Buscar contenidos

viernes, 28 de junio de 2024

Informe del Sistema de Protección Internacional en España


Informe del Sistema de Protección Internacional en España
. Madrid: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, 2024. 17 p.

El informe contiene resultados de actuaciones, programas y situación actual del Sistema de Acogida de Protección Internacional (SAPI).

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 740 KB)

jueves, 27 de junio de 2024

Empleo. Ayuntamiento de Yecla




En el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 134, de 11 de junio de 2024, se han publicado las bases que han de regir la convocatoria para proveer: 
  • Dos plazas de Trabajador/a Social de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre. 

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». 

Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social



"Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, y nuevas medidas en materia fiscal, energética y social, a propuesta de los ministerios de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; Hacienda; Transportes y Movilidad Sostenible; Trabajo y Economía Social; Industria y Turismo; Agricultura, Pesca y Alimentación; Política Territorial y Memoria Democrática; Transición Ecológica y el Reto Demográfico; Economía, Comercio y Empresa; Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; Transformación Digital y de la Función Pública.

Se trata del noveno paquete de medidas anticrisis aprobado por el Gobierno para ayudar de nuevo a los ciudadanos, las familias y los sectores más afectados por la prolongación de estos conflictos. Con este nuevo paquete, se amplía la duración de buena parte de las medidas adoptadas en 2022 y 2023, para reforzar el Estado de bienestar y la protección de las clases medidas y trabajadoras, y de las empresas.

Rebaja del IVA de alimentos

El Gobierno mantiene la rebaja del IVA de los alimentos básicos para seguir ayudando a las familias, permaneciendo en el 0% en el caso de la leche, el pan, las harinas, las frutas, las verduras, hortalizas, legumbres, cereales, los quesos o los huevos. A ellos se sumará el aceite de oliva, que quedará exento de IVA tras la rebaja impositiva del primer paquete de medidas anticrisis en el que ya se redujo su IVA al 5%. Además, se modifica la Ley del IVA para incluir el aceite de oliva entre los alimentos básicos, de forma que tributará de manera permanente en el tipo superreducido (4%).

Estas rebajas del IVA de los alimentos, configuradas desde el inicio como medidas temporales en respuesta al incremento sobrevenido de la inflación por las consecuencias de la invasión rusa en Ucrania, pasarán por dos fases hasta recuperar sus gravámenes normales. En concreto, desde el 1 de julio y hasta el 30 de septiembre se mantendrán los tipos del 0% y 5%. A partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre el tipo del 0% de los alimentos básicos se situará en el 2% y el del 5% en el 7,5%. Esa paulatina reversión responde al mandato efectuado por la Comisión Europea para ir atenuando las medidas extraordinarias adoptadas en los años precedentes.

Garantía de suministros básicos y prórroga del bono social eléctrico

De igual forma, se mantiene la prohibición de interrumpir los suministros de agua, electricidad y gas a los consumidores vulnerables hasta el próximo 31 de diciembre y se prorroga el bono social eléctrico con una senda de normalización gradual hasta julio de 2025, con descuentos superiores a los existentes antes de la crisis energética. En concreto, los actuales descuentos del bono social, del 65% para los consumidores vulnerables y del 80% para los consumidores vulnerables severos, se mantienen hasta el 30 de septiembre de 2024, coincidiendo con la temporada estival y el incremento de consumo que se registra para combatir las elevadas temperaturas. A partir de ese momento, se aplicará una reducción del descuento de 7,5 puntos porcentuales por trimestre, con relación al total de la factura, de modo que los porcentajes resultantes son los siguientes:
  • Del 1 de octubre de 2024 al 31 de diciembre de 2024, el descuento para los consumidores vulnerables será del 57% y de los consumidores vulnerables severos del 72,5%.
  • Del 1 de enero de 2025 al 31 de marzo de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 50% y de los consumidores vulnerables severos del 65%.
  • Del 1 de abril de 2025 al 30 de junio de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 42,5% y de los consumidores vulnerables severos del 57,5%.
A partir del 1 de julio de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 35% y el de los consumidores vulnerables severos del 50%, con carácter indefinido, lo que supone un refuerzo del nivel de protección habitual previo al estallido de la crisis energética, situado en el 25% para los primeros y en el 40% para los segundos. En la norma también se otorga carácter indefinido a la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas para las comunidades de propietarios y las empresas de servicios energéticos que les cubran esta demanda.

Exención de IRPF a perceptores del SMI

El texto del Real Decreto-Ley incluye también una reforma del IRPF para eximir de tributación a los trabajadores que perciben el salario mínimo. Se amplía el umbral de tributación, por lo que la cuantía de salario bruto anual a partir del cual se empieza a pagar el IRPF pasa de 15.000 euros anuales vigentes a 15.876 euros anuales. Dada la progresividad del impuesto, el resto de los cambios aplicados alcanzarán a rentas de hasta 22.000 euros, lo que permitirá que la rebaja de retenciones del IRPF beneficie a 5,2 millones de contribuyentes, sobre todo a asalariados y pensionistas con rentas bajas que podrán ahorrar unos 1.385 millones de euros."

Informe Integración en el mercado laboral de los beneficiarios de protección temporal de Ucrania


Informe Integración en el mercado laboral de los beneficiarios de protección temporal de Ucrania.
European Migration Network (Red Europea de Migraciones-REM), 2024. 18 p.

El último informe de la Red Europea de Migraciones (REM) se centra en la integración laboral de los beneficiarios de protección temporal procedentes de Ucrania en los países miembros y observadores de la Red Europea de Migraciones. Este informe ofrece un análisis de las tendencias del empleo, las prioridades políticas y las medidas destinadas a facilitar la integración de las personas desplazadas procedentes de Ucrania en los mercados laborales de los países de acogida. (Texto extraído de la web de la Red Europea de Migraciones)

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 1.42 MB)

miércoles, 26 de junio de 2024

Mujeres y sinhogarismo


Mujeres y sinhogarismo.
Madrid: Faciam, 2023. 37 p. Serie: Más allá de la vivienda.

Esta investigación visibiliza y analiza cuál es la situación de las mujeres sin hogar y nos ofrece algunas recomendaciones sobre cómo proceder desde la intervención social y política. El trabajo permite romper estereotipos que suelen proyectar una imagen social del sinhogarismo muy masculina y relacionada con la adicción y la salud mental. 

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 892 KB)

Acuerdos del Consejo de Ministros de 25/06/2024


Fuente: Referencia del Consejo de Ministros

Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes


PRÓRROGA DE MEDIDAS FRENTE A LOS EFECTOS DE LAS GUERRAS DE UCRANIA Y ORIENTE PRÓXIMO Y OTRAS NUEVAS EN MATERIA FISCAL, ENERGÉTICA Y SOCIAL

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, y nuevas medidas en materia fiscal, energética y social, a propuesta de los ministerios de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes; Hacienda; Transportes y Movilidad Sostenible; Trabajo y Economía Social; Industria y Turismo; Agricultura, Pesca y Alimentación; Política Territorial y Memoria Democrática; Transición Ecológica y el Reto Demográfico; Economía, Comercio y Empresa; Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; Transformación Digital y de la Función Pública.

Se trata del noveno paquete de medidas anticrisis aprobado por el Gobierno para ayudar de nuevo a los ciudadanos, las familias y los sectores más afectados por la prolongación de estos conflictos. Con este nuevo paquete, se amplía la duración de buena parte de las medidas adoptadas en 2022 y 2023, para reforzar el Estado de bienestar y la protección de las clases medidas y trabajadoras, y de las empresas.

Rebaja del IVA de alimentos

El Gobierno mantiene la rebaja del IVA de los alimentos básicos para seguir ayudando a las familias, permaneciendo en el 0% en el caso de la leche, el pan, las harinas, las frutas, las verduras, hortalizas, legumbres, cereales, los quesos o los huevos. A ellos se sumará el aceite de oliva, que quedará exento de IVA tras la rebaja impositiva del primer paquete de medidas anticrisis en el que ya se redujo su IVA al 5%. Además, se modifica la Ley del IVA para incluir el aceite de oliva entre los alimentos básicos, de forma que tributará de manera permanente en el tipo superreducido (4%).

Estas rebajas del IVA de los alimentos, configuradas desde el inicio como medidas temporales en respuesta al incremento sobrevenido de la inflación por las consecuencias de la invasión rusa en Ucrania, pasarán por dos fases hasta recuperar sus gravámenes normales. En concreto, desde el 1 de julio y hasta el 30 de septiembre se mantendrán los tipos del 0% y 5%. A partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre el tipo del 0% de los alimentos básicos se situará en el 2% y el del 5% en el 7,5%. Esa paulatina reversión responde al mandato efectuado por la Comisión Europea para ir atenuando las medidas extraordinarias adoptadas en los años precedentes.

Garantía de suministros básicos y prórroga del bono social eléctrico

De igual forma, se mantiene la prohibición de interrumpir los suministros de agua, electricidad y gas a los consumidores vulnerables hasta el próximo 31 de diciembre y se prorroga el bono social eléctrico con una senda de normalización gradual hasta julio de 2025, con descuentos superiores a los existentes antes de la crisis energética. En concreto, los actuales descuentos del bono social, del 65% para los consumidores vulnerables y del 80% para los consumidores vulnerables severos, se mantienen hasta el 30 de septiembre de 2024, coincidiendo con la temporada estival y el incremento de consumo que se registra para combatir las elevadas temperaturas. A partir de ese momento, se aplicará una reducción del descuento de 7,5 puntos porcentuales por trimestre, con relación al total de la factura, de modo que los porcentajes resultantes son los siguientes:
  • Del 1 de octubre de 2024 al 31 de diciembre de 2024, el descuento para los consumidores vulnerables será del 57% y de los consumidores vulnerables severos del 72,5%.
  • Del 1 de enero de 2025 al 31 de marzo de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 50% y de los consumidores vulnerables severos del 65%.
  • Del 1 de abril de 2025 al 30 de junio de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 42,5% y de los consumidores vulnerables severos del 57,5%.
A partir del 1 de julio de 2025, el descuento para los consumidores vulnerables será del 35% y el de los consumidores vulnerables severos del 50%, con carácter indefinido, lo que supone un refuerzo del nivel de protección habitual previo al estallido de la crisis energética, situado en el 25% para los primeros y en el 40% para los segundos. En la norma también se otorga carácter indefinido a la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas para las comunidades de propietarios y las empresas de servicios energéticos que les cubran esta demanda.

Exención de IRPF a perceptores del SMI

El texto del Real Decreto-Ley incluye también una reforma del IRPF para eximir de tributación a los trabajadores que perciben el salario mínimo. Se amplia el umbral de tributación, por lo que la cuantía de salario bruto anual a partir del cual se empieza a pagar el IRPF pasa de 15.000 euros anuales vigentes a 15.876 euros anuales. Dada la progresividad del impuesto, el resto de los cambios aplicados alcanzarán a rentas de hasta 22.000 euros, lo que permitirá que la rebaja de retenciones del IRPF beneficie a 5,2 millones de contribuyentes, sobre todo a asalariados y pensionistas con rentas bajas que podrán ahorrar unos 1.385 millones de euros.

Recursos récord para CCAA y ayuntamientos

Otra de las medidas de calado de la norma es la mejora de los servicios públicos, gracias a que las comunidades autónomas y las entidades locales volverán a recibir los mayores recursos de su historia con la actualización de las entregas a cuenta. Concretamente, las CCAA recibirán en 2024 un total de 154.467 millones de euros, 20.000 millones más que el año pasado que podrán destinar a mejorar los servicios públicos para los ciudadanos. Las entidades locales recibirán del Estado 28.557 millones de euros, 5.260 millones de euros más.

DECLARACIÓN DÍA NACIONAL DEL ORGULLO LGTBI

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de la ministra de Igualdad, del ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la declaración institucional con motivo del 28 de junio, Día Nacional del Orgullo LGTBI.

En la declaración, el Gobierno de España renueva su compromiso con el reconocimiento institucional y la participación en los actos conmemorativos de la lucha por la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI+, así como la apuesta por la erradicación de cualquier tipo de discriminación basada en la orientación e identidad de género, expresión de género o características sexuales.

El texto también destaca el apoyo y defensa del Gobierno al colectivo, lo que "nos ha llevado, por segundo año consecutivo, a la vanguardia de las sociedades europeas comprometidas con los derechos de las personas LGTBI+". Por otro lado, señala que "el Orgullo LGTBI, es el orgullo de toda España y defendemos una España orgullosamente libre, en que ninguna persona vuelva a sentir miedo o sufra acoso o discriminación por su orientación o identidad sexual".

También se destacan los derechos que se han ido conquistando hasta convertir a España en un referente para los países del entorno y se insiste en el compromiso de desarrollar instrumentos normativos y políticas que eliminen la violencia, la discriminación y el acoso que siguen sufriendo las personas LGTBI+.

La declaración concluye además invitando a toda la ciudadanía a participar en los actos que se van a organizar con motivo del Orgullo, "celebración de la libertad y la diversidad que engrandece nuestra sociedad y que no excluye a nadie".

martes, 25 de junio de 2024

"Distintivo de Igualdad de la Región de Murcia" año 2024


Fuente: BORM número 146 de 25/06/2024


Objeto:
Concesión del “Distintivo Igualdad de la Región de Murcia”, correspondiente al año 2024, a fin de reconocer y estimular la labor de las empresas comprometidas con la igualdad, que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres en las condiciones de trabajo, en los modelos de organización y en otros ámbitos, como los servicios, productos y publicidad de la empresa.

Empresas candidatas:
Podrán solicitar este Distintivo todas las empresas, sean personas físicas o jurídicas, con capital público o privado, que tengan su domicilio en la Región de Murcia o cuenten con centro de trabajo en la Región de Murcia siempre que hayan contratado personal en la Región de Murcia y cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 del Decreto número 152/2018, de 20 de junio, por el que se regula la concesión, renovación y utilización del “Distintivo de Igualdad de la Región de Murcia” a empresas públicas o privadas. El cumplimiento de dichos requisitos se acreditará mediante la presentación de la documentación enumerada en el art. 4 de la presente Orden.

Presentación de candidaturas:
Las empresas candidatas presentarán la documentación por medios electrónicos, a través del procedimiento 2727, disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
El plazo de presentación de candidaturas será de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Concesión del distintivo:
La concesión del “Distintivo de Igualdad de la Región de Murcia” tendrá una vigencia inicial de tres años.
Otorgará a las empresas beneficiarias las facultades a que se refiere el artículo 10 del Decreto 152/2018, de 20 de junio. Igualmente, estas empresas deberán cumplir las obligaciones contenidas en el artículo 11 de la misma disposición.