Fuente: Extracto de la Resolución en el BOE nº 249 de 15/10/2018
Beneficiarios:
- Entidades no gubernamentales sin ánimo de lucro, de implantación estatal según su título constitutivo y que se dediquen con carácter habitual, a la realización de actuaciones a favor de las personas mayores, entendiéndose no incluidas en la convocatoria, las entidades de tipo generalista.
- Mantenimiento, funcionamiento y actividades habituales de entidades de implantación estatal de mayores:
- Colaborar en el movimiento asociativo, facilitando la disponibilidad de medios básicos precisos para el cumplimiento de sus objetivos.
- Financiación de gastos corrientes en bienes y servicios derivados del local en que se ubique la sede social de la entidad, obras, mantenimiento y pequeñas reparaciones.
- Gastos de personal, reuniones, congresos, cursos de formación para la gestión y administración de las entidades.
- Cursos y publicaciones dirigidos a difundir hábitos saludables sobre envejecimiento activo y la prevención de las situaciones de dependencia, mediante la utilización de las nuevas tecnologías.
- Gastos de dietas por viajes, alojamiento y manutención de los órganos de gobierno.
- Orden TAS/980/2007, de 2 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales. (BOE nº 90 de 14/04/2007)
- 30 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.
Descargar Resolución de la Convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 3.3 MB)
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