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martes, 4 de abril de 2023

Extracto de la Orden de 29 de marzo de 2023, de la Consejera de Política Social, Familias e igualdad, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades del tercer sector de acción social, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia


Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia.
La finalidad de las subvenciones que se convocan es la financiación de proyectos de voluntariado social enmarcados dentro del ámbito competencial de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, para el fomento y la promoción del voluntariado social en la Región de Murcia.

Beneficiarias:
Entidades privadas sin ánimo de lucro, que tengan su domicilio social, o bien una delegación permanente, en la Región de Murcia y desarrollen programas y/o proyectos de voluntariado social dentro del ámbito territorial de la misma.

Bases reguladoras:
Proyectos y actuaciones subvencionables:

a) Actuaciones de divulgación, sensibilización y captación de personas voluntarias, dirigidas a la ciudadanía de la Región de Murcia. Estas actuaciones se podrán llevar a cabo a través de la realización de cursos, jornadas, seminarios, charlas, talleres y campañas de sensibilización y captación de nuevas personas voluntarias. Las actuaciones podrán ir dirigidas a la ciudadanía en general o a determinados sectores de la población (personas mayores, jóvenes, estudiantes universitarios, etc.). 

b) Actuaciones de formación dirigidas a personas voluntarias de la propia entidad, o de otras entidades de voluntariado, que desarrollen su acción voluntaria en la Región de Murcia. La formación podrá ir dirigida, de igual manera, a aquellos/as profesionales de la entidad que, además, formen parte del personal voluntario de la misma. Esta circunstancia deberá ser informada en el Anexo I-Memoria Explicativa del Proyecto (marcando la casilla correspondiente) y también acreditado en el trámite de justificación de la subvención, a través de una Declaración Responsable de la persona representante de la entidad, incluida en el Anexo II- Memoria Técnica Justificativa del Proyecto. Estas actuaciones se llevarán a cabo a través de la realización de cursos, jornadas, seminarios, charlas y talleres y podrán incluir contenidos relacionados con competencias genéricas o específicas, buenas prácticas e innovación. 

c) Actuaciones mixtas que incluyan la divulgación, sensibilización y captación de personas voluntarias dirigidas a la ciudadanía, así como la formación de personas voluntarias de la propia entidad o de otras entidades de voluntariado, que desarrollen su acción voluntaria en la Región de Murcia. 

No serán subvencionables a través de esta convocatoria aquellos proyectos que incluyan alguna de las siguientes actuaciones:

d) Actuaciones de formación que vayan dirigidas a profesionales y/o directivos/as de la propia entidad o de otras entidades de voluntariado, a no ser que éstos sean, además, parte del personal voluntario de la entidad, y que tal circunstancia quede debidamente informada y acreditada según lo establecido en el apartado b) del presente artículo.

e) Actuaciones o programas de intervención social, sea cual fuere el colectivo al que vayan dirigidos estos programas. Cada entidad presentará una única solicitud, referida a un único proyecto, el cual podrá incluir actuaciones de divulgación, sensibilización y captación dirigidas a la ciudadanía de la Región de Murcia y/o actuaciones de formación dirigidas a personas voluntarias.

Plazo de presentación de solicitudes:
Un mes, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM)» del correspondiente extracto de la convocatoria.
Cada entidad presentará una única solicitud electrónica, referida a un único proyecto, el cual podrá incluir actuaciones de divulgación, sensibilización y captación dirigidas a la ciudadanía de la Región de Murcia y/o actuaciones de formación dirigidas a personas voluntarias. 
En caso de que una entidad presentase más de una solicitud, solo se tendrá en cuenta la presentada en último lugar.

Guía de Procedimientos y Servicios código 2689

Otros datos:
  • La financiación total solicitada para el proyecto presentado a esta convocatoria de subvenciones no superará los 20.000,00€. 
  • La duración de los proyectos presentados no podrá superar los 12 meses.
  • El periodo de ejecución de los proyectos comprenderá desde el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2024. 
  • Los beneficiarios de estas subvenciones están obligados a presentar la justificación de las mismas ante la Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector en el plazo de tres meses, a contar desde la finalización del periodo de ejecución del proyecto subvencionado, todo ello sin perjuicio de la ampliación del plazo de justificación que pudiera concederse.
Descargar Orden de la convocatoria con los anexos (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 4.3 MB)

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