de inclusión.
Los proyectos piloto se desarrollarán con la metodología de ensayos de control aleatorizado (RCT-randomized control trials, por sus siglas en inglés), muy habitual en las ciencias aplicadas (por ejemplo, suelen utilizarse para los ensayos clínicos, como las vacunas). Esta metodología innovadora permitirá evaluar los resultados de cada uno de los proyectos en la reducción de la vulnerabilidad de los beneficiarios para escalar aquellos que obtengan mejores resultados.
En el desarrollo y evaluación de estos proyectos piloto, el ministerio colaborará con dos de las entidades más prestigiosas en el ámbito nacional e internacional dedicadas al conocimiento de la metodología de ensayos de control aleatorio vinculada a la reducción de la pobreza y a la desigualdad, así como a la economía del desarrollo: J-PAL y CEMFI.
Despliegue de 18 convenios
Para el despliegue de estos 18 convenios, la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social lanzó el pasado 20 de diciembre una manifestación de interés a través de la que llegaron 149 propuestas de proyectos por importe de 748 millones de euros. Estas propuestas fueron analizadas desde múltiples criterios y las mejores han sido objeto de un proceso de rediseño y mejora con sus autores y con la colaboración de CEMFI y J-PAL, para conseguir los proyectos más relevantes y con las entidades más preparadas para ponerlos en práctica.
Actualmente, el Ingreso Mínimo Vital llega a casi 450.000 hogares en los que viven más de 1,1 millones de personas. La prestación está teniendo especial incidencia en la reducción de la pobreza infantil ya que el 43% de los beneficiarios son menores. Además, 200.000 hogares están ya percibiendo el complemento de ayuda a la infancia puesto en marcha desde el pasado 1 de enero de 2022.
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Derechos Sociales y Agenda 2030
ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRATEGIA DE JUVENTUD 2021-2030
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se aprueba la Estrategia de Juventud 2022-2030. La Estrategia de Juventud 2030 de la Administración General del Estado (EJ2030) constituye un documento de política de Estado cuya intención es integrar, proporcionar coherencia, orientar y brindar sentido conjunto a la totalidad de las políticas sectoriales de juventud de todos los ministerios.
La EJ2030 se enmarca en la agenda global de juventud para garantizar el abordaje integral de los problemas que afectan a la adolescencia y la juventud, especialmente en lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los derechos sexuales y reproductivos, los derechos de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales, intersexuales y queer (LGBTIQ), los derechos de las mujeres y la violencia de género, la discriminación por motivos raciales o étnicos, el reto demográfico y el cambio climático, entre otros.
Desde el punto de vista programático, la EJ2030 nace de un proceso de reflexión sobre qué sociedad queremos para las generaciones más jóvenes y pretende ofrecer las bases para un nuevo contrato social con la juventud.
La estrategia es un documento de objetivos, participativo y de consenso, fruto de un intenso año (de abril de 2021 a abril de 2022) de colaboración entre la AGE, el Consejo de la Juventud de España (CJE), la sociedad civil y las comunidades autónomas, que pone en común el análisis, los retos y las iniciativas compartidas por estos actores en materia de juventud. A lo largo de este decenio la estrategia continuará construyéndose de forma colaborativa, incorporando y acordando perspectivas, demandas y propuestas de acción.
Tras finalizar el marco temporal de la 'Estrategia Juventud 2020' que se aprobó en 2016, en 2021 el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través del INJUVE, puso en marcha un proceso de elaboración de una nueva Estrategia de Juventud en el ámbito de la AGE, para el periodo 2021-2030.
De acuerdo con lo dispuesto en lo dispuesto en el Real Decreto 1923/2008, de 21 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interministerial para la Juventud, la EJ2030 constituye el principal instrumento de orientación, propuesta, programación y evaluación de las políticas públicas de juventud, en el ámbito de la AGE y con el horizonte del año 2030.
La estrategia se articula en 12 Ejes temáticos; 10 estratégicos y 2 transversales:
1. Educación y formación inclusivas, equitativas y de calidad, y aprendizaje durante toda la vida.2. Autonomía, empleo digno y emprendimiento joven.3. Emancipación, vivienda, natalidad y proyecto vital.4. Salud integral y calidad de vida.5. Economía de los cuidados y políticas de inclusión: colectivos jóvenes en grave riesgo de exclusión social o sujetos a doble discriminación.6. Juventud y transformación global: participación y voluntariado.7. Movilidad Juvenil: emigración y Retorno.8. Juventud y mundo rural.9. Gestión del conocimiento sobre la realidad juvenil y servicios a la juventud.10. Gobernanza joven y cooperación Institucional.
Además, se incorporan dos ejes transversales:
11. Mujeres jóvenes e igualdad.12. Medio ambiente y sostenibilidad.
Cada uno de los ejes de la EJ2030 se estructura en distintos objetivos estratégicos, que a la vez incorporarán varias líneas de actuación. La EJ2030 se implementará a través de tres planes de acción trienales, 2022-2023-2024, 2025-2026-2027 y 2028-2029-2030. Cada uno de estos planes desarrollará, actualizará y verificará el grado de cumplimiento de las líneas y objetivos estratégicos marcados por la estrategia 2030 para este periodo, a través de la recopilación y evaluación de las actuaciones vinculadas a adolescencia y juventud de los distintos Ministerios.
Si bien la EJ2030 constituye el marco de actuación de la AGE en materia de adolescencia y juventud, las comunidades autónomas, que tienen transferida la competencia exclusiva por lo que se refiere a los servicios directos a las personas jóvenes, encontrarán en ella un análisis y un marco referencial y de objetivos general al que poder ajustar sus respectivos planes en este ámbito, en la medida de sus intereses y voluntad política.
Los objetivos generales de la Estrategia de Juventud 2030 son:
- Garantizar la educación y formación inclusivas, equitativas y de calidad, y el acceso a la cultura y al aprendizaje durante toda la vida, actualizar la Formación Profesional y abrirla a la educación permanente e Impulsar vocaciones científicas que promuevan la creación de nuevas generaciones de personal científico e innovador.
- Garantizar la plena autonomía de las personas jóvenes, mediante acceso al empleo digno, estable y bien remunerado, la igualdad de oportunidades y la conciliación entre la vida laboral y la personal.
- Posibilitar la emancipación residencial efectiva de las personas jóvenes, el desarrollo de su proyecto vital y la maternidad/paternidad libremente elegida, mediante el acceso a la vivienda de alquiler y la promoción de la vivienda social.
- Garantizar la salud integral y la calidad de vida para todas las personas adolescentes y jóvenes, incorporando a los servicios de salud la atención integrada a los problemas de salud mental, violencia y prevención del suicidio, la prevención de las adicciones y el fomento de estilos de vida saludables y ecológicos, y fomentando la salud afectivo-sexual integral y los derechos digitales.
- Garantizar la plena inclusión de los colectivos jóvenes y adolescentes en grave riesgo de exclusión social o sujetos a doble discriminación, mediante un sistema de servicios sociales eficaz, universal y de calidad que facilite su plena inclusión. De especial relevancia será el desarrollo del Ingreso Mínimo Vital y su adaptación a las necesidades de los jóvenes extutelados.
- Impulsar a la juventud como agente de transformación social, apoyando decididamente el voluntariado y el asociacionismo, abriendo nuevos cauces de participación política efectiva on y offline y apoyando la apertura del debate sobre el voto a los 16 años.
- Facilitar la movilidad y los derechos de la juventud en los procesos de emigración y retorno, promoviendo programas de formación, voluntariado y empleo en el exterior, velando por las condiciones dignas de las personas jóvenes que viven en el exterior y ofreciendo facilidades y ayudas para el proceso de vuelta y el retorno del talento, especialmente en el ámbito científico.
- Convertir el medio rural en un espacio de oportunidades para la juventud y promover la transición verde.
- Profundizar nuestro conocimiento sobre la realidad juvenil y darlo a conocer, mediante la alianza de equipos y organismos de investigación y potenciando la investigación multidisciplinar sobre juventud y el enfoque de juventud transversal en las investigaciones sectoriales.
- Incorporar a los jóvenes y a la juventud asociada como actores con derecho propio en la cogobernanza de las políticas de juventud.
- Incorporar una perspectiva feminista a todas las políticas de adolescencia y juventud, garantizando la plena igualdad efectiva de todas las mujeres, el desarrollo y respeto de sus derechos en todos los ámbitos, la atención a sus necesidades específicas y la erradicación de la violencia machista en todas sus formas y contextos.
- Dar protagonismo a la adolescencia y juventud en el desarrollo e implantación de la Agenda Verde, ofreciéndoles formación, fomentando su participación activa en todos los ámbitos y reconociendo su autoridad en todos los procesos de definición de estrategias y normativas relacionadas con la sostenibilidad, el cambio climático y el medio ambiente.
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