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martes, 2 de marzo de 2021

Orden de la Consejería de Fomento e Infraestructuras por la que se regula el procedimiento para la amortización anticipada de los contratos de venta de viviendas de promoción pública o social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de antigüedad igual o superior a 10 años


Fuente: BORM número 50 de 02/03/2021

 

Objeto y beneficiarios.

La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento para la amortización anticipada de los contratos de venta de las viviendas de promoción pública o social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia adjudicadas en régimen de venta, en los términos establecidos en el artículo 42 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, de la Vivienda de la Región de Murcia.

Se darán por amortizados aquellos contratos de venta con una antigüedad igual o superior a 10 años siempre que no existan deudas en el pago de sus recibos y que sus titulares se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

Mayores de 65 años.

Mayores de 50 años en situación de desempleo de larga duración.

Familias monoparentales.

Mujeres víctimas de violencia de género.

Víctimas del terrorismo.

Familias numerosas.

Familias con una o más personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento.

Presentación de solicitudes.

El plazo de solicitud se iniciará una vez entre vigor la presente Orden y tendrá carácter indefinido, pudiendo presentarse en el momento en que se cumplan los requisitos establecidos en la misma.

Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BORM.

 

Base de datos de legislación:

Acceder a la Orden en Legislación básica de Política Social de la Región de Murcia


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