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jueves, 29 de febrero de 2024

Buenas prácticas para un sistema de recogida de datos para las entidades del Tercer Sector


Guía de Buenas prácticas para un sistema de recogida de datos para las entidades del Tercer Sector.
Madrid: EAPN, 2023. 31 p.

Descripción del proceso de diseño y desarrollo de la herramienta AUNA. Dicha herramienta es un sistema de recogida de datos que permite recoger a través de formularios diferenciados dos tipos de informaciones paralelas: una relativa a las entidades y otra acerca de las personas que son atendidas por éstas.

El objetivo es dotar a las entidades de la red de EAPN de un Sistema de Recogida de Datos (SRD) que les permita desarrollar programas de intervención social basados en el conocimiento compartido y en información relevante a la que no podrían acceder a través de otros mecanismos.

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Empleo. Ayuntamiento de Jumilla

Fuente: BORM número 50 de 29/02/2024


Convocatoria de pruebas selectivas para la cobertura en propiedad, mediante el sistema de concurso oposición, turno libre, de la siguiente plaza vacante en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla:

- Denominación: psicólogo/a 
- Escala: administración especial 
- Subescala: técnica 
- Grupo /subgrupo: A/A1

Plazo de presentación de solicitudes:
20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

miércoles, 28 de febrero de 2024

Acuerdos del Consejo de Ministros de 27/02/2024


Fuente: Referencia del Consejo de Ministros


Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

PROYECTO DE LEY DE FAMILIAS

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley de Familias, con tres objetivos básicos:

  • Reconocer las diferentes situaciones familiares que existen en España.
  • Mejorar la protección social de las familias.
  • Garantizar el derecho a conciliar la vida familiar con la laboral.

La norma va a establecer un marco para que las diferentes administraciones de nuestro país puedan implementar políticas de apoyo a las familias y, asimismo, ofrecer un soporte para ampliar derechos, tanto por la vía de enmiendas parlamentarias, como en la negociación de los Presupuestos Generales del Estado, dadas las dificultades actuales en España para formar una familia, tanto en términos económicos, como de conciliación.

La infrafinanciación de las políticas de protección social a las familias tras los recortes llevados a cabo la pasada década supone una mayor carga de trabajo no remunerado sobre las mujeres, por lo que otro objetivo importante de la ley es ayudar a reducir esta brecha de género, cuyas consecuencias tienen cada vez un mayor impacto en nuestra sociedad: España es el país de la Unión Europea con mayor número de mujeres que se ven obligadas a postergar la decisión de tener hijos hasta pasados los 40 años.

Medidas específicas que se incluyen en este proyecto de ley son:

  • Prestación por crianza. La ley reconoce una asignación por crianza de 100 euros mensuales para familias con hijos e hijas de cero a tres años.
  • Protección a las familias monoparentales. Las familias con una sola persona progenitora (8 de cada 10 son mujeres) dispondrán de un título de acreditación oficial de familia monoparental. Este título se tendrá en cuenta para el acceso preferente a distintos servicios públicos, y, en particular, va a ofrecer la posibilidad de que tengan 16 semanas de educación infantil de forma gratuita dentro de los primeros 24 meses de vida del hijo o la hija. Además, se equipararán los derechos de las familias monoparentales con dos hijos a los de las familias numerosas.
  • Protección a las familias numerosas. Se reconocerán como familias numerosas de categoría especial todas aquellas con cuatro o más hijos o hijas (anteriormente reconocidas a partir de los cinco) o con tres en caso de parto múltiple (anteriormente a partir de los cuatro). Se reducen también a tres, cuando sus ingresos anuales, divididos por el número especial de sus miembros, no superen el 150% del IPREM vigente. Otra novedad es que, en caso de en caso de separaciones o divorcios con custodia compartida, el título de familia numerosa lo podrán ostentar ambos progenitores, para que ambos puedan acogerse a sus beneficios.
  • Protección a las familias migrantes. En las situaciones familiares en las que alguno de sus miembros proceda de otro Estado o territorio y no tenga regularizada su situación administrativa, la ley garantizará un NIE para niños y niñas cuyos progenitores estén en situación irregular.
  • Protección a familias con personas con discapacidad. Se equipararán los derechos de las familias numerosas a aquellas familias que tengan un ascendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 33% (frente al 65% actual). Y en familias con menores de edad con discapacidad, las administraciones competentes estarán obligadas por ley a asegurar la atención temprana y a facilitar los apoyos educativos necesarios.
  • Más derechos para las parejas de hecho. Los derechos de las parejas de hecho se equipararán a los de los matrimonios en varios puntos:
  • Tendrán derecho a pensión de viudedad (similar a la del matrimonio) y al complemento a mínimos de las pensiones.
    • Podrán acceder al Fondo de Garantía de Pago de Alimentos para los hijos e hijas a cargo en caso de disolución de la pareja.
    • Se creará un Registro Estatal de Parejas de Hecho centralizado para las parejas registradas a nivel autonómico.
  • Fondo de Garantía de Alimentos: Se ampliará el umbral de acceso al Fondo de Garantía de Pago de Alimentos, así como la cuantía, que podrá alcanzar los 500 euros mensuales (frente a los 100 actuales).
    
PROYECTO DE LEY DE ATENCIÓN A LA CLIENTELA

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley por la que se regulan los servicios de atención a la clientela.

Esta norma pretende garantizar el derecho de los ciudadanos a recibir una atención de calidad, personalizada y accesible, siendo uno de sus objetivos reducir los tiempos de espera que las empresas ofrecen a las personas consumidoras cuando solicitan información o realizan reclamaciones.

Por ello, uno de los puntos más destacados de esta norma es que obligará a las empresas a garantizar que el 95% de las llamadas telefónicas que reciban de sus clientes sean atendidas, de media, en un plazo inferior a 3 minutos. Además, la ley reforzará el derecho a una atención personalizada, prohibiendo que las empresas atiendan a estas llamadas de forma exclusiva a través de contestadores automáticos. A partir de la entrada en vigor de esta norma, los clientes podrán solicitar hablar directamente con una persona, un operador especializado, en cualquier momento de la consulta o de la reclamación.

Por otro lado, en el caso de las reclamaciones, se establece un plazo máximo de 15 días para resolver una reclamación (en la actualidad el plazo es de 30 días).

De esta manera, la nueva ley se encamina a implementar unos estándares de calidad obligatorios. Para su puesta a punto, el texto obliga a las empresas a someterse a auditorías externas para garantizar que cumplen estos requisitos en sus servicios de atención a la clientela.

Del mismo modo, esta norma va a proteger específicamente los derechos de las personas consumidoras vulnerables: la ley establece que las empresas tendrán que proveer una prestación personalizada a sus clientes atendiendo a variables como la edad (atención en persona para mayores), o la discapacidad (sistemas alternativos para personas con discapacidad auditiva).

Este proyecto legislativo se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Componente 11, Reforma 3), tratando de reducir la insatisfacción que, según diversos estudios, tiene un porcentaje importante de las personas consumidoras respecto a los servicios de atención al cliente. Atendiendo, por ejemplo, al último Panel de Hogares de la CNMC, la mala atención al cliente es el motivo más importante de insatisfacción para una de cada cinco personas cuando realizan consultas a empresas de electricidad, de gas natural, de telefonía fija o móvil, de banda ancha.

Trabajar para ser pobres: La situación de las personas empleadas que viven bajo el umbral de la pobreza


Trabajar para ser pobres: La situación de las personas empleadas que viven bajo el umbral de la pobreza
. Madrid: EAPN, 2023. 102 p.

Informe de las causas y situación de personas que pese a tener un empleo viven situaciones de privación material y de vulnerabilidad social. El documento finaliza con propuestas de actuación.

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martes, 27 de febrero de 2024

Guía para fomentar la movilización y participación de la juventud

Guía para fomentar la movilización y participación de la juventud. Madrid: EAPN, 2023. 48 p.

El contenido aborda la promoción de la participación de la juventud con mayores dificultades en la vida democrática. La importancia de contar con su experiencia y conocimientos para que la incidencia social y política tengan un impacto más preciso en la lucha contra la pobreza y la exclusión social.

La juventud posee un gran potencial e influencia en la sociedad en la que reside, siendo impulsora de varios movimientos sociales, generando así una mayor conciencia sobre diversas temáticas que afectan a la población en situación de mayor vulnerabilidad.

Esta guía se elabora para abordar cuestiones relacionados con la participación de la juventud: conocer los derechos de la juventud, qué es participar y cómo participar,  ideas y consejos para desarrollar una campaña de movilización y ejemplos y buenas prácticas de jóvenes involucradas en alguna causa.

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lunes, 26 de febrero de 2024

Extracto de la Resolución de 16 de febrero de 2024, por la que se convocan subvenciones dirigidas a la inclusión sociolaboral, de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación, dentro del Programa Eurovida Salud Mental, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), para el año 2024 (Subprogramas 1.2, 1.3, 1.4 y 1.5)



Fuente: BORM número 46 de 24/05/2024


Objeto
Subvenciones a conceder para el desarrollo del Programa Eurovida Salud Mental, a través de acciones destinadas a la integración socio-laboral y mejora de la empleabilidad de personas con trastorno mental grave y/o adicciones (TMG/A) en proceso de recuperación, atendidas en la red de salud mental del Servicio Murciano de Salud, mediante subvenciones dirigidas, en esta convocatoria, al empleo por cuenta propia y ajena, así como acciones de acompañamiento vinculadas a itinerarios de inserción sociolaboral, que se desarrollen durante el año 2024.

Modalidades de subvención subprogramas del Programa 1 de Inclusión Sociolaboral:

  • Subprograma 1.2 Inserción Laboral de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación en el mercado ordinario. 
  • Subprograma 1.3 Inserción Laboral de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación en el mercado protegido. 
  • Subprograma 1.4 Establecimiento de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación como trabajadores/as autónomos/as. 
  • Subprograma 1.5 Acciones de Acompañamiento a personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación vinculadas a itinerarios de inserción sociolaboral. 

Beneficiarias:

  • Las personas jurídicas públicas o privadas, tales como entidades locales y sus organismos públicos, empresas y entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, con sede social o centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia, así como las personas físicas en alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por cuenta propia o autónomos/as (RETA), que se encuentren en situación que fundamente la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en esta convocatoria. 
  • Las Empresas de Inserción Social y los Centros Especiales de Empleo con sede social o centro de trabajo en la Región de Murcia que establezcan una relación laboral de nueva creación con las personas con trastorno mental grave y/o adicciones, en proceso de recuperación. 
  • Las personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación que pudieran incorporarse al mercado de laboral a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA). 
  • Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas y con sede social o centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia, que contraten y/o mantengan puestos de trabajo para profesionales de apoyo a la recuperación e inserción sociolaboral en salud mental.

Bases reguladoras: 

Plazo de presentación de solicitudes: 
Para los subprogramas 1.2, 1.3 y 1.4 el plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y, hasta el 31 de octubre de 2024, salvo que con anterioridad a la misma, se agote el crédito presupuestario, en cuyo caso, se procederá a cerrar el plazo de presentación de solicitudes, publicándose el oportuno aviso informativo en la sede electrónica de la CARM (procedimiento 4026). 
Para el subprograma 1.5, el plazo será de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM. 

Otros datos: 
Para los subprogramas 1.2 1.3 y 1.4, la concesión de las subvenciones se tramitará por el procedimiento de concurrencia especial. 
La concesión de las subvenciones se realizará según el orden de registro de entrada de las solicitudes. A estos efectos, y para los supuestos en que las solicitudes estén incompletas, la fecha de registro de entrada que se tendrá en consideración será aquella en que se produzca el perfeccionamiento del expediente con la aportación de todos los documentos exigibles. Las ayudas se abonarán anticipadamente. 
Para el subprograma 1.5, la concesión de las subvenciones se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva. 
Las ayudas se abonarán anticipadamente.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/744746

Poverty Watch España 2023


Poverty Watch España 2023. Madrid: EAPN España, 2023. 42 p.

El informe contiene los resultados del análisis de la situación de pobreza y exclusión en España. Incluye el territorio como indicador de desigualdad y se realiza una valoración de políticas desarrolladas, basadas en derechos sociales.

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viernes, 23 de febrero de 2024

Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 22/02/2024



Fuente: Referencia del Consejo de Gobierno


Integración

Convenio con el Ayuntamiento de Cieza para la cesión de viviendas a familias en exclusión

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, ha dado luz verde a la suscripción de un convenio con el Ayuntamiento de Cieza para la cesión de seis viviendas destinadas a familias en situación de exclusión social y residencial.

Esta iniciativa se enmarca en el ‘Programa de Actuación y acompañamiento al realojo de familias en situación de exclusión social y residencial cronificada’ (PARES), que incluye actuaciones cofinanciadas tanto por el FEDER como por el Fondo Social Europeo. El acuerdo regula la cesión gratuita al Ayuntamiento de la propiedad de las viviendas que la Consejería ha adquirido con cargo a fondos FEDER.

Las viviendas cedidas se destinarán al realojo de familias en riesgo de exclusión social o residencial que viven en asentamientos chabolistas y/o en infraviviendas en el municipio. Además, a través de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad se realizará un proceso de acompañamiento social a las familias para que el realojo se realice en las mejores condiciones de habitabilidad, así como facilitar su integración sociolaboral.

La Consejería de Fomento cederá gratuitamente al Ayuntamiento de Cieza la propiedad de las viviendas siempre que mantenga la finalidad de realojo de familias en riesgo de exclusión social o residencial cronificada incluidas en el programa PARES. Asimismo, entregará las viviendas en un correcto estado de habitabilidad y realizará reparaciones previas en caso necesario para su puesta en uso.

Por su parte, el Ayuntamiento de Cieza será el responsable de realojar en las viviendas cedidas a las familias en riesgo de exclusión procedentes del censo elaborado por el programa. También corresponde al Ayuntamiento la conservación y mantenimiento de las viviendas y sus instalaciones complementarias, excepto los daños que sus habitantes puedan producir por mal uso o falta de mantenimiento.