Objeto:
- Fomento del empleo y autoempleo en el municipio de Murcia de personas desempleadas que hayan perdido su puesto de trabajo tras la declaración del Estado de Alarma Covid-19 (14/03/2020).
Beneficiarios:
- Pymes y micropymes, que desarrollen su actividad en cualquiera de los siguientes tipos de empresas:
- Persona física.
- Comunidad de bienes.
- Empresas de economía social (cooperativas, sociedades laborales).
- Sociedades mercantiles.
- Entidades sin ánimo de lucro y empresas de inserción, cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo se encuentre en el municipio de Murcia.
Bases Reguladoras:
- Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para finalidades culturales, turísticas, deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, medio ambiente, de cooperación, participación vecinal, consumo, servicios sociales y otras, aprobada por el Acuerdo de Pleno de fecha 26 de febrero de 2004 (BORM nº 108 de 12/05/2014).
Plazo de presentación de solicitudes:
- Desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del extracto de los criterios para la concesión directa de subvenciones al fomento de empleo y el autoempleo en el municipio de Murcia hasta el 30 de octubre de 2020.
Más información:
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia https://sede.murcia.es
Descargar criterios de concesión (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 387 KB)
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