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jueves, 23 de abril de 2026

Extracto de la Resolución de 20 abril de 2026 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del programa formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad para el año 2026 cofinanciadas por el Fondo Social Plus 2021-2027


Objeto y finalidad:
  • Convocatoria de subvenciones se enmarca en el Programa FSE+ Región de Murcia 2021-2027, Prioridad 2. “Inclusión social y lucha contra la pobreza”, objetivo específico H “Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los grupos desfavorecidos”, en el que se contempla la actuación “2.H.3.1 Medidas de integración social para personas con discapacidad o enfermedad mental”.
  • Las subvenciones que se convocan corresponden al programa “Formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad” de la Orden de bases reguladoras, que consta de los subprogramas siguientes:
    • Empleo con apoyo (en adelante ECA).
    • Gabinetes de Orientación e Inserción Laboral de personas con discapacidad (en adelante GOIL).
  •  La finalidad del presente programa es el acompañamiento individualizado con objeto de favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad que se encuentran desempleadas, no ocupadas e inscritas en las Oficinas de Empleo del SEF, o con relación laboral de indefinido fijo-discontinuo, inscritas como demandantes de servicios en las oficinas de empleo del SEF, durante los periodos de no actividad, siempre y cuando su participación resulte posible en función del contrato que tengan suscrito, así como de la duración del período de inactividad.
  • Además, para facilitar su adaptación socio laboral y su progresión profesional, otra finalidad del programa será el acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo de las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral, que hubiesen sido insertadas en el mercado ordinario mediante este programa.
  • Así mismo, se permitirá el acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo de las personas con discapacidad con especiales dificultades de inserción, aunque no se hubiesen insertado bajo este programa, siempre que se trate de un tránsito directo del mercado protegido al ordinario.
  • Ambos acompañamientos individuales tendrán una duración máxima de tres años en el subprograma ECA y de dos años en el subprograma GOIL, siempre con carácter renovable en cada convocatoria anual, quedando su continuidad condicionada a la presentación de una nueva solicitud y al cumplimiento de los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria.

Beneficiarias:
Entidades sin fines de lucro, con centro de trabajo y actividad en la Región de Murcia y cuyo objeto social esté directamente relacionado con alguna de las siguientes actividades específicas a desarrollar:
  • En el caso del subprograma de “empleo con apoyo”: atención a personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental, con discapacidad intelectual, con trastorno del espectro del autismo, o sensorial.
  • En el caso del subprograma “gabinetes de orientación e inserción laboral”: de atención a personas con discapacidad física y/u orgánica.
  • Además:
    • Tener suscrito un “Convenio de colaboración con el Servicio Regional de Empleo y Formación en materia de empleo”, o
    • Haber obtenido la autorización como agencia de colocación por los Servicios Públicos de Empleo.
  • Será requisito imprescindible que las entidades beneficiarias cuenten entre su cuadro técnico imputado al programa con personal técnico de orientación laboral.
  • Si la entidad solicitante fuere titular de un centro especial de empleo, la organización y desarrollo del proyecto será ajena a la actividad y organización del referido centro que no podrá quedar implicado en modo alguno en dicho proyecto.

Bases reguladoras:

Ámbito temporal de ejecución:
Podrán ser subvencionadas las acciones contempladas en los subprogramas “empleo con apoyo” y “gabinetes de orientación e inserción laboral de personas con discapacidad”, realizadas entre:
  • El 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, para el caso de entidades que ya estuviesen ejecutando este programa en el ejercicio 2025.
  • El día 1 del mes siguiente a la fecha de presentación de la solicitud de subvención y el 31 de diciembre de 2026, cuando la entidad no hubiese ejecutado este programa en el ejercicio inmediatamente anterior al de la convocatoria.

Plazo de presentación de solicitudes:
Un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Cada entidad sólo podrá presentar una solicitud, independientemente del subprograma que sea.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030


El Real Decreto tiene por objeto regular el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 en lo que se refiere a los instrumentos de financiación y ayudas a implementar por las administraciones autonómicas y las ciudades de Ceuta y Melilla para favorecer el acceso a la vivienda, promovido por el Estado.

Las aportaciones previstas en el presente Plan se destinan al fomento del incremento de la oferta de vivienda social, protegida y asequible, al fomento de la rehabilitación edificatoria y de la regeneración y renovación urbana y rural y a facilitar el acceso a la vivienda, especialmente de las personas jóvenes, con el objetivo de reducir su esfuerzo financiero y la edad de emancipación.

En concreto se articulan ayudas para:

  • El incremento de la oferta de vivienda pública, de vivienda protegida de forma permanente y para el fomento de vivienda cooperativa en cesión de uso, de alojamientos, de edificios o complejos de viviendas intergeneracionales y de soluciones residenciales diseñadas en torno a la interrelación de las personas.
  • Garantizar la seguridad y la accesibilidad, así como para mejorar la habitabilidad, sostenibilidad, circularidad y la eficiencia energética del parque de viviendas y para la regeneración y renovación urbana y rural.
  • Las personas con menos recursos, las víctimas de violencia de género, de violencia sexual, víctima de trata o de explotación de seres humanos, familias monoparentales y monomarentales, familias vulnerables con personas menores de edad a cargo, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas en situación de chabolismo, infravivienda y en emergencia habitacional, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables para el alquiler de vivienda habitual.
  • Los jóvenes con ayudas específicas al alquiler para su emancipación, a la compra en municipios y núcleos de población de 10.000 habitantes o menos y al alquiler con opción a compra de vivienda con régimen de protección permanente.
  • La concesión de las subvenciones se regirá por lo dispuesto en este real decreto y en las disposiciones que puedan dictarse en su desarrollo o ejecución.
  • El Plan se aplicará en todas las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla que así lo deseen formalizando el correspondiente acuerdo a través de convenio.

Actuaciones del Plan:
 
  • Las que fomenten la ocupación racional y eficiente del patrimonio residencial y del suelo.
  • La conservación, el mantenimiento, la rehabilitación y la mejora de las viviendas que estén destinadas o vayan a destinarse a residencia habitual, así como la regeneración y renovación de su entorno construido, favoreciendo enfoques integrales que garanticen la accesibilidad universal.
  • Las actuaciones necesarias para la creación, ampliación y gestión de los parques públicos de vivienda, tanto derivadas de la nueva construcción como de la rehabilitación, orientados prioritariamente a atender la necesidad de vivienda de la mayoría social de este país, con especial atención a las zonas declaradas de mercado residencial tensionado. Ello con el objetivo adicional de impulsar el porcentaje de parque público de vivienda en España a la media europea.
  • La construcción y rehabilitación de viviendas sometidas a algún régimen de protección pública, si bien fomentando que la correspondiente protección sea permanente.
  • La promoción de nuevas modalidades de vivienda y de desarrollo urbano y rural que se adapten a las necesidades sociales, así como las actuaciones destinadas a favorecer el acceso de la ciudadanía a una vivienda sometida a algún régimen de protección pública con protección permanente, incluyendo la promoción de mecanismos público-privados.
  • Actuaciones encaminadas a favorecer el acceso a la vivienda de las personas jóvenes con especial atención a facilitar su emancipación, reduciendo su edad y la tasa de esfuerzo, incluyendo fórmulas de acceso estable como las cooperativas de viviendas en régimen de cesión de uso, así como a garantizar una vivienda digna y adecuada para personas en situación de mayor vulnerabilidad social, chabolismo, infravivienda o en emergencia habitacional. En todo caso considerando los ingresos de las correspondientes unidades familiares y por tanto el esfuerzo financiero de las familias y las jóvenes para dicho acceso.
  • Actuaciones dirigidas a hacer efectivo el principio de igualdad entre mujeres y hombres en materia de acceso a la vivienda, mediante la adopción de medidas específicas en favor de las familias monoparentales y monomarentales y de las víctimas de violencia de género y de violencia sexual, atendiendo a su especial situación de vulnerabilidad.
  • El fomento de la oferta de vivienda suficiente y adecuada, con objeto de revertir la dificultad en el acceso a la vivienda, especialmente, en las zonas declaradas como de mercado residencial tensionado.

Son pues objetivos del Plan el incremento de la oferta de vivienda pública y protegida con protección permanente, el fomento de la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbana y rural y la ayuda a las personas demandantes de vivienda, especialmente a las personas con menos recursos, incorporando de manera transversal la perspectiva de género y el principio de igualdad de trato y no discriminación. Son objetivos también el impulso a solventar la problemática las zonas de mercado residencial tensionado, garantizar la protección permanente de las viviendas protegidas que sean financiadas con fondos estatales, el impulso a la industrialización avanzada en la edificación de viviendas, la colaboración con los objetivos del Reto Demográfico con especial atención al ámbito rural y la especial atención al acceso a la vivienda de los jóvenes, así como la prevención de las situaciones de segregación residencial por motivos de origen racial o étnico.

Líneas de financiación:

  1. Ayudas para el fomento del incremento de la oferta de vivienda social y asequible.
  2. Ayudas para el fomento de la rehabilitación edificatoria, la accesibilidad y la renovación urbana y rural.
  3. Ayudas para reducir la tasa de esfuerzo para el pago de la Vivienda, así como para impulsar la emancipación de las personas jóvenes.

Prestaciones locales eficaces en la lucha contra la pobreza infantil: análisis y recomendaciones para mejorar su accesibilidad


Prestaciones locales eficaces en la lucha contra la pobreza infantil: análisis y recomendaciones para mejorar su accesibilidad
. Madrid: Unicef, 2025. 88 p.

Análisis del papel de las prestaciones sociales gestionadas u otorgadas por las entidades locales como instrumento para la reducción de la pobreza infantil en España, poniendo el foco en su funcionamiento efectivo y en los factores que condicionan el acceso real de las familias con niños, niñas y adolescentes.

El contenido se estructura en capítulos. El primer capítulo presenta el marco conceptual y contextualiza la persistencia de la pobreza infantil en España, así como el papel de las prestaciones sociales en la garantía de derechos. 

El segundo capítulo describe el funcionamiento del sistema de protección social y el rol específico de los municipios a partir de los resultados de la encuesta, que permiten caracterizar su nivel de implicación, sus funciones y la diversidad de ayudas existentes en el ámbito local. 

El tercer capítulo desarrolla los resultados del estudio empírico, organizados según las distintas fases que atraviesa una familia al intentar acceder a una prestación. 

Finalmente, el cuarto capítulo recoge las recomendaciones derivadas del análisis, orientadas a mejorar la accesibilidad, la coordinación y la efectividad del sistema. (Texto extraído del documento)

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miércoles, 22 de abril de 2026

Informe sobre pobreza infantil en España 2025. El beneficio de hacer: el impacto de políticas concretas para revertir la pobreza infantil en España


Informe sobre pobreza infantil en España 2025. El beneficio de hacer: el impacto de políticas concretas para revertir la pobreza infantil en España. Madrid: Unicef, 2025. 65 p.

Análisis de la situación actual, valorando soluciones a partir de la evidencia, y especialmente cuantificando con precisión los beneficios tangibles de las políticas de transferencias monetarias para reducir la pobreza infantil. 

El informe se estructura en secciones:

  • La sección I de este informe recoge un diagnóstico de la pobreza infantil en España, combinando datos comparados y de evolución histórica con un análisis de sus dimensiones múltiples (ingresos, carencias materiales, AROPE), su distribución por tipos de hogar, por comunidad autónoma, y factores como la composición migratoria o la estructura familiar, así como los mecanismos que explican su persistencia y el impacto que implica. 
  • La Sección II, que examina las respuestas posibles a partir de la evidencia internacional sobre políticas efectivas —con especial atención a las transferencias monetarias—.
  • La sección III, en las que se describe el marco europeo, estatal y autonómico, detalla las políticas en curso (IMV, complemento de ayuda para la infancia, prestaciones por crianza).
  • La Sección IV parte de ese debate para presentar microsimulaciones que estiman el impacto, coste y eficiencia de diferentes escenarios y territorios. 
  • La Sección V complementa con estimaciones del potencial que albergan medidas que van más allá de las transferencias monetarias, centrándose en aspectos laborales (especialmente relevantes en el caso español, como se desgranará en el análisis) como el aumento del SMI o la intensidad del empleo. 
  • Finalmente, se hacen una serie de propuestas desde UNICEF España que se concluyen del estudio. (Texto extraído del documento)

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Acuerdos del Consejo de Ministros de 21/04/2026




Hacienda

MODIFICACIÓN DE LÍMITES PARA EL PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2026-2030

El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, el cumplimiento del Real Decreto por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.

La Dirección General de Vivienda y Suelo solicitó la modificación de los límites establecidos en la Ley General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en la aplicación presupuestaria 'Subvenciones Plan Estatal de Vivienda'.

La finalización del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, hace necesaria la aprobación de un nuevo plan de vivienda, para adecuarlo a las nuevas demandas y circunstancias en la materia.

Por este motivo, se ha elaborado el Real Decreto por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030, cuyas aportaciones se destinarán a la concesión de ayudas para determinadas actuaciones, estructuradas conforme a las siguientes tres líneas de financiación:

  • Ayudas para el fomento del incremento de la oferta de vivienda social y asequible.
  • Ayudas para el fomento de la rehabilitación edificatoria, la accesibilidad y la renovación urbana y rural.
  • Ayudas para reducir la tasa de esfuerzo para el pago de la vivienda, así como para impulsar la emancipación de las personas jóvenes.

Igualdad

REMISIÓN A LAS CORTES GENERALES DEL INFORME ANUAL DEL OBSERVATORIO ESTATAL DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se toma conocimiento del XVIII Informe Anual del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer y se dispone su remisión a las Cortes Generales.

De acuerdo con lo reflejado en dicho documento, se concedieron 14.458 ayudas económicas a mujeres víctimas de violencia en la pareja o expareja en el periodo 2006-2024, al amparo de lo previsto en el artículo 27 de la Ley Integral 1/2004. En concreto 2024, fue el año en el que se asignó el mayor número de ayudas desde el inicio de la serie histórica, con 1.697.

Asimismo, según el trabajo del observatorio, desde el 1 de enero de 2003 al 31 de diciembre de 2024 se registraron un global de 13.979 contratos bonificados para mujeres víctimas de violencia en la pareja o expareja, de violencia doméstica y de violencia sexual. De ellos, 405 se formalizaron en 2024. En ese mismo período, la cifra total de contratos de sustitución de trabajadoras víctimas de violencia en la pareja o expareja fue de 4.998, de los que 277 corresponden al último ejercicio.

El informe recoge que el 85,7% de las victimizaciones por delitos contra la libertad e indemnidad sexual se cometieron contra mujeres. El delito más frecuente fue la agresión sexual, que alcanzó el 62,7%. Y también en 2024, se contabilizaron 49 víctimas mortales por violencia de género, frente a las 58 de 2023, la menor cifra de la serie histórica hasta esa fecha.

A 31 de diciembre de aquel año, el número de reclusos internos que cumplían condena en centros penitenciarios con delitos de violencia en la pareja o expareja era de 7.777 (sin contar los centros penitenciarios de Cataluña). Además, en 2024 se recibieron 40.685 mandamientos de penas y medidas alternativas a la prisión para los penados con delitos de violencia en la pareja o expareja.

martes, 21 de abril de 2026

Estado del odio: Estado LGTBI+ 2026


Estado del odio: Estado LGTBI+ 2026
. Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más, 2026. 103 p.

Análisis de discriminación y agresión física o sexual hacia personas LGTBI+: contexto en el que tienen lugar estas agresiones, análisis específico en entornos digitales, victimización en función de la edad, ingresos, situación ocupacional, nivel de estudios completado y relación entre el tamaño del municipio y experiencia del odio. 

El objetivo de este informe es claro: proporcionar herramientas de diagnóstico objetivas que sienten las bases para la elaboración de políticas efectivas. Este estudio brinda a todas las partes implicadas —instituciones, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y sociedad civil— los recursos necesarios para acabar con aquello que impide el desarrollo en igualdad de las personas LGTBI+: el odio y sus consecuencias.

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lunes, 20 de abril de 2026

De la vivienda a la ciudad: Análisis y propuesta feminista

De la vivienda a la ciudad: Análisis y propuesta feminista. Madrid: Instituto de las Mujeres, 2025. 90 p.

El proyecto De la vivienda a la ciudad: análisis y propuesta feminista (VIVIDA) es una investigación perteneciente a las disciplinas de la arquitectura y el urbanismo cuya misión final es contribuir a la creación de políticas públicas que contemplen la perspectiva de género en los pliegos de condiciones técnicas de los proyectos de edificación y de urbanismo de los municipios, contribuyendo así a que tanto los nuevos espacios a construir como la rehabilitación de los existentes se configuren desde el respeto, el bienestar y la igualdad de oportunidades de todas las personas que los habitan. (Texto extraído del documento)

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