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miércoles, 16 de octubre de 2024

Acuerdos del Consejo de Ministros de 15/10/2024


Fuente: Referencia del Consejo de Ministros


Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN DEL FONDO DE BIENES DECOMISADOS POR TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS

El Consejo de Ministros ha aprobado los criterios de distribución del fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas para el año 2025. Este fondo se crea a partir de los bienes incautados en operativos contra el narcotráfico y otros delitos relacionados, una vez que la sentencia es firme. Estos bienes pueden ser desde dinero en efectivo hasta propiedades, vehículos, etc. El dinero obtenido con la venta de estos bienes se destina a diferentes programas para combatir el problema de las drogas desde distintos frentes.

La gestión del Fondo recae en la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, un órgano interministerial compuesto por representantes de los Ministerios de Sanidad, Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Hacienda, Interior y la Abogacía del Estado.

El Fondo se utiliza para financiar una amplia gama de programas:

Gastos de administración: Cubre los costes de gestión del propio fondo.

Lucha contra el narcotráfico: Financia programas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el Departamento de Aduanas de la AEAT y otros beneficiarios, para mejorar la investigación, la detección de drogas, la formación de personal, etc.

Prevención y asistencia: Apoya programas de prevención de drogodependencias, asistencia a drogodependientes e inserción social, incluyendo:
  • Programas de sensibilización y prevención en la comunidad.
  • Proyectos de intervención con menores, personas con problemas judiciales o de salud mental, y otros grupos de riesgo.
  • Formación de profesionales.
  • Investigación en drogodependencias.
  • Programas con perspectiva de género y diversidad sexual.
  • Sistemas de información y alerta temprana.
Cooperación internacional: Financia programas de cooperación para la lucha contra el tráfico de drogas, la prevención y asistencia a drogodependientes, el intercambio de información y la formación.

Otros programas: Se pueden financiar otros programas de interés que no estén incluidos en las categorías anteriores, especialmente aquellos alineados con la Estrategia Nacional sobre Adicciones.

Vivienda y Agenda Urbana

BONO ALQUILER JOVEN

El Consejo de Ministros ha aprobado el reparto de los 200 millones de euros del Bono Alquiler Joven, acordado en la Conferencia Sectorial de Vivienda y Agenda Urbana del pasado 3 de octubre de 2024.

Esta ayuda se fija en 250 euros al mes, durante un plazo de 2 años para cada joven, con objeto de facilitar su emancipación o en todo caso el acceso a disfrutar de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o cesión de uso.

El Bono Alquiler Joven es compatible con otras ayudas destinadas para el mismo objeto a beneficiarios especialmente vulnerables (entendiendo como tales a estos efectos los que determinen las Comunidades o Ciudades Autónomas). También es compatible con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital. La suma del "Bono Alquiler Joven" y las mencionadas ayudas tendrán como límite el 100% de la renta arrendaticia.

Por otra parte, es también compatible con la ayuda del Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025. Si bien, en este caso la suma del "Bono Alquiler Joven" y esta ayuda tendrá como límite el 75% de la renta arrendaticia.

El siguiente paso es que se vuelva a reunir la Conferencia Sectorial para ratificar ese reparto. Una vez ratificado y cumplidos los trámites administrativos, el Ejecutivo procederá a la remisión de las resoluciones con las cantidades respectivas a las comunidades autónomas para que acepten y pueda realizarse la transferencia para sus respectivas convocatorias.




Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030

Real Decreto por el que se regula la Comisión Interministerial de Voluntariado

Real Decreto 1061/2024, de 15 de octubre, por el que se regula la Comisión Interministerial de Voluntariado (BOE número 250 de 16/10/2024)

La Comisión Interministerial de Voluntariado se configura como un órgano colegiado, adscrito al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.

Tiene por finalidad coordinar la actuación de los departamentos ministeriales con competencias sobre el voluntariado.

El pleno de la Comisión Interministerial de Voluntariado estará compuesta por los siguientes miembros: 

a) ​La persona titular de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, que ejercerá la presidencia.
b) La persona titular de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, que ejercerá la vicepresidencia primera. 
c) La persona titular del Instituto de la Juventud, que ejercerá la vicepresidencia segunda. 
d) La persona titular de la Dirección General de Derechos de las Personas con Discapacidad. 
e) Representantes con rango de director o directora general de cada uno de los siguientes departamentos ministeriales, a propuesta de los mismos, que ocuparán las correspondientes vocalías: 
1.º Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.  
2.º Ministerio del Interior. 
3.º Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.  
4.º Ministerio de Trabajo y Economía Social. 
5.º Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
6.º Ministerio de Cultura. 
7.º Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. 
8.º Ministerio de Sanidad. 
9.º Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. 
10.º Ministerio de Igualdad. 
11.º Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. 
12.º Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
f) La persona titular de la Subdirección General de Promoción del Tercer Sector y del Voluntariado, con voz, pero sin voto, será responsable de la secretaría, unidad administrativa de apoyo a la Comisión Interministerial de Voluntariado

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