Resolución de 3 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Migraciones, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de junio de 2026, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la residencia temporal de las personas menores de edad y la estancia de los monitores y las monitoras, de origen saharaui, en España en el marco del Programa «Vacaciones en Paz 2026»
Fuente: BOE número 137 de 05/06/2026
El objeto es establecer la forma, requisitos y plazos para autorizar la residencia temporal de las personas menores de edad y la estancia de los monitores y monitoras de origen saharaui, que se desplacen a España en el marco del Programa «Vacaciones en Paz 2026», a desarrollarse durante la época estival.
La delegación saharaui en España proporcionará, a efectos de mejorar la gestión del programa, el listado nominal de las personas participantes, menores de edad y monitores y monitoras, con la debida antelación al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Extracto de la Resolución de 22 de mayo de 2026, de la Dirección General de Gestión Migratoria, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas nacionales de terceros países
Fuente: BOE número 137 de 05/06/2026
Objeto:
El objeto de estas subvenciones será la realización de proyectos que faciliten a las personas nacionales de terceros países en situación de vulnerabilidad social y económica, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia para favorecer su reintegración, viable y sostenible.
Existen dos tipos de proyectos distintos, que podrán estar cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración, en las condiciones y con los requisitos que se recogen en la Resolución de Convocatoria.
- Proyecto de retorno voluntario asistido y reintegración: tiene como principal objetivo facilitar, a personas nacionales de terceros países en situación de especial vulnerabilidad, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración.
- Proyecto de retorno voluntario productivo: tiene como principal objetivo facilitar a personas nacionales de terceros países el retorno voluntario a sus países de procedencia y la reintegración sostenible en éstos, a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración que incluyan el apoyo a las habilidades emprendedoras, por medio de actividades de formación en autoempleo y gestión empresarial, así como asistencia técnica y seguimiento de la puesta en marcha de iniciativas empresariales asociadas al retorno, y teniendo en cuenta su vulnerabilidad como criterio prioritario de selección.
Beneficiarias:
Entidades, organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales y entidades de naturaleza análoga que reúnan los siguientes requisitos:
- Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los colectivos de inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.
- Carecer de fines de lucro.
- Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
- Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
- No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias.
Bases reguladoras:
Plazo de presentación de solicitudes:
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

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