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viernes, 17 de mayo de 2024

Ayudas del Servicio Murciano de Salud



Objeto
Serán objeto de subvención los proyectos que desarrollen alguna o algunas de las siguientes actividades:
  • Formación, información, divulgación y sensibilización de la población sobre la enfermedad y sus problemas asociados.
  • Actividades de carácter sanitario dirigidas a mejorar la asistencia y la calidad de vida de los enfermos, entendiendo como tales, la rehabilitación, la logopedia y la terapia ocupacional, entre otras.
  • Ayuda a personas con trastornos de la conducta alimentaria.
  • Actividades de acompañamiento, de carácter lúdico, entretenimiento, educativas o mediación dirigidas a los pacientes ingresados en los centros hospitalarios de la Región.
  • Atención y apoyo psicológico y emocional al enfermo y sus familiares.
  • Promoción de hábitos de vida saludables que incidan favorablemente en la evolución y pronóstico de la enfermedad.
  • Actuaciones dirigidas a la promoción de la solidaridad.
  • Actividades dirigidas a cubrir necesidades de carácter sanitario de los enfermos, no cubiertas por el Sistema Sanitario Público.
  • Atención a pacientes en riesgo de exclusión social, con discapacidad o en estadio de enfermedad avanzada, mejorando así su calidad de vida.
Beneficiarias:
Fundaciones y Asociaciones “sin ánimo de lucro”, de pacientes y familiares de pacientes, incluidas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, “sin ánimo de lucro”, que lleven a cabo en el año 2024, proyectos de prevención de la enfermedad, ayuda mutua y autocuidados para enfermos crónicos, y que cumplan los requisitos establecidos.

Bases reguladoras:
Orden de 16 de noviembre de 2016, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Murciano de Salud a Fundaciones y Asociaciones destinadas a financiar programas de ayuda para enfermos crónicos, publicadas en el BORM número 268 de 18 de noviembre de 2016 y Orden de la Consejería de Salud de fecha 13 de septiembre de 2018 por la que se modifica la anterior Orden, (BORM número 222 de 25 de septiembre de 2018).

Plazo de presentación de solicitudes: 
10 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

El texto completo de la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/760760

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