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viernes, 26 de enero de 2018

Vídeos del XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano de Trabajo Social (Mérida. Octubre. 2017)


En el canal de Youtube del Consejo General de Trabajo Social se encuentran disponibles los vídeos del XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano de Trabajo Social con ponencias, mesas de debate, presentaciones, actos, conclusiones, entre otros.

XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano de Trabajo Social
Construyendo Comunidades Sostenibles: dilemas y retos
Lugar: Mérida (Badajoz)
Fecha: 19, 20 y 21 de octubre de 2017
Más información sobre el congreso en http://congresotrabajosocial.es/

Visualizar todos los vídeos
  1. 40 Aniversario Jornadas de Pamplona. Tiempo: 41:19
  2. Mesa de debate "Construyendo el nuevo modelo de Servicios Sociales en España". Tiempo: 1:19:21
  3. Miradas Iberoamericanas del Trabajo Social en Emergencias. Tiempo: 49:05
  4. Acto de clausura | XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano de Trabajo Social. Tiempo: 1:03:49
  5. Conclusiones XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano de Trabajo Social. Tiempo: 25:36
  6. Entrega de premios 'ParticipArte'. Tiempo: 7:19
  7. Ponencia Sami Naïr | XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano de Trabajo Social. Tiempo: 1:15:36
  8. Ponencia Christian Felber | XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano de Trabajo Social. Tiempo: 1:26:02
  9. Objetivos de Desarrollo Sostenible. Tiempo: 1:00:23
  10. Presentación de la Comisión Deontológica. Tiempo: 26:37
  11. Ponencia Teresa Matus | XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano de Trabajo Social. Tiempo: 1:21:48
  12. Mesa de debate "Política y Trabajo Social" | XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano. Tiempo: 1:45:50
  13. Discurso inaugural de Ana Lima | XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano de Trabajo Social. Tiempo: 16:27
  14. Bienvenida | XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano de Trabajo Social. Tiempo: 15:24
  15. Acto inaugural | XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano de Trabajo Social. Tiempo: 1:25:53
  16. Sole Giménez | Inauguración del XIII Congreso Estatal y I Iberoamericano de Trabajo Social. Tiempo: 6:31

jueves, 25 de enero de 2018

Información sobre medidas de protección a la infancia

Boletín de datos estadísticos de medidas de protección a la infancia. Boletín nº 19. Datos 2016. Madrid: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, 2017. 163 p. 

Boletín estadístico sobre medidas de protección a la infancia (BEMPI). Contiene datos relevantes y rigurosos sobre las medidas de protección tomadas por los servicios de protección a la infancia de comunidades y ciudades autónomas (CC.AA). 

La publicación recoge la evolución de las medidas de protección a la infancia que han sido ejecutadas en cada una de las Comunidades y Ciudades Autónomas desde 2012 hasta 2016, ambos incluidos. Es el primer boletín que refleja los cambios introducidos por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. Asimismo, incluye datos sobre Maltrato Infantil procedentes de la base de datos online del Registro Unificado de casos de sospecha de Maltrato Infantil (RUMI) que se presentan en un formato nuevo, más claro y homogéneo.

Con esta información, accesible a profesionales que trabajan en servicios y dispositivos de atención a niños y niñas, se persigue contribuir al conocimiento de la situación de los menores de edad  beneficiados por el sistema de protección social a la infancia en España.

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 3.77 MB) 

Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 24/01/2018


Fuente: Referencia del Consejo de Gobierno

Atención social 
Nueva regulación de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad y movilidad reducida
El Consejo de Gobierno ha dado el visto bueno al Decreto por el que se regula la tarjeta de estacionamiento de la Región de Murcia, que establece el régimen jurídico aplicable a este identificativo de vehículos automóviles para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida, más de 25.000 en la Región.
Se trata de una tarjeta universal, personal e intransferible, que mejora la calidad de vida de estas personas con discapacidad al facilitar su movilidad. El diseño se ha adaptado al modelo comunitario, lo que la hace efectiva en otros países miembros.
La posesión de la tarjeta de estacionamiento concede a su titular derechos como la reserva de plaza de aparcamiento en lugar próximo al domicilio o puesto de trabajo, el aparcamiento en los lugares habilitados para las personas con discapacidad, sin que pueda establecerse limitación horaria alguna al ejercicio de este derecho, el estacionamiento en las zonas de aparcamiento de tiempo limitado durante el tiempo necesario, y la parada o estacionamiento en las zonas reservadas para carga y descarga, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico, por un tiempo de parada o estacionamiento como mínimo un 75 por cierto superior al permitido con carácter general en dichas zonas.
Otros derechos reconocidos para los titulares de las tarjetas son la parada en cualquier lugar de la vía, por motivos justificados y por el tiempo indispensable, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico y de acuerdo con las instrucciones de los agentes de la autoridad y el acceso a vías o espacios urbanos con circulación restringida a residentes, entre otros.
Las tarjetas serán expedidas por los ayuntamientos, a petición de las personas interesadas. Las entidades locales cotejarán los datos del solicitante con la valoración del grado de discapacidad y movilidad reducida dictaminadas por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS).
Según el decreto, también se reconocerá como beneficiarios de la tarjeta a las personas con deficiencias visuales que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0,1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos, dictaminada por equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad del IMAS.
El decreto que se aprueba hoy consta de diez artículos, una disposición adicional, una disposición transitoria, una disposición derogatoria única y dos disposiciones finales relativas a su entrada en vigor y al plazo de los ayuntamientos para adaptar sus ordenanzas.
Los consistorios dispondrán de un plazo de seis meses para adaptarlas a las previsiones de este decreto y de un año para determinar las zonas del núcleo urbano que tienen la condición de centro de actividad, así como para garantizar el número mínimo de plazas de aparcamiento reservadas para personas con discapacidad.
Su preámbulo justifica el decreto entre otros motivos por la aprobación reciente de la Ley 4/2017, de 27 de junio, de accesibilidad universal de la Región de Murcia, cuyo artículo 28.5 dispone que en la normativa de desarrollo de la misma se regulará la tarjeta de estacionamiento de personas con discapacidad.
El decreto de la Tarjeta de Estacionamiento para personas con discapacidad era una de las demandas del Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) y ha contado con las aportaciones del sector a través de numerosas reuniones. La norma ha sido informada favorablemente por el Consejo Asesor Regional de Personas con Discapacidad, el Consejo Regional de Servicios Sociales, el Consejo Regional de Cooperación Local, y por la Dirección de los Servicios Jurídicos, por el Consejo Económico y Social y, finalmente, por el Consejo Jurídico de la Región de Murcia.

476.000 euros para el servicio de ayuda a domicilio en Puerto Lumbreras
El Consejo de Gobierno ha aprobado prorrogar el convenio de colaboración firmado con el Ayuntamiento de Puerto Lumbreras para la prestación del servicio de ayuda a domicilio para personas dependientes de la localidad, por importe de 476.000 euros. La vigencia del acuerdo es del 1 de febrero de 2018 hasta el 31 de enero de 2019.
La financiación se destinará a servicios de atención personal dirigidos a promover la autonomía personal y fomentar hábitos adecuados y habilidades básicas, así como para actuaciones en el domicilio de las personas en situación de dependencia, con el fin de atender las necesidades de su vida diaria. Pueden ser servicios relacionados con las necesidades domésticas o del hogar, como limpieza, lavado, cocina u otros, así como con la atención personal y la realización de actividades de la vida diaria.
El servicio procura una atención profesional para estas personas dependientes, así como un seguimiento continuo por parte de los servicios sociales municipales.
Administración digital
Colegios profesionales y asociaciones podrán realizar trámites electrónicos en representación de sus miembros
El Consejo de Gobierno ha aprobado el convenio tipo para que las personas pertenecientes a colegios profesionales, asociaciones y otros colectivos puedan realizar trámites electrónicos en representación de sus asociados, lo que supondrá un notable ahorro para las familias y empresas en sus relaciones con la Administración regional.
Con la aprobación de este convenio tipo se establece un sistema ágil, sencillo y económico de representación de los interesados en los procedimientos administrativos, sin que sea precisa la existencia de un poder notarial previo ni comparecer presencialmente ante la Administración para otorgar la representación.
Las relaciones con la Administración regional derivadas de la firma de este convenio deben llevarse a cabo a través de medios electrónicos, por lo que supondrá un significativo ahorro económico, con efectos positivos tanto en las economías domésticas como en las empresas. La sustitución de la actuación presencial por la electrónica supone un ahorro cuantificado en 75 euros para cada tramitación de asociados de los colectivos.
Este convenio surge de la nueva Ley de Procedimiento Administrativo Común, que prevé la habilitación a personas físicas o jurídicas autorizadas para que puedan realizar trámites electrónicos en representación de los interesados en los procedimientos administrativos.
A los firmantes de estos convenios, colegios profesionales, entidades y otros colectivos, como asociaciones o federaciones empresariales, se les facilita con la aplicación de este acuerdo la prestación de los servicios profesionales a sus clientes, permitiendo relacionarse con la Administración regional en nombre de estos sin necesidad de acreditar la representación.
También las personas que representen a los colectivos que firmen el convenio con la Administración regional, como presidentes, decanos, directores y figuras similares, podrán actuar como representantes de los interesados sin tener que acreditar la representación y sin perjuicio de que se les pueda solicitar en cualquier momento.

miércoles, 24 de enero de 2018

Nº 14. Planeta Fácil. Filosofía visual: preguntas para pensar

Planeta Fácil: noticias fáciles de entender sobre el mundo y la discapacidad. Madrid: Plena Inclusión.

Ahora Planeta Fácil también difunde noticias, información y libros en lectura fácil a través de su web http://planetafacil.plenainclusion.org/

Además dispone de un club de lectura fácil en el que se puede participar a través de la web.

Nº 14. 22 de enero de 2018. Planeta Fácil: boletín en Lectura Fácil. 10 p.

Hoy hablamos de:
  • Filosofía visual: preguntas para pensar 
  • Ideas para Planeta Fácil en 2008
  • Los derechos de las personas con discapacidad se cumplen sólo si hay accesibilidad
  • Las dificultades laborales de las personas con discapacidad 
  • Pedimos al Parlamento Europeo elecciones fáciles de entender
  • Las mujeres sin hogar quieren ser visibles
Descargar boletín (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 521 KB)

Bases para la contratación de 4 Técnicos de apoyo educativo para la inserción laboral del Proyecto "Empleo joven Lorca"


Fuente: BORM nº 19 de 24/01/2017

Objeto:
  • Contratación laboral temporal de 4 Técnicos de apoyo educativo a tiempo completo.
Duración del contrato:
  • Hasta el 15 de diciembre de 2018.
Modalidad del contrato:
  • Obra o servicio determinado, con retribuciones correspondientes al puesto de Monitor Grupo A, Subgrupo A2.
Titulación exigida:
  • Diplomado, Licenciado o Grado Universitario.
Presentación de solicitudes:
  • Las solicitudes se presentarán en un plazo de 15 días desde el día siguiente al que se publique la convocatoria en el BORM (pendiente de publicación).
Las pruebas selectivas constarán de:
  • Valoración de méritos. Puntuación máxima 7 puntos.
  • Entrevista Personal sobre aspectos laborales y profesionales de los aspirantes, cuya duración máxima será de 10 minutos, no teniendo carácter eliminatorio, valorándose de 0 a 3 puntos.
Baremo de méritos:


Más información:
Página web del Ayuntamiento de Lorca http://www.lorca.es/ficheros/file/oposiciones/detalle.asp?opo=2692&id=464
Descargar bases de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 249 KB)


Bases reguladoras para la concesión de las ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, destinadas a entidades locales para la inserción de las personas más vulnerables



Objeto:
  • Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de las ayudas previstas del Fondo Social Europeo, destinadas a las Entidades Locales para cofinanciar iniciativas o proyectos en el ámbito de la inclusión social, lucha contra la pobreza y la discriminación.
Finalidad:
  •  Mejorar la inserción socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, a través de la activación y de itinerarios integrados y personalizados de inserción.
Beneficiarios:
  • Los Ayuntamientos de municipios con población superior a 20.000 habitantes.
  • Las Diputaciones, los Cabildos y Consejos Insulares, así como las Comunidades Autónomas uniprovinciales en el ejercicio de las competencias que corresponden a la Diputaciones Provinciales.
  • Los Organismos autónomos dependientes de alguna de las entidades indicadas anteriormente.
Presentación de solicitudes:

  • Las solicitudes se presentarán en el plazo de 40 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado.

martes, 23 de enero de 2018

Desigualdad por razón de discapacidad

El acceso a la condición de ciudadanía de las personas con discapacidad en España. Un estudio sobre la desigualdad por razón de discapacidad. Madrid: Cinca, 2017. 608 p. Colección Cermi, nº 76.

Estudio sociológico en el que se analiza la integración efectiva de las personas con discapacidad como ciudadanos de pleno derecho en nuestro país, tanto desde el punto de vista formal como sustantivo.

El trabajo contempla tres dimensiones principales de estudio:
  • la condición de ciudadanía formal y sustantiva 
  • la desigualdad por motivo de discapacidad
  • el proceso de conformación de identidades de las personas con discapacidad
Para abordar el estudio se ha empleado una metodología cuantitativa, basada en el análisis estadístico de fuentes secundarias, y una metodología cualitativa, con la que se analiza tanto el contenido y discurso de la normativa sobre discapacidad como los discursos de las propias personas con discapacidad obtenidos a través de entrevistas en profundidad y grupos de discusión.

La publicación comienza con una revisión de la legislación existente. En los siguientes capítulos se centra fundamentalmente en el análisis, desde un plano sustantivo, de la posición de las personas con discapacidad en el ámbito educativo, el laboral, la participación social y la condición socioeconómica, analizando cuantitativamente el impacto de las políticas sociales destinadas a mejorar dicha posición y reducir desigualdades. Por último, desde una óptica cualitativa, el capítulo previo a las conclusiones pretende explicar, desde un punto de vista comprensivo, el por qué de la posición social de este colectivo y las consecuencias que esa posición y las representaciones sociales de la discapacidad tienen en la identidad social del colectivo.

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lunes, 22 de enero de 2018

Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la Declaración del Gobierno con motivo de la celebración del Día Europeo de la Mediación

Acuerdos del Consejo de Ministros de 19/01/2018



Fuente: Referencia del Consejo de Ministros

Acuerdo por el que se aprueba la Declaración del Gobierno con motivo de la celebración del Día Europeo de la Mediación

El Consejo de Ministros ha aprobado una Declaración Institucional en apoyo a la mediación familiar con motivo del Día Europeo de la Mediación, que se celebra el domingo 21 de enero.
Mediante esta Declaración, el Gobierno manifiesta su compromiso a realizar las acciones que sean necesarias para impulsar la cultura de la mediación en el ámbito familiar siguiendo, así, la senda marcada por el Consejo de Europa y expandir el uso de este instrumento al ámbito civil y mercantil. De este modo, el Ejecutivo se propone continuar avanzando para conseguir una sociedad en la que el uso de la mediación como vía para la resolución extrajudicial de conflictos en el ámbito civil y mercantil tenga la máxima garantía y seguridad jurídicas y su implementación sea el reflejo del Estado de derecho y de los principios democráticos de nuestra sociedad y nuestro ordenamiento.
Sin perjuicio del contenido del artículo 24 de la Constitución, que reconoce a todas las personas el derecho a la tutela judicial efectiva por parte de los jueces y tribunales, esta Declaración establece la necesidad de fomentar un entorno que configure la mediación como un mecanismo flexible, eficaz y eficiente para la mejor resolución de las disputas de modo amistoso.
El Día Europeo de la Mediación coincide con la aprobación, el 21 de enero de 1998, de la Recomendación R(98)1 del Consejo de Europa sobre mediación en el ámbito familiar, una resolución que supuso un impulso reseñable en el uso y fomento de mecanismos de solución de conflictos y litigios para el logro de acuerdos amistosos y con menor coste económico y social.
La Unión Europea, tomando el testigo del Consejo de Europa, ha seguido desarrollando iniciativas encaminadas al avance de la mediación. La última de ellas ha sido la Resolución del Parlamento Europeo del 12 de septiembre de 2017 en la que se hace referencia a aspectos muy concretos de la mediación en el espacio europeo, así como a algunos elementos orientadores para la actividad de los Estados miembros en esta labor de impulso a la mediación. Igualmente, se recomienda la intensificación de esfuerzos con campañas de información a ciudadanos y profesionales a fin de favorecer la concienciación sobre la utilidad de la mediación.


viernes, 19 de enero de 2018

Lucha contra las desigualdades

López, J. Informe sobre la lucha contra las desigualdades para impulsar la creación de empleo y el crecimiento (2016/2269(INI). Bruselas: Parlamento Europeo, 2017. 46 p.

El objetivo de la presente iniciativa es, por tanto, dar al reto de la desigualdad la máxima prioridad a escala europea, habida cuenta de la situación en la que nos encontramos. Propone lograrlo siguiendo las políticas de cohesión e inversión europeas y la evolución europea en lo que se refiere a la coordinación de las políticas sociales, en particular en términos de lucha contra la pobreza y la exclusión social, aunque también en términos de mejora de las condiciones de vida y de trabajo y políticas activas del mercado de trabajo, o mediante el refuerzo de los derechos laborales y sindicales. (Texto extraído de la publicación)

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jueves, 18 de enero de 2018

Guía sobre perros de asistencia para las personas que lo necesitan

Conóceme, soy un perro de asistencia. Alsasua - Altsasu: Biak Bat, 2017. 36 p.

Guía para sensibilizar e informar sobre la importancia de los perros de asistencia como ayudas técnicas para aquellas personas que lo necesitan.

Tras la presentación de la publicación se define qué es un perro de asistencia. Se presentan los tipos de perros de asistencia según el servicio que prestan y se dan unas nociones básicas sobre la actuación de responsables de espacios públicos o locales para permitir el acceso de dichos animales en los locales. El documento también contiene información sobre los deberes del usuario/a del perro.

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Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 17/01/2018

Fuente: Referencia del Consejo de Gobierno

Educación

Convenio con ‘Plena Inclusión’ para la asistencia especializada a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo

El Consejo de Gobierno ha dado luz verde al convenio de colaboración entre la Federación ‘Plena Inclusión’ y la Consejería de Educación, Juventud y Deportes para la asistencia especializada a alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo en centros educativos de la Región de Murcia.
En el ámbito de este acuerdo, durante el ejercicio 2018 se atenderá a más de 600 alumnos con necesidades educativas especiales. Las entidades que participan en el marco de este acuerdo de colaboración son Apcom, Assido, Asido Cartagena, Astrapace, Astus, Apandis y Astrade.
El convenio determina los principios de la colaboración para la realización de programas, proyectos educativos o actividades para mejorar la respuesta al alumnado con necesidades educativas especiales.
Estos programas podrán desarrollarse con los centros educativos públicos y privados concertados de la Región de Murcia que conjuntamente se acuerden entre la Consejería y la Federación ‘Plena Inclusión’.
Estas actuaciones estarán dirigidas a los alumnos que presentan necesidades educativas especiales y sus familias, así como el personal de los centros educativos, previa autorización de sus directores y de las familias interesadas.
Las actuaciones incluidas en estos programas educativos tendrán carácter de complementariedad a las desarrolladas en el marco de los programas de apoyo destinados por la administración a este alumnado y contarán con la coordinación y, en su caso, supervisión, de los servicios de orientación educativa, responsables últimos de la determinación de las necesidades educativas del alumnado y de su respuesta.
‘Plena Inclusión’ es una entidad sin ánimo de lucro entre cuyos fines se encuentra contribuir desde su compromiso ético con apoyos y oportunidades a que cada persona con discapacidad intelectual o del desarrollo y su familia puedan desarrollar su proyecto de calidad de vida y promover su inclusión como ciudadana de pleno derecho en una sociedad justa y solidaria.

Asistencia especializada a alumnos con necesidades de apoyo educativo en Lorca

El Consejo de Gobierno ha autorizado la firma de un convenio de colaboración con la Asociación de Padres del centro de Atención Temprana ‘Fina Navarro López’ (APAT-Lorca), para la asistencia especializada a los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, en centros educativos del municipio de Lorca.
El convenio establece que los profesionales de APAT-Lorca desarrollarán un programa de apoyo a la inclusión de menores con necesidades educativas especiales, en su aula ordinaria y en el horario escolar establecido. Estas actuaciones tendrán carácter de complementariedad a las establecidas en los planes de trabajo individualizados de los alumnos y contarán con la coordinación de los servicios de orientación educativa.
APAT-Lorca es una asociación sin ánimo de lucro que trabaja desde 1986 por los derechos de los niños con discapacidad de 0 a 6 años en el Centro de Atención Temprana ‘Fina Navarro López’. Sus fines son de carácter educativo-cultural, asistencial y social, entre los que se encuentran la promoción del desarrollo educativo, personal y social de los menores con discapacidad, favoreciendo su integración socio-educativa para facilitar su independencia a nivel personal y social.


miércoles, 17 de enero de 2018

Invertir en los niños en la era de los derechos sociales

Investing in children in the era of social rights: 2017 Eurochild Report on the European Semester. Bruselas: Eurochild, 2017. 80 p.

La red europea Eurochild, de la que la Plataforma de Infancia forma parte, ha publicado el informe “Invertir en los niños en la era de los derechos sociales”, en el que se analiza el Semestre Europeo 2017 centrado en la situación de la pobreza infantil y los derechos de los niños en 18 países de la Unión Europea. El Semestre Europeo es un proceso de seguimiento de las políticas económicas de la Unión Europea a partir del cual la Comisión Europea hace recomendaciones a cada Estado Miembro. El informe “Invertir en los niños en la era de los derechos sociales” supone parte de la labor que las plataformas de infancia nacionales, junto con la red Eurochild, realizan para supervisar el seguimiento del Semestre Europeo. (Texto extraído de la página web de Plataforma de Infancia España)

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martes, 16 de enero de 2018

Integración laboral de personas con discapacidad intelectual y del desarrollo

El empleo con apoyo: los beneficios de contratar a trabajadores con discapacidad intelectual. Murcia: Plena inclusión. 8 p.

Guía dirigida a empresarios con información sobre las ventajas de contar con trabajadores
con discapacidad intelectual y del desarrollo. También se explica el proceso de integrar  y apoyar el desarrollo del trabajo de este colectivo de trabajadores en la empresa. Al final se presentan los tipos  de contratos para trabajadores con discapacidad intelectual.

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lunes, 15 de enero de 2018

Estudio Delphi sobre cuidados de larga duración

Rodríguez Cabrero, G., Rodríguez Rodríguez, P., Cruz Vicente, O. de la., Vilà i Mancebo, A. y López Trigo, J.A. Los cuidados de larga duración: el modelo de Atención Integral e Integrada y Centrada en la persona (AICP): estudio Delphi. Madrid: Sociedad Española de Geriatría y Gerontología.

Este estudio tiene como objetivo analizar el grado de acuerdo existente entre una muestra significativa de expertos sobre diferentes aspectos de los cuidados de larga duración (CLD) y, de manera concreta, sobre el modelo de Atención Integrada y Centrada en la Persona (AICP).

La metodología utilizada en el estudio ha sido la técnica Delphi, en la que  han participado profesionales de la sanidad y de los servicios sociales, responsables públicos, directivos de entidades mercantiles y de la economía social proveedora de servicios, expertos y académicos y representantes de organizaciones de personas mayores y de personas con discapacidad.

A los expertos se les ha planteado tres grupos de cuestiones:

  1. En relación con la atención integrada, se pregunta sobre el acceso, organización y planificación de los CDL, así como el papel de la familia cuidadora.
  2. Respecto a la atención centrada en la persona, se recoge información sobre facetas que afectan al desarrollo del modelo de AICP (autonomía de las personas en situación de dependencia, valoración de la calidad de vida, planes personalizados de atención, el profesional de referencia, el gestor del caso y el rol de los profesionales.
  3. El tercer y último grupo de cuestiones se refiere a algunos problemas relacionados con la sostenibilidad de los CLD. 

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Acuerdos del Consejo de Ministros de 15 de enero de 2018


Fuente: Referencia del Consejo de Ministros

Educación

Modificados la regulación y el funcionamiento del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar
La norma aprobada tendrá impacto positivo sobre la infancia y la adolescencia, sobre la familia, y en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro del 23 de febrero de 2007 que creó el Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar como foro de encuentro interdisciplinar entre organismos públicos y privados y órgano de asesoramiento, análisis y difusión de información, difusión de buenas prácticas favorecedoras de la convivencia escolar.
Transcurridos más de diez años desde su creación, este órgano no ha resultado operativo debido a la gran cantidad y variedad de miembros y la rigidez de su funcionamiento. Por otro lado, es necesario atender a los nuevos planteamientos en materia de convivencia escolar, como el fenómeno del "ciberbullying".
De esta forma, el nuevo observatorio pasa de 71 a 47 miembros, con la intención de hacerlo más ágil y operativo, algo que no había ocurrido hasta ahora. Además, se adapta al Plan Estratégico de Convivencia Escolar y la concreción de sus funciones, así como profundiza en la mejora y efectividad de la coordinación de actuaciones y en la puesta al día del régimen jurídico.
La modificación normativa promueve la mejora de las relaciones que se establecen en la infancia y la adolescencia, durante el período de escolaridad en centros educativos.
Con este cambio, se hace hincapié en la familia, ya que la consecución de una buena convivencia escolar es responsabilidad de toda la comunidad educativa, en la que también participa la familia, por lo que se considera necesario que las familias estén representadas en el observatorio.
Lo mismo ocurre con respecto a la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Gracias a esta modificación, formarán parte del observatorio representantes del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), y de la Secretaría General de Inmigración y Emigración.

Plan Estratégico de Convivencia Escolar

Durante el año 2017, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte elaboró un Plan Estratégico de Convivencia Escolar, en colaboración con las Comunidades Autónomas, dado a conocer por la Conferencia Sectorial de Educación del mes de marzo.
Este Plan contiene las aportaciones de los resultados de las jornadas y grupos de trabajo sobre convivencia de expertos y representantes de la comunidad educativa, recibidas entre los años 2015 y 2017.
En las líneas de actuación del Plan Estratégico se incluye el objetivo de contribuir a la mejora de la convivencia escolar desde la observación y seguimiento de las problemáticas e iniciativas relacionadas con la convivencia en los centros de enseñanza no universitaria. Para ello, se menciona el impulso del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar. Esta línea se centra especialmente en procurar hacer efectivas las funciones del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar mediante la actualización de su normativa reguladora.
De todas las medidas incluidas en el Plan, hay que resaltar que muchas de ellas se encuentran en marcha cuando aún no se ha cumplido siquiera el año desde su aprobación.
Asimismo, en el entorno de este Plan hay que citar al teléfono unificado de víctimas de violencia escolar, que ya ha cumplido más de un año desde su puesta en funcionamiento, el 900 018 018, con muy buenos resultados. Desde el 1 de noviembre de 2016, fecha de su puesta en funcionamiento, hasta el día 10 de enero de 2018 se han recibido en este servicio 28.065 llamadas, de las cuales 9.779 se estudian como posibles casos de acoso escolar.


viernes, 12 de enero de 2018

Orientaciones para organizar eventos culturales accesibles para todas las personas

Predif. ¿Cómo organizar eventos culturales accesibles en teatros y museos?. Madrid: Real Patronato sobre Discapacidad, 2017. 149 p.

Esta publicación, elaborada por la Plataforma Representativa Estatal de Personas con Discapacidad Física (PREDIF) con el apoyo del Real Patronato sobre Discapacidad, constituye una herramienta práctica para que los profesionales de los servicios culturales, de ocio o turísticos, puedan diseñar y desarrollar eventos y actividades accesibles para todas las personas.

Tras un breve repaso del marco normativo de aplicación, se describen en ella las características y necesidades que presentan las personas con distintos tipos de discapacidad para poder participar en la vida cultural en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos. A continuación, se facilitan una serie de pautas para la organización de obras de teatro, visitas a museos u otros eventos accesibles, teniendo en consideración aspectos como la información y la comunicación, la venta de entradas, la accesibilidad a las instalaciones, el acceso a los contenidos y medios técnicos, el acceso a los contenidos expositivos, y las herramientas tecnológicas disponibles, entre otros. Por último, se proporcionan algunas recomendaciones para atender apropiadamente a las personas con discapacidad en los establecimientos. Se pretende así sensibilizar a los profesionales del sector y a la sociedad en general e impulsar el desarrollo de prácticas inclusivas en la cultura y el ocio. (Fuente del resumen: CEDD - Centro Español de Documentación sobre Discapacidad)

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 8.78 MB) 

jueves, 11 de enero de 2018

Guías para mediador y alumnado sobre educación emocional de personas con Síndrome de Down

Down España edita dos guías dirigidas a mediadores emocionales y a niños y jóvenes con síndrome de Down de entre 6 y 18 años. Estos documentos se enmarcan en el "Programa Emociones" y se editan con el objetivo de desarrollar diferentes actividades que promuevan la educación emocional de las personas con síndrome de Down en las organizaciones.


EMOCIONA-DOWN. Programa de Educación Emocional. Guía del Alumno. Madrid: Down España, 2017. 40 p.  
Contiene actividades para ayudar al niño y joven con Síndrome de Down a conocer y gestionar sus emociones, saber lo que está sintiendo, cuando lo esta sintiendo y como manejar esa emoción de la mejor forma. También para entender lo que sienten los demás (hermanos, amigos, etc) y poder actuar teniendo en cuenta sus sentimientos.
Redactado en Lectura Fácil.

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EMOCIONA-DOWN. Programa de Educación Emocional. Guía de orientaciones didácticas para mediadores emocionales. Madrid: Down España, 2017. 68 p.
Mediador Emocional es un documento de apoyo que tiene por objeto favorecer la aplicación de diversas medidas que promuevan la educación emocional en sus entidades. Se ha elaborado con un enfoque multidimensional y sistémico, dirigido a la institución y al entorno, a los profesionales y a los familiares y, como no, a las personas con síndrome de Down de todas las edades. Se configura como un proyecto flexible de forma que se pueda adaptar a pequeños y a mayores, a niños de Atención Temprana y a adultos trabajadores, por situarnos en dos extremos, aunque en sus orígenes el proyecto se ha centrado en las edades entre 6 y 18 años, y hacia esos niveles se dirigen las propuestas prácticas iniciales de esta Guía.

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miércoles, 10 de enero de 2018

Informe sobre las personas mayores y su evolución

Fernández, J.N. (coord.)... [et al]. Las personas mayores en España. Informe 2016. Datos estadísticos estatales y por comunidades autónomas. Madrid: Instituto de Mayores y Servicios Sociales, 2017. 540 p. Serie: Personas mayores. Documentos Técnicos y Estadísticos.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), viene publicando bienalmente un Informe sobre las personas Mayores en España. En esta ocasión presentamos el informe correspondiente al periodo 2014-2015.

El Informe es el resultado del trabajo y colaboración de distintas Administraciones Públicas: Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Ciudades Autónomas y Diputaciones Forales Vascas. Estas Administraciones aportan la información relacionada con sus competencias en las políticas relativas a las personas mayores y al envejecimiento activo. En el Informe también intervienen expertos y entidades implicadas en el ámbito académico e investigador de la gerontología. Todo ello coordinado y recopilado por el Área de Envejecimiento Activo y la Unidad de Información de Mayores y Servicios Sociales del Imserso.

El Informe 2016 está estructurado en siete capítulos: 
  1. Indicadores demográficos
  2. Indicadores socio-económicos (protección social, situación económica y relación con el mercado de trabajo)
  3. Estado de salud y calidad de vida
  4. Servicios sociales para personas mayores en España
  5. Formas de convivencia, estilos de vida, relaciones personales
  6. Los mayores y la sociedad de la información
  7. Los malos tratos a las personas mayores. 
Se consolidan así los temas que se abordaron en la última edición de 2014 y se sustituye el contenido del capítulo 7 anteriormente dedicado a las situaciones de dependencia por los malos tratos a las personas mayores, tema de gran actualidad y urgente abordaje en nuestra sociedad.

El documento se presenta en versión digital a través de la página web del Imserso, www.imserso.es , de forma accesible, con sus tablas y gráficos en diferentes formatos electrónicos para facilitar su utilización y comprensión. (Texto extraído de la publicación)

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martes, 9 de enero de 2018

Uso de las TIC en personas con demencia

Raquel García Santelesforo, R. y Pérez Sáez, E. Intervención con nuevas tecnologías en centros de personas con demencia: guía para la implantación del uso de tablet. Centro de Referencia Estatal de atención a personas con enfermedad de Alzheimer y otras demencias de Salamanca (Imserso). 2017. 78 p.

Esta guía está dirigida a profesionales de la atención e intervención para personas con demencia que quieran implementar el uso de tablets en los entornos de cuidado (centros de día o unidades residenciales).

El objetivo de esta guía es ofrecer pautas orientativas que permitan la implantación y el uso de tablets con Personas con Demencia (PcD) para la realización de diferentes tipos de actividades de ocio y estimulación cognitiva. Estas pautas están basadas en la revisión de las publicaciones científicas y en la experiencia en el uso de tablets con PcD del equipo de intervención del Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y Otras Demencias (CREA) del Imserso. (Texto extraído del documento)

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lunes, 8 de enero de 2018

Lucha contra el discurso de odio

Guía para combatir el discurso de odio. Madrid: Fundación Secretariado Gitano, 2017. 20 p.

Esta guía elaborada por la Fundación Secretariado Gitano (FSG) tiene como objetivo principal ofrecer orientaciones a las organizaciones que trabajan por la igualdad de trato y la no discriminación, a agentes clave y a la ciudadanía, sobre qué es el discurso de odio y cómo combatirlo más eficazmente.

En el documento se recoge información sobre el papel de las ONG, administraciones públicas y empresas proveedoras de servicios de Internet (facebook, google-youtube y twitter) en la lucha contra el discurso de odio . Se dan orientaciones para saber como denunciar contenidos de discurso de odio y herramientas de denuncia en redes sociales e internet y otros medios. Al final se difunden buenas prácticas y bibliografía sobre la lucha contra el discurso de odio. 

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viernes, 5 de enero de 2018

Marco jurídico sobre los derechos de las personas con discapacidad y servicios de apoyo al ejercicio de su capacidad jurídica

Fillat, Y., Pinar, A. Estudio sobre la situación de la tutela de las personas adultas con discapacidad intelectual en España: servicios de apoyo al ejercicio de la capacidad jurídica. Madrid: Real Patronato sobre Discapacidad, 2017. 122 p. 

El Real Patronato publica este estudio elaborado por la Asociación Española de Fundaciones Tutelares (en adelante AEFT) que analiza el perfil y características de la población adulta con discapacidad intelectual cuya capacidad jurídica ha sido modificada por mandato judicial y que necesitan servicios de apoyo tutelar para garantizar este derecho.

El trabajo además se adentra en la realidad y necesidades de los servicios de apoyo tutelar para personas con discapacidad intelectual en nuestro país, con el fin último de avanzar en la igualdad de derechos y en el reconocimiento y apoyo al ejercicio de la  capacidad jurídica para todos los ciudadanos que así lo requieran. Analiza para ello la realidad de las personas bajo apoyo tutelar de las entidades pertenecientes a la AEFT y hace un repaso por los distintos modelos de relación público-privada de los servicios de apoyo a la capacidad jurídica en España para, a continuación, analizar la situación actual y sostenibilidad futura de las fundaciones tutelares. El estudio aporta, en último lugar, un resumen de resultados y conclusiones en base a los datos presentados. (Texto extraído del Prólogo del documento)

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jueves, 4 de enero de 2018

Real Decreto 1077/2017, de 29 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2018.

Fuente: BOE nº 317 de 30 de diciembre de 2017

Se procede mediante este real decreto a establecer las cuantías que deberán regir a partir del 1 de enero de 2018, tanto para los trabajadores fijos como para los eventuales o temporeros, así como para los empleados de hogar.

Artículo 1. Cuantía del salario mínimo interprofesional.
El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 24,53 euros/día o 735,9 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.

Artículo 4. Trabajadores eventuales y temporeros y empleados de hogar.
Los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días percibirán, conjuntamente con el salario mínimo a que se refiere el artículo 1, la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos, así como de las dos gratificaciones extraordinarias a que, como mínimo, tiene derecho todo trabajador, correspondientes al salario de treinta días en cada una de ellas, sin que en ningún caso la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 34,85 euros por jornada legal en la actividad.

Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.

miércoles, 3 de enero de 2018

Calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual

Verdugo, M.A. y Navas, P. Todos Somos Todos: derechos y calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual y mayores necesidades de apoyo. Madrid: Plena Inclusion, 2017. 212 p.d

Plena Inclusión en colaboración con el Real Patronato sobre Discapacidad, bajo el lema "Todo somos todos" realiza un estudio con el fin conocer la situación, características y necesidades de las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo para diseñar servicios y/o planes de apoyo individuales orientados a la mejora de su calidad de vida. 

Para ello se realiza un análisis de la documentación y el conocimiento nacional e internacional disponible sobre conceptualización y necesidades de personas adultas con grandes necesidades de apoyo y discapacidad intelectual o del desarrollo. También se analiza la normativa nacional y autonómica además de realizar una explotación de  microdatos de la Encuesta de Discapacidad, Autonomía  personal y situaciones de Dependencia, EDAD (INE, 2008) y del Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SISAAD). 

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martes, 2 de enero de 2018

Real Decreto 1082/2017, de 29 de diciembre, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a las personas beneficiarias del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.


Fuente: BOE nº 317 de 30 de diciembre de 2017

Objeto: determinar la aportación de la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo de protección garantizado para las personas beneficiarias valoradas en grado III, Gran Dependencia, grado II, Dependencia Severa, y grado I, Dependencia Moderada.

Artículo único. Aportación de la Administración General del Estado para la financiación del nivel mínimo de protección.
Se procede a la actualización de las cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de grado III, Gran Dependencia; grado II, Dependencia Severa y grado I, Dependencia Moderada, que son las fijadas en el anexo.

El presente real decreto entrará en vigor el primer día del mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.


Fuente: BOE nº 317 de 30 de diciembre de 2017

En el presente acuerdo se adoptan medidas como la habilitación excepcional de personas con una experiencia demostrada, así como la habilitación provisional para personas que habiendo trabajado, no cumplan con el requisito de la experiencia, y se comprometan a participar en los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral que convoquen desde el ámbito autonómico o estatal, o a realizar la formación vinculada a los correspondientes certificados de profesionalidad o títulos de formación profesional, dando respuesta a las necesidades de cualificación de los profesionales sin la acreditación requerida. Igualmente se establece un régimen especial de zonas rurales e insulares.

Se acuerda modificar el criterio tercero, apartado b), hasta el cuadro 2 (ratios globales actuales en media existentes en las CCAA y ratios exigibles en 2011) del Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre acreditación de centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que tendrá la siguiente redacción:

«Tercero. Ámbitos de acreditación.

b) Recursos humanos: Los requisitos y estándares sobre recursos humanos irán dirigidos a garantizar la adecuada prestación del servicio, tanto en número de profesionales, como en su formación y actualización para el desempeño del puesto de trabajo.

  1. Cualificación Profesional: Para las categorías profesionales que no se correspondan con titulaciones universitarias, se fijarán los perfiles profesionales más acordes con las funciones que deban realizar y que estén basados en la cualificación.
  2. Habilitación excepcional: No obstante, las personas cuidadoras, gerocultoras, auxiliares de ayuda a domicilio y asistentes personales, que a fecha 31 de diciembre de 2017 acrediten una experiencia de al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en los últimos 12 años en la categoría profesional correspondiente, o sin alcanzar el mínimo de experiencia exigida, hubieran trabajado y tengan un mínimo de 300 horas de formación relacionada con las competencias profesionales que se quieran acreditar en los últimos 12 años, quedarán habilitadas de forma excepcional en la categoría que corresponda, previa presentación de su solicitud.
  3. Habilitación provisional: Al objeto de garantizar la estabilidad en el empleo, se podrá habilitar provisionalmente a aquellas personas que a 31 de diciembre de 2017, hubieran trabajado con anterioridad a dicha fecha y que sin haber alcanzado los requisitos para la habilitación excepcional, se comprometan, mediante declaración responsable, a participar en los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral, 
  4. Convocatorias de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral: La competencia para convocar los procesos de evaluación y acreditación de las competencias profesionales citadas anteriormente, corresponde a los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y, en su caso, de la Administración General del Estado con competencias en esta materia.
  5. Régimen especial de zonas rurales e insulares: En el medio insular rural y en los municipios rurales de pequeño tamaño, cuando no dispongan de las personas con la acreditación requerida para las categorías mencionadas anteriormente, y se acredite la no existencia de demandantes de empleo en la zona con estas características, mediante certificado de la Oficina de Empleo correspondiente, las personas que no cuenten con la cualificación profesional exigida podrán ser contratadas, hasta que sus puestos puedan ser ocupados por profesionales cualificados, o adquieran la cualificación correspondiente.
  6. Formación profesional para el empleo: La Entidad prestadora de los servicios, con la participación de la representación legal de los trabajadores, deberá elaborar y desarrollar planes de formación para el conjunto de sus trabajadores.
  7. Ratios de personal: El número de profesionales se adecuará a la tipología, a la intensidad de la prestación de cada recurso del Sistema y a los servicios que prestan.
  8. Comunicación: El Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, dará traslado de este Acuerdo a las Conferencias Sectoriales competentes en materia de educación y empleo, para impulsar las medidas dirigidas a la acreditación de los profesionales para el cumplimiento de los requisitos establecidos.
  9. Seguimiento del Acuerdo: El grupo de trabajo creado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en su reunión del 4 de marzo de 2015, realizará el seguimiento de este Acuerdo en materia de Recursos Humanos.
  10. Desarrollo normativo: Las Administraciones públicas competentes en Servicios Sociales en el plazo de seis meses desde la publicación de este Acuerdo aprobarán las disposiciones normativas, en su caso, que resulten necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en este Acuerdo.»