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miércoles, 22 de julio de 2020

Extracto de la Orden de 14 de julio de 2020 de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para financiar, durante el ejercicio 2020 y en el ámbito de la Región de Murcia, la adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos destinados a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida


Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para financiar la adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos destinados a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida.

Beneficiarios:
Podrán solicitar subvenciones en esta convocatoria las asociaciones de personas con discapacidad que cumplan los siguientes requisitos:
  1. Estar inscrita la Asociación en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.
  2. Tener su sede abierta o delegación permanente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  3. Tener reflejado en sus Estatutos como fines primordiales la inserción/integración laboral, formación y autonomía personal como objetivos.
  4. Tener inscritos en la Asociación usuarios con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33% que tengan reconocido el grado de movilidad reducida.
  5. Contar con preparadores laborales con contrato laboral o profesionales vinculados a programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal.
Bases reguladoras:
Orden de 9 de abril de 2018, (BORM núm.81, de 10 abril 2018) de la Consejería de Presidencia y Fomento, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para financiar la adquisición, arrendamiento o adaptación de vehículos destinados a personas con discapacidad física y/u orgánica igual o superior al 33%, que tenga reconocido el grado de movilidad reducida en el ámbito de la Región de Murcia.

Cuantía:
1.- El importe del gasto autorizado para la concesión de subvenciones de la presente convocatoria asciende a 20.000,00 €.
2.- Las subvenciones se otorgarán hasta agotar el gasto autorizado.
3.- El órgano competente procederá al prorrateo del importe global máximo de la subvención (20.000,00 €) hasta agotar el crédito presupuestario.
4.- La subvención será por un importe máximo de 5.000 € por Asociación.

Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria de la subvención en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Más información:
Descargar texto completo de la Orden de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf]  452 KB)

Anexo I (Documento Word [.docx]  44 KB)
Anexo II (Documento Word [.docx]  44 KB)
Anexo III (Documento Word [.docx]  44 KB)
Anexo IV (Documento Word [.docx]  44 KB)
Anexo V (Documento Word [.docx]  44 KB)
Anexo VI (Documento Word [.docx]  452 KB)


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