Fuente: BORM nº 70 de 26/03/2018
Objeto:
- Establecer las normas que garanticen la accesibilidad no discriminatoria, independiente y segura en:
- Edificios y espacios públicos urbanizados del municipio.
- Modos de transporte.
- Productos y servicios de información y comunicación.
- Utilización de los bienes y servicios de competencia municipal.
- Promover la adopción de las medidas de acción positiva necesarias para la efectiva aplicación de la Ordenanza, para lograr un municipio abierto a todos que permita a los ciudadanos mejorar su calidad de vida y disfrutar de un entorno accesible en el que se facilite la participación sin exclusión de las personas con discapacidad en la vida diaria, el ocio y la cultura.
- Hacer efectiva la igualdad de oportunidades y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad y de las personas con movilidad reducida, permanente o circunstancial.
Ámbito de aplicación:
-
La presente Ordenanza será de aplicación en el ámbito del término municipal de Cartagena.
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