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miércoles, 11 de noviembre de 2020

Decreto n.º 138/2020, de 5 de noviembre de 2020, por el que se regula la estructura, composición y funcionamiento del Observatorio Regional contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia


Fuente: BORM nº 262 de 11/11/2020

 

Objeto:

  • Regular la estructura, composición y funcionamiento del Observatorio Regional contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género, como órgano de participación y consulta y propuesta de actuaciones en materia de derechos de los colectivos LGBTI.

Adscripción:

  • El Observatorio regional depende de la Dirección General competente en materia de derechos de las personas LGBTI, quedando adscrito a la Consejería con competencias en esta materia.

Finalidad:

  • Realización de estudios, identificación de necesidades, elaboración de propuestas y recomendaciones en relación a la promoción de la igualdad real y efectiva del colectivo LGBTI en las diversas esferas de la vida económica, política, cultural, laboral y social, y la lucha contra la homofobia, bifobia lesbofobia y/o transfobia.

Selección de las entidades LGBTI y entidades ciudadanas que formarán parte del Observatorio y sus representantes:

  • En el plazo de veinte días, desde la entrada en vigor del presente decreto, las entidades LGBTI y ciudadanas que deseen formar parte del Observatorio formularán solicitud a la Presidencia del Observatorio.

Constitución:

  • La constitución del Observatorio, así como el nombramiento de sus componentes se efectuará por Orden de quien ostente la titularidad de la Consejería competente en materia de derechos de las personas LGBTI dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto.

Entrada en vigor:

  • El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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