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martes, 6 de julio de 2021

Resolución de 29 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 23 de junio de 2021, por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2021 de los créditos presupuestarios destinados al desarrollo por las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, y se formalizan los compromisos financieros resultantes


Fuente: BOE número 160 de 06/07/2021


La Conferencia Sectorial de Igualdad, en su reunión de 23 de junio de 2021, ha aprobado el acuerdo por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2021 de los créditos presupuestarios para el desarrollo del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, por importe de 100.000.000 de euros.

Variables y ponderaciones sobre datos de cada una de las comunidades o ciudades autónomas:

– 4 millones de euros (4 %) por insularidad.
– 2 millones de euros (2 %) por ciudad fronteriza. 
– 42,5 millones de euros (42,5 %) según distribución de mujeres, a partir de la Estadística del Padrón Continuo a 1 de enero de 2020. Instituto Nacional de Estadística. 
– 2,5 millones de euros (2,5 %) según distribución de mujeres de 65 años y más, a partir de la Estadística del Padrón Continuo a 1 de enero de 2020. Instituto Nacional de Estadística.
– 2,5 millones de euros (2,5 %) según distribución de mujeres extranjeras, a partir de datos de la Estadística del Padrón Continuo a 1 de enero de 2020. Instituto Nacional de Estadística.
– 2,5 millones de euros (2,5 %) según distribución de mujeres con discapacidad, a partir del Informe sobre la Base Estatal de datos de personas con valoración del grado de discapacidad a 31 de diciembre de 2018. Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). 
– 20 millones de euros (20 %) según distribución de mujeres con trabajo temporal o paradas, con datos de la Encuesta de Población Activa (EPA). Media de los cuatro trimestres del año 2020. Instituto Nacional de Estadística.
– 14 millones de euros (14 %) según dispersión (densidad), a partir de la inversa de la densidad de población calculada como cociente entre la población de la Estadística del Padrón Continuo a 1 de enero de 2020 y la superficie de cada comunidad autónoma en España en Cifras, Edición 2021 (superficies de las provincias). Instituto Nacional de Estadística.
– 10 millones de euros (10 %) según población rural, calculado como porcentaje de población en municipios menores de 2.000 habitantes. Para las comunidades autónomas Principado de Asturias, Galicia y Región de Murcia se refiere al porcentaje de población en entidades singulares de población menores de 2.000 habitantes (Las cifras de la educación en España. Estadísticas e indicadores correspondientes al curso 2018-2019. Ministerio de Educación y Función Pública).

Distribución resultante:



Resolución de 29 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad de 23 de junio de 2021, por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2021 de los créditos previstos para el desarrollo de programas y la prestación de servicios a las víctimas de violencia de género y la atención a menores, para la mejora de la coordinación y desarrollo de planes personalizados y para programas en apoyo a víctimas de agresiones y/o abusos sexuales; y se formalizan los compromisos financieros resultantes


Fuente: BOE número 160 de 06/07/2021


La Conferencia Sectorial de Igualdad, en su reunión de 23 de junio de 2021, ha aprobado el Acuerdo por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2021 del crédito de 7.000.000 euros para el desarrollo de programas y la prestación de servicios que garanticen el derecho a la asistencia social integral a las víctimas de violencia de género y la atención a los menores; del crédito de 1.000.000 euros para implementar la propuesta común para la mejora de la coordinación y desarrollo de planes personalizados; así como del crédito de 5.000.000 euros para programas para el apoyo a víctimas de agresiones o abusos sexuales.

Asistencia Social Integral a víctimas de violencia de género incluidos menores víctimas de violencia de género:

- Distribución a tanto alzado de 1.000.000 euros para asegurar una cuantía mínima que permita la realización de acciones. 
- Distribución de 1.125.000 euros para garantía de un mínimo de 125.000,00 euros para las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla. 
- Distribución de 500.000 euros en función de la distribución de las mujeres extranjeras residentes en España de 15 y más años. 
- Distribución de 500.000 euros en función de la dispersión poblacional. 
- Distribución de 875.000 euros en función del total de mujeres residentes en España de 15 y más años. La distribución de 3.000.000 euros para menores se realiza tomando como criterio único el de la población de 0 a 17 años residente en cada Comunidad Autónoma y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.



Propuesta común para la mejora de la coordinación y desarrollo de planes personalizados:

- Distribución de 70.000 euros en función del grado de dispersión/ruralidad del territorio. 
- Distribución de 25.000 euros para Ceuta y Melilla. Distribución de 905.000 euros para el resto de las Comunidades Autónomas.


Apoyo a víctimas de agresiones o abusos sexuales:

- Distribución a tanto alzado de 1.250.000,00 euros para asegurar una cuantía mínima que permita la realización de acciones.
- Distribución de 1.300.000 euros que garantice un mínimo de 150.000,00 euros para las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla.
- Distribución de 500.000,00 euros en función de la distribución de las mujeres extranjeras residentes en España de 15 y más años. 
- Distribución de 500.000,00 euros en función de la dispersión poblacional. 
- Distribución de 1.450.000 euros en función del total de mujeres residentes en España de 15 y más años.




lunes, 5 de julio de 2021

Orden de 29 de junio de 2021 de la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, por la que se convocan subvenciones para entidades del tercer sector de acción social, destinadas al desarrollo de actuaciones en la lucha contra la pobreza y la exclusión social en la Región de Murcia durante el año 2021



Fuente: Extracto de la Orden en el BORM número 151 de 03/07/2021


Objeto:
Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades del Tercer Sector de Acción Social para el desarrollo de actuaciones en la lucha contra la pobreza y la exclusión social en la Región de Murcia.

Finalidad:
Promover y fomentar actuaciones destinadas a la lucha contra la pobreza y la exclusión social en la Región de Murcia, a través de la financiación de proyectos de intervención social.

Requisitos de las entidades y organizaciones solicitantes:
  • Estar legalmente constituidas al menos con 2 años de antelación a la fecha de la convocatoria de subvención. 
  • Estar inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (en adelante RCSS) y tener autorización para la realización de las actividades objeto de la subvención, así como los centros donde estas se realicen, de conformidad con el Decreto número 3/2015, de 23 de enero, por el que se regula la autorización, la acreditación, el registro y la inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece la tipología básica de los mismos. Las actividades objeto de los proyectos presentados y los centros donde estas se realicen, deberán estar autorizadas en dicho Registro con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de la presente subvención. 
  • Carecer de fines de lucro.
  • Tener fines institucionales adecuados y recogidos como tales en sus propios estatutos para la realización de las actividades consideradas subvencionables. 
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes. 
  • Tener implantación en la Región de Murcia, contando con sede o al menos delegación permanente en la misma. 
  • No podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente norma las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. 
  • No se entenderán incluidas dentro de la tipología de entidades y organizaciones no gubernamentales las entidades de derecho público, los partidos políticos, las universidades, las sociedades civiles, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las organizaciones empresariales y los sindicatos y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
Bases reguladoras:
Orden de 4 de julio de 2018 de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector de Acción Social, para el desarrollo de actuaciones en la lucha contra la pobreza y la exclusión social en la Región de Murcia. (BORM número 158 de 11 de julio de 2018)

Solicitudes:
  • La presentación de la solicitud, que deberá ir firmada por la persona representante de la entidad, previa su cumplimentación, se realizará en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (https://sede.carm.es), que se haya habilitado a tal fin en la Guía de Procedimientos y Servicios (número de procedimiento 2581).
  • El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).
Otros datos:
  • Cada entidad podrá presentar un máximo de tres solicitudes, cada una de ellas en distintos ejes de actuación.
  • En aquellos casos en los que una entidad presente más de tres solicitudes, se considerarán únicamente las tres primeras por orden de presentación. Asimismo, a la hora de registrar en sede electrónica la solicitud de subvención, se adjuntaran únicamente los documentos relativos a esa solicitud, debiendo evitarse adjuntar documentación relativa a otros proyectos. 
  • Las subvenciones que se otorguen podrán atender total o parcialmente el importe solicitado en función del crédito disponible y del orden de prelación resultante tras la aplicación de los criterios de valoración. 
  • Para cada proyecto, la solicitud de subvención será como máximo, la cuantía del eje en el cual se enmarca dicho proyecto. 
  • La duración de los proyectos presentados no podrá superar los 12 meses. 
  • El periodo de ejecución de los proyectos comprenderá desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021.
Descargar Orden de convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 2.5 MB)

viernes, 2 de julio de 2021

Evaluación del impacto de la COVID-19 en las familias con menores de la Región de Murcia


Evaluación del impacto de la COVID-19 en las familias con menores de la Región de Murcia. Murcia: EAPN, 2021. 72 p.

El estudio partía de la idea de repetir el elaborado en 2019 sobre ‘Las condiciones de vida y el bienestar social de la población en riesgo de pobreza y exclusión social en la Región de Murcia’, para valorar el cumplimiento del II Pacto de Lucha contra la Pobreza. Sin embargo, dada la imposibilidad de investigación tan cercana dentro de los propios hogares, se prefirió poner el foco en los menores, y en las familias en situación de exclusión. 

El objetivo general consiste en evaluar el impacto de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la situación de las familias con menores en la Región de Murcia, especialmente en las familias en riesgo o situación de exclusión social.

Este objetivo general se integra por dos objetivos específicos:
1. Realizar un diagnóstico del impacto de la COVID-19 sobre las familias con menores de la Región de Murcia.
2.Realizar un diagnóstico comparativo del impacto de la COVID-19 sobre las familias con menores de la Región de Murcia, según su estado de riesgo o situación de exclusión social.

El estudio se ha desarrollado siguiendo una metodología cuantitativa utilizando la entrevista como herramienta de recogida de datos sobre economía y ámbito socio-educativo de familias con menores . 

Descargar publicación (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 2.15 MB)



Presentación del informe "Impacto de la COVID-19 en las familias con menores de la Región de Murcia". Realizado por el equipo de investigación coordinado por Antonio Losa, investigador de la UMU.

Resolución de 23 de junio de 2021, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se convocan los premios de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra la mujer para el año 2021




Objeto: 
Concesión de los premios de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género a tesis doctorales sobre violencia contra la mujer para el año 2021.

Personas beneficiarias:
Personas físicas, de nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea, que hayan defendido su tesis doctoral en cualquier universidad española, obteniendo la calificación de sobresaliente cum laude, dentro del período comprendido entre el 17 de junio de 2020 y la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. 
Las tesis doctorales deberán estar escritas en castellano, las demás lenguas españolas oficiales en España en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos, o en otra lengua. En caso de contener secciones o artículos en una lengua diferente del castellano o estar íntegramente redactadas en otros idiomas, deberá aportar la correspondiente traducción al castellano, para que las personas que integran el jurado puedan valorarlas adecuadamente. 
Las tesis deberán ser inéditas, esto es no haber sido íntegramente reproducidas de forma múltiple en cualquier formato de impresión o medio audiovisual -salvo que la publicación la haya llevado a cabo la universidad en que se haya procedido a su defensa-, ni haber resultado premiadas con anterioridad a la presentación de la solicitud de participación en la convocatoria.

Bases reguladoras: 

Importe:
La cuantía de los Premios de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género a Tesis Doctorales sobre Violencia contra la Mujer para el año 2021 será de cinco mil euros (5.000,00 €), a repartir en dos premios, correspondiendo al primer premio una cuantía de tres mil euros (3.000,00 €) y al segundo premio una cuantía de dos mil euros (2.000,00 €).

Plazo de presentación de solicitudes:
Veinte días hábiles, contados a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

Más información:
Descargar Resolución de la convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 679 KB)

jueves, 1 de julio de 2021

Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 22 de junio de 2021 sobre convocatoria de subvención para el colectivo de pensionistas mayores de 65 años, pensionistas por viudedad y desempleados de larga duración. Ejercicio 2021



Objeto: 
Subvencionar al colectivo de pensionistas mayores de 65 años, pensionistas por viudedad y parados de larga duración

Requisitos que deberán cumplir los beneficiarios/as:

1- Ser pensionista mayor de 65 años o pensionista por viudedad o ser parado/a de larga duración sin percibir ninguna prestación por desempleo o percibir exclusivamente un subsidio por desempleo.
2- Ser residente habitual del municipio (empadronado/a en Molina de Segura).
3- Que la unidad familiar del beneficiario/a sea propietaria o usufructuaria de una única vivienda en el término municipal.
4- Tener pagado el recibo del I.B.I. del ejercicio corriente.
5- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con el Ayuntamiento.
6- En todo caso, cumplir los demás requisitos establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones que resulten de aplicación.
7- Sólo podrá ser beneficiario/a un/a componente de la unidad familiar.
8- Para el caso de parados/as de larga duración, cuando sobre la vivienda a subvencionar existan 2 ó más derechos reales, deberá acreditarse que el resto de
titulares de derechos no percibe rendimientos del trabajo ni pensiones de ningún tipo (excepto subsidios por desempleo).
9- El importe de la subvención no podrá ser superior al importe de la cuota líquida anual de IBI del ejercicio correspondiente a la vivienda a subvencionar.

Bases reguladoras:
Las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones y premios del Ayuntamiento de Molina de Segura han sido aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria celebrada el 9 de abril de 2021.
Se encuentran a disposición de los/as interesados/as en la oficina municipal de Gestión Tributaria y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento la (https://sedeelectronica.molinadesegura.es).

Cuantía:
Las subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria 08.231.348.000.03 “Transf. Colectivo 3.ª Edad, Viudedad y Desempleados de Larga Duración” prevista en el presupuesto de gastos para el ejercicio 2021, por un importe de 48 euros anuales por beneficiario y unidad familiar.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes:
El plazo de solicitud comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BORM y finalizará el 30 de septiembre de 2021.
Las solicitudes junto con la documentación necesaria se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información:
Los acuerdos de concesión se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Tablón Edictal de la Sede Electrónica del Ayuntamiento

Descargar documento de convocatoria (Documento Adobe Acrobat [.pdf] 173 KB)

Oferta de empleo del Ayuntamiento de Yecla






Fuente: BORM número 149 de 01/07/2021, disposiciones 4565 y 4566

Oferta de Empleo Público de 2020. Expte. 489432R

Personal Laboral 
  • Titulación equivalente a la exigida al Grupo A, Subgrupo A2 del personal funcionario de carrera, según art. 76 R.D.L. 5/2015. Denominación del puesto: Educador Social (acceso libre). Número de vacantes: Una.
  • Titulación equivalente a la exigida al Grupo A, Subgrupo A2 del personal funcionario de carrera, según art. 76 R.D.L. 5/2015. Denominación del puesto: Trabajador Social (acceso libre). Número de vacantes: Una.

Oferta de Empleo Público Extraordinaria 2020, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal. Expte. 496797X

Personal Laboral
  • Titulación equivalente a la exigida al Grupo A, Subgrupo A1 del personal funcionario de carrera, según art. 76 R.D.L. 5/2015. Denominación: Psicólogo ½ jornada (acceso libre). Número de vacantes: Una. 
  • Titulación equivalente a la exigida al Grupo A, Subgrupo A2 del personal funcionario de carrera, según art. 76 R.D.L. 5/2015. Denominación: Trabajador Social (acceso libre). Número de vacantes: Dos.