Fuente: BORM número 50 de 02/03/2025
El objeto de la Ordenanza es:
a) Determinar los requisitos, condiciones de acceso, funcionamiento y copago del Servicio Municipal de Atención Domiciliaria, de los servicios complementarios de Teleasistencia y Comidas a Domicilio; así como del Servicio de Respiro Familiar en domicilios en el municipio de Cartagena.
Estos servicios tienen como destinatarios a todas aquellas personas residentes en el término municipal de Cartagena, que, por su limitada autonomía personal o dificultad social, requieran de atenciones domésticas y personales de forma temporal o continuada, con la finalidad de favorecer la permanencia en su entorno habitual de convivencia.
Se exceptúan, para el Servicio de Ayuda a Domicilio y del Servicio de Teleasistencia, a aquellas personas que tengan reconocido el derecho a los servicios o prestaciones de análoga naturaleza del Sistema de Atención a la Dependencia por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Establecer el procedimiento aplicable para la tramitación y adjudicación de los servicios, así como determinar su intensidad y el régimen de incompatibilidades y copago.

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