Fuente: Extracto de la Resolución en el BORM nº 159 de 12/07/2019
Objeto:
- Convocar ayudas, en régimen de no concurrencia competitiva para facilitar la contratación laboral de personas en situación de riesgo o exclusión social que, por sus especiales circunstancias, no puedan acceder al mercado laboral en condiciones de igualdad.
- Instituciones sin fin de lucro ubicadas en la Región de Murcia.
- 1.350 €/mes, extras incluidas, para contratos a jornada completa, excepto si el coste es inferior.
- Cuando se trate de la renovación de una persona contratada con cargo al programa del año anterior la cuantía ascenderá a 1.150 €/mes.
- Titulares y beneficiarios de la prestación de la Renta Básica de Inserción y de las Ayudas Periódicas de Inserción y Protección Social o similares, que se encuentren en edad laboral y estén realizando un proyecto/itinerario individualizado de inserción sociolaboral.
- Personas que hayan finalizado o se encuentren realizando un proyecto/ itinerario de inserción sociolaboral en programas desarrollados por la administración regional o local o por instituciones sin fin de lucro.
- Personas que habiendo sido contratadas a través de programas de integración sociolaboral con anterioridad, no hubieran alcanzado los objetivos previstos en su proyecto/itinerario individualizado de inserción, siempre que su renovación sea valorada como procedente por el Servicio competente de la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del IMAS.
- Número de puestos por entidad:
- Podrá asignarse hasta un máximo de tres puestos por entidad siempre y cuando desarrolle la actividad en diferentes municipios.
- No obstante, si el total del importe solicitado supera en un 20% la consignación presupuestaria, el número de puestos de trabajo por entidad se reducirá a un máximo de dos, siguiendo el orden de prioridad que haya establecido en su solicitud.
- Duración del contrato:
- El contrato deberá tener una duración mínima 6 meses y máxima de 10 meses y las renovaciones tendrán una duración de 8 meses.
- Las personas a contratar serán propuestas por:
- Los Centros de Servicios Sociales municipales.
- Las entidades sin ánimo de lucro del ámbito social que lleven a cabo los programas de mejora de la empleabilidad dirigidos a personas en situación de riesgo o exclusión social financiados por el IMAS, en coordinación con los Servicios Sociales Municipales.
- Otras entidades públicas de la administración regional o local y entidades sociales, siempre que desarrollen su actividad en el ámbito de la exclusión social y hayan sido autorizadas por el IMAS para la elaboración y seguimiento de los proyectos individuales de inserción, de las personas propuestas, beneficiarios de la prestación Renta Básica de Inserción.
- Solicitudes:
- Las solicitudes se atenderán teniendo en cuenta el orden de entrada en el registro electrónico de la CARM y la fecha de perfeccionamiento del expediente, siempre que reúnan los requisitos y condiciones establecidos en las Normas Reguladoras, hasta el límite del crédito presupuestario, siendo condición que la entidad haya obtenido una evaluación positiva, en caso de haber realizado programas de integración sociolaboral con anterioridad.
- Orden de 18 de septiembre de 2017, de la Consejería de Familia e Igualdad de
Oportunidades, por la que se establecen las normas reguladoras de las ayudas
para programas de integración sociolaboral (APIS).
(BORM nº 221 de 23 de septiembre de 2017)
- 15 días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación del presente extracto en el BORM.
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Código de Procedimiento: 0764
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