Objeto:
- Esta Orden tiene por objeto establecer las normas reguladoras de la concesión de las Ayudas para el desarrollo de Programas de Integración Sociolaboral, en la Región de Murcia, dirigidas a facilitar la contratación laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social que, por sus especiales circunstancias, no puedan acceder al mismo en condiciones de igualdad y al acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo.
- Sufragar parcialmente los gastos derivados de la contratación de personas en situación o riesgo de exclusión social, para ofrecerles la oportunidad de adquirir una experiencia válida de inserción en el mercado laboral.
- Las entidades beneficiarias de la ayuda apoyarán el proceso de integración social y laboral de las personas en situación o riesgo de exclusión social, colaborando con los centros de servicios sociales y/o con las entidades del ámbito social que hayan propuesto su contratación.
- En relación a las personas que va dirigido la finalidad
es:
- Mejorar las competencias personales, sociales y laborales que favorezcan sus posibilidades de acceso a un empleo, promoviendo su autonomía personal y su inserción social.
- Proporcionar una experiencia en el mercado laboral, la adquisición de hábitos laborales y el incremento de los niveles formativos y de cualificación profesional.
- Proporcionar los apoyos personalizados necesarios para que la persona pueda acceder y mantener una actividad laboral remunerada.
- Titulares y beneficiarios de la prestación de la Renta Básica de Inserción y de las Ayudas Periódicas de Inserción y Protección Social o similares, que se encuentren en edad laboral y estén realizando un proyecto/itinerario individualizado de inserción sociolaboral.
- Personas en situación o riesgo de exclusión social que hayan finalizado o se encuentren realizando un proyecto/itinerario de inserción sociolaboral en programas desarrollados por la administración regional o local o por instituciones sin fin de lucro.
- Personas que habiendo sido contratadas a través de programas de integración sociolaboral con anterioridad, no hubieran alcanzado los objetivos previstos en su proyecto/itinerario individualizado de inserción, siempre que su renovación sea valorada como procedente por el Servicio competente de la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del IMAS.
Podrán acceder a la condición de beneficiario de estas Ayudas:
- La Administración Regional.
- Las Entidades Locales
- Las Empresas y Organismos Públicos.
- Las Empresas privadas.
- Las Instituciones sin fin de lucro.
- El plazo de presentación de solicitudes será el que se determine en la correspondiente convocatoria.
Más información en nuestra base de datos de legislación
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