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lunes, 12 de diciembre de 2022

Convocatoria de subvenciones para el desarrollo de actuaciones de la inversión “Nuevos proyectos territoriales para asegurar la accesibilidad universal a la vivienda a las personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia” en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia


Convocar subvenciones para el desarrollo de actuaciones de la inversión “nuevos proyectos territoriales para asegurar la accesibilidad universal a la vivienda a las personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia”.

Bases reguladoras:
Orden de 7 de diciembre de 2022 de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia por la que se aprueban las bases para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para el desarrollo de actuaciones de la inversión «nuevos proyectos territoriales para asegurar la accesibilidad universal a la vivienda a personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Next Generation UE. (Suplemento número 9 del BORM número 283 de 09/12/2022)

Actuaciones que se podrán subvencionar:
Son subvencionables actuaciones de accesibilidad universal que aseguren el acceso, uso y disfrute de la vivienda a todas las personas, especialmente a las personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia realizadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, tales como:
  • Instalación de nuevos ascensores, incluyendo las obras que se justifiquen como indispensables para ello, tales como la demolición y nueva ejecución del núcleo de escaleras. 
  • Instalación de otros dispositivos de mejora de la accesibilidad o la realización de otras obras con el mismo fin, tales como videoporteros, rampas, ampliación de cabinas de ascensor, incremento en el número de paradas o plataformas elevadoras, mejora de la iluminación, entre otras. 
  • Actuaciones destinadas a garantizar la accesibilidad desde la vía pública hasta cada una de las viviendas, tales como eliminación de escalones y escaleras entre la calle y el inmueble, sustitución de puertas de acceso a portales, entre otras.
  • Actuaciones de mejora de los sistemas de señalización y comunicación en el edificio, tales como señalización, instalación de pavimentos podo táctiles direccionales y de alerta, instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en zonas comunes, entre otras. 
  • Instalación de dispositivos en zonas comunes de los edificios que mejoren la accesibilidad de las mismas, tales como plataformas verticales de elevación, grúas para piscina, sistemas de detección y apertura automática, entre otras.
  • Cualquier intervención que mejore el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DBSUA, Seguridad de Utilización y Accesibilidad y en el Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio-DB SI.
  • Otras análogas a las anteriores.
Así mismo son subvencionables, las actuaciones de accesibilidad en el interior de las viviendas, referidas especialmente a poblaciones rurales en las que residan personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia, tales como: 
  • La instalación de ascensores, salva escaleras, rampas u otros dispositivos de mejora de la accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial o intelectual o del desarrollo, así como su adaptación, una vez instalados, a la normativa sectorial correspondiente. 
  • La instalación de elementos de información o de aviso tales como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el interior de las viviendas. 
  • La instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos. 
  • La instalación domótica y de otros avances tecnológicos para favorecer la autonomía personal de personas mayores, personas con discapacidad y/o en situación de dependencia.
  • Cualquier intervención que facilite la accesibilidad universal en los espacios del interior de las viviendas unifamiliares, agrupadas en fila o en edificios de tipología residencial colectiva objeto de este programa, así como en las vías de evacuación de los mismos. Se incluyen obras dirigidas a la ampliación de espacios de circulación dentro de la vivienda que cumplan con las condiciones del Código Técnico de la Edificación en lo referido a vivienda accesible, así como para mejorar las condiciones de accesibilidad en baños y cocinas.
  • Cualquier intervención que mejore el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación DBSUA, Seguridad de Utilización y Accesibilidad y en el Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio-DB SI. 
  • Cualesquiera otras análogas a las anteriores.
Personas beneficiarias:
Particulares y comunidades de propietarios, debiendo, en la vivienda o el edificio de tipología residencial colectivo donde se va a realizar la actuación, residir alguna persona que cumpla al menos uno de los siguientes requisitos: 

a) Tener cumplidos 65 años. 
b) Tener reconocida la discapacidad
c) Hallarse en situación de dependencia.

Plazo de presentación de solicitudes:
7 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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