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miércoles, 30 de octubre de 2024

Orden de 25 de octubre de 2024 de la Presidenta del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación de proyectos integrales de empleo para colectivos vulnerables con mayores dificultades de inserción laboral




Objeto:
Financiar proyectos que vayan destinados a mejorar la ocupabilidad e impulsar la inserción laboral de las personas destinatarias de este programa, mediante el diseño de itinerarios individuales y personalizados de empleo que podrán combinar acciones de orientación, asistencia, asesoramiento, formación, práctica laboral y, en su caso, movilidad geográfica para la búsqueda de empleo y fortalecimiento de habilidades sociales. 
Se podrán incluir en el itinerario otras acciones y ayudas facilitadoras de la inserción, tales como, en su caso, ayudas para la conciliación de la participación en el proyecto y el cuidado de familiares, ayudas de formación o de transporte y manutención, u otras que se regulen en cada convocatoria. 
A efectos de este programa, se entiende por colectivos vulnerables, aquellos con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo que se determinarán en las convocatorias y, especialmente, se podrá tener en cuenta a las personas desempleadas perceptoras de prestaciones.

Beneficiarias:
  • Entidades locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, los organismos autónomos dependientes de las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales y tengan carácter exclusivamente administrativo.
  • Asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas, con o sin ánimo de lucro, que realicen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y dispongan de delegación o establecimiento en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo de la actividad objeto de subvención.

La forma y plazo de presentación de las solicitudes, así como la documentación que el interesado deberá acompañar a las mismas, se establecerán en las correspondientes convocatorias. 

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