Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el transporte público de viajeros a personas con discapacidad intelectual igual o superior al 33% y profesionales, ambos pertenecientes a Asociaciones de Personas con discapacidad dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para trayectos relacionados con programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal realizados desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020.
Beneficiarios:
Podrán solicitar subvenciones en esta convocatoria las asociaciones de personas con discapacidad que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar inscrita la Asociación en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.
- Tener su sede abierta o delegación permanente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Tener reflejado en sus Estatutos como fines primordiales la inserción/integración laboral, formación y autonomía personal como objetivos.
- Tener inscritos en la Asociación usuarios que reúnan los
siguientes requisitos:
a) Mayores de 16 años con discapacidad intelectual y/o parálisis cerebral
igual o superior al 33%.
b) Estar en prácticas laborales o curso de inserción/integración laboral,
formación y autonomía personal. - Contar con preparadores laborales con contrato laboral o profesionales vinculados a programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal
Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras de 11 de noviembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la financiación del transporte público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales en la Región de Murcia (BORM núm. 269, de 19 de noviembre de 2016)
Cuantía:
- El importe del gasto autorizado para la concesión de subvenciones de la presente convocatoria asciende a 20.000 euros.
- Las subvenciones se otorgarán hasta agotar el gasto autorizado.
- La subvención será por un importe máximo de 10.000 € por Asociación.
- El órgano competente procederá al prorrateo del importe global máximo de la subvención (20.000 €) hasta agotar el crédito presupuestario, entre aquellos solicitantes que cumplan los requisitos.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria de la
subvención en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Más información:
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Anexo
II (Documento Word [.docx] 44 KB)
Anexo
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IV (Documento Word [.docx] 44 KB)
Anexo V
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Anexo
VI (Documento Word [.docx] 44 KB)
Base
de Datos Nacional de Subvenciones: BDNS(Identif.): 516402
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