Fuente: BORM número 70 de 25/03/2022
Objeto:
El presente Convenio tiene por objeto materializar el principio de solidaridad interterritorial entre las Administraciones Públicas firmantes para reconducir de forma ordenada, y siempre en atención al interés superior de los niños, niñas y adolescentes, un camino que permita que a muchos de los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados que están llegando a Ceuta, y cuya gran afluencia ha motivado el colapso de su sistema de acogida y atención social y personal, dentro de las posibilidades y solidaridad se le pueda prestar una completa atención.
Finalidad:
Ambas Administraciones se comprometen mutuamente a llevar a cabo todas las actuaciones administrativas, y en su caso ante los órganos judiciales y el Ministerio Fiscal, para la asunción por parte de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como Entidad Pública competente en protección de menores, de la tutela de 7 niños, niñas o adolescentes migrantes no acompañados que residen actualmente en la Ciudad de Ceuta.
Colectivo destinatario:
La Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de Ceuta, a través del Área de Menores, seleccionará de entre los niños, niñas y adolescentes extranjeros no acompañados que se encuentran bajo su tutela a quienes por sus características y necesidades presenten una mayor idoneidad para su traslado al territorio de la Comunidad Autónoma receptora.
Los niños, niñas y adolescentes que sean seleccionados por presentar dicha idoneidad para su traslado al territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, serán informados, oídos y escuchados en el procedimiento, dejando constancia del mismo en el expediente de protección.
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