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miércoles, 29 de abril de 2026

Resolución de 20 de abril de 2026, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 15 de abril de 2026, por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2026 del crédito destinado al desarrollo por las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, y se formalizan los compromisos financieros resultantes



Fuente: BOE número 104 de 29/04/2026


Se aprueban los criterios de distribución, así como la distribución resultante, de los créditos de las aplicaciones presupuestarias:

  • 30.02.232C.450 «Programas para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las comunidades autónomas en el Pacto de Estado contra la violencia de género», por un importe de 150.000.000,00 euros;
  •  30.02.232C.750 «Programas para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las comunidades autónomas en el Pacto de Estado contra la violencia de género», por un importe de 10.000.000 euros.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, los criterios objetivos que sirven de base para la distribución territorial de los créditos presupuestarios, así como su distribución, están basados en las siguientes variables y ponderaciones sobre datos de cada una de las comunidades autónomas o ciudades de Ceuta y Melilla:

  • 6.400.000,00 euros (4 %) por insularidad.
  • 3.200.000,00 euros (2 %) por ciudad fronteriza.
  • 68.000.000,00 euros (42,5 %) según distribución de mujeres, a partir del Censo Anual de Población 2025. Instituto Nacional de Estadística.
  • 4.000.000,00 euros (2,5 %) según distribución de mujeres de sesenta y cinco años y más, a partir del Censo Anual de Población 2025. Instituto Nacional de Estadística.
  • 4.000.000,00 euros (2,5 %) según distribución de mujeres extranjeras, a partir de datos del Censo Anual de Población 2025. Instituto Nacional de Estadística.
  • 4.000.000,00 euros (2,5 %) según distribución de mujeres con discapacidad, a partir de la base estatal de datos de personas con valoración del grado de discapacidad (Informe a 31 de diciembre de 2024). Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
  • 32.000.000,00 euros (20 %) según distribución de mujeres con trabajo temporal o paradas, con datos de la Encuesta de Población Activa (EPA). Media de los cuatro trimestres del año 2024. Instituto Nacional de Estadística.
  • 22.400.000,00 euros (14 %) según dispersión (densidad) poblacional, a partir de la inversa de la densidad de población calculada como cociente entre la población del Censo Anual de Población 2025 y la superficie de cada comunidad autónoma, Ceuta y Melilla, en la publicación España en Cifras, Edición 2025 (Superficie de las provincias españolas). Instituto Nacional de Estadística.
  • 16.000.000,00 euros (10 %) según población rural, calculado como porcentaje de población en municipios menores de 2.000 habitantes. Para las comunidades autónomas Principado de Asturias, Galicia y Región de Murcia se refiere al porcentaje de población en entidades singulares de población menores de 2.000 habitantes (Las Cifras de la Educación en España. Estadísticas e indicadores. Edición 2026. Curso 2023-24, MEFPyD).

Distribución:



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