Fuente: BORM número 93 de 24/04/2026
MurciaSocial
Sección de Documentación. Consejería de Política Social, Familias e Igualdad
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viernes, 24 de abril de 2026
Orden de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, por la que se convoca procedimiento para el otorgamiento de la autorización demanial de uso del Centro de Promoción Juvenil de Espinardo, a favor de entidades con implantación regional y sin ánimo de lucro, para fines de utilidad pública
IX Congreso Estatal de Educación Social: “La autonomía y la cultura profesional en la acción socioeducativa”
Proyecto TransformAcción: Voluntariado Social
Boletín de atención al maltrato infantil y adolescente de la Comunidad Autónoma de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Boletín de atención al maltrato infantil y adolescente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Murcia: Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, 2026. 33 p.
El boletín contiene el análisis de datos estadísticos, resultado de las notificaciones de sospecha de maltrato realizadas por los diferentes profesionales de los ámbitos sanitario, policial, servicios sociales y educativo, durante el periodo de años 2003-2025.
El documento se ha estructurado en 7 capítulos. En el capítulo 1 se indican las tipologías de maltrato infantil y adolescente, factores de riesgo y protectores e indicadores establecidos para poder describir en las hojas de notificación cada uno de los tipos de maltrato.
En el capítulo 2 se describe el Programa de Atención al Maltrato Infantil de la Región de Murcia y procedimiento de actuación ante posibles casos de maltrato infantil en los ámbitos educativo, sanitario, policial y de servicios sociales.
El capítulo 3 define el modelo Barnahus e informa sobre el Servicio de Información, Asesoramiento, Prevención, Valoración Psicológica y Tratamiento para Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Violencia Sexual Infantil (VSI) y Niños, Niñas y Adolescentes con Implicación en Conductas Sexuales Problemáticas en la Región de Murcia, denominado "Proyecto Luz". Se indican los destinatarios, objetivos y cómo y donde notificar los casos de abuso sexual infantil.
El capítulo 4 recoge el análisis de datos de los casos notificados de maltrato infantil en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (2003-2025).
El capítulo 5 contiene información sobre las funciones del servicio de Asesoría de Información y Estudios (AIE), el teléfono de Punto Especializado de Familia y Menor y datos de contacto.
El capítulo 6 contiene datos de contacto de instituciones, centros y fundaciones de ayuda a niños, niñas y adolescentes en riesgo de maltrato.
El último capítulo referencia normativa y facilita el acceso a las guías sobre atención al maltrato infantil y adolescente en los ámbitos educativo, sanitario, policial y de servicios sociales.
Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 7.17 MB)
Informes de datos referente a la detección, notificación y registro de casos del maltrato infantil y adolescente en la Región de Murcia, desglosados por ámbitos de actuación, que comprenden desde la fecha de su puesta en marcha hasta el año 2025:
Informe de actuaciones relativo al ámbito educativo (2008-2025) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 784 KB)
Informe de actuaciones relativo al ámbito de los servicios sociales (2003-2025) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 656 KB)
Informe de actuaciones relativo al ámbito de los cuerpos y fuerzas de seguridad (2006-2025) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 612 KB)
Informe de actuaciones relativo al ámbito sanitario (2004-2025) (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 944 KB)
Corrección de errores a la convocatoria de subvenciones dirigidas a la inclusión sociolaboral, de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación, dentro del programa Eurovida Salud Mental, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+), para el año 2026 (subprogramas 1.2, 1.3, 1.4 y 1.5)
Corrección de errores
Plazo de presentación de solicitudes:
Donde dice:
“Para los subprogramas 1.2, 1.3 y 1.4 el plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y, hasta el 31 de octubre de 2026, salvo que con anterioridad a la misma, se agote el crédito presupuestario, en cuyo caso, se procederá a cerrar el plazo de presentación de solicitudes, publicándose el oportuno aviso informativo en la sede electrónica de la CARM (procedimiento 4026).Para el subprograma 1.5, el plazo será de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM.”
Debe decir:
“Para los subprogramas 1.2, 1.3 y 1.4 el plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y, hasta el 15 de octubre de 2026, salvo que con anterioridad a la misma, se agote el crédito presupuestario, en cuyo caso, se procederá a cerrar el plazo de presentación de solicitudes, publicándose el oportuno aviso informativo en la sede electrónica de la CARM (procedimiento 4026). Para el subprograma 1.5, el plazo será de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM.”
Convocatoria
Fuente: BORM número 71 de 27/03/2026
- Programa 1 de Inclusión Sociolaboral:
- Subprograma 1.2 Inserción Laboral de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación en el mercado ordinario.
- Subprograma 1.3 Inserción Laboral de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación en el mercado protegido.
- Subprograma 1.4 Establecimiento de personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación como trabajadores/as autónomos/as.
- Subprograma 1.5 Acciones de Acompañamiento a personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación vinculadas a itinerarios de inserción sociolaboral.
- Las personas jurídicas públicas o privadas, tales como entidades locales y sus organismos públicos, empresas y entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, con sede social o centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia, así como las personas físicas, incluidas aquellas en alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por cuenta propia o autónomos/as (RETA), que se encuentren en situación que fundamente la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria.
- Las Empresas de Inserción Social y los Centros Especiales de Empleo con sede social o centro de trabajo en la Región de Murcia que establezcan una relación laboral de nueva creación, o de mantenimiento de contratos con las personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación.
- Las personas con trastorno mental grave y/o adicciones en proceso de recuperación, trabajadores en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA).
- Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas y con sede social o centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia, que contraten y/o mantengan puestos de trabajo para profesionales de apoyo a la recuperación e inserción sociolaboral en salud mental.
- Para los subprogramas 1.2, 1.3 y 1.4, la concesión de las subvenciones se tramitará por el procedimiento de concurrencia especial.
- La concesión de las subvenciones se realizará según el orden de registro de entrada de las solicitudes.
- A estos efectos, y para los supuestos en que las solicitudes estén incompletas, la fecha de registro de entrada que se tendrá en consideración será aquella en que se produzca el perfeccionamiento del expediente con la aportación de todos los documentos exigibles.
- Las ayudas se abonarán anticipadamente.
- Para el subprograma 1.5, la concesión de las subvenciones se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva.
- Las ayudas se abonarán anticipadamente.
- Para los subprogramas 1.2, 1.3 y 1.4 el plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y, hasta el 31 de octubre de 2026, salvo que con anterioridad a la misma, se agote el crédito presupuestario, en cuyo caso, se procederá a cerrar el plazo de presentación de solicitudes, publicándose el oportuno aviso informativo en la sede electrónica de la CARM (procedimiento 4026).
- Para el subprograma 1.5, el plazo será de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM.
Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 23/04/2026
jueves, 23 de abril de 2026
Extracto de la Resolución de 20 abril de 2026 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del programa formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad para el año 2026 cofinanciadas por el Fondo Social Plus 2021-2027
- Convocatoria de subvenciones se enmarca en el Programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027, Prioridad 2. “Inclusión social y lucha contra la pobreza”, objetivo específico H “Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los grupos desfavorecidos”, en el que se contempla la actuación “2.H.3.1 Medidas de integración social para personas con discapacidad o enfermedad mental”.
- Las subvenciones que se convocan corresponden al programa “Formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad” de la Orden de bases reguladoras, que consta de los subprogramas siguientes:
- Empleo con apoyo (en adelante ECA).
- Gabinetes de Orientación e Inserción Laboral de personas con discapacidad (en adelante GOIL).
- La finalidad del presente programa es el acompañamiento individualizado con objeto de favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad que se encuentran desempleadas, no ocupadas e inscritas en las Oficinas de Empleo del SEF, o con relación laboral de indefinido fijo-discontinuo, inscritas como demandantes de servicios en las oficinas de empleo del SEF, durante los periodos de no actividad, siempre y cuando su participación resulte posible en función del contrato que tengan suscrito, así como de la duración del período de inactividad.
- Además, para facilitar su adaptación socio laboral y su progresión profesional, otra finalidad del programa será el acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo de las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral, que hubiesen sido insertadas en el mercado ordinario mediante este programa.
- Así mismo, se permitirá el acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo de las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción, aunque no se hubiesen insertado bajo este programa, siempre que se trate de un tránsito directo del mercado protegido al ordinario.
- Ambos acompañamientos individuales tendrán una duración máxima de tres años en el subprograma ECA y de dos años en el subprograma GOIL, siempre con carácter renovable en cada convocatoria anual, quedando su continuidad condicionada a la presentación de una nueva solicitud y al cumplimiento de los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria.
- En el caso del subprograma de “empleo con apoyo”: atención a personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental, con discapacidad intelectual, con trastorno del espectro del autismo, o sensorial.
- En el caso del subprograma “gabinetes de orientación e inserción laboral”: de atención a personas con discapacidad física y/u orgánica.
- Además:
- Tener suscrito un “Convenio de colaboración con el Servicio Regional de Empleo y Formación en materia de empleo”, o
- Haber obtenido la autorización como agencia de colocación por los Servicios Públicos de Empleo.
- Será requisito imprescindible que las entidades beneficiarias cuenten entre su cuadro técnico imputado al programa con personal técnico de orientación laboral.
- Si la entidad solicitante fuere titular de un centro especial de empleo, la organización y desarrollo del proyecto será ajena a la actividad y organización del referido centro que no podrá quedar implicado en modo alguno en dicho proyecto.
- El 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, para el caso de entidades que ya estuviesen ejecutando este programa en el ejercicio 2025.
- El día 1 del mes siguiente a la fecha de presentación de la solicitud de subvención y el 31 de diciembre de 2026, cuando la entidad no hubiese ejecutado este programa en el ejercicio inmediatamente anterior al de la convocatoria.



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