Fuente: Extracto del Acuerdo en el BORM nº 164 de 18/07/2019
Objeto:
- Facilitar el arrendamiento de la vivienda habitual a unidades familiares con escasos medios económicos.
- Ser persona física, mayor de edad, no incapacitada judicialmente y titular de un contrato de arrendamiento de una vivienda, ubicada en el término municipal de Murcia, que constituya domicilio habitual de la unidad familiar.
- Tener nacionalidad española o, en caso de extranjeros (comunitarios y no comunitarios), residencia legal en España.
- Estar empadronado en el municipio de Murcia durante dos años continuados e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. Las víctimas de violencia de género estarán exoneradas de este requisito.
- Tener ingresos anuales ponderados comprendidos entre 0,5 y 2,5 veces el IPREM, referidos a toda la unidad familiar, en el año 2018.
- Pagar una renta de alquiler, en cómputo anual, que supere el 25% y no rebase el 75% de los ingresos ponderados de la unidad familiar.
- Estar al corriente del pago de los recibos de alquiler vencidos en el año de la convocatoria.
- En el caso de ser víctima de violencia de género: no convivir con el agresor.
- Ordenanza Reguladora de las Ayudas de Alquiler del Ayuntamiento de Murcia. (BORM nº 138 de 18/06/2019)
- 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del extracto de la convocatoria.
Descargar Acuerdo de la Junta de Gobierno (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 153 KB)
Descargar convocatoria de ayudas y anexos (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 1.3 MB)
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