Fuente: Extracto de la Convocatoria en el BORM nº 95 de 26/04/2018
Objeto:
- Subvenciones dirigidas a empresas, corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro ubicadas en la Región de Murcia, con la finalidad de colaborar en la financiación de los gastos que se deriven de la contratación y otras medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación y la obtención de la condición de entidad colaboradora.
- Programa 1. Inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación en el mercado ordinario.
- Programa 2. Inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación en el mercado protegido: empresas con más del 50% de la plantilla compuesta por personas con enfermedad mental y/o drogodependencia, especialmente empresas de inserción y Centros Especiales de Empleo:
- Subprograma 2.1. Empresas con más del 50% de personas del colectivo de referencia, especialmente empresas de inserción:
- Subvención a la contratación laboral.
- Asistencia técnica.
- Gastos necesarios para el desarrollo de la actividad.
- Subprograma 2.2. Centros Especiales de Empleo:
- Subvención contratación laboral.
- Programa 3. Establecimiento de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación como trabajadores autónomos.
- Programa 4. Acciones de acompañamiento, búsqueda de empleo, apoyo y seguimiento en el puesto de trabajo, de personas con enfermedad mental en proceso de recuperación:
- Subprograma 4.1.- Ayudas para la contratación de insertores.
- Subprograma 4.2.- Ayudas para asistencia a actividades de formación en empresas.
- Empresas y entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y con sede social o centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia.
- Corporaciones locales de esta Región y sus Organismos Autónomos, en los dos casos siguientes:
- Que se establezcan relaciones laborales, con alguna de las personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación, mediante la formalización del correspondiente contrato de trabajo, en cualquiera de las modalidades reconocidas por la normativa laboral.
- Que prorroguen los contratos celebrados en el año anterior, al amparo de estas ayudas.
- Las empresas, con sede social o centro de trabajo en la Región de Murcia, en la que más del 50% de su plantilla esté integrada por personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación, especialmente empresas de inserción.
- Centros Especiales de Empleo en los que al menos el 70% de los trabajadores sean personas con enfermedad mental y/o drogodependencia con discapacidad, en proceso de recuperación, con sede social o centro de trabajo en la Región de Murcia.
- Las personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación que pudieran incorporarse al mercado laboral a través del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
- Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen acciones de búsqueda de empleo, acompañamiento, apoyo y seguimiento en el puesto de trabajo de personas con enfermedad mental en proceso de recuperación, con los requisitos establecidos en la convocatoria.
- Entidades que obtuvieron la condición de entidad colaboradora en 2017
- Orden de 5 de diciembre de 2016, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a empresas de la Región de Murcia, corporaciones locales y entidades sin fin de lucro, para colaborar en la financiación de la contratación y otras medidas de inserción laboral de personas con enfermedad mental y/o drogodependencia en proceso de recuperación. (BORM nº 293 de 20 de diciembre de 2016)
- Para el Programa 1, 3 y subprograma 4.2 el plazo estará abierto desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en él BORM, hasta el 30 de octubre de 2018.
- Para el Programa 2 el plazo será de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM, y del 1 al 15 de junio de 2018.
- Para el Programa 4.1, el plazo será de 15 días a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en él BORM.
- Programa 1.
- La concesión de las subvenciones se realizará según el orden de entrada de las solicitudes o de la fecha del perfeccionamiento del expediente.
- Las ayudas se abonarán anticipadamente.
- Programa 2.
- El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.
- Las ayudas se abonarán anticipadamente.
- Programa 3.
- La concesión de las subvenciones se realizará según el orden de entrada de las solicitudes o de la fecha del perfeccionamiento del expediente.
- Las ayudas se abonarán anticipadamente.
- Programa 4.1.
- El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.
- Las ayudas se abonarán en dos plazos, un 50% de pago anticipado, y el otro 50% a la mitad del periodo de ejecución.
- Programa 4.2.
- La concesión de las subvenciones se realizará según el orden de entrada de las solicitudes o de la fecha del perfeccionamiento del expediente.
- Las ayudas se abonarán anticipadamente.
Descargar Resolución completa de la Convocatoria y modelos de solicitud (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 644 KB)
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