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miércoles, 25 de agosto de 2021

Acuerdos del Consejo de Ministros de 24/08/2021



Sanidad


Real Decreto por el que se regulan la Estrategia Nacional sobre Adicciones y sus planes de acción; y se modifican cuatro reales decretos para adaptar la composición de algunos órganos colegiados del Plan Nacional sobre Drogas y la competencia ministerial con relación a la Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas a la nueva organización ministerial

Objetivos

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan modificada la Estrategia Nacional sobre Adicciones y sus Planes de acción; y se modifican cuatro reales decretos para adaptar la composición de algunos órganos colegiados del Plan Nacional Sobre Drogas y la competencia ministerial con relación a la orden al mérito del Plan Nacional Sobre Drogas a la nueva organización ministerial

El proyecto presentado persigue los objetivos siguientes:

-Establecer un marco jurídico completo aplicable a la Estrategia Nacional sobre Adicciones y a sus planes de acción que proporcione a los mismos una adecuada cobertura normativa para el más eficaz desarrollo, a través de la primera, de numerosas funciones (como la actualización periódica del Plan Nacional sobre Drogas) en los ámbitos de las drogas y las adicciones no asociadas al consumo abusivo de dichas sustancias.

-Cumplir con las obligaciones, de adaptar, al actual marco de distribución de competencias entre los departamentos ministeriales, los órganos colegiados dependientes o asesores del Ministerio de Sanidad, recogidas en la disposición adicional séptima del vigente Real Decreto 735/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del MSAN.

-Teniendo en cuenta las frecuentes y amplias repercusiones en la estructura orgánica para la coordinación y la ejecución del Plan Nacional sobre Drogas, de las reestructuraciones de la AGE llevadas a cabo desde la aprobación de dicho Plan en 1985: adecuar la normativa reguladora de la composición de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y del Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones a las futuras modificaciones del marco actual de distribución competencial entre los departamentos ministeriales que repercutan en dicha composición.

-Adaptar la competencia ministerial para la gestión de la Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas, en particular la competencia ministerial para la concesión de la medalla de oro, al actual marco de distribución de competencias entre los departamentos ministeriales y a sus futuras modificaciones.

Contenido

1.Estrategia Nacional sobre Adicciones y sus planes de acción.

Se determinan los siguientes aspectos fundamentales del régimen jurídico de la Estrategia:

-Su contenido deberá incluir las prioridades y los objetivos básicos o fundamentales que deberán ser tenidos en cuenta, respetados y cumplidos por todas las Administraciones públicas durante su periodo de vigencia.

-Se le atribuye la función de actualización periódica del Plan Nacional sobre Drogas en los ámbitos de la oferta y la demanda de drogas, así como en el ámbito de las adicciones.

-Tendrá efectos jurídicos vinculantes para todas las AAPP, de acuerdo con sus respectivas competencias y en sus respectivos ámbitos territoriales.

-Ajustará su contenido, sus prioridades y objetivos a los de la Estrategia de la UE en materia de lucha contra las drogas o contra las adicciones.

-El órgano competente para su aprobación será el Consejo de Ministros, previo informe favorable de la Conferencia Sectorial del Plan Nacional sobre Drogas y, asimismo, del Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones.

-El órgano competente para su elaboración y la coordinación de su ejecución será la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

-Su periodo temporal máximo de aplicación no podrá exceder de 10 años, pudiendo establecerse un periodo igual o inferior en función de las circunstancias.

-La Estrategia y sus modificaciones deberán ser publicadas en el BOE.

Respecto de los Planes de acción, se señalan las características siguientes:

-Establecerán las actuaciones básicas y prioritarias que se consideren necesarias para el adecuado cumplimiento de los objetivos previstos en la Estrategia que desarrollen.

-Serán elaborados y coordinados en su ejecución por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.

-Serán aprobados por acuerdo de la Conferencia Sectorial del Plan Nacional sobre Drogas, previo informe favorable del Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones.

La Estrategia Nacional Sobre Adicciones podrá ser modificada cuando lo considere necesario la persona titular del Ministerio competente para su elaboración, por propia iniciativa o por iniciativa aprobada por la Conferencia Sectorial del Plan Nacional sobre Drogas, siempre que esté justificado por circunstancias materiales o jurídicas sobrevenidas, o sea necesario para adaptarla a una nueva Estrategia de la UE.

2.Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas.

Se modifica el Real Decreto 2023/1995, de 22 de diciembre, de creación de la Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas, para adecuar la competencia ministerial para la concesión de la medalla de oro (máxima categoría de la Orden), que, a partir de ahora, le corresponderá a la persona titular del Ministerio competente en el ámbito material del Plan Nacional sobre Drogas.

3.Adaptación de órganos colegiados.

Con el fin de adecuar la normativa reguladora de la composición de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y del Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones a las futuras modificaciones de la estructura departamental de la AGE, se modifican: el Reglamento del Fondo procedente de los bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, aprobado por Real Decreto 864/1997, de 6 de junio; y el Real Decreto 1113/2015, de 11 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen jurídico del Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones.

Acceder al Real Decreto 740/2021, de 24 de agosto (BOE número 203 de 25/08/2021)

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