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miércoles, 25 de octubre de 2017

Nº 11. 23 de octubre de 2017. Planeta Fácil: boletín en Lectura Fácil

Planeta Fácil: noticias fáciles de entender sobre el mundo y la discapacidad. Madrid: Plena Inclusión. 

Nº 11. 23 de octubre de 2017. 9 p.

Hoy hablamos de: 

  • 800 personas piden más accesibilidad cognitiva en sus ayuntamientos
  • ¿El referéndum de Cataluña es democrático?
  • Cómo recuperé mi derecho al voto
  • Yo me atrevo
  • ¿Quién es Robert Martin?
Descargar boletín (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 333 KB)


Planeta Fácil es un boletín en lectura fácil editado por Plena Inclusión.

Las noticias se redactan utilizando un lenguaje sencillo, fácil de entender por personas con dificultades de comprensión lectora y discapacidad intelectual.

Resolución de 20 de octubre de 2017, de la Secretaría General de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se dictan instrucciones para su aplicación en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para con padres, madres o tutores legales separados, divorciados o cuya convivencia haya cesado, respecto a la educación de sus hijos e hijas o tutelados, menores de edad


Objeto:
  • Establecer pautas comunes de actuación a todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos sobre cuestiones que afectan al alumnado menor de edad, cuyos progenitores o, en su caso, tutores legales estén separados, divorciados o hayan cesado en su convivencia; en especial, ante discrepancias o conflictos que inciden en el ámbito escolar.
  • Constituir  un protocolo común para los centros docentes con el fin de facilitar la gestión de las situaciones en las que no hay acuerdo entre quienes tengan responsabilidad legal sobre el alumnado menor de edad.
  • Los centros privados podrán hacer uso de estas instrucciones con carácter orientativo o supletorio.
Principios rectores de actuación:
  • Interés superior del menor.
  • Escucha del menor.
  • Prevención y resolución pacífica de conflictos.
  • Protección de la convivencia y del buen clima escolar.
  • Defensa de los derechos y supervisión de los deberes.
  • Participación activa y colaborativa en la vida del centro.
  • Fomento de la mediación y los acuerdos.
  • Colaboración con otras administraciones y entidades públicas.
  • Intervención del Ministerio Fiscal a instancia del centro ante situaciones de continua desavenencia entre los progenitores o tutores legales que perjudiquen el proceso educativo del menor.
Aspectos que se desarrollan en las instrucciones:

  • Derecho a la información en virtud de la patria potestad:   Con carácter general, salvo que exista una resolución judicial que disponga lo contrario, los progenitores o tutores legales separados, divorciados o cuya convivencia haya cesado, tendrán derecho, en igualdad de condiciones, a estar puntualmente informados de todo lo relacionado con el desarrollo integral de sus hijos en el ámbito escolar y de todos los aspectos que guarden relación con el proceso educativo de estos, así como a recibir completa y periódicamente información académica de los mismos y a solicitar dicha información, en virtud de la patria potestad, y con independencia de que tengan o no asignada la guarda y custodia del menor.
  • Comunicación a los centros de las resoluciones judiciales:  Cuando uno de los progenitores o tutores legales aporte copia de una resolución judicial con incidencia en el ámbito escolar, el centro dejará constancia de su recepción tras verificar su autenticidad y deberá ponerlo en conocimiento de la otra parte por cualquier medio que acredite su recepción, a fin de que se pronuncie, a su vez, sobre su autenticidad y vigencia.
  • Escolarización:  Con carácter general, en el procedimiento de admisión solo se admitirá una única solicitud por cada alumno, y en ella han de constar necesariamente las firmas de los dos progenitores o tutores legales, ya que es necesario el conocimiento y el consentimiento expreso por escrito de ambos. Desde el momento en que el centro tenga conocimiento de la oposición de uno de los progenitores o tutores legales en el proceso de admisión y matriculación, se pondrá en conocimiento del otro, a fin de que pueda acreditar la suficiencia o no del consentimiento de uno solo de los progenitores o tutores legales.
  • Decisiones extraordinarias que deben autorizar ambos progenitores:
    • La opción por asignaturas que afecten a la formación religiosa o valores éticos.
    • La elección de modalidad, itinerario o cambio de asignaturas.
    • La adopción de medidas educativas, curriculares o académicas para las que se establezca como requisito contar con su autorización.
    • El cambio de la modalidad educativa ordinaria a cualquiera de las previstas para dar una adecuada respuesta a las necesidades educativas especiales del menor, o entre estas últimas.
    • Las actividades extraescolares o salidas o viajes más allá de la jornada lectiva y de más de un día de duración, especialmente si incluyen desplazamientos al extranjero.
    • La inscripción o la baja en el servicio de comedor y transporte escolar.
    • La difusión de imágenes del menor.
    • Cualquier decisión que exceda las decisiones ordinarias.
  • Recogida de los menores: Con carácter general, el menor será recogido por su padre, madre, o tutor legal, salvo limitación de la patria potestad o causa justificativa similar debidamente acreditada por quien la alegue, situación en la que se atenderá a los términos establecidos o aprobados judicialmente. Cualquiera de los progenitores o tutores legales podrá autorizar en los mismos términos a una tercera persona, de lo que se informará a la otra parte.
  • Falta de colaboración de los padres, madres, tutores legales: En el caso de que los progenitores o tutores legales a lo largo del curso no lleguen a alcanzar acuerdos y no sometan sus discrepancias a decisión judicial, a criterio del equipo directivo y docente, si estas desavenencias constantes pudieran perjudicar la integración social y educativa del menor, el director del centro escolar deberá poner los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal.

martes, 24 de octubre de 2017

Buenas prácticas para la prevención del abuso y explotación sexual infantil

Guía de buenas prácticas para la prevención y protección del abuso y la explotación sexual infantil. Observatorio de la Infancia, 2017. 122 p.

Guía elaborada por el grupo de trabajo formado en el Observatorio de la Infancia para debatir, analizar y establecer buenas prácticas sobre programas y servicios de prevención del abuso y explotación sexual infantil.

El documento recoge 64 programas clasificados por tipología y entidad. Cada programa contiene una ficha descriptiva con datos generales y específicos del mismo.

La identificación de buenas prácticas se ha realizado siguiendo criterios establecidos por la UNESCO teniendo en cuenta las siguientes características: 
  1. Innovadora: desarrolla soluciones nuevas o creativas
  2. Efectiva: demuestra un impacto positivo y tangible sobre la mejora
  3. Sostenible: por sus exigencias sociales, económicas y medioambientales pueden mantenerse en el tiempo y producir efectos duraderos 
  4. Replicable: sirve como modelo para desarrollar políticas, iniciativas y actuaciones en otros lugares
También se ha tenido en cuenta para valorar las experiencias recopiladas los principios generales de calidad para la provisión de los servicios sociales en la Unión Europea propuestos por el Comité de Protección Social, establecidos en el Catálogo de referencia de Servicios Sociales del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad  en relación a:
  1. Disponibilidad
  2. Accesibilidad
  3. Asequibilidad
  4. Enfoque en la persona
  5. Comprensivos
  6. Continuos
  7. Orientados a resultados
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Curso Online "Parentalidad positiva: Ganar salud y bienestar de 0-3 años"


Mediante la formación parental que aporta este curso se trata de ofrecer a niños y niñas un buen comienzo en la vida y avanzar así  hacia el objetivo de mejorar la salud y el bienestar emocional de la población infantil, máxime cuando el periodo de 0 a 3 años es clave para su desarrollo, ya que, durante estos primeros años se estructuran las bases fundamentales de un individuo, como el lenguaje, los hábitos y habilidades sociales, las capacidades cognitivas y el buen desarrollo emocional o psíquico.

Organiza: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Destinatarios: Padres, madres, familiares o cuidadores de niños o niñas en los primeros años de su desarrollo.
Duración: 8 horas.
Inscripciones:
Actividad gratuita previa inscripción en: http://aulaparentalidad-msssi.com/login/index.php
Más información:
Descargar cartel anunciador (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 1.3 MB)
Descargar folleto informativo (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 1 MB)


lunes, 23 de octubre de 2017

Convocada la 2ª Edición de las "Distinciones 25 de Noviembre: Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer" año 2017

Fuente: BORM nº 244 de 21/10/2017

Bases reguladoras:
Plazos:
  • El plazo de presentación de las candidaturas será de 8 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BORM.
Modalidades:
  • Una distinción a aquellas personas físicas, instituciones, asociaciones, entidades y demás personas jurídicas que hayan destacado en cualquier ámbito en su lucha contra la violencia hacia las mujeres en la Región de Murcia.
  • Una distinción a aquellas personas físicas, instituciones, asociaciones, entidades y demás personas jurídicas que hayan destacado en cuanto a la detección, coordinación y atención en la lucha contra la violencia hacia las mujeres en el ámbito local en la región de Murcia.
  • Una distinción al colectivo que haya puesto en marcha un proyecto destacado por su importancia y compromiso en su lucha contra la violencia de género en la Región de Murcia.
Candidaturas:


viernes, 20 de octubre de 2017

Orden de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades por la que se modifican las bases reguladoras de las "Distinciones 25 de Noviembre: Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer"


Fuente: BORM nº 243 de 20/10/2017

Se modifica la Orden de 27 de octubre de 2016, de la Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se establecen las bases de las “Distinciones 25 de noviembre: Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer” año 2016:

Primero. Artículo 3. Modalidades.
1. Las “Distinciones 25 de Noviembre: Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer tiene tendrán las siguientes modalidades:
a) Una distinción a aquellas personas físicas, instituciones, asociaciones, entidades y demás personas jurídicas que hayan destacado en cualquier ámbito en su lucha contra la violencia hacia las mujeres en la Región de Murcia.
b) Una distinción a aquellas personas físicas, instituciones, asociaciones, entidades y demás personas jurídicas que hayan destacado en cuanto a la detección, coordinación y atención en la lucha contra la violencia hacia las mujeres en el ámbito local en la región de Murcia.
c) Una distinción al colectivo que haya puesto en marcha un proyecto destacado por su importancia y compromiso en su lucha contra la violencia de género en la Región de Murcia.
En este artículo se propone modificar el punto a, b y c, especificando más claramente el ámbito competencial, además se cambia el orden para un mejor entendimiento.
Además se propone añadir a dicho artículo el presente punto:
“3. En ningún caso se podrá otorgar estos premios a aquellas personas o entidades que hayan sido premiadas en ediciones anteriores.”
Se considera necesario esta modificación para dar más cobertura a la población destinataria y ofrecer mayor participación en la presentación de las candidaturas.

Segundo.- Artículo 6. Candidaturas.
1.- Las candidaturas a obtener las distinciones convocadas para las diferentes modalidades serán propuestas, para cada una de las modalidades, de la siguiente manera:
En este punto se pretende proponer una aclaración de quién propone cada candidatura de manera que no se produzca confusión al respecto:
1.1- Para la modalidad a) las candidaturas serán propuestas por las Secretarías Generales de las Consejerías de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
1.2- Para la modalidad b) las candidaturas serán propuestas por las entidades locales de la Región de Murcia.
1.3- Para la modalidad c) las candidaturas serán propuestas por asociaciones, entidades y personas físicas o jurídicas.
Disposición final
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.

jueves, 19 de octubre de 2017

Desarrollo positivo adolescente y bienestar

Bienestar y desarrollo positivo adolescente desde una perspectiva de género: Un estudio cualitativo. 
Madrid: Centro Reina Sofía sobre Adolescencia y Juventud, 2017. 266 p.

El proyecto de investigación pretende analizar, desde una perspectiva de género y mediante grupos focales,
tanto las fortalezas y competencias de los adolescentes escolarizados como los factores contextuales que los promueven. 

El hecho de dar voz a chicos, chicas, madres, padres y docentes sobre aspectos referidos tanto al bienestar y el desarrollo adolescente, como a la familia y a la escuela, suponen una importante aportación del estudio, ya que son escasas las investigaciones que tratan de conocer la opinión de quienes son los principales agentes implicados. 

El informe que se presenta a continuación está dividido en dos bloques. En el primero de ellos se presenta una revisión teórica actualizada sobre el modelo del bienestar y el desarrollo positivo adolescente. Esta revisión comprende a su vez cuatro apartados.

En primer lugar y partiendo de la visión negativa de la adolescencia se lleva a cabo un recorrido por las distintas propuestas que diversos autores han realizado en este marco conceptual. A continuación se analiza el papel de la familia, la escuela y la comunidad como contextos capaces de promover el desarrollo positivo de chicos y chicas adolescentes. En un tercer apartado se recogen los resultados de los escasos estudios que se han acercado al análisis de la visión que adolescentes, madres, padres y docentes tienen acerca del bienestar y el desarrollo juvenil. Por último, se concluye el bloque con un apartado que resalta la importancia de tener en cuenta la variable género en el estudio del desarrollo adolescente.

En el segundo bloque se presenta todo lo referente al estudio realizado, es decir, los objetivos que guiaron la investigación, la metodología empleada y los resultados obtenidos con la discusión de los mismos. El bloque termina con las conclusiones principales del estudio. 

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