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miércoles, 10 de julio de 2019

Resolución de 8 de julio de 2019, de la Directora Gerente del IMAS, por la que se convocan para el año 2019 subvenciones dirigidas a instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas destinados a la integración socio-laboral y a la mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades


 
Código de Procedimiento: 2180.
 
Objeto:
  • Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a Instituciones sin fin de lucro, para el desarrollo de programas destinados a la integración socio-laboral y la mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades a través del desarrollo de itinerarios individualizados de inserción socio-laboral.
  • A efectos de lo dispuesto en esta Resolución de convocatoria, serán objeto de atención las personas en situación o riesgo de exclusión social, de entre los siguientes colectivos:
    • Personas gitanas.
    • Personas reclusas y exreclusas.
    • Personas en proceso de rehabilitación por problemas de adicciones.
    • Personas que hayan sufrido violencia en la pareja o expareja.
    • Personas beneficiarias de la Renta Básica de Inserción y de las Ayudas Periódicas de Inserción y Protección Social.
    • Personas sin hogar.
    • Personas que ejercen o han ejercido la prostitución.
    • Cualquier otra persona en situación de vulnerabilidad social acreditada.
Entidades beneficiarias:
  • Instituciones sin fin de lucro, con implantación en la Región de Murcia, en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, que desarrollen su actividad en la Región de Murcia.
  • Las entidades solicitantes deberán estar autorizadas por el Registro Regional de Entidades, Centros y Servicios Sociales para la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social.
  • Las entidades solicitantes deberán tener implantación en la Región de Murcia, contando con estructura y capacidad económica y financiera suficiente para garantizar la ejecución de las actuaciones previstas en el programa presentado, entendiéndose como tal contar con un presupuesto ejecutado en el ejercicio precedente igual o superior a la mitad del importe total de los programas solicitados.
Bases reguladoras:
  • Orden de 29 de mayo de 2018 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a Instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas destinados a la integración socio-laboral y mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades (BORM n.º 128 de 05/06/2018) y su modificación por Orden de 29 de abril de 2019 (BORM n.º 103 de 07/05/2019).
Requisitos según tipología de los Programas:
  • Programas institucionales:
    • Se desarrollan en el ámbito de una institución, con normas propias de funcionamiento que condicionan el desarrollo de las acciones del itinerario.
  • Programas de un territorio o ámbito de actuación:
    • Se desarrollan en un único dispositivo, con carácter territorial o en el marco concreto de un ámbito de atención específico de un colectivo.
  • Programas de dos territorios:
    • Se desarrollan de forma simultánea, todos los días de la semana, en dos sedes habilitadas para ello, donde se realizan las acciones del itinerario por parte de un grupo de participantes diferenciado.
  • Programas comarcales:
    • Existencia de una sede central de ejecución del programa y el desplazamiento de los profesionales encargados de su ejecución, al menos un día a la semana a cada uno de los diferentes dispositivos situados en otros municipios de la comarca.
Importe máximo a solicitar por Programa:
  • 80.000,00 € para los programas institucionales.
  • 90.000,00 € para los programas de un territorio o ámbito de actuación.
  • 110.000,00 € para los programas de dos territorios.
  • 115.000,00 € para los programas comarcales.
  • Dichos importes están referidos a 12 meses de programa, debiéndose aplicar el importe proporcional si la duración es inferior.
Plazo de presentación de solicitudes:
  • 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BORM.
Más información:
Descargar Resolución de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 916 KB)
Acceder a la  Base de Datos Nacional de Subvenciones para descarga de documentación
Acceder al Procedimiento 2180


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