Buscar contenidos

miércoles, 28 de marzo de 2018

Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 28/03/2018

Fuente: Referencia del Consejo de Gobierno

Protección Social

Convenio con la Federación de Municipios para asesorar a personas en riesgo de desahucio

El Consejo de Gobierno ha dado luz verde a la celebración de un convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma, a través de la Consejería de Presidencia y Fomento, y la Federación de Municipios de la Región de Murcia para prestar ayuda, información y colaboración a personas que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad y estén en riesgo de sufrir un desahucio.
Con este convenio se renueva la colaboración que mantienen ambas instituciones para la puesta en funcionamiento del Servicio de Orientación y Mediación Hipotecaria y de la Vivienda, con la intención de seguir prestando el mejor servicio en esta materia a las personas que estén en una situación de grave carencia por el impago de créditos hipotecarios y evitar, en la medida de lo posible, procedimientos de desahucio.
Asimismo, a través de este servicio gratuito, dependiente del Ejecutivo regional, se ahondará en la prevención, diagnóstico y capacidad de encontrar alternativas en la resolución del conflicto hipotecaria y de la vivienda.
La Comunidad atenderá a todas las personas afectadas por un procedimiento de ejecución hipotecaria que soliciten asesoramiento e información y las remitirá a este servicio, que realizará las actuaciones oportunas encaminadas a la interlocución para evitar la pérdida de la vivienda.
Los Servicios Sociales de los municipios informarán a todas las personas sobre el Servicio de Orientación y Mediación Hipotecaria y de la Vivienda y, una vez comprobado que los solicitantes pueden acceder a la mediación con las entidades de crédito, remitirán toda la documentación al Servicio de Orientación. También informarán sobre las ayudas sociales que se prestan desde el IMAS para poder acceder a las prestaciones y las bolsas de viviendas de alquiler, tanto las que dispongan las entidades bancarias y las viviendas de promoción pública.
Desde su puesta en marcha en 2013, el Servicio ha atendido a un total de 1.155 personas para informar y realizar labores de mediación con entidades de crédito al objeto de evitar, en la medida de lo posible, procedimientos de desahucio del domicilio de las personas afectadas y sus familias. El 70 por ciento de las personas atendidas resolvió positivamente su situación.
En 2017, se asistió a 271 personas que se encontraban en riesgo de pérdida de su vivienda habitual y en casos de impago de alquiler de la vivienda habitual.

Apoyo al servicio de ayuda a domicilio en Blanca

El Consejo de Gobierno ha dado el visto bueno a la firma de un convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma, a través del Instituto Murciano de Acción Social, y el Ayuntamiento de Blanca, para la prestación del servicio de ayuda a domicilio para personas dependientes.
La vigencia del acuerdo, por importe de 191.268 euros, abarca desde el próximo 1 de mayo hasta el 31 de marzo de 2020.
La inversión se destinará a servicios de atención personal dirigidos a promover la autonomía y fomentar hábitos adecuados y habilidades básicas, así como para actuaciones en el domicilio de las personas en situación de dependencia. Pueden ser servicios relacionados con las necesidades domésticas o del hogar: limpieza, lavado, cocina u otros así como con la atención personal y la realización de actividades de la vida diaria.

El crecimiento inclusivo de las ciudades

Green, A., et al. How international cities lead inclusive growth agendas. York: Joseph Rowntree Foundation, 2017. 69 p. 

Es bien sabido que las ganancias del crecimiento económico de las ciudades no benefician a toda la población por igual. Para encontrar fórmulas que promueven el crecimiento inclusivo de las ciudades, la Fundación Joseph Rowntree ha decidido revisar la evidencia que existe a escala mundial en esta materia. En el informe que aquí se reseña, se realizan diez estudios de casos, siendo siete de ellos de ciudades europeas, dos de núcleos urbanos en los EE.UU. y uno de una localidad mexicana. A cada uno de estos casos, se le dedica un capítulo monográfico en un anexo al informe principal.

Basándose en los resultados de esta revisión de políticas, que combinan desarrollo económico e inclusión social, los autores formulan diez principios que se han de considerar en el trabajo para avanzar en el crecimiento inclusivo de las ciudades. Cabe señalar que el programa Barcelona Activa (http://www.barcelonactiva.cat) es la experiencia que ha sido seleccionada como buena práctica en España. Se trata de un programa que desde hace treinta años impulsa el crecimiento económico de la ciudad y que además pretende distribuir los beneficios de dicho desarrollo entre todos los sectores sociales. (Fuente del resumen: SiiS - Fundación Eguía-Careaga Fundazioa. Centro de Documentación y Estudios)

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 2.53 MB)

Descargar recomendaciones y buenas prácticas (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 146 KB)

martes, 27 de marzo de 2018

Informe sobre la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y niñas con discapacidad

Fundación CERMI Mujeres; European Disability Forum (EDF). Poner fin a las esterilización forzosa de las mujeres y niñas con discapacidad. Madrid: Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), 2018. 54 p.

El presente informe presenta las recomendaciones que formulan la Fundación CERMI Mujeres y el Foro Europeo de la Discapacidad (EDF, por sus siglas en inglés) para prevenir y poner fin a la esterilización forzosa de las mujeres y niñas con discapacidad. Se recogen las justificaciones que se esgriman para la esterilización forzosa, y se explican las consecuencias negativas de la esterilización forzosa en cuanto al disfrute de todas las mujeres y niñas con discapacidad de todos los derechos humanos. Se pone de manifiesto la vinculación estrecha entre esta práctica y la privación de la capacidad jurídica, y se describe la situación actual en Europa y más allá del continente. Por último, se ofrece una perspectiva general de las normas actuales de derechos humanos y la jurisprudencia vigentes en relación con esta cuestión. (Texto extraído del documento)

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 435 KB)

lunes, 26 de marzo de 2018

Aprobada la Ordenanza reguladora para la accesibilidad universal en el municipio de Cartagena


Fuente: BORM nº 70 de 26/03/2018

Objeto:
  • Establecer las normas que garanticen la accesibilidad no discriminatoria, independiente y segura en:
    • Edificios y espacios públicos urbanizados del municipio.
    • Modos de transporte.
    • Productos y servicios de información y comunicación.
    • Utilización de los bienes y servicios de competencia municipal.
  • Promover la adopción de las medidas de acción positiva necesarias para la efectiva aplicación de la Ordenanza, para lograr un municipio abierto a todos que permita a los ciudadanos mejorar su calidad de vida y disfrutar de un entorno accesible en el que se facilite la participación sin exclusión de las personas con discapacidad en la vida diaria, el ocio y la cultura.
Finalidad:
  • Hacer efectiva la igualdad de oportunidades y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad y de las personas con movilidad reducida, permanente o circunstancial.
Ámbito de aplicación:
  • La presente Ordenanza será de aplicación en el ámbito del término municipal de Cartagena.

XVIII Dictamen del Observatorio de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia

Observatorio Estatal para la Dependencia. XVIII Dictamen del Observatorio de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.  Madrid: Asociación Estatal de Directoras y Gerentes en Servicios Sociales, 2018. 53 p. 

Informe en el que se analiza el desarrollo de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia (en adelante LAPAD).

El desarrollo de LAPAD ha tenido diversos inconvenientes que  han afectado prácticamente a todas las coordenadas  iniciales: el calendario de desarrollo; el baremo de valoración; la financiación; los contenidos e intensidades de los servicios, las cuantías de las prestaciones económicas; la compatibilidad entre prestaciones y servicios o la consideración de las cuidadoras familiares y de sus cotizaciones en un régimen especial de la Seguridad Social, son algunas de las variables que han sido alteradas cuando no suprimidas.

Según el informe las administraciones han fracasado en asegurar el equilibrio interterritorial (acceso muy desigual al SAAD por Comunidad Autónoma, listas de espera y esfuerzo financiero público también desigual ). Además otros factores han contribuido a este desequilibrio interterritorial (un punto de partida desigual, la inestabilidad en los órganos de gestión del sistema en los niveles Central y Autonómico, la impericia en algunos de estos gestores e infrafinanciación general del sistema). 

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 3.40 MB)

Evolución de los datos básicos de gestión de la atención a la dependencia y costes de financiación del sistema por comunidades autónomas. XVIII Dictamen del Observatorio. 149 p.

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 6.44 MB)

Aprobación definitiva de la ordenanza del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida y de adjudicación de viviendas sociales en régimen de arrendamiento, del Ayuntamiento de Cartagena


Fuente: BORM nº 70 de 26/03/2018

Objeto:
  • Es objeto del Registro de Demandantes de Vivienda, dar respuesta a la necesidad de vivienda digna de aquellas unidades familiares en situación de especial necesidad, regulando el acceso a una lista de demandantes de vivienda así como el proceso de adjudicación entre aquellas familias solicitantes que figuren como demandantes y cumplan los requisitos.
  • La vivienda municipal se contempla como un recurso coyuntural que ayude a familias en situación de crisis que precisan apoyo en su proceso de recuperación. Se trata pues de familias que luchan por superar la situación.
Organización y funcionamiento:

  • Corresponderá al Ayuntamiento la organización y funcionamiento del Registro de Demandantes de Vivienda, siendo su inscripción gratuita.
  • Será dependiente del Servicio de Vivienda e Intermediación de la Concejalía de Servicios Sociales. 

Convocatoria de subvenciones de ayuda para necesidades básicas de emergencia social del Ayuntamiento de Mazarrón



Ordenanza reguladora:
Objeto y definición:
  • El objeto de las siguientes bases es la definición y regulación de las diferentes subvenciones económicas individuales de carácter no periódico dirigido a personas individuales, núcleos familiares o unidades de convivencia, con el fin de remediar una situación gravemente deteriorada, de urgente necesidad o con graves problemas específicos que afectan a su autonomía personal, social, económica y que no puedan resolverse por medios propios.
  • Las subvenciones tienen un carácter finalista y serán incompatibles con cualquier otra prestación pública que esté percibiendo el beneficiario u otro miembro de la unidad familiar para la misma finalidad.
Destinatarios:
  • Podrán beneficiarse de éstas subvenciones las personas o familias residentes en el municipio de Mazarrón.
  • Podrán ser perceptores de estas subvenciones los propios solicitantes y beneficiarios, las entidades o personas designadas para su percepción, así como los proveedores de los bienes o servicios para lo que se conceda la subvención, debiendo en tales casos, ser autorizadas el pago por el beneficiario.
Solicitudes:
  •  Las solicitudes firmadas por el solicitante y/o representante legal se tramitarán en los servicios sociales municipales.
Más información:
Descargar aprobación de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf]  KB)


Acuerdos del Consejo de Ministros de 23/03/2018



Fuente: Referencia del Consejo de Ministros

Empleo y Seguridad Social
Establecido el día 23 de marzo como Día Nacional de la Conciliación y la Corresponsabilidad

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se establece el día 23 de marzo como Día Nacional de la Conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la corresponsabilidad en la asunción de responsabilidades familiares.
Este acuerdo da cumplimiento a una propuesta del Congreso de los Diputados dirigida al Gobierno a través de una Proposición no de Ley adoptada en la Comisión de Igualdad el 29 de octubre de 2016.
Además de fijar el día 23 de marzo como Día Nacional de la Conciliación y la Corresponsabilidad, el acuerdo determina también que el Gobierno promoverá, en las instancias apropiadas del ámbito público y privado, las diversas actividades que hayan de dar contenido a la celebración de este día.
La medida va encaminada a que por parte de toda la sociedad se tome conciencia de la importancia que tiene la conciliación y la corresponsabilidad para la calidad de vida de todas las personas. "Es necesario, relata el texto, implicar en esta tarea a toda la sociedad, familias, personas trabajadoras, Administraciones Públicas, empresas y agentes sociales" para continuar avanzando en la protección y promoción de este derecho a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
En los últimos años en Europa, y también en España, ha crecido la preocupación por hacer compatible la vida personal y profesional; acceder al mercado de trabajo y permanecer en él con independencia de las circunstancias personales y en un entorno laboral adecuado.

Modelo de sociedad de roles compartidos

El texto del acuerdo recoge en su preámbulo que "seguir avanzando en un modelo de sociedad de roles compartidos que favorezca la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y la corresponsabilidad en la asunción de responsabilidades familiares es un objetivo compartido. Que los hijos puedan ser cuidados y atendidos por sus padres y madres, que pueda disfrutar de su tiempo libre, y que todo esto sea compatible con el desarrollo y una carrera profesional plena". Al mismo tiempo, recoge que es "prioritario favorecer el reparto equilibrado de responsabilidades".
También se señala que la conciliación, como un derecho de todas las personas y la corresponsabilidad, garantizan que se sigan reduciendo desigualdades entre mujeres y hombres en todos los ámbitos de la vida política, económica, social y cultural. Como medidas que favorecerán la cultura de la conciliación de la corresponsabilidad la aplicación de horarios racionales, seguir favoreciendo mecanismos de flexibilización, potenciar la Responsabilidad Social Corporativa, ampliar los permisos laborales para el cuidado de hijos, crear un banco de horas y ampliar los permisos de paternidad y maternidad.
Fomento

Cuantía máximas de las ayudas financieras estatales para la instrumentación de las subvenciones del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se establecen las cuantías máximas de las ayudas financieras estatales para la instrumentación de las subvenciones del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
El pasado 16 de marzo el Consejo de Ministros autorizó a adquirir compromisos de gasto con cargo a los ejercicios 2019, 2020 y 2021 para atender las subvenciones del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Paralelamente y para hacer frente a los compromisos de gasto del ejercicio 2018, el Ministerio de Fomento está tramitando una modificación presupuestaria que va destinada a incrementar la partida destinada a subvenciones hasta los 350.000.000 euros.
El artículo 6.1 del Real Decreto 106/2018, por el que se aprueba el Plan Estatal de Vivienda, establece que el Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministerio de Fomento, autorizará las cuantías máximas del gasto estatal que pueden llegar a alcanzar las subvenciones del Plan, en conjunto y por anualidades, constituyendo en todo caso el límite máximo de compromisos a adquirir.
En consecuencia, se ha aprobado en Consejo de Ministros un Acuerdo por el que se establecen las cuantías máximas de las ayudas financieras estatales para la instrumentación del Plan de Vivienda 2018-2021, conforme sigue:
Subvenciones Planes Estatales de Vivienda

    AÑO     CUANTÍA MÁXIMA (euros)    
    2018           350.000.000
    2019           357.000.000
    2020           364.000.000
    2021           372.000.000
La competencia para la gestión en materia de vivienda es exclusiva de las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla, estando ello recogido en los correspondientes Estatutos de Autonomía, y actuando el Estado en función de lo dispuesto en el artículo 149.1.13 de la Constitución Española.
La implantación del Plan necesitará, además de la aprobación de este acuerdo de cuantías máximas, de la firma de los correspondientes convenios de colaboración para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 entre el Ministerio de Fomento y cada una de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla (excepto País Vasco y Navarra), suscripciones que requerirán a su vez de aprobaciones/autorizaciones previas del Consejo de Ministros.

viernes, 23 de marzo de 2018

Recursos para prevenir el odio

¿Es odio? Manual práctico para reconocer y actuar frente a discursos y delitos de odio. Barcelona: SOS Racisme e Institut de Drets Humans, 2017. 43 p.

Este manual ha sido elaborado en el marco del proyecto Això és odi, realizado conjuntamente por SOS Racisme Catalunya y el Institut de Drets Humans de Catalunya, con la financiación del Ayuntamiento de Barcelona. El proyecto ha tenido como objetivos
incrementar el conocimiento de la sociedad civil sobre los delitos y discursos de odio, impulsar el activismo contra el odio y la discriminación (especialmente en línea) y favorecer el intercambio de ideas, experiencias y buenas prácticas enfocadas ala construcción de narrativas alternativas. (Texto extraído de la publicación)

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 9.16 MB)

jueves, 22 de marzo de 2018

Guía de ayudas sociales y servicios para las familias

Guía de ayudas sociales y servicios para las familias 2018. Actualizada a 15 de marzo de 2018. Madrid: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, 2018. 121 p.

Nueva edición, actualizada para el año 2018, de la "Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias", cuyo objetivo es facilitar información a las personas que tienen responsabilidades familiares sobre las prestaciones, beneficios y servicios que tienen a su disposición en el ámbito de la Administración General del Estado. 

El documento contiene información sobre las ayudas establecidas en los ámbitos de seguridad social, empleo, fiscalidad, servicios sociales, educación, entre otros, incluyendo las previsiones del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021; y se facilitan las direcciones y enlaces de los organismos autonómicos competentes en estas materias y de entidades sociales que trabajan en el ámbito de familias, de modo que los ciudadanos y ciudadanas puedan ampliar la información sobre las ayudas existentes en su Ciudad o Comunidad Autónoma. También contiene un capítulo dedicado a las actividades culturales, deportivas y de turismo para familias con niños/as promovidas por organismos y centros dependientes
de la Administración General del Estado. 

Asimismo, se ha mantenido y actualizado el capítulo referente a parentalidad positiva (apoyo a padres, madres y personas con responsabilidades parentales), con la intención de proporcionarles herramientas para promover relaciones positivas en la familia; y el capítulo sobre el uso seguro de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, que ofrece recursos gratuitos encaminados a un uso seguro, responsable, legal y crítico de internet y de las redes sociales, en el que se ha añadido información sobre nuevos materiales y recursos en estas materias. 

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 1.11 MB)

Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 21/03/2018

Fuente: Referencia del Consejo de Gobierno

Municipios

Refuerzo del servicio de ayuda a domicilio en Alhama de Murcia
El Consejo de Gobierno ha aprobado el refuerzo del servicio de ayuda a domicilio para personas dependientes en el municipio de Alhama de Murcia, que permitirá ampliarlo en 7.400 horas, con una inversión adicional de 65.527 euros.
El acuerdo anterior contemplaba 18.496 horas de atención personal y 18.496 horas de atención doméstica, que se incrementarán en 3.700 horas en ambos casos, para garantizar la asistencia especializada que necesitan las personas dependientes dentro de su entorno habitual.
La vigencia de este nuevo acuerdo es por un año, desde el próximo 1 de abril hasta el 31 de marzo de 2019. La financiación total, una vez aumentadas las horas del servicio, asciende a 283.909 euros.
El objetivo es incrementar el grado de protección social de los mayores del municipio y atender las necesidades de su vida diaria. La inversión se destinará a servicios de atención personal dirigidos a promover la autonomía y fomentar hábitos adecuados y habilidades básicas, así como para actuaciones en el domicilio de las personas en situación de dependencia.

martes, 20 de marzo de 2018

Nº 18. Planeta Fácil. Plena inclusión denuncia la esterilización forzada a mujeres con discapacidad

Planeta Fácil: noticias fáciles de entender sobre el mundo y la discapacidad. Madrid: Plena Inclusión.



Nº 18. 19 de marzo de 2018. Planeta Fácil: boletín en Lectura Fácil. 12 p.


Hoy hablamos de:

  • Plena inclusión denuncia la esterilización forzada a mujeres con discapacidad
  • Miles de personas salen a la calle para pedir pensiones dignas
  • Catalizador para la educación inclusiva
  • Barco de Vapor publica 4 libros en lectura fácil
  • Opiniones sobre Planeta Fácil desde ASAS en Sevilla
  • Andalucía acoge el 11 Congreso Nacional de Miastenia

Descargar boletín (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 619 KB)

Decreto n.º 21/2018, de 14 de marzo, por el que se autoriza la implantación en la Universidad de Murcia de nuevos Programas Oficiales de Doctorado para el curso 2017-2018 y se autoriza la extinción de otros títulos universitarios oficiales a la misma Universidad



Se autoriza la implantación en la Universidad de Murcia, a partir del curso 2017-2018, de los siguientes programas oficiales de Doctorado:
  • Programa Oficial de Doctorado en Envejecimiento y Fragilidad.
  • Programa Oficial de Doctorado en Trabajo Social (Interuniversitario con la Universidad Pública de Navarra y con la Universidad “Rovira y Virgili” de Tarragona).
Extinciones:

  • Máster Universitario oficial en Ciencias de la Empresa.
  • Máster Universitario oficial en Ciencias Odontológicas y Estomatológicas.
Entrada en vigor:
  • El presente Decreto producirá efectos desde la fecha de su aprobación (14/03/2018).


viernes, 16 de marzo de 2018

Análisis y reflexión sobre el concepto/práctica del acompañamiento social


Acompañamiento social: construyendo relaciones que transforman: revisando el concepto de acompañamiento desde una mirada común de sector. Bizkaia: Equipo del Observatorio del Tercer Sector, 2018. 100 p.

En este documento se pretende recoger los contenidos que se abordaron en los diferentes espacios de trabajo y encuentro que se han desarrollado para profundizar en el concepto/práctica del acompañamiento desde una mirada común del sector. 

El acompañamiento es una rasgo común en proyectos, iniciativas y aportes que realizan profesionales del sector. Este es uno de los componentes que describen, ejemplifican y articulan de manera fiel la propuesta transformadora de las diversas entidades y proyectos.

Tras un análisis de la realidad, se ha reflexionado sobre qué es lo que puede y debe aportar la manera de acompañar para responder a los desafíos que plantea el contexto social actual en relación al encuentro con los otros y las otras. Se ha tratado de incorporar a personas de diversos ámbitos del sector, de diversas procedencias y con diversos roles para enriquecer lo más posible la reflexión.

La publicación contiene información sobre el concepto de acompañamiento social, cómo se hace acompañamiento social, evolución y tendencias del acompañamiento, dificultades y necesidades para desarrollar la labor de acompañamiento así como retos y propuestas de mejora.

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 5.32 MB)

jueves, 15 de marzo de 2018

Evaluación de la Calidad de Vida de Personas con Daño Cerebral


Verdugo, M.A, Gómez, L.E., Fernández, M., Aguayo, V. y Arias B. Escala CAVIDACE: Evaluación de la Calidad de Vida de Personas con Daño Cerebral. Salamanca: Instituto Universitario de Integración en la Comunidad (INICO), 2018. 82 p. Colección Herramientas 13/2018

La Escala CAVIDACE es un instrumento específico para evaluar la calidad de vida de personas adultas con daño cerebral adquirido, desde la perspectiva de un observador externo que la conoce bien. El instrumento, enmarcado en el modelo de calidad de vida propuesto por Schalock y Verdugo (2002, 2012a), cuenta con suficientes evidencias de validez y fiabilidad, lo que lo convierte en un buen recurso de evaluación e intervención para el desarrollo de prácticas basadas en la evidencia.

La escala se compone de 64 ítems, organizados en torno a las ocho dimensiones del modelo de calidad de vida (Schalock y Verdugo, 2002, 2012a): Bienestar emocional (BE), Relaciones interpersonales (RI), Bienestar material (BM), Desarrollo personal (DP), Bienestar físico (BF), Autodeterminación (AU), Inclusión social (IS) y Derechos (DE). Los ítems están formulados en tercera persona y el formato de respuesta es una escala de frecuencia de cuatro opciones: nunca, algunas veces, frecuentemente y siempre. 

Los ítems recogen aspectos observables sobre la calidad de vida de la persona evaluada, por lo que deben ser respondidos por un observador externo que conozca bien a la persona (desde al menos 3 meses) y que tenga oportunidades de observarla durante periodos prolongados de tiempo en diversos contextos. En el caso de no conocer alguno de los aspectos descritos en los ítems, el informador puede consultar a los informadores que considere necesarios para obtener dicha información, pero nunca a la propia persona con daño cerebral adquirido cuya calidad de vida está evaluando. Es importante
no dejar ningún ítem sin responder.

Además, es recomendable que los informantes estén familiarizados tanto con el marco conceptual de calidad de vida, como con la importancia de su aplicación. En este sentido, debe tenerse presente que no existen respuestas correctas ni incorrectas, pues el instrumento está diseñado para recoger información que pueda servir como guía a los profesionales y servicios que proporcionan apoyos para el desarrollo de planificaciones individualizadas y centradas en la mejora de la calidad de vida de la persona. 

Esta escala es pionera en el ámbito internacional por su enfoque de evaluación global de la calidad de vida de la persona desde un enfoque psicosocial. (Texto extraído del documento)

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 7.98 MB) 
Descargar Escala CAVIDACE (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 493 kB) 

Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 14/03/2018


Fuente: Referencia del Consejo de Gobierno

Atención Social

Refuerzo del servicio de ayuda a domicilio en Totana

El Consejo de Gobierno ha aprobado el refuerzo del servicio de ayuda a domicilio para personas dependientes en el municipio de Totana, que permitirá ampliarlo en 11.100 horas, con una inversión adicional de 98.290 euros.
El acuerdo anterior contemplaba 18.496 horas de atención personal y 18.436 horas de atención doméstica, que se incrementarán en 5.550 horas en ambos casos para garantizar la asistencia especializada que necesitan las personas dependientes dentro de su entorno habitual.
La vigencia de este nuevo acuerdo abarca desde el próximo 1 de abril hasta el 30 de noviembre de 2019. La financiación total, una vez aumentadas las horas del servicio, asciende a 425.854 euros.
El objetivo es incrementar el grado de protección social a los mayores del municipio y atender sus necesidades conforme al crecimiento demográfico.

Formación superior

Autorizados dos nuevos programas de doctorado en la Universidad de Murcia

El Consejo de Gobierno ha acordado autorizar la implantación para este curso 2017-2018 en la Universidad de Murcia (UMU) de dos nuevos programas oficiales de doctorado, así como la extinción de las enseñanzas conducentes a la obtención de dos títulos universitarios oficiales de máster.
Los nuevos ámbitos de estos programas de doctorado autorizados son el de Envejecimiento y Fragilidad, y el de Trabajo Social, de carácter interuniversitario, con la Universidad Pública de Navarra y la Universidad Rovira y Virgili de Tarragona.
En el programa de doctorado en Envejecimiento y Fragilidad se incluyen 49 investigadores agrupados en cinco líneas de trabajo y se accede al mismo desde el Máster Universitario en Envejecimiento, implantado en la UMU en 2011 y cuya acreditación fue renovada en 2016.
Por su parte, el doctorado en Ciencias del Trabajo culmina el itinerario formativo en este ámbito, después de la extinción de todos los títulos implantados pre-Bolonia: Diplomatura en Relaciones Laborales, Licenciatura en Ciencias del Trabajo y Doctorado en Ciencias del Trabajo, que han sido sustituidos por el título de Grado de Relaciones Laborales y Recursos Humanos desde el curso 2009-2010, culminando su implantación en la UMU en el curso 2012-2013.
Por otra parte, se ha autorizado la extinción del Máster universitario oficial en Ciencias de la Empresa y el Máster universitario oficial en Ciencias Odontológicas y Estomatológicas.
Ambos estaban teniendo muy poca demanda, por lo que la UMU adapta su oferta de títulos a la demanda real y organiza la misma con criterios de eficiencia y de servicio público. No obstante, garantiza los exámenes pertinentes para aquellos alumnos de estas enseñanzas a los que les quedase alguna asignatura pendiente.


miércoles, 14 de marzo de 2018

Evolución de las brechas salariales de género en España

Anghel, B., Conde-Ruiz, J.I. y Maña de Artiñano, I. Brechas salariales de género en EspañaMadrid: Fundación de Estudios de Economía Aplicada, 2018. 30 p. Serie: Estudios sobre la Economía Española, nº 2018/06

El objetivo de este artículo es analizar la evolución de las brechas salariales de género usando los datos de Encuesta de Estructura Salarial (EES) española y europea. En la primera parte, comparamos las brechas salariales de género por hora, sin ajustar, en España y en distintos países europeos. En la segunda parte, nos centraremos en el caso de España y estimamos, para los años 2002, 2006, 2010 y 2014, las brechas salariales ajustadas. Es decir, controlando no solo por variables socioeconómicas (sexo, edad, nivel educativo y experiencia), sino también por variables características del empleo y de la empresa (tamaño de la empresa, tipo de contrato, tipo de jornada, ocupación y sector de actividad). Además, calculamos las brechas salariales a lo largo de la distribución salarial, tanto las brechas no ajustadas, como las ajustadas. Las brechas ajustadas se estiman utilizando regresiones cuantílicas. (Texto extraído del documento)

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 1.75 MB) 

martes, 13 de marzo de 2018

Informe sobre género y pobreza en Europa

Informe Género y Pobreza en Europa. Madrid: EAPN España, 2018. 39 p. (Título original: Gender and poverty in Europe)

Informe sobre desigualdad de género y pobreza a nivel europeo. El estudio mide a la vez el nivel de realización y la brecha de género en un determinado ámbito, por ejemplo el ámbito laboral, el nivel de empleo y la brecha de género en el empleo utilizando el Índice de Igualdad de Género que la UE utiliza para monitorizar las desigualdades de género. 

En el documento se exponen las causas del riesgo elevado de pobreza entre las mujeres, evidencias empíricas de la discriminación, acciones de la UE para abordar la pobreza desde una perspectiva de género y propuestas para los gobiernos estatales, regionales y locales y también para las instituciones y empresas dirigidas a combatir esta desigualdad a nivel laboral, salarial y de corresponsabilidad en los cuidados, así como a nivel de educación y de abogacía política. Al final se da información sobre la situación de España.

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 2.37 MB) 

lunes, 12 de marzo de 2018

Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021

Fuente: BOE nº 61 de 10 de marzo de 2018

Objeto y régimen jurídico:
1. Este real decreto tiene por objeto regular el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

2. Las aportaciones previstas en el presente Plan Estatal se destinan al mantenimiento de las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos concedidas al amparo de planes estatales anteriores y a la concesión de nuevas subvenciones para la rehabilitación de edificios y viviendas y la regeneración y renovación de áreas urbanas y rurales, incluidos los supuestos de infravivienda y chabolismo; para facilitar el acceso a la vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con dificultades económicas; para ayudar a quienes sean objeto de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual; así como para el fomento de la promoción y/o rehabilitación de edificios de viviendas destinadas al alquiler o a personas mayores o con discapacidad. Las citadas aportaciones se destinan también a la concesión de nuevas subvenciones para ayudar a los jóvenes, con escasos recursos económicos, en su acceso a la vivienda, ya sea en alquiler o mediante adquisición.

Programas del Plan:
Los programas de ayudas contenidos en este Plan son:

  • Programa de subsidiación de préstamos convenidos: Este programa tiene por objeto atender el pago de las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos, regulados en anteriores planes estatales de vivienda, a aquellos beneficiarios que tengan derecho a la misma de acuerdo con la normativa de aplicación.
  • Programa de ayuda al alquiler de vivienda: Este programa tiene por objeto facilitar el disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a los inquilinos.
  • Programa de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual: El objeto de este programa es poder ofrecer una vivienda a las personas en situación de especial vulnerabilidad afectadas por procesos de desahucio de su vivienda habitual, al ser objeto de lanzamiento derivado de ejecución hipotecaria o de demanda de desahucio por impago de la renta del alquiler y no disponga de medios económicos para acceder al disfrute de una nueva vivienda. Es objeto también de este programa poder ofrecer una vivienda a quienes mediante lanzamiento derivado de una ejecución no hipotecaria no puedan o no vayan a poder disponer de la que ha sido su vivienda habitual y no dispongan de medios económicos para acceder al disfrute de una nueva vivienda.
  • Programa de fomento del parque de vivienda en alquiler: el objeto de este programa es el fomento del parque de vivienda en alquiler o cedida en uso, ya sea de titularidad pública o privada.
  • Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas: Este programa tiene por objeto, tanto en ámbito urbano como rural, la financiación de obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad, con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares.
  • Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas: Este programa tiene por objeto la financiación de la ejecución de obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en:
 1. Viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila ya sean urbanas o rurales.
 2. Edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, interviniendo tanto en sus elementos comunes como en el interior de cada vivienda.
 3. Viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva.
  • Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural: El programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural tiene como objeto la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, de urbanización o reurbanización de espacios públicos y, en su caso, de edificación de edificios o viviendas en sustitución de edificios o viviendas demolidos, dentro de ámbitos de actuación denominados área de regeneración y renovación urbana o rural previamente delimitados. Se incluyen los supuestos de infravivienda y chabolismo, si bien en este caso la edificación de edificios y viviendas se hará en función de las unidades de convivencia residentes y sus características, y no en sustitución de otros u otras demolidas, con el fin último de posibilitar su inclusión social a través del disfrute de una vivienda digna en un contexto integrador.
  • Programa de ayuda a los jóvenes: Este programa tiene por objeto facilitar el acceso al disfrute de una vivienda digna y adecuada en régimen de alquiler a los jóvenes con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas al inquilino, o facilitar a los jóvenes el acceso a una vivienda en régimen de propiedad localizada en un municipio de pequeño tamaño, mediante la concesión de una subvención directa para su adquisición.
  • Programa de fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad: El objeto de este programa es el fomento de la construcción de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad junto con las instalaciones y servicios comunes necesarios para ser explotadas en régimen de alquiler o cesión en uso.
Gestión de las ayudas del Plan. Convenios de colaboración del Ministerio de Fomento con las Comunidades Autónomas y con las Ciudades de Ceuta y Melilla:
1. El Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla suscribirán convenios de colaboración para la ejecución del Plan.

2. Corresponde a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas del Plan, así como la gestión del abono de las subvenciones una vez se haya reconocido por dichas Administraciones el derecho de los beneficiarios a obtenerlas dentro de las condiciones y límites establecidos en este real decreto para cada programa, y según lo acordado en los correspondientes convenios de colaboración.

Beneficiarios:
1. En cada uno de los capítulos correspondientes de este real decreto se establecen las actuaciones encuadrables en cada programa y los potenciales beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de los requisitos adicionales que puedan establecer las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla para dichos beneficiarios.

Entrada en vigor:
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Curso: Los servicios sociales en el sistema de protección internacional








Fecha: del 8 al 24 de mayo dos sesiones a la semana por la mañana (08, 10, 14, 17, 22, y 24 de mayo).
Hora: 09:30 a 13:30 horas todas las sesiones salvo la última, que se corresponde con el día 24, que será de 09:30 a 14:30 horas  
Modalidad: Presencial
Nº horas: 25

Fecha de solicitud: hasta el 23 de marzo 
Solicitud: enviar formulario de solicitud al correo electrónico antonio.garcia-nieto@carm.es

Personal destinatario Grupos A1 (A), A2 (B): Personal Docente, Personal Estatutario, Personal de Administración Local, Policías Locales, Personal de Administración del Estado 
Personal de las administraciones públicas de la Región de Murcia, propuesto por el Servicio de Voluntariado Social, Emigración y Retorno, que pertenezca a los Cuerpos Facultativo y Superior de Administradores; así como a los Cuerpos Técnico y de Gestión y cuyas funciones estén relacionadas con la atención o la tramitación de documentación de las personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional.

Criterios de selección/priorización (para el personal destinatario)Personal que realice tareas relacionadas con personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional y sea designado por la Unidad administrativa proponente de la acción formativa.

Objetivos:

  1. Adquirir conocimientos sobre el contexto histórico y actual de la Protección Internacional y los aspectos jurídicos.
  2. Conocer el Programa de Protección Internacional de España, las actuaciones de acogida e integración de refugiados y el papel de las entidades gestoras y de las administraciones públicas (acogida, alojamiento, ayudas, documentación, mediación, interpretación, acceso al sistema educativo y al sistema sanitario, atención jurídica...).
  3. Profundizar en aspectos relacionados con la problemática específica de las personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional (atención psicosocial, aprendizaje del idioma, inserción laboral, situaciones de especial vulnerabilidad...).

Contenido:

    I. Historia y contexto de la protección internacional.

    II. Marco Jurídico.

    III. Sistema nacional de protección. Programa del MEYSS.

    IV. Mapa de acogida estatal y regional. Sensibilización.

    V. Primera acogida. Servicios del Programa.

    VI. Acogida temporal.

    VII. Servicio jurídico.

    VIII. Servicio de atención psicológica.

    IX. Servicios de aprendizaje del idioma interpretación y acompañamiento.

    X. Servicio de inserción laboral, ayudas económicas y segunda fase.

    XI. Situaciones de especial vulnerabilidad (menores no acompañados, trata, discapacidad, violencia de género).

    XII. Marco de coordinación interinstitucional.

Metodología y evaluación: el cursos se va a impartir por las Entidades Gestoras del Sistema Nacional de Acogida en la Región de Murcia (Accem, Cepaim, Cruz Roja y Murcia Acoge)  la última sesión será personal directivo del SEF, SMS, DG de Centros Educativos y Oficina de Extranjería.

El profesorado que trabaja directamente con las personas beneficiarias o solicitantes de protección internacional, facilitará el acceso a los contenidos de manera que puedan ser aplicados en supuestos prácticos que se vayan desarrollando a lo largo de su impartición. Se incorporarán técnicas de participación activa presentando al alumnado casos reales y debatiendo sobre ellos. La evaluación consistirá en la realización de un cuestionario de evaluación.

Coordinación:

  • D. Antonio García-Nieto Gómez-Guillamón. Dirección General de Familia y Políticas Sociales. Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades
  • Dña. Concepción González Jiménez. Jefa de Negociado. Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública

Más información: 

Acuerdos del Consejo de Ministros 09/03/2018


Fuente: Referencia del Consejo de Ministros

Fomento

REGULADO EL PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2018-2021

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, cuyas ayudas se podrán conceder con efectos desde el 1 de enero de 2018, garantizando la solución de continuidad entre planes.

El Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 ha sido elaborado con la participación de las Comunidades Autónomas, Ceuta y Melilla, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y las asociaciones, agentes y profesionales del sector. Se trata, por tanto, de un Plan con un elevado nivel de consenso.

Este Plan, como los anteriores, será gestionado por las Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. A tal efecto se firmarán convenios de colaboración con cada administración autonómica para su ejecución.

El nuevo Plan de Vivienda recoge ayudas al alquiler, a las personas en situación de desahucio de su vivienda habitual, a la promoción de viviendas para alquiler, a la rehabilitación y regeneración urbana y rural, a los jóvenes para adquisición de vivienda en municipios de menos de 5.000 habitantes y a la promoción de viviendas para personas mayores o personas con discapacidad.

El Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbana 2013-2016 fue prorrogado por el Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre, durante el ejercicio 2017.

(PLAN VIVIENDA 2018-2021)

viernes, 9 de marzo de 2018

Resolución de 28 de febrero de 2018 de la Secretaria General por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y la Federación Plena InclusiónRegión de Murcia, para la mejora de la respuesta educativa al alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros educativos públicos y privados concertados de la Región de Murcia.


Fuente: BORM nº 57 de 09 de marzo de 2018

Objeto:
Establecer los principios de la colaboración entre las partes firmantes para la realización de programas, proyectos educativos o actividades para mejorar la respuesta a las necesidades educativas del alumnado con necesidades educativas especiales.

Dichos programas, proyectos educativos o actividades podrán desarrollarse con los centros educativos públicos y privados concertados de la Región de Murcia que conjuntamente acuerden entre la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y Plena Inclusión Región de Murcia.

Destinatarios y ámbito:
Los alumnos que presentan necesidades educativas especiales y sus familias así como el personal de los centros educativos, previa autorización de sus directores y de las familias interesadas.

Las actuaciones contempladas en los programas, proyectos educativos o actividades podrán llevarse a cabo en el propio centro educativo y en el horario escolar establecido, así como en otros horarios y entornos, y sin menoscabo de las funciones que les corresponden a los profesionales de los centros educativos.

Desarrollo del convenio:
En desarrollo del presente convenio se adoptarán los acuerdos específicos necesarios para cada programa, proyecto o actividad, precisándose su contenido conforme a lo que establezca la Comisión de planificación, desarrollo y evaluación.

Comisión para la planificación, desarrollo y evaluación del convenio:
Para la planificación, desarrollo y evaluación del convenio se constituirá una Comisión paritaria. 

Esta comisión desempeñará las siguientes funciones:


  • a) Acordar el contenido de cada uno de los programas, proyectos educativos o actividades que se pretendan desarrollar durante el curso escolar, a propuesta de Plena Inclusión.
  • b) Realizar la supervisión y el seguimiento de cada uno de los programas, proyectos educativos o actividades acordados.
  • c) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del presente Convenio que puedan surgir respecto al contenido del mismo y velar por la coordinación, desarrollo, seguimiento y ejecución de los programas, proyectos educativos y actividades que en él se prevén.

Obligaciones:
Son obligaciones de Plena Inclusión Región de Murcia las siguientes:

  1. Realizar las actuaciones de apoyo educativo especializado acordadas en los correspondientes programas, proyectos educativos y actividades planificados
  2. Realizar una memoria descriptiva del desarrollo de las actuaciones, al finalizar cada curso escolar, que contemplará, al menos, los siguientes apartados: evaluación de los objetivos propuestos, evaluación de las actividades desarrolladas, coordinación con los profesionales de los centros educativos y propuestas de mejora, incidencia en la integración escolar y social, alumnado, recursos utilizados, etc. La memoria será enviada antes del 30 de septiembre de cada año, al Servicio de Atención a la Diversidad de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes.
  3. Asegurar la coordinación de los profesionales de Plena Inclusión Región de Murcia con los profesionales de los centros educativos en los que se desarrollarán los programas, proyectos educativos y actividades, sin perjuicio de las funciones que les corresponden a los profesionales de los centros educativos y de los servicios de orientación.
  4. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por los técnicos de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, con obligación de facilitar cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las mismas.
  5. Comunicar a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, la modificación, tanto objetiva como subjetiva, que afecte a alguno de los requisitos exigidos para la colaboración.
  6. No contratar a personal que, pudiendo estar en contacto habitual con menores, haya sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.

Son obligaciones de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes las siguientes:

  1. Coordinar el desarrollo de los programas, proyectos educativos y actividades acordados para dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado con necesidades educativas especiales, pudiendo contar para ello con los profesionales de los servicios de orientación.
  2. Coordinar la actuación de los profesionales de Plena Inclusión Región de Murcia en los centros públicos y privados concertados acordados.
  3. Realizar las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación precisas para el adecuado desarrollo de los programas, proyectos educativos y actividades acordados.

Vigencia:
El presente Convenio surtirá efectos desde el día de su firma y extenderá su vigencia durante cuatro años, pudiendo ser prorrogado por un plazo de cuatro años adicionales, previo acuerdo expreso entre las partes.