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viernes, 31 de julio de 2020

Resolución de la Secretaría General de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre la Consejería de Fomento e Infraestructuras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Alcantarilla para la cesión de viviendas del programa de actuación y acompañamiento al reaolojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada en el municipio de Alcantarilla, en el marco de los Programas Operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo Social Europeo 2014-2020


Fuente: BORM nº 176 de 31 de julio de 2020

Objeto:
El presente Convenio tiene por objeto definir el marco general de colaboración entre la Consejería de Fomento e Infraestructuras y el Ayuntamiento de Alcantarilla, para regular la cesión de las viviendas que la primera pudiera adquirir en el municipio de Alcantarilla con cargo a los fondos FEDER, para facilitar el acceso a la vivienda a familias que viven en asentamientos chabolistas y/o en infraviviendas en el municipio de Alcantarilla, en situación de exclusión social y residencial cronificada, promoviendo su integración social, laboral, educativa y sanitaria.

El presente convenio se enmarca dentro de las líneas de actuación definidas en el “Programa  de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial” (en adelante Programa) aprobado el 23 de octubre de 2015 por la Comisión de seguimiento y coordinación prevista en el mismo y constituida formalmente en la fecha anterior.

Las viviendas adquiridas con la cofinanciación del FEDER estarán dedicadas al realojo de familias que viven en asentamientos chabolistas y/o en infraviviendas durante un plazo no inferior a 20 años. Este plazo podrá reducirse a 5 años, siempre y cuando la ayuda FEDER destinada originariamente para la compra sea reasignada a adquirir nuevas viviendas para el mismo fin.

Compromisos de la Consejería de Fomento e Infraestructuras:
La Consejería de Fomento e Infraestructuras se compromete a ceder al Ayuntamiento de Alcantarilla la propiedad de aquellas viviendas que adquiera en el municipio de Alcantarilla con cargo al Programa FEDER “Programa de actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial”, y a repararlas en su caso para su puesta en uso.
La Consejería de Fomento e Infraestructuras cede la propiedad de dichas viviendas al Ayuntamiento por razones de utilidad pública, siempre que mantenga la finalidad de realojo de familias en riesgo de exclusión social o residencial cronificada.

Compromisos del Ayuntamiento:
El Ayuntamiento de Alcantarilla se compromete a realojar a familias en riesgo de exclusión social o residencial cronificada en las casas cedidas. 

El Ayuntamiento de Alcantarilla aceptará la cesión gratuita de la propiedad de las viviendas, sin que pueda realizar sobre los inmuebles cedidos actos de disposición o gravamen. Asimismo, asumirá el mantenimiento y reparaciones de las viviendas y de sus instalaciones complementarias, exceptuando los daños que los habitantes de las viviendas puedan producir por el mal uso o falta de mantenimiento de las mismas.

El Ayuntamiento elaborará un censo de las familias que viven en asentamientos chabolistas o infraviviendas radicadas en el municipio de Alcantarilla, con indicación de la ubicación geográfica, condiciones físicas del asentamiento, relación de las familias, composición de las mismas y características socioeconómicas de la población, así como los informes técnicos
específicos que sean necesarios en el Programa.

Corresponden al Ayuntamiento las actuaciones de derribo de las unidades de chabola e infravivienda a erradicar para la adecuación del espacio por éstas ocupado.

El Ayuntamiento deberá formalizar con las familias realojadas en las viviendas cedidas los correspondientes contratos de cesión de las mismas, en función de las necesidades de cada familia beneficiaria.

El Ayuntamiento de Alcantarilla concederá, en virtud de lo establecido en la “Ordenanza reguladora de ayudas económicas municipales para la atención de emergencias sociales”, ayudas a los usuarios de las viviendas para solicitar el alta en los servicios de las redes de alcantarillado, agua potable y electricidad necesarios para el uso adecuado de las viviendas, siendo de cuenta de los usuarios el pago de los consumos de electricidad, agua y gas.

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