Fuente: BOE número 52 de 27/02/2026
"El real decreto crea la UTAC, una unidad de apoyo y de coordinación que actuará como un órgano especializado para asesorar y controlar a los gobiernos autonómicos en materia de accesibilidad, ya que las administraciones regionales son las competentes de asegurar un correcto cumplimiento de la Directiva Europea de Accesibilidad. Con este objetivo, la UTAC prestará apoyo técnico y coordinará las comunicaciones entre los gobiernos autonómicos y las instituciones europeas, al tiempo que será un órgano de referencia en este ámbito tanto para la ciudadanía como para los operadores económicos. De esta manera, se culmina el proceso de transposición de la Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2019, sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios, una norma que genera obligaciones para que las personas con discapacidad puedan acceder y utilizar determinados productos y servicios en condiciones de igualdad.
La disposición final primera del real decreto modifica el Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos. La modificación añade la obligación de no autorizar espectáculos cómico-taurinos que no respeten la dignidad humana y denigren públicamente a personas con discapacidad, y más concretamente a personas con enanismo. El real decreto añade un apartado 4 al artículo 90 del Reglamento de Espectáculos Taurinos con la siguiente redacción: «En todo caso, los espectáculos cómico-taurinos respetarán la dignidad humana, sin que puedan lesionar los derechos de las personas ni someterlas a mofa o denigración pública, en particular, de las minorías sociales, como la de las personas con discapacidad. La Autoridad gubernativa competente no podrá autorizar espectáculos cómico-taurinos que infrinjan este mandato».
Esta modificación normativa refuerza las restricciones a estos espectáculos, que fueron prohibidos por la Ley General de la Discapacidad. Con la reforma de esta ley se va a tipificar estas prácticas como infracciones muy graves con sanciones de entre 600.000 euros y 1 millón de euros."
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