Fuente: Referencia del Consejo de Ministros
Hacienda
MODIFICACIÓN DE LÍMITES PARA AVALES EN CASO DE IMPAGOS DEL ALQUILER DE VIVIENDAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autorizan los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para posibilitar al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana la financiación de la línea de ayudas para la cobertura en caso de impagos del alquiler de viviendas para jóvenes y colectivos vulnerables en los términos establecidos en el Real Decreto 1135/2025, de 10 de diciembre.
Entre las medidas que en política de vivienda está llevando a cabo el Gobierno destaca el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por el que se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad.
En concreto debe destacarse su artículo 76, donde se establece que para facilitar el acceso al mercado de alquiler y mitigar las dificultades económicas derivadas del acceso a la vivienda, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana establecerá una línea de avales para cubrir los posibles impagos derivados de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual y permanente para jóvenes y familias vulnerables en los términos que reglamentariamente se establezcan.
El aval garantizará el pago de todas las rentas o mensualidades impagadas hasta que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, así como todos los daños causados en la finca por culpa del arrendatario, el coste de los suministros debidos que hayan sido asumidos por la propiedad, y aquellos otros daños y costes que reglamentariamente se establezcan. Estos avales se financiarán por parte del Estado y serán gestionados por las Comunidades y Ciudades Autónomas.
La citada línea de avales, aprobada por el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, ha sido desarrollada reglamentariamente mediante el Real Decreto 1135/2025, de 10 de diciembre, por el que se determinan las condiciones de la línea de ayuda, por cuenta del Estado, para la cobertura en caso de impagos del alquiler de viviendas para jóvenes y colectivos vulnerables. En concreto en el artículo 3 de este último real decreto, se establece la financiación de la cobertura contemplada en el mismo.
Por todo ello, conforme a la Ley General Presupuestaria, se solicita la aprobación del Consejo de Ministros para autorizar los compromisos de gasto con cargo a las anualidades 2027 y 2028.
Igualdad
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DEL SISTEMA DE SEGUIMIENTO TELEMÁTICO DEL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS EN MATERIA DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y SEXUAL
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza la contratación del servicio integral del sistema de seguimiento por medios telemáticos del cumplimiento de las medidas cautelares y penas de prohibición de aproximación en materia de violencia de género y de violencia sexual, por un valor estimado de 111.100.438,80 euros.
El contrato, con una duración inicial de 36 meses, cuenta con un presupuesto base de licitación de 71.369.269,41 euros, que podría elevarse hasta los 111.100.438,80 euros (valor estimado del contrato), si se dieran las dos prórrogas anuales que serán posibles y con ellas, la duración máxima será de 60 meses.
Además de lo mencionado, los nuevos pliegos contractuales incluyen diversas mejoras en los dispositivos, en el suministro, mantenimiento y en su almacenamiento. En primer lugar, se incrementa el número de dispositivos a adquirir a lo largo del contrato hasta un total de 17.660; se fija en 2.000 el stock mínimo de dispositivos disponibles para su instalación en cualquier punto del territorio nacional en menos de 24 horas, acompañado de un sistema de información y control de stock a disposición de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género. Se garantiza también el mantenimiento o sustitución de dispositivos en menos de 24 horas y se exige la reparación de cualquiera que se haya manipulado, roto o averiado en un máximo de tres meses. El nuevo contrato introducirá la posibilidad de la compra por separado de los elementos de los que consta un kit de dispositivos (teléfonos móviles, tobillera, cargadores, etc.), para adecuar el volumen de compra a la realidad de pérdidas, manipulaciones y roturas de cada uno de estos elementos según se vayan produciendo.
Se han realizado además ajustes en las características exigidas para asegurar que los dispositivos sean en su mayoría tobilleras, en vez de brazaletes, por su mayor dificultad para ser manipuladas. A ello se suma que se ha previsto la implantación de mecanismos de protección contra la manipulación con material antivandálico, se ha mejorado la resistencia al agua y sensores de movimiento o de temperatura corporal y que tanto la tobillera como el teléfono móvil que completa el sistema del inculpado deberá disponer de una tarjeta electrónica eSIM para que no pueda ser extraída, y contarán con pantallas de cristal reforzado.
Asimismo, se añadirá al mecanismo existente un sistema que genere una alerta adicional a las ya activas de proximidad, basada en detección directa entre el dispositivo electrónico del investigado, inculpado o condenado y la víctima vía bluetooth que se cursará como alerta de proximidad.
Las tobilleras de los nuevos dispositivos contarán con geoposicionamientos de manera autónoma, con lo cual, se tendrá al investigado, inculpado o condenado localizado incluso si deja intencionadamente el teléfono móvil en su domicilio. A esto se unirán baterías recargables de mayor capacidad, la posibilidad de modificar a distancia, a través del teléfono móvil del agresor, los parámetros para reducir los tiempos en los que se manda la geoposición de las tobilleras en caso de ser necesario; o mejoras en la seguridad criptográfica para que los dispositivos de la víctima y el maltratador estén permanentemente relacionados y que no se pueda romper esa relación. Se incorporarán igualmente mecanismos de seguridad para evitar la simulación, el falseamiento o manipulación de los datos que se envían desde los dispositivos al Centro de monitorización y control de la Sala Cometa.
Por otro lado, permitirá medidas de mejora en la operación del Servicio integral de seguimiento, como la exigencia de incorporar a la oferta técnica un plan de transición detallado en respuesta a los requerimientos de la Delegación, del envío de un plan de devolución al final del contrato o nuevas funcionalidades en la plataforma para garantizar que el personal de la Sala Cometa tenga toda la información cómodamente a su alcance. La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género contará además con una aplicación de consulta de datos del servicio en tiempo real a su disposición y se consolidará un sistema de comunicaciones con el Ministerio de Igualdad para garantizar el acceso a otros sistemas como VioGén o Lexnet, entre otros, asegurando la interoperabilidad y la automatización del envío de la información y con ello reforzando la protección a las víctimas.
Los dispositivos, junto a lo ya señalado, contarán con configuración individualizada de idioma y se atenderá a las víctimas, a ser posible, sin la intervención de interpretación automática. El contrato incluye por primera vez un número 900 adicional exclusivo para la comunicación de las víctimas con Cometa, y dos puestos de especialistas en psicología para llamadas de víctimas que requieran una atención especializada.
Mayor control y más medios
Gracias a las mejoras del nuevo contrato, se elaborará un exhaustivo sistema de seguimiento y control de calidad para garantizar el funcionamiento de todos los subservicios que integran el Servicio integral de seguimiento por medios telemáticos, así como un plan de contingencia detallado para el caso en el que se produzcan caídas del cualquiera de los elementos del sistema.
En cuanto a personal, cabe destacarse que se creará la figura del responsable coordinador o coordinadora del Servicio de suministros, gestión y mantenimiento de los dispositivos, que controlará el stock de cada uno de los elementos que conforman los kits de dispositivos. Se pasará de uno a dos responsables coordinadoras o coordinadores de la Sala Cometa, se creará un puesto de responsable del Servicio de desarrollo y mantenimiento de software y otro de responsable del Servicio de infraestructuras, procesamiento de datos y almacenamiento. Junto a lo mencionado, la Sala tendrá un coordinador o coordinadora jurídico, dos asesoras o asesores jurídicos, los dos puestos ya mencionados para atención psicológica y se aumentarán a tres los puestos de coordinación y supervisión de los turnos de Cometa. En definitiva, se pasará de exigir un mínimo de 151 personas en sala.
La adjudicataria, de su lado, deberá mantener el nivel mínimo de stock de cada uno de los elementos que conforman el sistema o kit de dispositivos y remitir los partes de intervención a los órganos judiciales, fiscalías y fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado en un plazo de 24 horas. Se reducirán los tiempos para la notificación y resolución de incidencias técnicas graves, se elevarán los requisitos de disponibilidad del servicio, se incluirán tareas de mantenimiento programado. Además, se clarifican los mecanismos necesarios para que el incumplimiento de estos acuerdos de nivel de servicio dé lugar a las penalidades establecidas en el pliego.
Por último, el nuevo contrato refuerza el modelo de gobierno entre la prestataria y la Delegación del Gobierno para garantizar un adecuado seguimiento, registro de datos y controles de calidad del servicio. Se recogen, por ejemplo, mejoras en los informes que se presenten a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, definiéndose con mayor precisión el contenido y el número; o en medidas relacionadas con los procedimientos de transición y devolución del servicio en caso de que la empresa adjudicataria sea distinta a la actual. En ese sentido, tres meses antes de la finalización del contrato, la empresa saliente tendrá que presentar un plan para la migración de las personas usuarias, la monitorización de estas, la gestión de los dispositivos electrónicos y el intercambio de información y responsabilidades durante el periodo de transición. La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género validará el plan y solicitará los cambios oportunos, en caso de ser necesarios.
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
ACUERDO por el que se autoriza la tramitación administrativa urgente prevista en el artículo 27.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Para la Transformación Digital y de la Función Pública
Compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C15, I3). REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para su adaptación a la Adenda al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de Apoyo a la Recuperación y Resiliencia en respuesta a desastres naturales (Programa UNICO - Bono social).

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