Fuente: BOE número 30 de 03/02/2026
Finalidad:
Estimular y reconocer la trayectoria, dedicación
y contribución de personas físicas y jurídicas en materia de inclusión, plena ciudadanía y
goce efectivo de los derechos humanos de las personas con discapacidad, con atención
especial a las mujeres y niñas con discapacidad madres y cuidadoras de personas con
discapacidad y a la ruralidad; a través de la investigación, la innovación social, el
empleo, la cultura, la salud, la habilitación y rehabilitación, el deporte, el ocio, la
educación, el acceso a la justicia, la accesibilidad universal, la vida independiente y
aquellas cuestiones que respondan a los mandatos recogidos en el Estatuto del Real
Patronato sobre Discapacidad y de la Convención Internacional sobre los Derechos de
las Personas con Discapacidad.
Todas las categorías deben estar presididas por la accesibilidad universal, entendida
como el presupuesto para el disfrute de los derechos humanos, asimismo es la condición
que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los
objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y
practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. La accesibilidad universal comprende también la
accesibilidad cognitiva, así como la accesibilidad a la información y a la comunicación
para permitir la fácil comprensión, la comunicación e interacción entre todas las
personas.
Categorías:
1. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de investigación e innovación.
Tiene como finalidad reconocer una trayectoria consolidada, desarrollada durante un
periodo no inferior a tres años, en el ámbito de la investigación científica o la innovación
que haya contribuido de manera significativa al conocimiento, desarrollo o aplicación de
soluciones orientadas a la inclusión, la autonomía personal, la vida independiente y la
participación comunitaria de las personas con discapacidad.
Se valorarán especialmente la calidad científico-técnica, la rigurosidad metodológica,
la originalidad y el impacto demostrado o potencial en la mejora de la vida de las
personas con discapacidad, así como la transferencia y difusión de los resultados, la
interdisciplinariedad y la colaboración con otros agentes del conocimiento, entidades o
redes internacionales.
Podrán optar a este premio personas investigadoras, grupos de investigación o
entidades públicas o privadas que acrediten una labor verificable y documentada en
materia de discapacidad, accesibilidad, inclusión social o educación e innovación
orientada a la igualdad de oportunidades y los derechos humanos de las personas con
discapacidad.
2. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de accesibilidad y diseño
universal en municipios.
Se dirige al reconocimiento de una labor continuada, llevada a cabo durante un
periodo de tiempo no inferior a tres años por Ayuntamientos, en el campo de la
accesibilidad y el diseño universal tanto en entornos como en servicios y productos que
aborden de forma trasversal todas las esferas de la vida en comunidad, con especial
atención a los servicios públicos.
3. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de defensa de los derechos
humanos de las personas con discapacidad.
Reconoce una labor continuada, llevada a cabo durante un periodo de tiempo no
inferior a tres años, de personas físicas o personas jurídicas por la que puedan
acreditarse logros e iniciativas extraordinarias en la defensa de los derechos humanos
de las personas con discapacidad conforme a lo estipulado en la Convención
Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
4. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia para la igualdad de género y la
erradicación de las violencias contra las mujeres y niñas con discapacidad.
Se dirige a reconocer la labor continuada durante un periodo no inferior a tres años,
en la aceleración de la igualdad de género, el empoderamiento y autodeterminación de
las mujeres y niñas con discapacidad, así como las medidas de carácter legislativo,
administrativo, social, educativo y de otra índole pertinentes para prevenir, proteger y erradicar cualquier tipo de violencia contra las mujeres y niñas con discapacidad, tanto
en el seno del hogar como fuera de él, siguiendo el mandato de la Convención
Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención
sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
5. Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de Cultura Inclusiva.
Tiene como finalidad el reconocimiento de una creación o interpretación artística
puesta de manifiesto a través de una obra o una actuación hecha o representada, que
exprese o encarne artísticamente los valores de la diversidad humana que supone la
discapacidad o la realización de un proyecto cultural, entendiendo como tal una iniciativa
de índole cultural o con incidencia cultural, que haya destacado de forma especial en la
promoción, fomento y extensión de la cultura inclusiva. Así como una trayectoria
acreditada extendiendo la cultura, las artes y el patrimonio histórico a las personas con
discapacidad a través de la accesibilidad universal.
Esta categoría persigue reconocer las iniciativas que aseguren el derecho a la cultura
a las personas con discapacidad, conforme se entiende en el Pacto Internacional de los
Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en la Convención Internacional sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad.
Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días naturales contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»

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