Fuente: BORM nº 266 de 17/11/2018
Objeto y ámbito de aplicación:
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La presente Orden tiene por objeto establecer las normas reguladoras de las ayudas individuales a familias con hijos nacidos de parto múltiple y a las familias numerosas de categoría especial con 6 o más hijos en la Región de Murcia.
- Se trata de aportaciones económicas que se conceden con carácter no periódico y se otorgan por una sola vez durante el ejercicio económico a familias con hijos nacidos de parto múltiple y a familias numerosas de categoría especial con 6 o más hijos, destinadas a sufragar gastos determinados derivados de su composición y características.
Requisitos generales para ser beneficiaros de las
ayudas:
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Tener reconocida la condición de familia numerosa.
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No tener acceso a otras ayudas de análoga naturaleza y para la misma finalidad.
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Residir en la Región de Murcia.
Requisitos específicos para ser beneficiaros de las
ayudas:
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Tener hijos nacidos de parto o adopción múltiple, considerando como tal a los efectos de esta Orden, el parto de 3 hijos como mínimo y con edad inferior a 6 años en el momento de la solicitud.
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Ser familia numerosa de categoría especial con 6 o más hijos.
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Ser familia numerosa con 5 hijos, cuando ambos padres sean discapacitados, entendiendo por ello que tengan reconocido un grado de discapacidad de al menos un 33%.
- Las clases y cuantías máximas que podrán alcanzar estas ayudas serán las que se determinen en la correspondiente convocatoria.
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