Fuente: BORM nº 268 de 18/11/2020
Finalidad:
- Reconocer y estimular la labor de las empresas comprometidas con la igualdad, que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.
Empresas candidatas:
- Podrán solicitar este Distintivo todas las empresas, sean personas físicas o jurídicas, con capital público o privado, que tengan su domicilio en la Región de Murcia o cuenten con centro de trabajo en la Región de Murcia siempre que hubiese contratado personal en la Región de Murcia y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 del Decreto n.º 152/2018, de 20 de junio, por el que se regula la concesión, renovación y utilización del “Distintivo de Igualdad de la Región de Murcia” a empresas públicas o privadas.
Plazo de presentación de candidaturas:
- 2 meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Entrega del distintivo y difusión de su concesión:
- La Dirección General de Mujer y Diversidad de Género procederá a la entrega de un certificado acreditativo del “Distintivo Igualdad de la Región de Murcia” a las empresas galardonadas en un acto público convocado al efecto, y al que se dotará del protocolo y la difusión adecuados.
- Las certificaciones de concesión del “Distintivo de Igualdad de la Región de Murcia” tienen un carácter estrictamente honorífico y no comportarán dotación económica.
- La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, y Política Social hará pública la concesión del distintivo a través de los medios y mediante los procedimientos que se consideren más adecuados para su difusión y comunicación social.
Procedimiento relacionado para la solicitud: 2727.
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