Objeto:Convocar ayudas, en régimen de no concurrencia competitiva para facilitar la contratación laboral de personas en situación de riesgo o exclusión social que, por sus especiales circunstancias, no puedan acceder al mercado laboral en condiciones de igualdad.
Beneficiarios:Instituciones sin fin de lucro ubicadas en la Región de Murcia.
Bases reguladoras:Orden de 18 de septiembre de 2017, de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas para Programas de Integración Sociolaboral (BORM nº 221 de 23 de septiembre de 2017), corrección de errores publicada en el BORM nº 227 de 30 de septiembre de 2017.
Cuantía:
Estas ayudas se harán efectivas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2020, por un importe total de 398.000 €.
La cuantía de la ayuda ascenderá a 1.350 €/mes, extras incluidas, para contratos a jornada completa, excepto si el coste es inferior.
Cuando se trate de la renovación de una persona contratada con cargo al programa del año anterior la cuantía ascenderá a 1.150 €/mes.
Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación del presente extracto en el BORM.
Las solicitudes se presentaran a través de la sede electrónica de la CARM (https://sede.carm.es), utilizando el modelo normalizado de “Formulario de presentación de solicitud de inicio” para el nº de procedimiento 0764 disponible en la guía de procedimientos y servicios de la CARM
Destinatarios de las ayudas:
- Titulares y beneficiarios de la prestación de la Renta Básica de Inserción y de las Ayudas Periódicas de Inserción y Protección Social o similares, que se encuentren en edad laboral y estén realizando un proyecto/itinerario individualizado de inserción sociolaboral.
- Personas que hayan finalizado o se encuentren realizando un proyecto/itinerario de inserción sociolaboral en programas desarrollados por la administración regional o local o por instituciones sin fin de lucro.
- Personas que habiendo sido contratadas a través de programas de integración sociolaboral con anterioridad, no hubieran alcanzado los objetivos previstos en su proyecto/itinerario individualizado de inserción, siempre que su renovación sea valorada como procedente por el Servicio competente de la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del IMAS.
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Base
de Datos Nacional de Subvenciones: BDNS (Identif.): 516449
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