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lunes, 31 de enero de 2022

Resolución de 24 de enero de 2022 de la Directora General de Mujer y Diversidad de Género por la que se convocan los “Premios 8 de marzo de la Región de Murcia”

Fuente: BORM número 22 de 28/01/2022

Primero.- Convocar la edición de los “Premios 8 de marzo” de la Región de Murcia para el año 2022, que se regirá íntegramente por las bases establecidas en la Orden de 9 febrero de 2017 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades por la que se establecen las bases de los Premios “8 de marzo” de la Región de Murcia.

Segundo.- La presentación de las candidaturas deberá realizarse en el plazo improrrogable de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BORM.

Tercero.- En las candidaturas se hará constar la modalidad de la base 1.ª de la mencionada Orden de 9 de febrero de 2017 por la que se opta:

a)Un premio a la Mujer Murciana, por haberse distinguido de forma eminente en cualquier ámbito de la vida social, cultural, política o económica.

b)Un premio a la Mujer Murciana que haya destacado por su trabajo o actividad en el ámbito de la Región de Murcia por su lucha a favor de la igualdad entre mujeres y hombres.

c)Un premio a la Mujer Murciana que haya destacado y distinguido en cualquier ámbito de la vida social, cultural, política o económica del ámbito local. 

d) Un premio al colectivo o persona física o jurídica que haya destacado por su trabajo o actividad en el ámbito de la Región de Murcia por su lucha a favor de la igualdad entre hombres y mujeres, en el ámbito regional. 

Las candidaturas deberán contener:

- El formulario “solicitud de presentación” correspondiente al procedimiento 3066, disponible en la página Web http://www.carm.es, debidamente cumplimentado, y se adjuntará la documentación que avale la concesión del premio.

- Identificación de la persona o Institución que presenta la candidatura.

- Teléfono, fax y correo electrónico del lugar de trabajo o institución que representa la candidatura.

- Personas allegadas y datos de contacto de estas: nombre y apellidos, teléfono, relación con la persona propuesta, etc.

- Nombre y apellidos de la persona o nombre de la Institución candidata, domicilio, teléfonos de contacto, correo electrónico, profesión / ocupación y, en su caso, domicilio laboral así como un breve resumen del recorrido profesional y personal (máximo 1000 caracteres).

- Actividades destacadas realizadas por la candidata a favor de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

- Razones que fundamentarían la concesión del Premio “8 de marzo”.

- Otros: (recortes de prensa, fotografías, escritos, méritos reconocidos etc.).

Cuarto.- La documentación que avala las candidaturas deberá tener una extensión máxima de 4 páginas, con letra “Arial” tamaño 12, con interlineado de 1,5.

Las candidaturas se presentarán a través de la Sede Electrónica Habilitada de la Administración Pública de la CARM, ubicada en la página Web http://www.carm.es en el supuesto de las Entidades Locales; a través de la aplicación Corporativa de Comunicaciones de Régimen Interior, en el supuesto de otras Consejerías pertenecientes a la CARM; y en el Registro General de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, (Avenida de la Fama n.º 3, Murcia) o en cualquiera de los Registros determinados por la normativa vigente, en el caso de personas no obligadas a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

Toda la documentación deberá dirigirse a la Dirección General de Mujer y Diversidad de Género en el formato establecido en la presente resolución. Procedimiento 3066.

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