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miércoles, 29 de julio de 2026

Presentación del Glosario de Participación

Organiza: Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia.

Lugar: Online (plataforma zoom)

Horario: jueves 1 de octubre de 2026 de 17:00 a 18:00

Plazo de inscripción: Hasta el 28 de septiembre de 2026.


Dirigido a: personas colegiadas y precolegiadas de Trabajo Social, y profesionales interesadas/os, previa inscripción hasta completar aforo.

Lugar: se realizará de forma online a través de la plataforma zoom. Al realizar la inscripción recibirá un correo con el enlace de acceso. Si no recibes el enlace de acceso ponte en contacto con el colegio.

Precio: gratuito.

Moderadora: 

- Marian Pérez Campoy, Trabajadora Social Comunitaria, vocal del Colegio Oficial de Trabajo Social de la Región de Murcia.

Ponentes:

- D. Leonel del Prado. Co-Editor del libro “Glosario de Participación” (2026) e investigador posdoctoral especializado en Trabajo Social Comunitario del siglo XXI. Profesor del Departamento de Ciencias Sociales, CENUR LN, Universidad de la República, y miembro del Grupo de Estudios de la Participación y la Descentralización (Uruguay).

- Dña. Romina Rébola y Mariano Suárez: Coordinadores del Grupo de Trabajo Metodologías y Prácticas Participativas del Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO).

Contenidos:

  • Bienvenida e inauguración (5 minutos).
  • Presentación del libro (20 minutos) a cargo del/la editor/a.
  • Diálogo sobre Trabajo Social Comunitario y Participación (15minutos):

- La participación como eje del desarrollo comunitario.

- El papel del Trabajo Social en procesos comunitarios.

- Retos actuales: diversidad, digitalización, desigualdades y cohesión social.

- Experiencias innovadoras de participación ciudadana.

- Buenas prácticas y aprendizajes.

  • Preguntas e intercambio con el público (15 minutos): Cierre (5 minutos).

Más información:

martes, 28 de julio de 2026

Acuerdos del Consejo de Ministros del 28 de julio de 2026

 


Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Anticipación de la Jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se amplía el acceso a la jubilación anticipada por razón de discapacidad a los afectados por 11 nuevas patologías generadoras de discapacidad. Esta medida, que se concreta en la ampliación del Anexo del Real Decreto 1851/2009, comprende nuevas patologías que pueden dar lugar a la reducción de la edad de jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45%. Se calcula que beneficiará en torno a 50.000 personas, que podrán anticipar su edad de jubilación hasta los 56 años debido a la patología que padecen.

Las nuevas patologías incluidas en el mencionado Anexo son: Espina bífida, Amiloidosis por transtiretina variante, Enfermedad de Parkinson, Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), Enfermedad de Huntington, Esclerosis sistémica, Lesión medular, Degeneración corticobasal, Atrofia multisistémica y Parálisis supranuclear progresiva y Enfermedad Renal Crónica estadio G5. Además, se crea una nueva categoría de discapacidades, prevista en la letra j), bajo la denominación "Enfermedades sistémicas", con el fin de incluir en ella la esclerosis sistémica y la enfermedad renal crónica estadio G5.

Las personas trabajadoras con discapacidad que estén afectadas por estas patologías podrán anticipar su edad de jubilación hasta los 56 años, sin que esto suponga una reducción de la cuantía de su pensión siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar en alta o en situación asimilada a la de alta en la fecha del hecho causante.
  • Acreditar 15 años de cotización a lo largo de su vida laboral y, dentro de ese periodo, que al menos durante 5 años se hayan visto afectados por alguna de estas patologías con discapacidad igual o superior al 45 por ciento.

En estos casos, el período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador se computará como cotizado para determinar el porcentaje aplicable a la base reguladora, que sirve para el cálculo del importe de la pensión de jubilación.

El nuevo Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Real Decreto 632/2026, de 29 de julio, por el que se modifica el anexo del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en cuanto a la anticipación de la jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.

Bases reguladoras de subvenciones financiadas por el FSE+ a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de un proyecto de atención integral de carácter innovador incluyendo un recurso residencial especializado en salud mental dirigido a mujeres víctimas de violencia de género o sexual, y sus hijas e hijos

Orden de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones financiadas por el FSE+ a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de un proyecto de atención integral de carácter innovador incluyendo un recurso residencial especializado en salud mental dirigido a mujeres víctimas de violencia de género o sexual, y sus hijas e hijos

Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia de 28 de julio de 2026


¿Qué regula esta orden?

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia establece las bases para conceder subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos innovadores de atención integral dirigidos a mujeres víctimas de violencia de género o sexual así como a sus hijas e hijos.

Objetivo de las ayudas

Las subvenciones financiarán recursos especializados que ofrezcan atención integral y continuada, incluyendo alojamiento residencial, apoyo psicológico, acompañamiento social, orientación jurídica, formación y actuaciones que favorezcan la autonomía personal, la inclusión social y la inserción laboral de las mujeres atendidas.

Cuantía de las subvenciones

En las respectivas convocatorias se indicará la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas, así como la cuantía adicional que, en su caso, podrá incrementarse sin necesidad de nueva convocatoria.

¿Quién puede solicitar estas subvenciones?

Podrán optar a las ayudas las entidades privadas sin ánimo de lucro que, entre otros requisitos, estén legalmente constituidas, tengan experiencia en la atención a personas con trastornos de salud mental y dispongan de implantación en la Región de Murcia.

Gastos que podrán financiarse

Entre otros conceptos, las subvenciones podrán cubrir gastos de personal, alojamiento y manutención de las usuarias, suministros básicos, formación, apoyo sanitario, desplazamientos y actuaciones relacionadas directamente con el proyecto subvencionado.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la sede de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en los plazos que determine cada convocatoria específica. Con carácter general, el plazo será de 20 días desde la publicación de la correspondiente convocatoria.

Entrada en vigor

La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

lunes, 27 de julio de 2026

Subvenciones a empresas de la Región de Murcia para la implantación de planes de igualdad

 

Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia número 171 de 27 de julio de 2026

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha convocado ayudas destinadas a apoyar la elaboración e implantación de planes de igualdad en empresas de entre 10 y 49 personas trabajadoras que no estén obligadas legalmente a disponer de ellos.

La finalidad es fomentar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, así como prevenir situaciones de discriminación, acoso sexual y acoso por razón de sexo, arbitrar procedimientos específicos para su prevención y dar cauce a las denuncias o reclamaciones que se puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.

El texto completo de la convocatoria y bases reguladoras (BORM número 71 de 27/03/2025), pueden consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/921183 BDNS (Identif.): 921183

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Podrán beneficiarse las empresas que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Tener una plantilla de entre 10 y 49 personas trabajadoras.
  • Haber asumido el compromiso de implantar voluntariamente su primer plan de igualdad.
  • Tener domicilio social y fiscal en la Región de Murcia.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No disponer ya de un plan de igualdad elaborado antes de la publicación de esta convocatoria.

Cuantía de las ayudas

La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 60.000 euros.

Cada empresa beneficiaria podrá recibir una subvención de 3.000 euros.

La ayuda cubrirá la totalidad de los gastos subvencionables previstos en la convocatoria, excluido el IVA.

Procedimiento de concesión

Las ayudas se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, pero sin comparación entre solicitudes. Las subvenciones se concederán por orden de entrada de las solicitudes que cumplan los requisitos, hasta agotar el crédito disponible.

Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de este extracto de la Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, hasta el 16 de septiembre de 2026, exclusivamente por vía electrónica a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La presentación de la solicitud se realizará por la sede electrónica o Guía de Procedimientos y Servicios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia https://sede.carm.es, a través del formulario específico de solicitud del procedimiento 2500 con nombre "Subvenciones Planes Igualdad Empresas".

Interés para empresas

Esta convocatoria ofrece apoyo económico a pequeñas y medianas empresas para incorporar políticas de igualdad en su organización, mejorar las condiciones laborales, prevenir situaciones de discriminación y promover entornos de trabajo más inclusivos y respetuosos con la igualdad entre mujeres y hombres.

Subvenciones para actuaciones de prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y apoyo a víctimas de violencia de género

 

Extracto de la Orden de 23 de julio de 2026, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para actuaciones destinadas a prevenir y combatir la violencia contra la mujer, así como a la orientación y acompañamiento de victimas de violencia de género y de cualquier otro tipo de violencia contra la mujer, con fondos del Pacto de Estado contra la violencia.

Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia número 171 de 27 de julio de 2026

La Consejería de Política Social, Familias e Igualdad de Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha convocado subvenciones dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar proyectos destinados a prevenir y combatir la violencia contra las mujeres, así como actuaciones de orientación, acompañamiento, apoyo y recuperación de víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer. Estas ayudas se financian con fondos del Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

El texto completo de la convocatoria y bases reguladoras (BORM número 146 de 24/06/2024), pueden consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/921208 BDNS (Identif.): 921208

Líneas de actuación subvencionables

La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 474.830,03 euros, distribuido de la siguiente forma:

1. Sensibilización y concienciación: 74.830,03 €.

Incluye actividades de información, sensibilización y concienciación social frente a las distintas formas de violencia contra las mujeres, dirigidas a la población en general, así como a jóvenes y adolescentes. También podrán financiarse actuaciones de empoderamiento de mujeres víctimas y de sus hijos e hijas.

2. Asistencia, acompañamiento y recuperación: 400.000 €.

Comprende proyectos de asistencia, ayuda, protección, acompañamiento, recuperación e inserción sociolaboral para mujeres víctimas de violencia de género y a sus hijos e hijas, así como víctimas de violencia sexual, trata y otras formas de violencia contra las mujeres. Se presta especial atención a mujeres en situación de mayor vulnerabilidad, como mujeres mayores, migrantes, con discapacidad, con problemas de salud mental, pertenecientes a minorías étnicas o residentes en zonas rurales.

No serán financiables los proyectos de acogimiento residencial para víctimas.

Quién puede solicitar estas ayudas

Entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen actividades relacionadas con la sensibilización, prevención, atención, acompañamiento, recuperación o inserción sociolaboral de mujeres víctimas de violencia o en situación de vulnerabilidad y que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria. Entre ellos, disponer de personalidad jurídica propia, estar legalmente constituidas desde al menos un año antes de la convocatoria y contar con implantación en la Región de Murcia.

Plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) hasta el 16 de septiembre de 2026, exclusivamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica (https://sede.carm.es) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

En sede electrónica o guía de procedimientos y servicios (https://sede.carm.es), procedimiento 4385 con nombre "Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para la financiación de las actuaciones para prevenir la Violencia contra la Mujer", en el formulario electrónico correspondiente.

Interés para la ciudadanía y las entidades

Esta convocatoria impulsa iniciativas de prevención, sensibilización, atención y apoyo a mujeres víctimas de violencia, reforzando la actuación de las entidades sociales que trabajan en la protección de derechos, la igualdad y la recuperación integral de las víctimas en la Región de Murcia.

Convocatoria del año 2026 para la concesión de subvenciones del Programa Inserción Laboral a través de obras o servicios de interés general y social, subprograma empleo con entidades sin ánimo de lucro

 Resolución de 22 de julio de 2026 de la Directora del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria del año 2026 para la concesión de subvenciones del Programa Inserción Laboral a través de obras o servicios de interés general y social, subprograma empleo con entidades sin ánimo de lucro, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus


Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia número 171 de 27 de julio de 2026

El Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) ha convocado subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleadas inscritas en las oficinas de empleo, con el fin de desarrollar obras o servicios de interés general y social. El programa busca facilitar experiencia laboral, mejorar la empleabilidad y favorecer la inserción laboral de las personas participantes.

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Pueden ser beneficiarias las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, inscritas en el registro correspondiente desde hace al menos tres años, que dispongan de capacidad técnica para ejecutar el proyecto y contraten a personas desempleadas para desarrollar obras o servicios de interés general y social.

Texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/920940 BDNS (Identif.): 920940

Bases reguladoras: 

Orden de 31 de agosto de 2022 de la Presidenta del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones correspondientes al Programa de inserción laboral a través de obras o servicios de interés general y social (BORM número 207 de 7 de septiembre), modificada por Orden 24 de junio de 2024 (BORM número 156 de 6 de julio).

Financiación

La convocatoria cuenta con una dotación de 905.000 euros, financiada mediante:

  • 900.000 euros del Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
  • 5.000 euros del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Gastos subvencionables

Las ayudas financian los costes laborales y de Seguridad Social de las personas contratadas para ejecutar los proyectos. La cuantía de la subvención se calcula en función del grupo de cotización y de la duración del contrato.

Condiciones principales

  • Se podrá presentar un único proyecto por entidad.
  • Cada proyecto podrá incluir hasta dos personas trabajadoras.
  • Los contratos deberán tener una duración mínima de 6 meses y máxima de 9 meses.
  • En caso de contratación a tiempo parcial, la jornada no podrá ser inferior al 75 % de la jornada completa.

Procedimiento de solicitud

Las solicitudes deben presentarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante el procedimiento 9842:

 https://sede.carm.es

Plazo de presentación

El plazo para presentar solicitudes comienza al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BORM y finaliza el 11 de septiembre de 2026.

Convenio con la Plataforma del Tercer Sector para facilitar el acceso al Bono Cultural Joven a personas en situación de vulnerabilidad y/o exclusión

Resolución de 16 de julio de 2026, de la Dirección General de Derechos Culturales, por la que se publica el Convenio con Plataforma del Tercer Sector, para facilitar el acceso de las ayudas del Bono Cultural Joven por personas beneficiarias en situación de vulnerabilidad y/o exclusión.

Fuente: Boletín Oficial del Estado de 25 de julio de 2026

El Ministerio de Cultura y la Plataforma del Tercer Sector han suscrito un convenio para mejorar el acceso al Bono Cultural Joven de aquellas personas jóvenes que, aun pudiendo ser beneficiarias de esta ayuda, encuentran dificultades para solicitarla o utilizarla debido a situaciones de vulnerabilidad, exclusión o barreras de tipo económico, digital, físico, sensorial, intelectual, lingüístico, sociocultural o territorial.

El Bono Cultural Joven es una ayuda de 400 euros destinada a las personas que cumplen 18 años durante el año de la convocatoria para la adquisición de productos, servicios y actividades culturales.

¿Qué persigue este convenio?

La colaboración tiene como objetivo garantizar que más jóvenes puedan conocer, solicitar y aprovechar esta ayuda cultural en condiciones de igualdad. Para ello se desarrollarán actuaciones de:

  • Información y asesoramiento sobre el Bono Cultural Joven.
  • Apoyo en la presentación de solicitudes y en la realización de trámites administrativos.
  • Formación a profesionales y entidades sociales que trabajan con jóvenes.
  • Difusión de información accesible y adaptada a diferentes necesidades.
  • Orientación para facilitar el acceso a la oferta cultural disponible a través del programa.
  • Identificación de barreras y propuestas de mejora para futuras convocatorias.

La Plataforma del Tercer Sector impulsará una red de entidades sociales que actuarán como puntos de información y orientación para jóvenes con dificultades de acceso al programa. Estas entidades podrán ofrecer acompañamiento voluntario en el proceso de solicitud y facilitar información sobre actividades y productos culturales subvencionables.

Financiación

El convenio cuenta con una financiación total de 106.666,67 euros, de los cuales:

  • 80.000 euros serán aportados por el Ministerio de Cultura.
  • 26.666,67 euros serán aportados por la Plataforma del Tercer Sector.

Vigencia

El convenio estará vigente desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal hasta el 31 de diciembre de 2027, con posibilidad de prórroga por acuerdo de las partes.

Interés para la ciudadanía

Esta iniciativa pretende que el Bono Cultural Joven llegue a más personas jóvenes, especialmente a quienes se enfrentan a obstáculos para acceder a recursos culturales o realizar trámites administrativos. El convenio busca promover la igualdad de oportunidades en el acceso a la cultura y favorecer la inclusión social a través de la participación cultural.