Buscar contenidos

jueves, 18 de junio de 2020

Resolución de 11 de junio de 2020, de la Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria, por la que se convocan subvenciones para proyectos de retorno voluntario de personas nacionales de terceros países



Fuente: Extracto de la Resolución en el BOE nº 170 de 18/06/2020

Objeto:
  • Realización de proyectos que faciliten a las personas nacionales de terceros países en situación de vulnerabilidad social y económica, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia para favorecer su reintegración, viable y sostenible.
Beneficiarios:
  • Entidades, organizaciones no gubernamentales, organismos internacionales y entidades de naturaleza análoga que reúnan los siguientes requisitos:
    • Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los colectivos de inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.
    • Carecer de fines de lucro.
    • Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
    • Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
    • Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
    • No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias.
Tipos de proyectos:
  1. Proyecto de retorno voluntario asistido y reintegración: tiene como principal objetivo facilitar, a personas nacionales de terceros países en situación de especial vulnerabilidad, la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de procedencia a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración.
  2. Proyecto de retorno voluntario productivo: tiene como principal objetivo facilitar a personas nacionales de terceros países el retorno voluntario a sus países de procedencia y la reintegración sostenible en éstos, a través de itinerarios individualizados de retorno y reintegración que incluyan el apoyo a las habilidades emprendedoras, por medio de actividades de formación en autoempleo y gestión empresarial, así como asistencia técnica y seguimiento de la puesta en marcha de iniciativas empresariales asociadas al retorno, y teniendo en cuenta su vulnerabilidad como criterio prioritario de selección.
Bases Reguladoras:
  • Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio, modificada por Orden ESS/109/2017, de 10 de febrero, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el área de la integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.
Plazo de presentación de solicitudes:
  • 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Más información:
Descargar Resolución de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 594 KB)

No hay comentarios:

Publicar un comentario