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jueves, 20 de septiembre de 2018

Resolución de 14 de septiembre de 2018, del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se establecen las prescripciones técnicas necesarias para el desarrollo y aplicación de la «Tarjeta Social Universal»



Fuente: BOE nº 228 de 20/09/2018

Prescripciones técnicas necesarias para el desarrollo y aplicación de la Tarjeta Social Universal

Objeto:
  • Establecer los requisitos necesarios para el desarrollo de la administración, gestión y mantenimiento del sistema de la Tarjeta Social Universal.
  • Asegurar su funcionamiento e interoperabilidad.
Responsabilidad:
  • El responsable del tratamiento del sistema será el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  • La persona titular de la Subdirección General de Gestión de Prestaciones, como responsable de dicho tratamiento, adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la legislación sobre protección de datos.
Ámbito de aplicación:
  • Los órganos y organismos públicos de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, y de las Administraciones que integran la Administración Local, obligadas a transmitir la información que conforma el Registro de Prestaciones Sociales Públicas así como aquellas otras que participen en el sistema de la Tarjeta Social Universal.
  • Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.
  • Las entidades del sector privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas.
  • Las empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social.
Administrador:
  • Corresponde al titular de la Subdirección General de Gestión de Prestaciones de la Dirección General de Instituto Nacional de la Seguridad Social, ejercer las funciones de administrador ejecutivo, siendo responsable de las normas y planes de actuación que se establezcan en materia de seguridad y confidencialidad de la información.
Entrada en vigor:
  • La presente Resolución entra en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Información adicional:

  • La Tarjeta Social Universal es un sistema de información creado por la disposición adicional centésima cuadragésima primera de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, destinado a mejorar y coordinar las políticas de protección social impulsadas por las diferentes administraciones públicas.
  • Constituye un fichero con datos de carácter personal que incluye la información actualizada correspondiente a todas las prestaciones sociales contributivas, no contributivas y asistenciales de contenido económico, reconocidas a los ciudadanos y financiadas con cargo a recursos de carácter público. Además recoge una información paramétrica y actualizada sobre determinadas situaciones subjetivas, y ofrece, en base a dicha información, funcionalidades y utilidades a las distintas administraciones públicas, así como a aquellas entidades afectadas que colaboren con el sistema.
  • Uso de la Tarjeta Social Universal (Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018):
    • La gestión de los datos identificativos de las prestaciones sociales públicas de contenido económico y situaciones subjetivas incluidas en su ámbito de aplicación y de sus beneficiarios, mediante la formación de un banco de datos automatizado.
    • El conocimiento coordinado y la cesión de datos entre las entidades y organismos afectados, con el fin de facilitar el reconocimiento y supervisión de las prestaciones sociales públicas por ellos gestionadas.
    • El acceso y la consulta de las administraciones públicas y otras entidades del sector público integradas en el sistema que gestionen prestaciones sociales públicas de contenido económico.
    • La explotación estadística con la finalidad de elaborar estudios económicos encaminados a la mejora de las políticas sociales públicas.

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