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sábado, 31 de agosto de 2024

Convocatoria de subvenciones del Plan Corresponsables

Extracto de la Orden de 30 de julio de 2024, de la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables al amparo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 29 de abril de 2024


Objeto y finalidad:
Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de actuaciones en el marco del Plan Corresponsables. 
Los proyectos subvencionados se enmarcarán dentro de las siguientes líneas de actuación: 
1. Servicios de cuidado profesional para familias con hijas e hijos de hasta 16 años de edad. 
2. Creación de empleo de calidad. 
3. Acciones de formación y sensibilización en corresponsabilidad y cuidados. 
La finalidad de la subvención es promover la corresponsabilidad desde un enfoque de igualdad entre mujeres y hombres y crear empleo de calidad en el sector de los cuidados a través de la financiación de proyectos para el desarrollo de actuaciones y/o prestaciones orientadas a facilitar la conciliación de las familias con hijas e hijos de hasta 16 años de edad mediante la puesta en marcha de servicios de cuidado profesional, la creación de empleo de calidad en el sector de los cuidados, así como la sensibilización y formación de la sociedad, particularmente de los hombres en materia de corresponsabilidad y cuidados.

Entidades beneficiarias:
Tendrán la consideración de beneficiarias de las subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro debidamente acreditadas que se encuentren en situación que fundamente la concesión de la subvención y que reúnan, además, los requisitos contemplados en el artículo 3 de la Orden de 20 de mayo 2024 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de esta subvención.

Régimen jurídico:
Orden de convocatoria y en el artículo 2 de la Orden de 20 de mayo 2024 de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad por la que se aprueban las bases reguladoras de esta subvención.

Otros datos:
  • Las entidades presentarán una solicitud por cada uno de los proyectos para los que soliciten financiación. 
  • Las subvenciones que se otorguen atenderán totalmente el importe solicitado para el proyecto, en función del crédito disponible y del orden de prelación resultante tras la aplicación de los criterios de valoración. 
  • En el caso de que con el total de las subvenciones concedidas no se agotaran los créditos de la convocatoria, el órgano competente para resolver podrá determinar la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
  • El plazo de ejecución de los proyectos subvencionados abarcará desde el 1 de enero del 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, siendo este periodo improrrogable.
  • El órgano responsable del proceso de justificación de estas subvenciones es la Dirección General Mujer y Prevención de la Violencia de Género.
  • La justificación de la actividad subvencionada se presentará en un plazo de tres meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución de los proyectos subvencionados, excepto las memorias de actuación justificativas del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención que se presentarán al mes de finalizado el plazo de ejecución de los proyectos subvencionados, y en todo caso, antes del 31 de enero de 2026.
  • Todos los actos administrativos integrantes del presente procedimiento de concurrencia competitiva se notificarán mediante publicación a través de la página web de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, en el apartado denominado “Áreas temáticas”, “Ayudas y subvenciones” y finalmente en el apartado denominado “Subvenciones de la Dirección General de Mujer y Prevención de la Violencia de Género”. Se puede acceder directamente a través de la siguiente dirección web: https://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=71782&IDTIPO=100&RASTRO=c889$m
Plazo de presentación de solicitudes:
Desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), hasta el 13 de septiembre del 2024 inclusive.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/782454 

jueves, 29 de agosto de 2024

Sesiones informativas y de formación para el voluntariado FADE



Dirigida a todas las personas que quieran iniciar voluntariado en FADE y conocer todas las actividades/servicios de voluntariado en los que pueden colaborar.
 
Fecha: 26 de septiembre de 2024
Hora: 18:30h
Lugar: Centro Cultural Las Claras (C. Sta. Clara, 1, 30008 Murcia)
 
Más informaciónhttps://fundacionfade.org/hazte-voluntario/
Inscripciónhttps://voluntariado.fundacionfade.org/gp/solicitud.php

Convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas, correspondientes a la formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2024 (Educación)

Extracto de la Orden de 26 de agosto de 2024 de la Presidenta del SEF, de convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas, correspondientes a la formación de oferta dirigida a personas trabajadoras desempleadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2024 (Educación)


Descripción de la convocatoria:
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria tendrán como finalidad la financiación de acciones formativas dirigidas principalmente a personas desempleadas con necesidades formativas especiales o con dificultades para su inserción por su situación de vulnerabilidad, a fomentar el empleo en sectores emergentes y la creación de empresas. 
De esta manera, las acciones formativas que se financian por esta convocatoria tienen por finalidad ofrecer a los trabajadores desempleados una formación ajustada a las necesidades de formación individuales y del sistema productivo, que les permita adquirir las competencias requeridas en el mercado de trabajo y mejorar su empleabilidad, así como la subvención de acciones formativas que respondan a las necesidades de formación específicas de las empresas en atención a las demandas de cualificación provenientes de los sistemas propios de producción, de la tecnología particular que empleen o de las aplicaciones de gestión que utilicen estas empresas, entre otros aspectos, contribuyendo a la mejora de la competitividad de las empresas de la Región de Murcia al tiempo que se impulsa la inserción laboral de trabajadores desempleados.

Beneficiarias:
Entidades de formación públicas o privadas, ya acreditadas en el Registro de Entidades de Formación del SEF y en el Registro Estatal de Entidades de Formación, para impartir las acciones formativas objeto de la convocatoria, en la modalidad presencial y con presencia en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

Bases reguladoras:
Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación.

Plazo de presentación de solicitudes:
Desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, hasta el 15 de septiembre de 2024.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/782173 

miércoles, 28 de agosto de 2024

Acuerdo de coordinación entre las Consejerías de Política Social, Familias e Igualdad, la Consejería de Salud, la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, el Servicio Murciano de Salud (SMS) y el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) para el establecimiento de un entorno cerrado de comunicación que posibilite la interoperabilidad y el intercambio de datos de la historia clínica e información social



Objeto:
El Acuerdo tiene por objeto la coordinación interorgánica para garantizar la atención integral social y sanitaria a personas usuarias de residencias públicas dependientes del IMAS, residencias privadas concertadas con el IMAS y residencias vinculadas a entidades locales, a través de la interoperabilidad e intercambio de datos, creando un entorno cerrado de comunicación accesible a los profesionales implicados en dicha atención.

Contenido del entorno cerrado de comunicación:
El contenido del entorno cerrado de comunicación estará formado, por los correspondientes sistemas de información del área sanitaria y social.
Tanto las residencias como los centros del SMS tendrán acceso a la visualización de datos clínicos y sociales en función de su perfil y del censo de población con derecho a la asistencia social o sanitaria.

Destinatarios de la información suministrada:
Podrán tener acceso al entorno cerrado de comunicación a que se refiere el presente acuerdo aquellos órganos de las partes firmantes cuyas funciones coincidan con aquellas que justifican el intercambio de datos. 
En particular, el acceso al entorno cerrado de comunicación únicamente podrá realizarse por el personal sanitario y social de los centros sanitarios públicos del Servicio Murciano de Salud y de residencias públicas dependientes del Instituto Murciano de Acción Social en ejercicio de sus funciones. 
Mediante los oportunos instrumentos jurídicos, dicho acceso podrá extenderse al personal de los centros residenciales privados concertados, así como al de las residencias vinculadas a entidades locales que lo requieran. 
En ningún caso podrán ser destinatarios órganos, organismos o entes que realicen funciones distintas de las que justifican el suministro. 
En todo caso, deberá observarse la estricta afectación de la información remitida a los fines que la justifican y para los que se solicitó, sin que en ningún caso pueda ser remitida a terceros no contemplados en el presente Acuerdo.

lunes, 26 de agosto de 2024

Orden TES/889/2024, de 19 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de los entes representativos de la economía social de ámbito estatal



Objeto:
La orden establece las bases reguladoras de las subvenciones que conceda, en régimen de concurrencia competitiva, el Ministerio de Trabajo y Economía Social, con cargo a los créditos de sus presupuestos, que tengan por objeto contribuir a la financiación de los gastos derivados de la realización de actividades de apoyo y promoción de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, así como a la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de los entes representativos de la economía social de ámbito estatal, para facilitar el cumplimiento de los fines propios de estas entidades.

Líneas de ayudas:
  • Línea 1: para acciones de ámbito estatal de formación, difusión y fomento de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas.
  • Línea 2: para sufragar parcialmente los gastos de funcionamiento de las asociaciones de ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de centros especiales de empleo de iniciativa social, de mutualidades, de cofradías de pescadores y de otros entes representativos de la economía social.
  • Línea 3: para el desarrollo de las medidas contenidas en la Estrategia Española de Economía Social.
Esta orden contribuye a los siguientes objetivos estratégicos:
  • Mejorar la capacidad de adaptación de las personas trabajadoras a los requerimientos de flexibilidad, innovación y creatividad de las economías actuales. Adecuación de sus competencias profesionales para aumentar las oportunidades de empleo y favorecer su acceso a ocupaciones derivadas de la digitalización y la transición ecológica.
  • Promover el trabajo digno, garantizando la protección de los derechos individuales y colectivos de las personas trabajadoras, especialmente de aquellas que pertenecen a colectivos en situación de vulnerabilidad (personas desempleadas de larga duración y otros colectivos). Atender sus necesidades tanto laborales como sociales.
  • Potenciar la igualdad entre mujeres y hombres con políticas transversales y actuaciones contra la discriminación por razón de género. Mejorar la integración de las mujeres en el mercado laboral, disminuir la brecha digital por cuestión de género y fomentar la capacitación de las mujeres de las áreas rurales y urbanas.
  • Apoyar e impulsar la economía social (en digitalización, formación especializada e innovación) como palancas para el crecimiento económico inclusivo y sostenible, el empleo y el trabajo decente.
  • Impulsar la cultura de la responsabilidad social en las empresas, incentivando la incorporación y desarrollo de buenas prácticas en dicha materia para que las empresas mejoren su entorno social, económico y ambiental.
Personas beneficiarias y requisitos:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en esta orden las siguientes entidades:

De las líneas de subvenciones 1 y 3 para acciones de ámbito estatal de formación, difusión y fomento de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, así como para el desarrollo de las medidas contenidas en la Estrategia Española de Economía Social:
  • Entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de centros especiales de empleo de iniciativa social, de mutualidades, de cofradías de pescadores y de otros entes representativos de la economía social.
  • Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de centros especiales de empleo de iniciativa social, de mutualidades, de cofradías de pescadores y de otros entes representativos de la economía social.
  • Asociaciones y fundaciones.
  • Universidades públicas.
  • Universidades privadas.
De la línea de subvenciones 2 para sufragar parcialmente los gastos de funcionamiento:
  • Entidades asociativas de carácter intersectorial y ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de centros especiales de empleo de iniciativa social, de mutualidades, de cofradías de pescadores y de otros entes representativos de la economía social.
  • Entidades asociativas de carácter sectorial y de ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de centros especiales de empleo de iniciativa social, de mutualidades, de cofradías de pescadores y de otros entes representativos de la economía social.
  • Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de centros especiales de empleo de iniciativa social, de mutualidades, de cofradías de pescadores y de otros entes representativos de la economía social. Estos entes representativos de la economía social deberán contar entre sus asociados, al menos, con cinco asociaciones de ámbito estatal entre las de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de centros especiales de empleo de iniciativa social de mutualidades, de cofradías de pescadores y de otros entes representativos de la economía social.
A efectos de esta orden, se entiende por asociación de carácter intersectorial aquella que integre, bien directamente, bien a través de entidades asociadas, a entidades de la economía social que desarrollen su actividad en, al menos, tres sectores económicos de entre los de agricultura, industria y construcción y servicios.

Anuncio de licitación de concesión demanial CAI Cehegín y PAI Canara



Objeto del contrato:
Tipo: Concesión Administrativa Demanial. 
Descripción: La concesión demanial, de uso privativo, de las instalaciones de “Centro de Atención a la Infancia de Cehegín”, con 4 unidades y el “Punto de Atención a la Infancia de Canara”, con 2 unidades, para el ejercicio de las actividades de atención a la infancia reguladas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 
Lugar
Domicilio: C/ Tarifa, s/n. de Cehegín y C/ Romeral, s/n. de Canara. 
Localidad y código postal: Cehegín (Murcia) 30430 
Duración: Cuatro años sin posibilidad de prórroga.

Entidad adjudicadora:
Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Cehegín
Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Contratación Administrativa. 
Obtención de documentación e información: 
Dependencia: Excmo. Ayuntamiento de Cehegín (Sección de Contratación) 
Domicilio: C/López Chicheri, n.º 5 
Localidad y código postal: Cehegín (Murcia) 30430 
Teléfono: 968 740400
Telefax: 968 740003
Correo electrónico: tpadilla@cehegin.es 
Obtención de Pliegos y dirección internet del perfil del contratante: Publicados en el Perfil de Contratante de este Ayuntamiento, alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público (https://contrataciondelestado.es)
Fecha límite de obtención de documentos e información: Treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el B.O.R.M. y en el Perfil del Contratante. 
Número de expediente: 4-A383/2024

Canon:
LOTE 1.- Centro de Atención a la Infancia de Cehegín: 13.022,06 € anuales. 
LOTE 2.- Punto de Atención a la Infancia de Canara: 6.976,07 € anuales. 

jueves, 22 de agosto de 2024

Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, por la que se modifica la de 8 de noviembre de 2022, por la que se establece la planificación de prestaciones, actuaciones o servicios estructurales del sistema de acogida en materia de protección internacional para su gestión mediante acción concertada




Con fecha 11 de noviembre de 2022, se publicó la Resolución de 8 de noviembre de 2022 de la Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección internacional y Temporal, por la que se establece la planificación de prestaciones, actuaciones o servicios estructurales del sistema de acogida de protección internacional para su gestión mediante acción concertada. Esta resolución contiene la planificación de los servicios y prestaciones para cubrir las necesidades estructurales del sistema durante el periodo 2023-2026.

No obstante, el sistema de acogida de protección internacional y temporal está teniendo que hacer frente una situación que genera una fuerte presión sobre sus recursos. Esta situación está marcada por tres hitos:
  • Llegada de un elevado número de personas solicitantes de protección internacional.
  • El número de llegadas irregulares sigue siendo muy elevado.
  • La prolongación del conflicto bélico en Ucrania.

La presente resolución de modificación de la planificación tiene por objeto realizar el reajuste de los costes del sistema entre las anualidades.