Trabajo, Migraciones y Seguridad
Social
REFORZADO EL
SISTEMA DE ACOGIDA PARA SOLICITANTES Y BENEFICIARIOS DE PROTECCIÓN
INTERNACIONAL
El Consejo de Ministros ha aprobado
un Real Decreto que modifica el anterior de abril de 2007 por el que se aprueban
las normas reguladoras de la concesión directa de subvenciones a entidades y
organizaciones que realizan actuaciones de atención humanitaria a personas
inmigrantes, con el fin de ampliar el objeto del mismo a la atención humanitaria
de los solicitantes y beneficiarios de protección internacional.
Desde el año 2014, se ha producido un fuerte
incremento del número de personas solicitantes de protección internacional
llegadas a España. En lo que llevamos de 2019 más de 56.000 personas han
presentado solicitud de asilo, una cifra que ya supera a la registrada en todo
2018.
Conforme a la normativa española y europea, tanto
los solicitantes como los beneficiarios de protección internacional que se
encuentren en situación de vulnerabilidad deben ser atendidos y acogidos de
manera digna, cubriéndose sus necesidades básicas.
El Real Decreto aprobado por el Consejo de
Ministros dota de herramientas más ágiles e inmediatas para financiar
actuaciones destinadas a los solicitantes y beneficiarios de protección
internacional.
En la práctica, esto supondrá que los recursos
destinados inicialmente a atender las llegadas a costas podrán dedicarse
también, cuando sea necesario, a la atención de solicitantes y beneficiarios de
protección internacional, que, como hasta ahora, seguirá siendo prestada por
organizaciones especializadas en materia de refugio y asilo.
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